Expediente nº Órgano Colegiado PLN/2025/2 El Pleno DATOS DE CELEBRACIÓN DE LA SESIÓN Tipo Convocatoria: Ordinaria Oswaldo Betancort García (2 de 2) Presidente del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote Fecha Firma: 04/07/2025 HASH: 3fd819848f3b8ebdfbca2af11f3ec98b Duración: Desde las 9:12 hasta las 13:45 Lugar: Salón de Plenos Presidida por: Oswaldo Betancort García Secretario: ANDRES MARTIN DUQUE ASISTENCIA A LA SESIÓN Nº de identificación Nombre y Apellidos Asiste Alberto Aguiar Lasso SÍ Andrés Stinga Perdomo NO Ariagona González Pérez SÍ Armando de los Ángeles Santana Fernández SÍ Benjamín Perdomo Barreto SÍ Cinthia Aroa Revelo Betancort SÍ Domingo Manuel Cejas Curbelo SÍ Francisco Javier Aparicio Betancort SÍ Isabel Maria Martin Tenorio NO Jacobo Medina González SÍ Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 534 ACTA DEL PLENO Fecha: 27 de febrero de 2025 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 ANDRES MARTIN DUQUE (1 de 2) Secretario General Accidental del Pleno Fecha Firma: 04/07/2025 HASH: 78eb741ec2ebbd7a75fc263774a17d04 ACTA SÍ María Ascensión Toledo Hernández SÍ María Belén Morales Cabrera SÍ María Celeste Callero Cañada SÍ María Dolores Corujo Berriel SÍ María Jesús Tovar Pérez SÍ Miguel Ángel Jiménez Cabrera SÍ Oswaldo Betancort García SÍ ROSALINDA BONILLA REYES SÍ Samuel Carmelo Martín Morera SÍ Ángel Vázquez Álvarez SÍ Óscar Domingo Pérez Pérez SÍ Óscar Manuel Noda González SÍ Excusas de asistencia presentadas: 1. Andrés Stinga Perdomo: «motivos personales coincidencia de agenda» 2. Isabel Maria Martin Tenorio: «motivos personales de agenda» Una vez verificada por el Secretario la válida constitución del órgano, el Presidente abre sesión, procediendo a la deliberación sobre los asuntos incluidos en el Orden del Día. A) PARTE RESOLUTIVA Aprobación del acta de la sesión ordinaria de 04 de febrero de 2025 Favorable Tipo de votación: Unanimidad/Asentimiento Resolución: El Pleno de la Corporación en votación ordinaria y por UNANIMIDAD, con asistencia de veintiún consejeros/ras, de los veintitrés que lo componen, acuerda lo siguiente: Aprobar en sus mismos términos el acta de la sesión ordinaria de 04 de febrero de 2025. Votaron a favor: Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Marciano Acuña Betancor ACTA DEL PLENO SÍ Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 534 Jesús Alexander Machín Tavío GRUPO COALICIÓN CANARIA: don Oswaldo Betancort García, don Miguel A. Jiménez Cabrera, don Jesús A. Machín Tavío, doña María Ascensión Toledo Hernández, don Marciano Acuña Betancor, doña Cinthia Aroa Revelo Betancort, don Domingo Manuel Cejas Curbelo y don Samuel Carmelo Martín Morera (Cca). GRUPO POPULAR: don Jacobo Medina González, don Ángel Vázquez Álvarez, don Francisco J. Aparicio Betancort y doña María Jesús Tovar Pérez (PP). GRUPO SOCIALISTA: doña Ariagona González Pérez, don Benjamín Perdomo Barreto, don Alberto Aguiar Lasso, doña María Celeste Callero Cañada, doña Mª Belén Morales Cabrera y doña M.ª Dolores Corujo Berriel (PSOE). Tipo de votación: Unanimidad/Asentimiento Hechos y fundamentos de derecho: Antecedentes de hecho Vista la propuesta de Área de Transportes (E.E.81/2024) para que se inicien los trámites sobre modificación de crédito mediante crédito extraordinario, financiado con nuevos ingresos con destino finalista, cuya finalidad es el establecimiento de un descuento del 100% en el precio de los abonos de transporte y títulos multiviajes a los usuarios del transporte público colectivo terrestre, mediante la nominación de una subvención a la empresa concesionaria del transporte público terrestre de la Isla de Lanzarote. El resultado del expediente de Modificación de crédito propuesto es el siguiente: EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS, POR CRÉDITO EXTRAORDINARIO Nº 2025-0001: APLICACIONES PRESUPUESTARIAS DONDE SE CREA CRÉDITO FUENTES DE FINANCIACION Nuevos Ingresos Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Favorable Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 534 Expediente 2469/2025. Acuerdo que proceda, modificación de Crédito del Presupuesto por crédito extraordinario y nominación de subvención para Proyecto "Gratuidad bono residente canario" ACTA DEL PLENO GRUPO MIXTO: don Óscar M. Noda González (NC-FAC), don Armando Santana Fernández (NC-FAC) y don Óscar D. Pérez Pérez (VOX). Cuyo resumen por capítulos es: Estado de gastos: Capítulo IV Transferencias corrientes Total 2.013.392,57 € 2.013.392,57 € 2.013.392,57 € Fundamentos de derecho Primero. En uso de las facultades que tiene atribuida el Pleno por la vigente legislación de régimen Local, especialmente el artículo 68.j) del Reglamento Orgánico del Cabildo de Lanzarote, y por el artículo 123.h de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local y el artículo 53.j) de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares. Segundo. Visto lo dispuesto en los artículos 35 al 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril y lo dispuesto en el artículo 177 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y en las Bases n.º 8 y 9 de las de Ejecución del Presupuesto vigente. Vista la propuesta de resolución PR/2025/1363 de 19 de febrero de 2025 fiscalizada favorablemente con fecha de 20 de febrero de 2025. Resolución: Visto el expediente y sometido el asunto a votación, se aprueba por mayoría con los votos a favor de Dª María Jesús Tovar Pérez (PP) (4 votos), D. Miguel Ángel Jiménez Cabrera (CC) (8 votos), la abstención de D. Óscar Manuel Noda González (Grupo Mixto) (3 votos) y la ausencia de D. Benjamín Perdomo Barreto (PSOE) (8 votos); proponiendo al Pleno: PRIMERO.- Aprobar inicialmente el Expediente de Modificación de Crédito, mediante Crédito Extraordinario número 2025-0001 (Expediente electrónico 2469/2025) cuyo resumen por capítulos es el siguiente: ACTA DEL PLENO Total 2.013.392,57 € Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 534 Capítulo IV Transferencias corrientes Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Fuentes de Financiación Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 ACTA DEL PLENO SEGUNDO.-Aprobar la nominación de subvenciones con cargo a la aplicación presupuestaria 4412.47204, e inclusión en el Anexo de Subvenciones y en el Plan Estratégico de Subvenciones, cuyo detalle es el siguiente: CUARTO.-Que en el supuesto de que no se presenten reclamaciones o sugerencias durante dicho período, se entienda definitivamente aprobado sin necesidad de nuevo acuerdo plenario. El Presidente inicia el debate cediendo la palabra al Consejero don Miguel Ángel Jiménez Cabrera. Interviene el Consejero don Miguel Ángel Jiménez Cabrera: Hola, muy buenos días de nuevo, esto es una modificación para atender el establecimiento de un descuento del 100% en el precio de los abonos del transporte. Se sale de nuevos ingresos y el total de la modificación son 2.013.392,57 euros. Interviene el Consejero don Óscar Manuel Noda González: Muchas gracias Presidente. Sí efectivamente, como se ha visto en el expediente, se entiende que se ha recibido esa subvención por parte entiendo del Gobierno Canarias, bueno Administraciones suprainsulares. Efectivamente entiendo que es darle el debido cumplimiento a la Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 534 TERCERO.-Que se sigan los trámites de exposición al público y demás reglamentarios. bonificación, que en su momento parecía que estaba en duda, pero que se consolide y desde luego hay que aplicarlo. Entiendo que tenía que venir a Pleno porque se subvenciona a la empresa que actualmente da al servicio de transporte. Pero con esto, lo que me gustaría que no perdieran de vista es la ambición, nunca mejor dicho, de poder tener un servicio desde luego más completo, nuevo, actualizado y que por ahí no se pierda esa línea, que entiendo que no, pero sobre todo, porque a veces se dice que en ciertas zonas de la isla, a veces los pueblos o los pagos más apartados no se llega, o que no hay demanda de transporte, pero realmente es porque no la hay. Si no llega la guagua, como la gente la va a pedir. Entonces en este sentido creo que seguramente si lo tuviéramos o afrontáramos un servicio mucho más completo, ambicioso, como en otras capitales de islas, de otras islas, pues seguramente, estoy seguro que la ciudadanía se volcaría más en el transporte público. Gracias, votaré a favor de todas formas. Interviene la Consejera doña María Dolores Corujo Berriel: Gracias Presidente. Bueno en primer lugar quiero trasladar mi asombro, porque debemos recordar, que el Partido Popular votó en contra de la bonificación del servicio de transporte público terrestre en Canarias. Y el Partido Popular, señor Presidente, forma parte de su Gobierno. No solo votó en contra de la revalorización de las pensiones de acuerdo al IPC, no solo votó en contra de la bonificación del transporte, sino también incluso, de los recursos y los fondos destinados al Plan de Recuperación de la isla de la Palma. Pero es que además, se ha levantado en el día de ayer, en el Consejo Fiscal y Económico, donde implicaría una condonación de la deuda a la Comunidad Autónoma de Canaria de Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 534 Interviene el Consejero don Óscar Domingo Pérez Pérez: Bueno, yo en la misma línea, pues sí voy a votar a favor. Pero, no obstante las subvenciones deben de ir siempre acompañados de personas que utilicen el transporte. Pero creo que ya hemos manifestado todo aquí, los grupos, tanto de la oposición, bueno tanto de la oposición no, todos los de la oposición, hemos manifestado la mala praxis que se está llevando con el tema del transporte a la hora de de atender la población de Lanzarote. Hablamos de barrios de Argana, hablamos de Punta Mujeres, hablamos en definitiva yo creo que casi todas las partes de la isla, hablamos de necesidades en el municipio de Yaiza, que también ha manifestado aquí el consejero. Yo creo que hablamos en definitiva de todo, y es verdad que para que el bono funcione, como ya me acaba de manifestar el compañero, va acompañado lógicamente de un servicio. Cuanto mejor funcione el servicio, pues lógicamente la gente utilizará más este bono, será más fácil para la gente, y sobre todo llenarlo de mecanismos que que no nos hagan ir a solicitar un bono, ni a un centro, ni a una residencia, sino simplemente en la propia parada, pues que se pueda solicitar el bono cómo se hacen otras islas y no estar con las dificultades que estamos actualmente con la isla de Lanzarote. Yo voy a votar a favor porque siempre se trata de apoyar a la población y mejorar el servicio de los ciudadanos, pero yo creo que todo esto debe ir acompañado de mejor servicio. ACTA DEL PLENO Interviene el Consejero don Armando Santana Fernández: Mi voto va a ser a favor, son temas que se hablan en el la Junta de Portavoces, entiendo que ya están liquidados. 3.259 millones de euros, que qué bien no vendría para fortalecer los servicios públicos, la dependencia, la sanidad y la educación. Porque precisamente en el día de hoy, de esto estamos hablando. Así que traslado este mensaje a la ciudadanía para decir, está incorporación de remanente no viene del Gobierno de Canarias, falso, esto es un recurso, unos fondo económicos, que transfiere el Gobierno de España al Gobierno de Canarias y por ende a la isla de Lanzarote, para la bonificación del 100% del transporte público en nuestra isla. Este gobierno, y el señor Presidente ha tenido incluso que quitarle las competencias a quien las tenía, en materia de transporte. Pero mi pregunta es, se han puesto ustedes en la piel de una persona y un ciudadano o ciudadana que salga de cualquier barrio de Arrecife, de cualquier barrio de Arrecife, que la inmensa mayoría de ellos trabajan en Playa Blanca o en Puerto del Carmen, y tienen, invierten de tiempos más o menos dos horas en llegar a su puesto de trabajo, sino más. Por qué saben qué pasa que a veces la guagua pasa llena, y no llega, y no para. Por qué no hacemos una cosa, Presidente, por qué no se pone, porque le encanta, y como usted lo que habla, habla, habla, dice nada y miente cada vez que hace una afirmación, y luego lo comprobaremos a lo largo del transcurso de este Pleno. Por qué no hacemos una cosa, les voy a hacer una invitación, por qué el Presidente y la Vicepresidenta, o quienes Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Algo muy distinto, pero fíjense, les voy a hacer una pregunta señores y señoras consejeras, una pregunta muy sencilla, muy sencilla, yo sé que esto les molesta, porque además lo conocen y lo saben bien. Cuál es el modelo, privatizar el servicio. Están ustedes entonces en contra de quienes han gobernado prácticamente en democracia el Cabildo del Cabildo de Tenerife, en el que tienen una empresa pública del servicio de transporte, no creen en ese modelo, si creen en Tenerife, y no lo creen en Lanzarote. Porque eso es lo que ha venido defendiendo el partido Socialista. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 534 La pregunta que le voy a trasladar, no solo a los consejeros y consejeras de esta corporación, sino a la ciudadanía de la isla de Lanzarote, es la siguiente, muy sencilla, ¿Están contentos con el servicio de transporte público que se ofrece en este momento en la isla de Lanzarote? ¿ Sí o no?. Qué se ha hecho durante estos dos años de mandato para mejorar el servicio de transporte público, han continuado con el trabajo que dejó mi gobierno, el partido Socialista, para sacar en primer lugar valorar los modelos, porque el modelo de este gobierno será la privatización del servicio. Nunca para que todo el mundo lo sepa, jamás en Lanzarote se ha sacado licitación el servicio de transporte público, lo sabían. Tuvo que llegar mi Gobierno para iniciar el procedimiento e incoar el expediente, ahora dirán que no, pero no tengo ningún problema en demostrar y entregar la documentación. ACTA DEL PLENO A partir de esa realidad vamos a continuar con la siguiente. El compromiso que tiene el Partido Socialista y el Presidente del Gobierno de España, es todo con Canarias. Desgraciadamente, el Gobierno de Canarias y parece que el Gobierno del Cabildo, o bien lo desconoce, o bien a las pruebas me remito. quieran, participamos y vamos y cogemos la guagua para ir a trabajar a Playa Blanca, a ver lo que pasa. Porque claro ahora lo que dirán es, usted no hizo nada consejera. Interviene el Presidente del Cabildo don Oswaldo Betancort García: Vaya terminando señora Consejera. Mira a mi no me molesta nada señora consejera, lo que sí me molesta es la incompetencia, y el buen discurso. Porque todo son palabras, pero nada de hecho. Y eso es lo que ha sido su trayectoria como Presidenta del Cabildo en esta isla de Lanzarote, palabra y nada de hecho. Usted dice que nosotros que nos montemos en la guagua, mira, yo no he montado en la guagua lo reconozco. Interviene la Consejera doña María Dolores Corujo Berriel: Nos montamos, perdón. Continua intervención el Consejero don Miguel Ángel Jiménez Cabrera: Perdón nos montamos, gracias por la corrección. Nos montamos en la guagua. Lo reconozco que yo hace mucho tiempo que no me monto en la guagua. Pero sí he tenido la suerte de tener un compañero, que se llama Domingo Cejas, que ha tomado el toro por los cuernos, cosa que ustedes no hicieron, y lo primero que hizo fue el Plan de Movilidad. Plan de Movilidad para saber qué es lo que pasa en Lanzarote. Interviene el Presidente del Cabildo don Oswaldo Betancort García: Señor Benjamín, un segundo don Miguel Ángel, señor Benjamín, no se como lo voy a decir, si no respetamos el uso de palabra, posiblemente no vamos a llevar un Pleno cordial, y yo le voy a dar el uso de palabra. Pero lo que le pido por favor, que estamos empezando el Pleno, que respete al compañero, después tendrá su turno, tendrá un segundo turno, y seguramente pasaremos los puntos conforme al tiempo que tenemos cada uno de los grupos. Continúe con su uso de la palabra. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 534 Interviene el Consejero don Miguel Ángel Jiménez Cabrera: Buenos días de nuevo, la verdad que pensé que iba a ser un punto que iba a pasar rápido, pero veo que han aprovechado la ocasión. ACTA DEL PLENO Interviene el Presidente del Cabildo don Oswaldo Betancort García: Señora consejera, y a todos lo consejeros y consejeras que nos acompañan, sean respetuoso con el turno de palabra, intenten aplicar esa interpretación en su turno palabra, para intentar llevar el orden del día conforme a los tiempos que están marcados. Por tanto les pido que sean respetuosos a todos y a todas con el uso de la palabra. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Continua intervención Consejera doña María Dolores Corujo Berriel: No, yo lo sé, que quiere que termine inmediatamente. No, dejamos el trabajo, no claro tanto tanto es así, que convocan los plenos justos cuando no podemos asistir. Gracias Presidente, le invito a ver si podemos participar en esa gira hacia Playa Blanca, y cuánto tiempo tardan los trabajadores y trabajadoras para llegar a su puesto de trabajo. Muchas gracias Otra cosa cosa con el tema del bono, usted dijo al principio de su intervención, que, repito no voy a defender al Partido Popular, pero es que me cabrea, usted dice que el partido votó en contra, no, el Partido Popular, votó en contra de usted llevar 80 propuestas a un Parlamento, 80 de las cuales, ustedes dijeron por activa y por pasiva, dos minutos antes que saliera la portavoz del Partido Socialista en el Congreso, dos minutos antes diciendo que ustedes no iban a parchear y a modificar el decreto. Dos minutos antes, estaba hablando tres Ministros, diciendo que eso era falso, y después lo llevaron a la portavocía y modificaron, y pasaron de 80 a 23. Usted dice que el Presidente del Cabildo miente, no se quién miente más, los ministros que hace dos minutos estaban diciendo una cosa y ahora dicen otra. Pero lo bueno de todo esto, es que se modificó, porque repito, para seguir en el Gobierno, ustedes tuvieron que aceptar condiciones de los catalanes. Se pasó a 23 propuestas, y ahí si se aprobó el tema de La Palma, el tema de Valencia, el tema del bono. Con lo cual quiero decir que no Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 534 Con respecto al punto en cuestión, usted dice que esto lo paga el Estado, eso es falso señores, el Estado nada más que paga 80 millones de euros y en datos de 2024, el coste de Canarias son 160 millones de euros, o usted no lo sabe. Y el resto de Cabildo tenemos que hacernos conjeturas económicas para poder atender el 100% del bono. Y esto es lo que llevamos aquí a Pleno, conjeturas para poder atender al 100€ del bono. Y yo no voy aquí a defender al Partido Popular, para nada, pero si diría que usted escuchar lo que dijo su compañero Felipe González con respecto a la condenación de la deuda, no se lo tome a risa porque ustedes están engañando a la ciudadanía. La deuda no se condena señores, la deuda pasa del pasivo de las Comunidades Autónomas al pasivo de la Administración Pública. Quién paga ahora los intereses de esa deuda es el Estado. Y sabes quién es el Estado, todos lo que estamos aquí, que vamos a pagar los intereses de la Comunidad Autónoma sobre todo de la Catalana. Y lo más que me fastidia es que su Ministro ha dicho que el 50% de la deuda Canaria, pero no. Por qué no en vez de decir el 50% dice lo que realmente nos condena a los canarios comparativamente con los catalanes. Por qué no lo dice. Lo que dice es, muy bien el 50%, quien desconoce el tema de los números dirá, Canarias el 50% de la deuda, esto es un dineral. Pero la realidad es otra, mientras los catalanes para ustedes mantenerse en el Gobierno, le condenen 17 millones de euros, por que esa es la realidad señora, esa es la realidad para poder seguir ustedes en el Gobierno. A los canarios nada más que nos condenen 3000 millones , y sí claro, sabes por qué nos condenan menos, porque hemos hecho un buen trabajo económico. No hemos gastado por gastar, y por eso se está castigando ahora a las Comunidades Autónomas como Canarias. Y usted viene aquí, como diciendo que usted ha hecho, su partido ha hecho.. ACTA DEL PLENO Continua la intervención el Consejero don Miguel Ángel Jiménez Cabrera: Repito, el Plan de Movilidad, que parece que no lo han tenido en cuenta, que se aprobó en este Pleno. Pero no solamente eso, si no que está ya en proceso de licitación el nuevo pliego de transporte de mas de 300 millones de euros. Eso es lo que ha hecho Domingo Cejas en un año y medio. Quisiera saber, para poner en un paralelismo, lo que hizo usted en 4 años, primer punto. juguemos con demagogia, que yo sé que ustedes hablan muy bien y yo hablo muy mal, pero nosotros tenemos una cosa y es una cosa que siempre he dicho a los compañeros, nosotros vamos a trabajar en los hechos, y repito y no las palabras señoría. Interviene el Presidente del Cabildo don Oswaldo Betancort García: Bien segundo turno, Grupo Mixto, segundo turno Partido Socialista. Interviene el Consejero don Óscar Domingo Pérez Pérez: Te estás olvidando últimamente. Interviene el Presidente del Cabildo don Oswaldo Betancort García: Pensé que usted había emitido ya el sentido del voto antes. Interviene el Presidente del Cabildo don Oswaldo Betancort García: Muchísimas gracias, ahora sí, segundo turno Partido Socialista. Interviene ahora en su segundo turno la Consejera doña María Dolores Corujo Berriel: Sorprendida, sorprendida, porque voy a mandarle un mensaje a la ciudadanía de Lanzarote, Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 534 Interviene ahora en su segundo turno el Consejero don Óscar Domingo Pérez Pérez: Estoy muy de acuerdo. Bueno, yo creo que este punto del Pleno me parece muy bien las explicaciones, también las explicaciones del PSOE por otro lado, pero volvemos a los mismo sabes, bien por el tema de la aportación del Cabildo, bien porque sean bonos para los vecinos de Lanzarote, pero le estoy diciendo que todo eso también debe ir acompañado de conocer el servicio de Lanzarote, y conocer porque precisamente me han llegado pues notas de algún correo, aquí como consejero, la gente quejándose realmente de la situación, bien lo acaba de decir el PSOE, y dos horas para llegar a Playa Blanca, o imposible de salir de Argana o imposible salir de El Golfo, ya no hablemos de Costa Alemanes o etcétera, etcétera, es decir, Lanzarote es un declive, un terrible declive y por lo tanto yo creo que deberíamos empezar por eso, espero que ese nuevo millón de euros para esa ampliación de estudios, parece ser, pues vayan a, o ese estudio que se ha hecho vaya para mejorar el transporte y lógicamente que en definitiva sean los lanzaroteños los que mejoremos el servicio, y gracias por el decálogo de la explicación de la parte que le corresponde al ministerio y no se que, no se cuantos pero yo creo que deberíamos centrarnos un poquito más en el tema de la isla, lo que nos afecta a la isla, y nos olvidamos de las políticas de los catalanes que yo creo que nos queda muy lejos, y al final todos sabemos que los impuestos los pagamos todos, es evidente, ha tenido usted mucha razón diciendo que al final es pasar una deuda de un sitio pasarla a otra, y la pagamos todos, pero bueno me gustaría que este tema fuese más lo que corresponde, que es el servicio a la población de Lanzarote, y qu el al final sea eficaz, y que bueno, que se siga subvencionando si pero acompañado de más medidas. ACTA DEL PLENO Interviene el Presidente del Cabildo don Oswaldo Betancort García: Tiene el segundo turno. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Interviene el Consejero don Óscar Domingo Pérez Pérez: No, no, no pero te entiendo, te entiendo con el tema de las pautas y el respeto al Pleno. Interviene la Consejera doña María Dolores Corujo Berriel: No, me quedan nueve segundos, debe ser un papelón terrible por eso le digo Presidente, y consejeros y consejeras estamos aquí para defender los intereses de esta tierra, gracias. Interviene el Consejero don Miguel Ángel Jiménez Cabrera: Ciñéndome a la propuesta don Oscar, decirle que independientemente de la modificación presupuestaria que hemos hecho aquí, hemos hecho el trabajo, no se si usted me escucho en mi anterior intervención, hemos dicho que hemos hecho el Plan de Movilidad, he dicho que está en concurso el tema de la nueva sobre transporte, con lo cual, puede quedar respuesta a muchos de los problemas que están hoy, y antes se me olvidó decir el hecho de que hay zonas en esta isla, como bien dice el señor alcalde, no llegaba el servicio, lo que se ha hecho por parte del departamento, es hacer lo que se llama el taxi-guagua y creo que está funcionando bastante bien en la zona del sur de la isla, y ahora solamente falta la zona de los Cocoteros y de Caleta Caballo, que estamos a punto ya de finiquitar y llegar a acuerdo para cerrar, ya nos sentamos el otro día con el Ayuntamiento de Teguise, y ya el departamento está trabajando en ese sentido conjuntamente con el director del servicio de Arrecife Bus, con lo cual no solamente traemos la modificación sino también estamos haciendo acciones. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 ACTA DEL PLENO Interviene el Presidente del Cabildo don Oswaldo Betancort García: Vaya terminando señora consejera. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de 534 Coalición Canaria se ha convertido en la principal voz de Génova, el portavoz de Coalición Canaria se ha convertido en el portavoz del señor Feijóo, y oiga, esto es inédito en política, un partido que dice ser nacionalista, se ha convertido en un partido de derecha y del Partido Popular. Tal es la barbaridad que ha dicho que se le condona la deuda más a los catalanes que a los canarios, señores y señoras consejeras falso, un poquito más de rigor, ay pero la verdad, yo no sé, es increíble no sé si su desconocimiento, yo no sé si usted ha tenido alguna vez alguna responsabilidad como Consejero de Hacienda pero me daría muchísima, voy a decir me preocuparía, no diría miedo, porque alguna lindez ha dicho usted aquí también en este Pleno. Mire, mire, la Comunidad Autónoma más beneficiada de la condonación de la deuda es Canarias, la única Comunidad Autónoma que se le condone la deuda al 50 % de su deuda es Canarias, 3.259 millones de euros serían condonados y ustedes votan en contra, dicen hoy aquí, porque a ver lo que hacen luego en el congreso. Luego señor consejero un poquito más de rigor, de 81 millones de euros el Gobierno de España ha transferido 121 millones de euros para el servicio del transporte público. Yo sé que ustedes tienen un papelón. Yo me pongo en el lugar, pero un papelón terrible, sus socios de gobierno y su propio gobierno, el Partido Popular y ustedes mismos, le tienen que decir a la ciudadanía de Canarias que gobiernan y que toman decisiones en contra de los intereses de los canarios y de las canarias, y eso lo hacen votando en contra sus socios de gobierno con la modificación de la Ley de Extranjería, ahora eso sí, ver al Presidente del Cabildo decir que dolor con la situación que están viviendo los niños y niñas migrantes que llegan a la isla de Lanzarote y luego justificar el voto en contra de que las Comunidades Autónomas donde gobierna el Partido Popular señores consejeros y consejeras, no quieren ser solidarios y votan en contra de ser solidarios con nuestra tierra, debe ser. Interviene el Presidente del Cabildo don Oswaldo Betancort García: Si, Partido Popular. Interviene el Consejero don Ángel Vázquez Álvarez: Gracias, Presidente bueno días, yo voy a hablar por alusiones pero no salgo de mi asombro en ninguna cosa, sinceramente y le voy a ser franco en esto, a usted no le ha sentado bien irse a Madrid, aquí era mas creíble cuando hablaba, ahora mismo menos mal que la gente no es tonta y que usted venga aquí vendiendo las mentiras todas que está diciendo, una de dos, y con todos mis respetos consejera y se lo digo de verdad, o no sabe de números o no sabe usted de números o sino decir lo que está diciendo. Cuando la asociación de inspectores de hacienda ha dicho que esto es una auténtica burrada, lo que va hacer el Gobierno, ha dicho que es inconstitucional, y lo que se pretende es, si, si, yo estoy informado de las cosas también, precisamente porque me dedico a eso, y cuando ha dicho, cuando ha dicho que esto es siempre un favoritismo que se le hace a Cataluña para que el señor Presidente del Gobierno, dicho por inspectores de hacienda, se mantenga en el gobierno, de verdad, usted ha venido aquí a vendernos una moto que nadie se la cree, porque hay una lista de mentiras, que ustedes la saben perfectamente, porque ustedes saben perfectamente como funciona esto, la política, llevan mucho tiempo, que aprobamos un decreto con ochenta medidas, luego lo cambiamos, luego lo modificamos, luego engañamos, luego lo volvemos a quitar, luego decimos lo que no es, luego decimos que no se va a cambiar nada pero luego si se cambia y culpa siempre es para el Partido Popular. Bueno menos mal que la Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Interviene el Consejero don Ángel Vázquez Álvarez: Presidente me permite. ACTA DEL PLENO Interviene el Presidente del Cabildo don Oswaldo Betancort García: Bien último turno para emitir el sentido del voto, falta el compañero de vox. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 534 Con respecto a lo que no tiene nada que ver con la propuesta de resolución que estamos trayendo aquí, y siguiendo al hilo de lo que ha dicho la señora consejera, usted me trata a mi, a mi, porque ahora estoy siendo yo de derecha, usted no me conoce doña Loly, no, no, además no se lo consiento que me trate de derecha, entonces yo la voy a tratar a usted de independentista porque su partido lleva siendo Presidenta del Cabildo con un independentista, ustedes le han modificado las leyes, han modificado decretos, para estar gobernando con unos independentistas, ¿Usted se considera independentista?, yo no creo, entonces usted que es independentista y yo soy de derecha porque estoy pactando con el Partido Popular, yo creo que hay que ser menos demagogo, sí, menos demagogo y ser mas realista. Y vuelvo a repetir lo mismo con respecto a Canarias, Canarias es de las comunidades en este país que mejor ha actuado con respecto al gasto y con respecto al déficit público y eso es una cosa que le duele a usted, y lo que más me fastidia es que un expresidente de Canarias, haya dicho lo que dijo ayer, y Canarias, si claro. 3.000 millones, el 50%, que por eso no habla de los 3.000 millones, él habla del 50% porque resulta más poderoso, pero la realidad es muy sencilla, Comunidades Autónomas como la catalana que tiene un despilfarro, además yo no sé si lo van a aprobar, porque la próxima exigencia de los catalanes es que son 73.000 millones y no 17, yo no sé, porque empezaron con 15, usted se acuerda cuando al principio del mandato que eran 15 millones la condonación, ahora van por 17, a lo mejor dentro de x tiempo son 73. Vaya usted a la moratoria, y repito léase la entrevista de Felipe González. Interviene el Presidente del Cabildo don Oswaldo Betancort García: Partido Socialista, tienen un minuto para emitir el sentido del voto. Interviene la Consejera doña María Dolores Corujo Berriel: Bueno, en primer lugar decir que efectivamente las competencias en materia del servicio de transporte público deficitario, el peor que existe en toda Canarias propio de otro ciclo, lo vivimos y lo sufrimos en la isla de Lanzarote. En segundo lugar decirle al portavoz y consejero del Partido Popular que ha tenido mejor defensa de la posición de su partido y de la posición de Génova y del señor Feijóo, el portavoz de Coalición Canaria que usted mismo. En segundo lugar decir que en materia de condonación de la deuda se ha condonado la deuda a todas las Comunidades Autónomas. Segundo una buena noticia no puede convertirse en algo malo para Canarias, 3.259 millones de euros podrían estar destinados, entre otras cuestiones, para mejorar el servicio de transporte público terrestre en la isla de Lanzarote, gracias. Interviene el Presidente del Cabildo don Oswaldo Betancort García: Sentido del voto. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Interviene el Consejero don Óscar Domingo Pérez Pérez: Si bueno muy rápido, Miguel con referencia a eso también hay zonas, no sé si las tienes contempladas como la zona de Mala también o la parte del Charco del Pelo, que también la gente, bueno pues encantadísimo que sea así, y por lo demás tanto decirle a la señora Corujo como al señor Miguel que me parece muy bien la clase didáctica que nos han dado de política nacional y yo creo que es mejor dejarnos de arengas y centrarnos mas en nuestra política local, que yo creo que es lo que nos importa, lo que nos interesa, y que los ciudadanos de Lanzarote vienen a escuchar y quiere oír de nosotros. Sin más particular mi voto va a ser a favor. ACTA DEL PLENO Interviene el Presidente del Cabildo don Oswaldo Betancort García: Bien último minuto para emitir el sentido del voto, Vox. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 534 gente ya, bueno como ustedes saben van en picado, lo saben perfectamente, por eso apelan siempre a este tipo de demagogia contra el Partido Popular, menos mal que ya le queda poco en el Gobierno al señor Sánchez, menos mal que el egocentrismo, el narcisismo que tiene este señor, la soberbia que tiene este Presidente, cuando habla a los españoles, menos mal que ya lo conocen, y desde luego ya que los inspectores de hacienda estén en contra de una medida del gobierno y todos los técnicos habilitados del estado estén diciendo que eso es una auténtica burrada, solo para defender a los independentistas, no de usted lecciones. A mi también me sentó mal lo que dijo usted con respecto a lo que decía Miguel Ángel. A nosotros no nos defiende nadie, a usted le molesta que un señor, como el señor Feijó, le de lecciones de honestidad, le de lecciones de buena gestión, porque eso sí que lo puede hacer, sí, porque por mucho que te digo cinco mayorías absolutas, o cuatro y media pues ya puede presumir, cosa que ustedes no tienen. Y desde luego que venga aquí utilizando siempre al Partido Popular cuando en todos los medios de comunicación de España todos, hasta los de su propia forma de pensar, ya les están diciendo que se están equivocando, que esto así no va a ningún lado, y todos son engaños tras engaños, que es lo que oye todo el mundo, que venga usted a defenderlo, por eso le digo, aquí era mas creíble desde que se va a Madrid todo lo que dice desde luego se cree bastante menos, muchas gracias. Interviene la Consejera doña María Dolores Corujo Berriel: A favor, viene del Gobierno de España. Interviene el Presidente del Cabildo don Oswaldo Betancort García: Grupo de Gobierno. Interviene el Consejero don Miguel Ángel Jiménez Cabrera: Ciñéndome a la moción, el voto a favor, y no viene del Gobierno de España, como bien dije antes, que no, que no, vuelven ustedes, si permite Benjamín te lo explico. No, no te lo digo, y a mi no me hagas caso, vete a los datos, que no me hagas caso Benjamín, vete a los datos, el costo de Canarias cuesta 160 millones, el Gobierno nada más que aporta 80, creo que hay una gran diferencia. Votaron a favor (unanimidad): GRUPO COALICIÓN CANARIA: don Oswaldo Betancort García, don Miguel A. Jiménez Cabrera, don Jesús A. Machín Tavío, doña María Ascensión Toledo Hernández, don Marciano Acuña Betancor, doña Cinthia Aroa Revelo Betancort, don Domingo Manuel Cejas Curbelo y don Samuel Carmelo Martín Morera (Cca). GRUPO POPULAR: don Jacobo Medina González, don Ángel Vázquez Álvarez, don Francisco J. Aparicio Betancort y doña María Jesús Tovar Pérez (PP). GRUPO SOCIALISTA: doña Ariagona González Pérez, don Benjamín Perdomo Barreto, don Alberto Aguiar Lasso, doña María Celeste Callero Cañada, doña Mª Belén Morales Cabrera y doña M.ª Dolores Corujo Berriel (PSOE). GRUPO MIXTO: don Óscar M. Noda González (NC-FAC), don Armando Santana Fernández (NC-FAC) y don Óscar D. Pérez Pérez (VOX). Acuerdo que proceda sobre enmiendas al Proyecto de Presupuesto General del ejercicio 2025, sus Bases de Ejecución, Plantilla de Personal y Anexos. Dictamen que proceda Desfavorable Tipo de votación: Ordinaria A favor: 7, En contra: 12, Abstenciones: 2, Ausentes: 0 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 14 de 534 Interviene el Consejero don Miguel Ángel Jiménez Cabrera: Repito, ciñéndome, y no ciñéndome todavía no está aprobado la condonación, todavía no está aprobado la condonación por el parlamento, no hable mucho por si acaso. A favor. ACTA DEL PLENO Interviene el Presidente del Cabildo don Oswaldo Betancort García: Don Benjamín no tiene el uso de la palabra, no tiene el uso de la palabra. Señor Benjamín no tienen el uso de la palabra. Miguel Ángel siga usted con su exposición. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Interviene el Consejero don Benjamín Perdomo Barreto: Señor Presidente por alusiones. Resolución: El Presidente del Cabildo inicia el debate cediendo la palabra al Sr. Secretario del Pleno de la Corporación: El compromiso social expresado por este Gobierno desde el minuto uno, queda recogido claramente en las estimaciones económicas, para el presente ejercicio. Priorizando el esfuerzo inversor en los problemas más acuciantes, como son el agua, la vivienda, o la atención social de la persona más vulnerables. Destacar que uno de lo pilares fundamentales de este presupuesto es la mejora de las infraestructuras hidráulica. La declaración de emergencia hídrica del pasado mes de enero exige respuesta inmediata y efectiva y que nos permitan poner en marcha medidas para corregir la deficiencia en esta materia. Por ello destinamos más de 30 millones de euros a proyecto de mejora hidráulica, con 13 millones procedente de los fondos de desarrollo de Canarias FEDECAN, 21 millones del Consorcio de Agua, con el objeto de garantizar el abastecimiento y la eficiencia del servicio este esfuerzo se materializa en 13 proyectos estratégico, entre los que se destaca: la recuperación del bastidor de 10.000 metros cúbicos de la planta Lanzarote 3, al que se destinará 6 millones y medio de euros, la rehabilitación del bastidor 4 de la planta Lanzarote Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 El Presupuesto presentado se caracteriza por ser un Presupuesto realista y equilibrado, adaptado a una previsión de ingresos prudente y coherente, con la capacidad de gasto de la Corporación . El Presupuesto que presentamos no es solo un documento de cifra, si no una hoja de ruta, clara para el desarrollo y el bienestar de Lanzarote y La Graciosa, desde una óptica realista, equilibrada y flexible. Unas cuentas que corresponde a los grandes retos de nuestra isla, con una apuesta decidida por la inversión social, por la mejora de la vida de las personas, la mejora de infraestructuras, el crecimiento económico sostenible, y el impuso y apoyo a sectores clave para nuestro territorio. Insisto ha sido elaborado con un enfoque realista y responsable, asegurando que cada euro se destina a mejorar la calidad de vida de nuestros ciudadanos, y asentar las bases de un futuro próspero y más sostenible desde todo los puntos de vista para Lanzarote y la Graciosa. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 15 de 534 Interviene la Consejera doña María Jesús Tovar Pérez: Hola, muy buenos días Presidente, a todos a todas muy buenos días. Hoy traemos a este Pleno la aprobación del presupuesto más alto de la historia del Cabildo de Lanzarote, con 209 millones de euros para el 2025, lo que supone un incremento de un 10,47% respecto al año anterior. En cuanto al consolidado, que incluye los Organismos Autónomos, Consorcio y la Entidad Pública Empresarial, la cuantía alcanza 275,9 millones de euros en ingresos y en gastos 268 millones, lo que supone un incremento porcentual de un 10,10% respecto al ejercicio anterior. Así mismo decir, que inicialmente no se recoge ninguna operación de crédito, y en todo caso, estaría sujeta a la aplicación de la reglas fiscales. ACTA DEL PLENO Interviene el señor Secretario del Cabildo don Andrés Martín Duque: Buenos días a todos y a todas, como no tengo el tiempo de 15, tengo el de 20, entonces yo les voy a poner el tiempo de 20 y ustedes sepan que cuando llegue 15 y queden 5, son los 15, digo para que no se vayan la confundir, o quieren les pongo 14 y 1. Bueno, que voy a poner 20 minutos, pero que sepan que el tiempo máximo son 15, cuando llegue al 15 para el reloj. 4, con 2 millones de euros, y las obras de renovación, ampliación, y mejora, para redes de abastecimiento y saneamiento en Lanzarote y la Graciosa por un importe 3,5 millones. En Medio Ambiente también se aumenta en un 14,2% con medidas orientadas a la sostenibilidad y a la protección del entorno natural. La movilidad, el transporte y la seguridad, también son clave en el presupuesto 2025. Veinte millones de euros para mejorar las carreteras insulares, incremento del 38,14% en transporte público mejorando la eficiencia de la red de guagua, 1millón de euros más para el Consorcio de Seguridad y Emergencia a fin de garantizar la mejora operativa y la incorporación de nuevo personal. Educación, cultura y deporte con 24,26% más en educación, con un aumento de las ayudas al estudio, más de 6 millones de euros en cultura, con programas de acceso a la cultura y el arte, 28,24% más en deporte, promoviendo la actividad física y el refuerzo de infraestructura deportiva. Apoyo al sector primario y sostenibilidad, más de un millón de euros para agricultura, ganadería y pesca, más de medio millón de euros para paisaje y soberanía alimentaria, promoviendo proyectos sostenibles, y casi 900.000 euros para el sector pesquero, con un aumento de un 20,53% respecto al año anterior. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Por otro lado, la ordenación territorial y el respeto por nuestro entorno, son eje fundamentales de nuestra gestión. Este área se incrementa en un 66% la inversión de planificación territorial permitiendo avances en: Planta Insular de Ordenación, Plan Especial del Paisaje Protegido de la Geria, Planes de uso y gestión de los Volcanes y del Archipiélago Chinijo. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 16 de 534 En el área de bienestar social recibe una dotación de casi 60 millones de euros, casi 16 millones más que el año pasado, con un crecimiento o un incremento del 32% reafirmando así nuestro compromiso con los sectores más vulnerables. Entre las iniciativas que se encuentra incluida destacamos: la construcción de una nueva residencia de alto requerimiento en Tahiche, fortalecimiento de los programas de salud mental con especial atención a los jóvenes, la consolidación del Programa Más Vital destinado a mejorar la calidad de vida de nuestros mayores. ACTA DEL PLENO El acceso a la vivienda digna es una preocupación creciente en Lanzarote y un compromiso firme de este gobierno, y que hay que decir que se ha hecho en el 2024 muy buen trabajo un esfuerzo en inversión sin precedentes en este Cabildo. Este presupuesto contempla un aumento del 200 % en la partida destinada vivienda, reforzando las medidas para facilitar el acceso a la población residente. Entre las acciones destacadas se encuentra: compra de solares y vivienda destinada a alquiler social y asequible, impulso de nuevas promociones para ampliar la oferta habitacional. Estas son las líneas básicas de una planificación económica, que hemos elaborado para este ejercicio, y que ese reflejo de un Cabildo que planifica con responsabilidad, invierte en las personas, y sienta la base para un Lanzarote y una Graciosa más próspera, inclusiva y sostenible. Para terminar quiero agradecer al personal de departamento de Hacienda. el esfuerzo y el buen trabajo que una vez más han realizado para cerrar y cuadrar estos presupuesto. que como todos saben. no es tarea fácil. porque las necesidades son muchas y los recursos son limitado. Muchísimas gracias. En ese sentido no podemos comenzar más que por el agua, porque si examinamos la memoria del presupuesto del Cabildo, la del Consorcio del Agua de Lanzarote, la del Consejo Insular de Aguas de Lanzarote, no encontraremos en ninguna de ellas la más mínima alusión a la emergencia hídrica. Como recordarán de manera solemne, en el debate sobre el estado de la isla, este Pleno acordó dirigirse al Consorcio del Agua para instarle al Consejo Insular del Agua, que solicitará la declaración de emergencia hídrica. O lo que es lo mismo, que Oswaldo le dijeron a Oswaldo, que le pidieron Oswaldo, que declarara la emergencia. Pues miren por donde, ninguno de los tres Oswaldos acordó de en esa declaración, al redactar la memoria de los Presupuestos, en ninguna de esas memorias puso lo de emergencia hídrica. Esta flagrante omisión nos da la razón, cuando sosteníamos que la declaración de la emergencia hídrica no era más que un intento de conseguir titulares para tapar con declaraciones grandilocuentes, la falta de gestión de Oswaldo Betancor. Podríamos pensar que se trata tan solo de una omisión imperdonable, y que al menos corregida en el detalle de inversiones, pero tampoco es así. Si examinamos el Presupuesto de gastos, y el anexo ,con las inversiones por proyecto, no encontramos ninguna partida que recoja inversiones en materia de agua. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 17 de 534 Interviene la Consejera doña Ariagona González Pérez: Gracias Presidente, buenos días consejeros y consejeras. Miren, al igual que cualquier texto normativo ha de ser interpretado a la luz de su exposición de motivos, el Presupuesto de una institución ha de ser examinado en función de su memoria. Se trata de un documento eminentemente político en el que el Presidente como máximo responsable del grupo de Gobierno, establece las líneas generales del Presupuesto de la institución. Hasta tal punto es así, que la memoria tan solo contiene una firma, la de la persona que precede la institución, por más que para su confección disponga del trabajo de los técnicos de la casa o del gabinete de la presidencia. Que la memoria venga firmada por quien preside la institución, se debe a que la misma recoge la visión política del gobierno, que tras analizar el contexto económico y señalar los grandes retos a los que se enfrenta la isla, establece prioridades y asigna recursos en función de su proyecto de isla. Lamentablemente tras examinar la memoria, tenemos que concluir que nos encontramos frente a un presupuesto orientado a la gestión de la rutina, y que obvia por completo los grandes retos que debe afrontar la primera institución insular. ACTA DEL PLENO Interviene el señor Presidente del Cabildo don Oswaldo Betancort García: Como hay una enmienda a la totalidad, tiene la palabra el Grupo Socialista. Miren, cuando se produjo el cambio de Gobierno, el nuevo equipo se encontró con que el área de transporte bajo el mandato de Loli Corujo, había comenzado a elaborar los pliegos de la nueva adjudicación mejorando líneas y frecuencias. Todavía no sabemos por qué, un año y medio después, seguimos trabajando con la anterior concesionaria. Pero lo peor no es eso, lo peor es que se ha previsto un incremento en el presupuesto para hacer frente al nuevo concurso que deberá incluir inexcusablemente nuevas rutas y mayores frecuencias que las ya existentes. Eso sí, no se ha presupuestado ni un solo euro para mejorar el transporte. Pero se le vuelvo a conceder al actual concesionaria, una subvención de 260.000 euros para modernización del transporte. Vamos a traducir el significado de esta partida, le subvencionamos la compra de guaguas al actual operadora a pesar de que su contrato está vencido. Es sencillamente inexplicable, como con la emergencia hídrica, Oswaldo Betancor dice una cosa, y hace la otra. Mientras nuestra gente sigue perdiendo hasta 3 horas al día para acudir a su puesto de trabajo y volver a casa, él le compra guaguas nuevas a la empresa concesionaria y se olvida de incluir en el presupuesto los fondos necesarios para mejorar la prestación del servicio. Lo que les decía, ese anuncio gozoso del incremento del 38,14% para transporte, al final no es más que otra ocurrencia. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 18 de 534 Además llueve sobre mojado, cuando en esa nota Oswaldo Betancort nos dice que va a destinar más de 13 millones de euros del FEDECAN a diferentes proyectos relacionados con el agua, tenemos que responderle que lo mismo nos contó el año pasado. Cuando ahora en esa nota, Oswaldo Betancort nos dice, que va a destinar 21 millones de euros del Consorcio obras relacionadas con el agua, tenemos que decirle que lo mismo nos lo dijo el año pasado, refiriéndose a los remanentes de tesorería que quedaban en el Consorcio. Miren la relación de inversiones y de gastos del Cabildo, miren los Presupuestos del Consorcio y del Consejo, que son los documentos oficiales que hoy traemos al Pleno. Lo otro, como de costumbre, son ocurrencias. Seguimos con las ocurrencias, como sucede con el transporte, dice la memoria que se ha incrementado en un 38,14% los créditos destinados al mantenimiento de las infraestructuras de transporte. Suena impresionante eso de incrementar el 38,14%. Pero en la práctica, supone incrementar su presupuesto en 330.000 euros, de los cuales 230.000 se van a seguridad, mientras tanto las partidas destinadas a la financiación del transporte, se quedan exactamente en el mismo importe que el año pasado 3. 267.250 euros. ACTA DEL PLENO Pero es que en el Presupuesto del Consejo Insular de Aguas de Lanzarote, tan solo constan 852 mil euros para inversiones, sólo 852 mil euros. Y en el presupuesto del Consorcio del Agua, nada más que aparecen2,9 millones de euros. Es decir, que estamos más de un año y medio mareando la perdiz con la declaración de la emergencia hídrica, y cuando por fin se declara, en los presupuestos no aparecen partidas para la emergencia. No, consejeras y consejeros, no estamos en emergencia hídrica, padecemos una incompetencia hídrica por parte de Oswaldo Betancort. Y no, no me sirve que después de aprobado el presupuesto por el Consejo de Gobierno, el Presidente haya sacado una nota de prensa, en la que indica que va a invertir más de 30 millones de euros en agua, que es lo mismo que nos acaba de decir ahora la Vicepresidenta. Lo que hoy debatimos, lo que hoy ustedes pretenden aprobar, es el Presupuesto del Cabildo y sus entes, no una nota de prensa de Oswaldo Betancort. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Toca entrar ahora consejeras y consejeros en una de las omisiones más sangrantes de este proyecto de presupuesto, la carencia de un modelo de isla, la falta de un análisis riguroso de riesgos y el confundir la gestión política con la generación de titulares amparados en ocurrencias hace que Oswaldo Betancort haya olvidado una vez más el peligro que supone atravesar Las Casitas y Femés en pleno espacio natural de Los Ajaches con torres de más de 50 metros de altura tras el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en favor de red eléctrica. Tenemos que recordar una vez más que ese tendido fue aprobado por la pasividad del gobierno del Cabildo Insular de Lanzarote bajo la presidencia de Pedro San Ginés, y tenemos que recordar una vez más que mi compañera Loly Corujo como Presidente de esta institución, consiguió el acuerdo con Red Eléctrica de modificar el trazado soterrándolo a su paso por Femés y Las Casitas. La firma de ese convenio se encontraba a expensas de la resolución del procedimiento judicial y es ahora cuando corresponde formalizarlo, pero para ello es necesario que se consigne la partida correspondiente al sobre costo de la obra. Ya hemos traído a este Pleno una iniciativa para que se dote la partida y se formaliza el convenio y lo volvimos a hacer con motivo de la aprobación del presupuesto de 2024, ¿Recuerdan la respuesta que nos dieron?, que se iba a ser con cargo a remanente, pero a pesar de que en el Pleno de la Corporación, el Presidente se comprometió a dotar con cargos a remanentes una partida que permitiera soterrar el tendido eléctrico en Los Ajaches, a día de hoy continuamos sin consignación presupuestaria, mientras las obras del tendido avanzan. La respuesta del Presidente ha sido hasta el momento tratar de desviar la responsabilidad al Ayuntamiento de Yaiza para que se haga cargo del proceso de expropiación cuando sabe perfectamente que las Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 19 de 534 Por su parte, la partida destinada a sufragar el servicio de recogida separada de envases, tan solo se incrementa en 184.000euros. Sorprende enormemente esta asidua subida destinada a la recogida selectiva, ya que es público y notorio el deterioro del servicio. Precisamente en el último Pleno, escuchábamos las disculpas del consejero del área, por la pérdida de calidad del servicio. Además nos informó de las sanciones impuestas a la concesionaria por sus incumplimientos, pero al tiempo justificaba parcialmente el deterioro al reconocer que se debían parte al incremento del volumen de residuos generados y anticipaba las necesidades de reforzar el servicio. Pues no sé cómo pretenden reforzarlo si el presupuesto tan solo contempla la subida de 184.000 €, eso sí, mientras el presupuesto destinado a la recogida selectiva permanece prácticamente igual lo que se incrementa día a día es la población residente, lo que se incrementa día a día son las plazas hoteleras y las viviendas de alquiler vacacional, así que la generación de residuos continuará incrementándose, sin que el presupuesto de Oswaldo Betancort lo tenga en cuenta. ACTA DEL PLENO Toca ahora consejeros y consejeros hablar de residuos. Este punto lo despacha la memoria de la presidencia afirmando sin concretar importe, que se incrementan los créditos en virtud de costes derivados del contrato de tratamiento de los mismos en el complejo ambiental de Zonzamas, y que se invertirán 6,9 millones de euros en una nueva planta de compostaje. Pues bien, si examinamos la relación de inversiones y de gastos del Cabildo, no aparece por ningún lado esa partida, y tan solo nos encontramos con una inversión plurianual de 2,1 millones de euros, de los que uno con uno están previstos para este ejercicio con el concepto de nuevos edificios y otras construcciones. expropiaciones son competencia de la Dirección General de Industria. No hay partida, no hay convenio, y lo que sí habrá serán torres descomunales desfigurando el paisaje de Femés y Las Casitas. Por último, no puedo dejar de señalar en mi primera intervención, lo sorprendente que resulta que desaparezca el Plan Insular de Cooperación en Obras y Servicios Municipales, sin que la memoria nos proporcione la más mínima explicación sobre esta desconcertante omisión de los 6.392.552,65 € consignados en el presupuesto del 2024. Insisto, más allá de lo previsto en el artículo 14 de la ley 8/2015, de 1 de abril de Cabildos Insulares sobre los Planes Insulares de Cooperación estableciendo la obligatoriedad de los mismos, no deja de ser cierto que la desaparición de la citada partida requiere de una justificación en la memoria de la Presidencia, justificación que no se ha producido. Ante la completa falta de justificación de esta inexplicable omisión, no cabe más que temer que esta desaparición forme parte de la estrategia deliberada de castigar a aquellas corporaciones de signo político no coincidente. Por más que con posterioridad se acometan obras en los diferentes municipios, la carencia del Plan Insular de Cooperación en Obras y Servicios Municipales impide el seguimiento de las inversiones municipales, dificultando o impidiendo el controlar que su reparto se corresponde con criterios objetivos y no meramente partidistas. En resumen, nos encontramos con un presupuesto continuista que adolece por completo de visión estratégica en el corto, medio y largo plazo, y que no merece por tanto el apoyo del Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 20 de 534 Siguiendo con la vivienda, no parece muy serio el reservar tan solo 1 millón de euros para la adquisición de inmuebles destinados al alquiler social, da la sensación de que se han limitado a poner 1 millón en vivienda tan solo por poner algo. Lo saben perfectamente, la compra que acaban de realizar en Playa Blanca ascendió a 9,3 millones de euros y el Gobierno de Canarias tan solo financió un 30 %. Ese millón supone tan solo colocar un parche, pues si nos movemos en el mismo rango de precios malamente podrán adquirirse cinco viviendas. Miren cuando Oswaldo Betancor accedió a la Presidencia el registro del Gobierno de Canarias incluía 5.198 viviendas en alquiler vacacional y a día de hoy hay 9.682, por lo que se han retirado del mercado residencial 4.484, viviendas. En sus 613 días de gobierno han desaparecido del mercado residencial una media de siete con tres viviendas y Oswaldo Betancort presupuesta la compra de cinco. Razón tenía cuando decía que hacía posible lo imposible porque de verdad es que es imposible hacer lo peor. ACTA DEL PLENO Como no hay prevista tampoco ninguna partida para afrontar los gastos que vienen reclamando los legítimos propietarios de las conocidas como viviendas de Valterra, a las que ustedes continúan machacando de manera insoportable, les molesta que esas viviendas fueran recuperadas por el Gobierno Socialista de España para sus verdaderos propietarios, les molesta que un Gobierno Socialista en Lanzarote consiguiera que la cediera al Instituto Social de la Marina para que el Cabildo se encargara de ultimar la sesión a sus propietarios, se han metido en un insoportable y mediocre juego político para tratar de minimizar la labor del Partido Socialista, a pesar de que ese juego mezquino, afecta a familias que llevan años soñando que se les reconozca su derecho a recuperar lo que es suyo. Partido Socialista, por lo que solicitamos del Pleno que se acuerde su retirada para proceder a su reformulación y permitir, así que el presupuesto del Cabildo de Lanzarote sea capaz de atender las necesidades reales de la isla. Interviene el señor Presidente del Cabildo don Oswaldo Betancort García: Muchísimas gracias, tiene la palabra el Consejero Armando Santana. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 21 de 534 Interviene el Consejero don Óscar Manuel Noda González: Muchas gracias Presidente, efectivamente trabajar una enmienda a la totalidad desde luego es complicado cuando se nos dan tres días, por eso en el caso que me corresponde a mí me centre más en las parciales, el Reglamento es verdad que marca siete días pero en la Comisión se aprobó, como no puede ser de otra manera, por la mayoría absoluta que tiene y alegando un poco que es lo que, como que es lo que me hicieron a mí en la legislatura pasada, pero los que estamos aquí, que yo sepa, y hablo por mis compañeros también no estábamos y tenemos que sufrir a veces cierta frustración, y a los mejor lo que digo luego pues lo tendrán en mi contra en otros sitios, pero bueno. A este respecto yo creo que un punto fragante es que se haya, y lo comenté en la Comisión Informativa, que se pierda o que se quiten lo que son los Planes de Cooperación Municipal, se nos solapa o se nos dice que va a ser a través de los edil, el pai y demás, pero yo creo que eso siempre ha sido una ayuda a los ayuntamientos, creo que he sido fiel defensor, y he sido agradecido con los Planes de Cooperación como Alcalde de Yaiza que me corresponde, y creo que eso era una ayuda y tengan en cuenta que incluso por la normativa los Cabildos deben estar para ayudar a los municipios de menos de 20.000 habitantes, y aquí parece que es al revés, se ayuda a los que tienen más de 20.000 a honrosa excepción de Tinajo que tiene menos de 10.000, pero se está haciendo al revés y creo que hay margen porque encima el presupuesto se incrementa, se incrementa en 19 millones de euros, la inversión se incrementa también pero vemos como hay un trasiego de partidas del capítulo siete que entiendo que es donde están las transferencias de capital y podría ir sin contar los remanentes para esos Planes de Cooperación, se van al capítulo dos, no sé si para más fiesta o jarana, no lo sé, pero desde luego creo que sí que es una lástima que habiendo subido, pues si ustedes me dicen que se merma y no hay suficientes recursos, se aplica un techo de gasto que tampoco lo veo claro porque se aprueba un techo de gastos pero es verdad que los gastos incluso sumando del uno al siete, quitándole el tres, está por encima de esos 176 millones de techo de gasto que refleja el informe de intervención y demás, entonces sinceramente yo siempre lo digo que no es fácil confeccionar un presupuesto, y por supuesto para mí no hay presupuesto malo, puede ser mejorable pero es cierto que a lo mejor en este caso sí que habría que empezar de cero y volverlo a hacer, porque ya digo creo que hay un maltrato bastante evidente a los Ayuntamientos y que la excusa sea que vamos algunos retrasados, yo reconozco que tengo lo más retrasados del 21 de una obra, pero si es verdad que creo que hay vías para poderlo hacer plurianual, ya sea tirando del crédito, que creo que aún quedan 19 millones pero no sé si se ha usado ya o no, u otras fórmulas que nos permitan tener esa facilidad, por mi parte me reservaré a raíz de las explicaciones ahora lo que sería la orientación de mi voto a este respecto. ACTA DEL PLENO Interviene el señor Presidente del Cabildo don Oswaldo Betancort García: Muchísimas gracias Ariagona, Grupo Mixto. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Interviene el Consejero don Óscar Domingo Pérez Pérez: Bueno yo voy a bajar un poco más a la realidad de los vivos, de los que vivimos aquí en la isla, de los que nos pueden escuchar, porque empezamos a hablar de enmiendas, de propuestas y demás y tal y yo creo que la gran inmensa de la población de la isla quizás ni nos entiendan, pero voy a empezar por el tema de Presidente, yo recuerdo que cuando tomó posesión aquí nos dijo que nos iba a compartir todo, que nos iba a escuchar, que nos iba a hacer un Cabildo diferente, recordando al anterior partido político que decía que era arrollador, y entonces pues parece ser que no, tan arrollador como que nos presentan las posibilidades de presentar cosas a este presupuesto pues cinco días, y búsquese usted la vida, ustedes tardan un mes en redactarlo y nosotros cinco días en intentar buscar una opinión de este presupuesto. Mire es verdad, como bien decía la Consejera de Hacienda en este caso, pues muy bien, las inversiones, todo lo que se iba a hacer, todo lo que se va a invertir, lo que se va a mejorar pero en definitiva yo creo que es pues un proyecto continuista, es decir, administrativamente administrativo, es decir, es seguir con la rutina de la rutina, cuando hablamos de inversión de obras, hablamos de inversiones que la gran mayoría vienen del estado, son subvencionadas, otras partes que le corresponde al Cabildo, pues la que le corresponde, con gastos algunas que van derivados casi en cuatro años, y en definitiva a la sociedad de la isla poco, poco, poco resultado. Nosotros hemos propuesto cosas muy sencillas, básicas, para que la gente lo entienda, lo que debe ser un mejor entorno de la isla. Cuando hablan de la isla azul, de la imagen de la isla no se ve que, no hay absolutamente nada, nosotros simplemente hemos puesto una mejora para lo que es el acceso a la entrada del aeropuerto que es vergonzoso. ACTA DEL PLENO Interviene el Consejero don Armando Santana Fernández: Bueno, no he presentado enmiendas al presupuesto. Continua su intervención el Consejero don Óscar Domingo Pérez Pérez: La verdad que es difícil, pues si ya en un mes no poder explicarlo, en cinco minutos explicar el presupuesto, pues mire, pues no lo sé, me quedo con la palabra porque no puedo seguir explicándolo, es que es imposible poder explicar ni las enmiendas en este tiempo, es vergonzoso, es vergonzoso. Interviene el señor Presidente del Cabildo don Oswaldo Betancort García: Tiene usted cinco minutos después, tiene cinco minutos la consejera. Interviene la Consejera doña María Jesús Tovar Pérez: Si vamos a ver, yo en un principio si que me gustaría pues contestar a la enmienda a la totalidad al PSOE. No sé, ustedes presentan una enmienda a la totalidad, pero no traen ninguna propuesta de enmienda, no traen ningún presupuesto alternativo, claro que eso es la enmienda a la totalidad, no están de acuerdo con el presupuesto que nosotros presentamos pero ustedes presentan uno alternativo. Vale, respecto al soterramiento tal y como estaban diciendo de Los Ajaches, tengo que decir que en el presupuesto anterior del 2024, se destinó 4 millones Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 22 de 534 Interviene el señor Presidente del Cabildo don Oswaldo Betancort García: Vaya terminando. Vale, bueno, pues seguidamente comentamos que vienen unos fondos edil, que estamos dando por 20 millones de euros de los fondos edil, en coordinación con todos los Ayuntamientos, presentaron todos lo que eran sus planes, sus proyectos y desde el Cabildo, pues se está organizando todo y al ministerio subiéndolo todo están ahora mismo a la plataforma del ministerio para optar por esos 20 millones. El Cabildo podíamos haber dicho oiga el 80% le hemos dicho a los Ayuntamientos que el 80 % es para los Ayuntamientos y el 20 % a nivel insular, le podíamos haber dicho que no, que podía ser 50 o el 20, y si embargo le dijimos el 80 y tengo aquí informes técnicos, informes técnicos, en los que dicen y lo puedo enseñar, que desde el 2020 hasta el 2024 en Plan de Cooperación se ha invertido, se ha dado a los Ayuntamientos 47 millones de euros, y justificados. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Eso respecto a la vivienda, por otro lado tengo que decir, vamos a ver, el Plan de Cooperación Municipal convoqué a todos los Alcaldes y a todos los técnicos de todos los Ayuntamientos en la cual en esa reunión se llevó a cabo y se dijo que el Plan de Cooperación Municipal este año iba a ir destinado la partida a la residencia de Tahiche, plazas sociosanitarias, porque ustedes gobernaron y tuvimos que devolver el dinero de las plazas sociosanitarias, no fueron capaces ni una plaza sociosanitaria y esa es real, lo que se están dando golpe en el pecho todo el día a nivel social, entonces que íbamos a destinar el dinero a la residencia de Tahiche, estaban todos de acuerdo, no hubo ninguna disconformidad, estaba todo el mundo de acuerdo y es más, decían, y el primero el Alcalde de Yaiza, que era muy bueno, que estaba muy bien el destino que iba a tomar esos fondos que iban destinados a la residencia de Tahiche de alto requerimiento, porque era muy necesaria y es muy necesaria en Lanzarote. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 23 de 534 Con la vivienda de Valterra que ustedes estaban diciendo, y le voy a decir, le voy a decir porque incluso lo publicaron, y voy a leer textualmente lo que publicaron porque estoy cansada con el Partido Socialista que le den la vuelta a todo, y los malos siempre somos los del Grupo de Gobierno y ustedes cuando gobernaron hicieron todo muy bien y si no salió la empresa de transporte es porque ustedes la dejaron cuatro años, cuatro años, para sacar una licitación y no tuvieron, no fueron capaces de sacar la licitación del servicio de transporte, esa es la realidad, esa es la realidad y respecto a la vivienda de Altavista, tal y como ustedes dicen que lo dejaron todo preparado, mire pues lo publicaron, de Valterra efectivamente perdón, el 12 de mayo del 2022, quedaba un año todavía para las elecciones, un año para la elecciones, publicación PSOE Lanzarote, lo pueden buscar, no estoy mintiendo, pero como ellos siempre dicen que mentimos, los que mienten son ellos. Aquí los hechos, gracias al refuerzo de nuestro senador, de nuestra diputada, hoy la vivienda de Valterra están apunto de ser escrituradas a favor de quiénes las habitan, María Dolores Corujo Berriel. Un año antes, un año antes, mintieron, mintieron una vez más, y esa es la realidad, y aquí lo tiene, si, si, si, si, si mintieron, un año, un año después las viviendas no eran de sus propietarios legítimos, y esa es la realidad, esa la realidad y eso es lo que ustedes hicieron, eso es lo que ustedes hicieron. ACTA DEL PLENO de euros para el soterramiento. ¿Pero qué pasa?, si el municipio de Yaiza no hace su trabajo, porque esa es la realidad señor Alcalde, pues al final se ha ido a remanente, otra vez ese dinero porque usted no ha hecho su trabajo, le guste o no, pero esa es la realidad. Interviene el señor Presidente del Cabildo don Oswaldo Betancort García: Vaya terminando. Continua su intervención la Consejera doña María Jesús Tovar Pérez: Y justificados, los Ayuntamientos se han justificado 6 millones y medio, quedan todavía por justificar 41 millón, entonces queremos, si, esa es la realidad, es en la realidad. ¿Qué es lo que vamos a hacer?, pues esto yo pienso que la fórmula de tenemos 41 millones en los Ayuntamientos, más los fondos edil que nos viene, que son 16 millones para los Ayuntamientos, Interviene el señor Presidente del Cabildo don Oswaldo Betancort García: Vaya terminando señora Consejera. Interviene el señor Presidente del Cabildo don Oswaldo Betancort García: Señor Benjamín usted no tiene la palabra, tiene 5 minutos el Partido Socialista. Interviene en su segundo turno la Consejera doña Ariagona González Pérez: Miren consejeros y consejeras las justificaciones, pues resulta lamentable llamarlas argumentos que ha esgrimido el gobierno, no son capaces de desvirtuar nuestras acciones a este proyecto de presupuesto, la primera que tendríamos que haber presentado unos presupuestos alternativos si presentamos una enmienda a la totalidad falso, eso no está recogido en el Reglamento Orgánico del Cabildo Insular de Lanzarote, al igual que no está recogido en el Reglamento del Parlamento de Canarias, una enmienda a la totalidad no lleva aparejado un presupuesto alternativo, señora vicepresidente. Mire es lamentable la carencia del proyecto de isla, es que no tienen un proyecto de isla, no tienen un análisis estratégico riguroso, y eso es lo que hace que lo que hayan hecho ustedes sea coger el último presupuesto, que a su vez era una copia del presupuesto de la anterior corporación y realizar modificaciones que nada se adaptan a las variaciones que se han producido en nuestro entorno social y económico. Mire, es más, los presupuestos del Cabildo retroceden en aspectos fundamentales como dotar a la isla de un Palacio de Congresos. Frente a la partida de uno 1,2 millones de euros consignada en el ejercicio 2023 por el anterior gobierno, el actual grupo dejó 2024 sin dotación presupuestaria y ahora se limita a incluir 500.000 € privando de Palacio de Congresos, no solo a Arrecife, sino a toda Lanzarote, pues se trata de una demanda de carácter insular. Aunque hay una partida que tenemos que reconocer que no ha sido un continuista y es como señalaba en mi intervención anterior la desaparición de los Planes de Cooperación, Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Interviene el Consejero don Benjamín Perdomo Barreto: Una, solo antes de que hable mi compañera decir lo que no es justo. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 24 de 534 Interviene el señor Presidente del Cabildo don Oswaldo Betancort García: Bien tiene cinco minutos de replica el Partido Socialista. ACTA DEL PLENO Continua su intervención la Consejera doña María Jesús Tovar Pérez: Ningún Ayuntamiento va a parar de hacer obras, ningún Ayuntamiento va a parar de hacer obras, y esa es la realidad. Interviene ahora la Consejera doña María Dolores Corujo Berriel: Gracias Consejera, que pronto se olvidó el Presidente del Cabildo que había sido Alcalde, jamás habíamos visto un maltrato tan significativo y recurrente por parte de un Presidente de Cabildo a los Alcaldes y Alcaldesas de muestra isla. Quiero decir simple y llanamente de una forma muy sencilla que la sola existencia del Cabildo tiene sentido para trabajar y cooperar con los Ayuntamientos, nunca con los gobiernos de los Ayuntamientos, porque las decisiones de este Cabildo implican directamente en la vida, e inciden en la vida de cada uno de los ciudadanos de nuestra isla, es decir, de los municipios. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Miren he tratado de esbozar con el tiempo del que dispongo la razones que nos llevan a solicitar la retirada de este presupuesto, pero no puedo dejar de señalar algunas que son muy importantes, vuelven ustedes a dejar sin dotación económica la recuperación de bienes patrimoniales, o sea, se olvidan de los 2 millones de euros en subvenciones que nosotros destinamos, pero es curioso sí que compraron el mercadillo a un conocido empresario porque cada uno sabe cuáles son sus prioridades. Tampoco podemos estar de acuerdo con la desaparición de 1 millón de euros en el área de promoción económica y más cuando se les llena la boca hablando de diversificación, pero lo que es especialmente sangrante es que por segundo año consecutivo las ayudas de los desahucios se mantengan solamente en 400.000 € cuando saben perfectamente que algunos de esos desahucios lo suspenden los juzgados. Y tanto de hablar de proteger a los arrendadores son incapaces arbitrar medidas y partidas para que este tipo de situaciones, sea el Cabildo el que de respuesta a un problema que no afecta solo a nuestra población más vulnerable, sino también a las familias que arriendan sus viviendas, con la expectativa legítima de cobrar mes a mes el alquiler. Miren este no son los presupuestos que Lanzarote necesita y por tanto solicitamos el apoyo del Pleno para que apruebe nuestra enmienda a la totalidad, y estos 51 segundos restantes no se preocupe señor Presidente que no los vamos a perder. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 25 de 534 Miren, no sabemos, pero vuelvo ahora a esto de la desaparición del Palacio de Congresos en obras públicas al igual que los Planes de Cooperación, y no sabemos y nos gustaría que el Presidente nos lo aclarara si esta desaparición forma parte del ajuste de cuentas y consejerías que se ha producido en el Partido Popular, porque si fuera así al final serán los Ayuntamientos los que paguen las facturas de la lucha de poder que se producen dentro del partido de su socio de gobierno. No sabemos, y es preocupante si sustraer esos 6,3 millones de euros del control del consejero del área responde a algún tipo de desconfianza antes las graves insinuaciones que han corrido por diferentes medios procedentes del propio Partido Popular, lo que suele denominarse fuego amigo. Creo sinceramente que Oswaldo Betancort debe una aplicación a este Pleno por esa sorprendente reducción del presupuesto de la consejería del anterior vicepresidente. ACTA DEL PLENO ¿Por qué sabe una cosa señora vicepresidenta?, hay que cumplir la ley, y la ley dice que tiene que haber un Plan de Cooperación y ustedes lo han fulminado, se han olvidado de los Ayuntamientos, no han ayudado a los Ayuntamientos. Mire, cuando nosotros estábamos en el gobierno había Ayuntamientos que tenían obras por justificar del 2013 y se les ampliaba el plazo para que las pudieran justificar, pero ustedes lo que hacen es quitar una financiación destinada a los Ayuntamientos que viene implícita en la ley. Interviene el Consejero don Óscar Domingo Pérez Pérez: Bueno pues yo creo que siguiendo con la misma línea, lo mismo, o sea decir aquí al fin y al cabo hablamos de muchas cosas, muchas inversiones, muchas rutinas, lo que estábamos diciendo antes, pero que al final eso, se olvidan de los Ayuntamientos, se olvidan de las necesidades sociales, se olvidan de recuperar la imagen de Lanzarote, se olvidan en general de todo. Y bueno, lo que al principio quise decir que hablando de pasar rodillos, claro que se pasan rodillos en este Cabildo, se olvidan de lo que somos la oposición aquí no interesamos absolutamente para nada, parece ser que los ilustrados y los lumbreras son ustedes, y los demás somos todos unos zoquetes literalmente, literalmente, porque ya no sé como expresarme y debido también al tiempo. Muy bien señor Alcalde es que no me quedan otras palabras que decir, también he sido Alcalde y se lo que es temas de cooperación, o sea es dejar a un Ayuntamiento sin piernas, evidente, si no se les ayuda. Pero bueno, no solo con eso Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 26 de 534 Interviene el Consejero don Óscar Manuel Noda González: Muchas gracias Presidente, yo creo que decía el grupo que ha cumplido el reglamento es este Grupo Mixto, eso también se lo digo. Solamente voy a usar un minuto porque entiendo que el compañero de VOX quiere utilizar un tiempo para explicar. Con el soterramiento de Femés, consejera de verdad no es su papel atacar a un Alcalde, se lo digo, no es su papel, porque dígame donde pone que el Alcalde de Yaiza tiene que expropiar o tiene buscar los permisos, el Alcalde de Yaiza, por supuesto se va a prestar a que nada se bloquee y que se consiga, pero si le soy sincero, la única representación del Cabildo Insular de Lanzarote que ha habido en las reuniones ha sido de un técnico y se tuvo que ir antes de entrar en la franja de carretera que es del Cabildo, y ahí incluso nosotros hemos estado buscando propietarios, hablando con familias y ahora mismo solo queda una, que es justo el punto que pasa de aéreo a soterrado, y también me he ofrecido a los representantes de red eléctrica a tener cualquier tipo de reunión con los vecinos para poder desbloquear, pero ya está bien de que digan que es culpa del Alcalde de Yaiza, ¿Va a ser también culpa del Alcalde de Yaiza que se pierda millón de euros en saneamiento del Golfo?, cuando luego se me ríen precisamente los compañeros de Coalición Canaria en Yaiza, que es otra ocurrencia mía de poner 2 millones de euros de nuestros remanentes, a ver si también va a ser culpa del Alcalde de Yaiza que se pierda ese millón de euros. Y con respecto a los Planes de Cooperación sí efectivamente, yo claro que valoro que se haga una residencia porque me consta el trabajo que ha hecho el consejero en Bienestar Social, y hacen falta plazas, y he atendido un montón de vecinos en Yaiza que necesitan internar a sus familiares, porque están a punto casi de coger una depresión si no la tienen ya, claro que estoy de acuerdo, pero es que ha tenido margen, es que tiene 15 millones más en inversión, tiene 19 más en el presupuesto, yo creo que no es razón para quitar los Planes de Cooperación, no es razón, y sobre todo ¿Saben por qué?, porque creo que lo que poco o mucho que han ejecutado es gracias a los proyectos que tenemos los Ayuntamientos, y los Ayuntamientos seguiremos haciendo obras pero con los fondos propios nuestros seguro, eso no le quepa la menor duda. ACTA DEL PLENO Interviene el señor Presidente del Cabildo don Oswaldo Betancort García: Muchísimas gracias señora consejera, tiene cinco minutos el Grupo Mixto, y no sé por cual o por quién van a empezar pero me gastaría que se distribuyeran el tiempo para que después no digan que la presidencia no da el tiempo correspondiente, cinco minutos. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 ACTA DEL PLENO hablamos de que en definitiva temas como el Palacio de Congreso que bien lo acaban de decir aquí también, nosotros llegamos incluso hasta presupuestarlo en el Gobierno de Canarias y le hicimos una propuesta al Gobierno de Canarias para que fuese subvencionado y Coalición Canaria y PP votaron en contra en poder subvencionarlo en el Gobierno de Canarias, sí, en los últimos presupuestos, fuera. Y así como la gran mayoría de las cosas, en definitiva lo que estamos hablando es que al final un poco por diferencia de colores, que no deberían ser así en este caso, pues me veo también un poco en la tesitura de abstenerme en este tema pero la verdad que es para dejarlo sobre la mesa, es para dejarlo sobre la mesa porque es que no tiene ni pies ni cabeza, no tiene ni pies ni cabeza, aquí hablamos de florituras, hablamos de un montón de cosas lindas pero que en definitiva ayudas no, resultado a la población no, eso sí, subvenciones al transporte a nuestra amiga empresaria brillante y premiada del transporte de la isla de Lanzarote, pues sí, 200 y pico mil más para una compra de una guagua pero sin mejorar los servicios y haciendo estaciones en Costa de Teguise pero no olvidarnos de hacer una estación en Argana por ejemplo, porque no hacer una central de estación en Argana que eso sí que se lo merece porque es un núcleo poblacional donde la gente trabaja y que es la que mantiene la economía en esta isla, eso sí que es importante, pero no, una estación de servicios en Costa de Teguise para llevar a extranjeros de aquí allí de aquí allí, y nosotros y tú búscate la vida, muy señora Loli cuando dijo de montarse en la guagua, nos deberíamos de montar todos y saber lo que es. Pero bueno así es la historia de este Cabildo y lo que hemos visto durante todo este tiempo y lo que seguiremos viendo con lo que es el presupuesto del Cabildo, no obstante ya vendrá el momento de debatir las enmiendas de cada uno y proponer nuestras posiciones y en principio decir que me voy a abstener en este punto pero que sí, en la gran mayoría de las cosas entiendo perfectamente tanto a mis compañeros, como en este caso al Partido Socialista en el planteamiento que ha hecho con este presupuesto, y la petición que hace, nada más. Interviene el Consejero don Armando Santana Fernández: No. Interviene el señor Presidente del Cabildo don Oswaldo Betancort García: Tiene la palabra la consejera, 5 minutos. Interviene la Consejera doña María Jesús Tovar Pérez: Si vamos a ver señor consejero Óscar Noda como usted bien dice el permiso que le queda todavía un permiso cuando usted tenga todos los permisos, yo no digo que usted no este haciendo su trabajo pero que todavía falta si, todavía falta si, entonces cuando usted tenga su permiso, nosotros este Cabildo pues pondrá la financiación, pero todavía pues no ha terminado de hacer el trabajo el Ayuntamiento de Yaiza y eso le afecta a todos los vecinos. Eso por un lado, sí que tengo que decir de lo del Plan de Cooperación, el Plan de Cooperación Municipal, el dinero se va a destinar a la residencia de Tahiche de alto requerimiento que es de carácter insular, como ya he dicho en varias ocasiones, eso por un lado, queremos que sea pues efectivo, efectivo digo lo que son las partidas que tengamos pintadas las partidas y sabemos que la vamos a utilizar en eso, y en este año pues se va a gastar el dinero, eso por un lado. Por otro lado, sí Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 27 de 534 Interviene el señor Presidente del Cabildo don Oswaldo Betancort García: Bien le quedan 10 segundos don Armando. “Enmienda a la totalidad de los presupuestos del Cabildo Insular de Lanzarote” presentada por el Grupo Socialista. Interviene el Consejero don Óscar Manuel Noda González: Muchas gracias Presidente por parte de Óscar Noda a favor de la enmienda a la totalidad. Interviene el Consejero don Armando Santana Fernández: Abstención. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Interviene el señor Presidente del Cabildo don Oswaldo Betancort García: Bien tenido el turno de palabra todos los grupos con su réplicas, procedemos ahora Sr. Secretario a la votación, de la enmienda a la totalidad: ACTA DEL PLENO que quiero decir que tal y como dice, aquí tengo un informe técnico, tal y como dice el artículo 14 de la Ley de Cabildos, resulta que la financiación de los fondos del Plan de Cooperación puede ir financiado pues por este mismo Cabildo, por los fondos propios o de otras instituciones, entonces, por supuesto, a través de los fondos edil ustedes van a recibir el Plan de Cooperación, financiado a través de los fondos edil. Nadie ha dicho ustedes ya se van a quedar sin fondos, sin el Plan de Cooperación, no, a través de los fondos edil van a tener el Plan de Cooperación, aquí hay un informe técnico que así lo avala, que no me lo estoy inventando. Y respecto... si que no me gustaría terminar diciendo lo del FDCAN, los proyectos que tenemos destinados los 13.893.000 € destinado al agua, hay una partida en el presupuesto, porque hay una partida en el presupuesto que pone FDCAN y ahí hay 21 millón recogidos, de esos 21 millones recogidos 13 millones, casi 19 millones va destinado a proyectos de agua y ya están todos los proyectos tanto para San Bartolomé, para Teguise, para Arrecife, Tinajo, Haría, Arrecife, para todos los municipios, esa es la realidad, muchísimas gracias. Interviene la Consejera doña Ariagona González Pérez: Si, nosotros en nuestro minuto que nos queda para justificar nuestro voto queremos aprovechar para, o sea no somos nosotros los que tenemos que defender al municipio de Yaiza pero también o sea, es que el municipio de Yaiza no tiene que hacer expropiaciones, lo tiene que hacer la Dirección General de Industria del Gobierno de Canarias para poder soterrar ese tendido eléctrico, y da igual que ese tendido eléctrico esté en Yaiza, porque está en Lanzarote, y si está en Lanzarote es prioridad y preocupación de todos los consejeros de este Cabildo Insular y de toda la ciudadanía y eso le corresponde al Gobierno de Canarias. Mire con las viviendas de Valterra es que me parece impresionante, yo le quisiera preguntar si ustedes registraron las viviendas de Valterra, ¿Las registraron a nombre del Cabildo Insular de Lanzarote?, porque además tuvimos que suplir la carencia de gestión de la Alcaldesa de Arrecife cuando no quiso darle solución a los vecinos de su propio municipio. Cambiamos una Ley en el Congreso y en el Senado, y gracias a ese trabajo de mi compañero Manolo Fajardo y el mío cuando era diputada, las viviendas esas están aquí hoy en Lanzarote, ¿Las registraron ustedes en el registro?. Y miren ya lo último es que nos vengan a decir, nos saque una hojita diciendo que los millones están en aguas, aquí no aprobamos hojitas aprobamos el Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 28 de 534 Interviene el Consejero don Óscar Domingo Pérez Pérez: Abstención. presupuesto, y en el presupuesto no pone en ningún sitio que esos 21 millones de euros sean para aguas. Nuestro voto es a favor de nuestra enmienda a la totalidad. Votaron a favor GRUPO SOCIALISTA: doña Ariagona González Pérez, don Benjamín Perdomo Barreto, don Alberto Aguiar Lasso, doña María Celeste Callero Cañada, doña Mª Belén Morales Cabrera y doña M.ª Dolores Corujo Berriel (PSOE). GRUPO MIXTO: don Óscar M. Noda González (NC-FAC). Abstención: GRUPO MIXTO: don Armando Santana Fernández (NC-FAC) y don Óscar D. Pérez Pérez (VOX). En contra: GRUPO COALICIÓN CANARIA: don Oswaldo Betancort García, don Miguel A. Jiménez Cabrera, don Jesús A. Machín Tavío, doña María Ascensión Toledo Hernández, don Marciano Acuña Betancor, doña Cinthia Aroa Revelo Betancort, don Domingo Manuel Cejas Curbelo y don Samuel Carmelo Martín Morera (Cca). GRUPO POPULAR: don Jacobo Medina González, don Ángel Vázquez Álvarez, don Francisco J. Aparicio Betancort y doña María Jesús Tovar Pérez (PP). B) Enmiendas parciales presentadas por el Grupo Mixto: Interviene el Sr. Presidente del Cabildo don Oswaldo Betancort García: Bien, pasamos ahora a las enmiendas parciales, tiene la palabra el Grupo Mixto. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 A) Enmienda a la totalidad: Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 29 de 534 Interviene la Consejera doña María Jesús Tovar Pérez: Si vamos a ver, vuelvo a repetir hay una partida del FDCAN con 21 millón de euros y en esos 21 millón están los 13 millones que van a vivienda, entonces si que está recogido en los presupuestos, dejen ya de dar la vuelta. Y si que tengo que decir otra cosa, tal y como os ha dicho, esta pasando justo con la vivienda de Valterra y me preocupa muchísimo, muchísimo que engañen como han engañado a los vecinos, a los vecinos de Valterra. Me preocupa mucho porque aquí la única que no les engaño, ¿Sabes quien fue?, el Ayuntamiento de Arrecife, el Partido Popular, cuando estaba gobernado Astrid Pérez, que tal y como vinieron, si, tal y como vinieron del Ministerio dijimos que eso no iba a ser posible, que era inviable, ¿Por qué?, porque no había documentación y a día de hoy, el tiempo, nos está dando la razón, nos está dando la razón y tuvieron un año desde que las viviendas vinieron aquí al Cabildo, ¿Y qué hicieron?, absolutamente nada, en contra. ACTA DEL PLENO Interviene el Sr. Presidente del Cabildo don Oswaldo Betancort García: Gracias, Grupo de Gobierno, tiene un minuto para el sentido del voto. B.1) Enmiendas presentadas por D. Oscar Manuel Noda González (DIEZ EN TOTAL): Nada sabemos del Cabildo de Lanzarote de obras tan necesarias como el desdoblamiento de la carretera Yaiza - Playa Blanca, del asfaltado de la carretera del norte, del Palacio de Congresos de Arrecife, de la adquisición de bienes en los pueblos, de mejoras en instalaciones deportivas, de compra de suelos más bien promociones para poner a disposición en este caso del Servicio Canario de Salud, un centro de alojamiento temporal de inmigrantes, nuevas residencias de ancianos, entre otras muchas cosas. Pero lo más grave son dos temas que a mi juicio son los principales problemas en la isla y su gente, el agua y la vivienda. Inconcebiblemente que ni si quiera en la memoria del Presidente se nombren estos asuntos de vital importancia y sobre los cuales nada se ha dicho ni manifestado en este presupuesto. Es un presupuesto que debería enmendarse a la Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 En el estado de gastos, en operaciones corrientes, pues efectivamente, da la impresión que se pasa ese Plan de Cooperación, que por mucho que se diga, ahora se han cambiado un poco las tornas de lo que se dijo en aquella reunión, pero desde luego no había claro de que la parte que corresponde al Ayuntamiento se fuera a transferir a los Ayuntamientos, ni que se fuese a compensar, ahora se va como ratificando pero insisto que hay 6 millones que se quitan de ahí cuando hay un incremento en el presupuesto general y otro en inversión concreto para que se pueda acometer ese Plan de Cooperación, luego se incrementa en ese capítulo dos, como les dije antes el capítulo, pues bueno entiendo que establecen las previsiones que pueden haber de las subidas pero sí que recurrimos a la manifestación del discurso político que profesa en este caso PP y Coalición Canaria a nivel regional y nacional, podríamos decir que el presupuesto de este Cabildo de Lanzarote no se corresponde a unas cuentas lideradas por estas formaciones, crecen las inversiones pero sin proyecto será difícil que se ejecuten. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 30 de 534 Creo que unos verdaderos presupuestos expansivos deben premiar una rebaja fiscal y de tasas que no se contemplan en este presupuesto de un gobierno cuyo partidos lideran al menos en apariencia liberalismo económico basado en una rebaja de impuestos, pero como reflejan estas cuentas presentadas solo se quedan en aparentes apariencias, nunca mejor dicho. Una de estas rebajas debería ser por el pésimo servicio de guaguas debido a la negligencia política, no la empresarial, al transporte y sus precios hacia los usuarios, así como el sector del taxi, donde sobre todo cuando se ha escuchado que parece ser que, por miembros de este Gobierno, que Uber está por llegar y medianamente cerca. ACTA DEL PLENO Interviene el Consejero don Óscar Manuel Noda González: Muchas gracias Presidente, efectivamente como bien dije antes, me tuve que centrar en las parciales pues dado el escaso tiempo para poderlo estudiar en profundidad pero si es verdad que se ve que en principio parece un presupuesto para el año 2025 expansivo, ya que ya digo se incrementa en 19 millones de euros, tanto la previsión de ingresos, aunque no se llegan los gastos a esa previsión de esos 19 millones más, pero sí que sería para tener una coherencia que se debe mantener en unas cuentas de este carácter, con lo que estamos ante lo que parece una contradicción, que puede dar lugar a ciertas arbitrariedades de los recursos económicos en beneficio de algunas actividades que no generan retorno a la sociedad. totalidad como bien dije antes, pero debido al escaso nos hemos centrado, o me he centrado en 10 enmiendas, que las empiezo ya a describir. Enmienda 4. Relativa al Ciclo Integral del Agua. Creo que es importante, lo hemos dicho, lo he dicho en la asamblea, poder invertir en el ciclo integral del agua, pero sobre todo aquí lo que quiero es que se destinen 4 millones de euros a mejorar, incrementar y poder implantar el terciario en las depuradoras, porque no tenemos agua para regar y además se nos dice a través de las restricciones que se plantean con la emergencia hídrica que no reguemos los jardines cuando tenemos reuniones o hemos tenido reuniones con el GMR y nos dicen que el palmeral hay que regarlo porque sino perjudica todavía más sus plagas. La Enmienda 5. Relativa al re-asfalto de la carretera de Tahíche a Arrieta LZ 1. Lo mismo, creo que es una carretera muy transitada hacia el norte, está bastante deteriorada y se tienen bastantes incidencias y a veces incluso accidentes en esa zona. Ahí dotar 2 millones de euros nominados para ese proyecto en concreto. La Enmienda 6. Relativa a la compra de suelo promociones para destinarlas a alquiler social. Como bien y acertadamente y bajo las recomendaciones y las conversaciones que se mantuvo desde el Ayuntamiento de Yaiza, tanto con representantes del ICAVI como de VISOCAN que tenia esa posibilidad y de hecho llamada directa al propio Presidente del Gobierno de Canarias para que fuera a visitar las casas y nos dejaron a todos colgados y simplemente fue usted Presidente y su compañero a ver las casas con el promotor. 6 millones de euros que ahora va a empezar una tercera fase, también se lo dije a su compañero de vivienda en el Gobierno de Canarias, a Pablo Rodríguez para que lo tenga en cuenta. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Enmienda 3. La Construcción del Palacio de Congresos de Arrecife. Como bien se ha comentado dotar una partida de 3 millones de euros. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 31 de 534 La enmienda número 2 es relativa a la construcción de Centro de Respiro Familiar de Playa Blanca, en el termino municipal de Yaiza. Como bien digo plazas socio-sanitarias hacen falta y plazas aunque sea para el descanso de los familiares y las terapias a las personas, a nuestras vecino dependientes hace falta. Agradezco de nuevo esa subvención de 100.000 euros para redactar el proyecto, ya estamos a punto de sacar la licitación pero si que se tenga en cuenta la posible financiación de su construcción, aquí planteamos que se haga o se doten 3 millones de euros para esa construcción, porque en el proyecto básico nos calculamos ese importe. ACTA DEL PLENO Enmienda 1. Relativa a la Asociación Cultural Parranda Marinera de los Buches. Tengo el honor de tomar café casi todas las mañanas con su Presidente en Yaiza, y lo que aquí si que quiero aclarar que lo que se plantea es que se nomine una subvención de 35.000 euros pero a la propia Asociación directamente, no al Ayuntamiento de Arrecife, porque les había entendido mal, para un proyecto que tienen que se llama tradiciones, tienen ya una parte financiada por el Ayuntamiento de Arrecife, pero en este caso sería dotar o nominar una subvención nominal de 35.000 euros. Enmienda 7. Relativa a la redacción de proyecto, adquisición de suelo y construcción de un centro deportivo en las cercanías las localidades de Mala y Arrieta que dé servicio a toda la población de la parte norte de la isla. Ahí pues se plantea dotar 3 millones de euros para poder asumir pues todo lo que se planeta ahí. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Enmienda 10. Aumento de la cantidad destinada a San Marcial de Rubicon, Patrón de la isla. Esta la trato con bastante cariño porque creo que es una reivindicación vieja de los vecinos de Femés en este caso es incrementar como símbolo o como gesto para refrendar que San Marcial de Rubicón es el Patrón de la isla, copatrono de Canarias. Incrementar la subvención nominada, que ya se tiene y agradezco esos 50.000 euros, pero que se tenga y así Presidente de paso pues usted puede volver a mandar una emisiva como esta, esta en concreto no es la de Femés, la de las fiestas de Femés, hubo una, esta tiene que ver con el taxi – guagua, que antes se comentaba por allí, y aquí parece que para cuando son las restricciones por el agua, por la emergencia hídrica, el bando lo tienen que mandar los Ayuntamientos, y para lo malo lo asume el Ayuntamiento, para lo bueno lo capitaliza usted como parte del Cabildo, cuando el taxi – guagua, mi concejala de transporte trabajó mucho y Domingo que no está ahora mismo lo podrá decir, con el sector para convencerlos para impulsar que se aplique, igual que ahora la semana que viene vamos a quedar para esa nueva aplicación de centralita. En definitiva sinceramente creo que la ambición es buena Presidente, la ambición es buena y usted tiene una ambición con Yaiza, y la ambición la considero una virtud, pero cuando la ambición se convierte en obsesión es un problema, y yo creo que usted tiene la ambición en Yaiza pero la obsesión en su Alcalde y este Alcalde le ha tendido la mano desde el principio, a usted, a la señora que estuvo antes en la Presidencia del Cabildo y al que venga, porque lo que estoy haciendo aquí es simplemente trabajar por el interés general y lo que llevo sufriendo son auténticas puñaladas en deslealtad institucional. Igual que no se si en Tinajo se manda esta misma emisiva después de Los Dolores que también se lo financia el Cabildo, no se si en Teguise con todos los conciertos que han habido también se manda, no se si en Tías después del Saint Patrick también se manda este tipo de emisiva, pero no se si tal vez sea una obsesión con Yaiza, una obsesión que no la entiendo, no la entiendo porque yo hasta el momento creo que lo que he hecho es tender mi mano, y la sigo tendiendo y considérela tendida para seguir Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 32 de 534 Enmienda 9. Redacción de proyecto y adquisición de suelo en las cercanías de Tinajo, Tías y San Bartolomé de una Residencia Pública de Mayores. Una vez o en paralelo que se termine o se haga la de Tahiche seguir buscando suelo para poder tener en otras zonas de la isla y distribuir esas necesidades de plaza y ahí planteamos que se pongan 3 millones de euros. ACTA DEL PLENO Enmienda 8. Relativa a la creación de una red de senderos insulares mediante aplicaciones informáticas y audio guías interpretativas. Recibimos mucho turismo que se hace senderismo y creo que poder tener esa red bien marcada, bien localizada, que no se salgan de las rutas y de hecho Presidente en la primera reunión que tuvo usted con el anterior vicepresidente del Cabildo fue a Yaiza ofreciendo que había dinero, le hemos mandado un proyecto que tenemos en Yaiza para este tipo de senderos saludables y demás y hasta el momento no hemos recibido respuesta. Haga lo suyo y además hágalo a nivel insular, aquí planteamos 300.000 euros para que se puedan hacer. ayudando pero creo que este machaque, vamos a decirlo así, que no lo sufro yo, lo sufren los vecinos del Municipio de Yaiza, porque gustará más o menos, pero soy un Alcalde con mayoría absoluta y me han elegido, igual que usted está aquí por 69 votos, pero es así, usted es Presidente. Entonces ese respeto creo que se debe mantener siempre, gracias. Interviene el Consejero don Óscar Domingo Pérez Pérez: Si bueno me quedan 10 minutos para ser exactos. Interviene el Sr. Secretario del Cabildo Insular de Lanzarote: Óscar, recuerdas que dije que como no tenia 15, iba a poner el de 20, entonces cuando aquí digan que quedan 5 son los que quedan, ahora mismo dice que quedan 10 pero son realmente 5, porque el tiempo era de 20. Interviene el Consejero don Óscar Domingo Pérez Pérez: Pues en la pantalla ponía 20 exactamente. Interviene el Sr. Presidente del Cabildo Insular de Lanzarote don Oswaldo Betancort García: Han consumido 9.22, tiene usted el resto y no se preocupe que voy a ser flexible, tiene usted la palabra. B.2) Enmiendas presentadas por D. Oscar Domingo Pérez Pérez (Cuatro 4 en total): Interviene el Consejero don Óscar Domingo Pérez Pérez: Bueno la verdad es que… Mire voy a empezar simplemente por las enmiendas y dejarme directamente de lo demás, de dar respuestas a lo que ya es imposible, como el Palacio de Congresos que habíamos hablado en el anterior presupuesto, como las Salinas que también solicitamos subvención, como las mejoras en carreteras, como las mejoras del Golfo en el transporte, todo eso que al final votaron todos en contra. Por lo tanto de lo que me quiero sujetar o proponer son las que voy a proponer para este nuevo ejercicio que lo que hemos es solicitado que se mejore la entrada del aeropuerto con una partida de unos 50.000 euros y disminuyendo otra de las partidas, por la necesidad de que estamos viendo que continuamente el peligro que conlleva la entrada del acceso al aeropuerto, la imagen del propio aeropuerto y en definitiva lo que un día va a suceder y que al día de hoy no ha sucedido, que suceda un accidente y Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Interviene el Sr. Presidente del Cabildo Insular de Lanzarote don Oswaldo Betancort García: Don Óscar tenían 15 minutos, sino que me corrija en Sr. Secretario. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 33 de 534 Interviene el Consejero don Óscar Domingo Pérez Pérez: Nosotros somos los que más estamos respetando los tiempos y además lo acaba de decir Óscar aquí, y perdone señor Presidente es un tema nada mas que no estoy debatiendo ningún punto. Teníamos 20 minutos como grupo, cinco entendemos que es lo que nos corresponde pero mi compañero me acaba de decir que me va a dejar de la parte que le falta de su tiempo para que yo termine de explicar esos 10, es decir si usted me quiere dejar en cinco yo respetuosamente porque siempre lo hemos hecho así, respeto los cinco minutos, ya está. ACTA DEL PLENO Interviene el Sr. Presidente del Cabildo Insular de Lanzarote don Oswaldo Betancort García: Señor consejero tiene usted 5 minutos. nos veamos en la desgracia de que Lanzarote va a quedar otra vez manchada por su falta de conservación y encima de imagen en la entrada de un aeropuerto, que bueno que ya veo que en la comisión se ha votado en contra. Interviene el Sr. Presidente del Cabildo Insular de Lanzarote don Oswaldo Betancort García: Muchísimas gracias, 5 minutos al Partido Socialista. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 En mi otra enmienda, en la numero 4, le había quitado, porque lógicamente también me parece fastidioso quitar todo, eliminar partidas que ustedes son suyas y me parecía también lógico que estuviesen o que se mantuviesen, y por lo tanto fui desglosándoles algunas de ellas en cantidades de 25.000, 30.000 y 50.000 algunas de esas partidas. Bueno lo que planteaba en esta última enmienda era la posibilidad de que en definitiva pues esa promesa electoral que se hizo por parte de Coalición Canaria y en este caso por el Sr. Presidente del Cabildo en la campaña donde decía que los estudiantes de la isla íbamos a tener todos los derechos como los puede tener cualquier persona que llegue a esta isla, residente, no residente, emigrante, o no emigrante o quien fuera, que los estudiantes de la isla tuvieran una residencia tanto en Las Palmas como en Tenerife, porque hay padres que no tienen la necesidad o no tienen la capacidad de mantener a sus hijos a la hora de salir fuera. El tener una residencia por parte de este Cabildo en esas dos islas capitalinas para mejorar los estudios, para mejorar la economía de las familias de Lanzarote, para mejorar en definitiva lo que son los estudiantes, nuestro futuro, nuestros jóvenes que son los que nos van a dar la calidad de vida de mañana pues lógicamente había reservado una partida, una partida de unos 170.000 euros por lo menos para ir encaminando o tener unas opciones de compra para esos posibles edificios, tanto en Las Palmas como en Tenerife. Esas han sido mis propuestas y son las que lanzo a este Pleno y bueno ya terminaremos hablando del resto de las demás propuestas, de la defensa de estas propuestas y nada más, y gracias Sr. Presidente por dejarme mas tiempo. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 34 de 534 Por otra parte con la subvención y la modernización del transporte que también son 260.000 que ya dije antes que me parecía una barbaridad seguir subvencionando a una empresa que lógicamente no está dando los servicios, pues bueno yo simplemente lo que he hecho ha sido retractar unos 200.000 euros y con eso conseguir que bueno, pues que se pudiese instalar una especie de guaguas híbridas tanto en los municipios de Tinajo y de Yaiza para trasladar al turismo a las Montañas del Fuego y de esa forma ir disminuyendo las colas que que están viéndose continuamente en las Montañas del Fuego, y que creo que el Ayuntamiento de Tinajo y el Ayuntamiento de Yaiza siempre han solicitado que por fin que se cree algo que se cree un sistema y creo que esos 260.000 bien irían destinados a dar la imagen de Lanzarote creando esas guaguas híbridas para el transporte de los desplazamientos de turistas a las Montañas del Fuego y no haber esas colas. ACTA DEL PLENO Y por otra parte solicitaba una partida de 1 millón de euros que se disminuyese de otra parte que es el carril bici Mozaga – Tinajo, que tanto se ha prometido por Coalición Canaria precisamente, su Alcalde estará encantado que es de Tinajo me imagino con esta enmienda, que ustedes también la han votado en contra, que es de 1 millón de euros pues la creación de este carril bici, que todos nos hemos llenado aquí la boca diciendo el carril bici, el carril bici, el carril bici en Lanzarote pero nunca llega a la realidad. Al igual que con el agua, es competencia también, una de las competencias que tiene este Cabildo, porque así lo decidieron los Ayuntamientos, es que se hagan cargo de la gestión del Ciclo Integral del Agua en la isla de Lanzarote, y desde que usted llegó lo que tenemos es una colección de ocurrencias y cada vez tenemos menos agua. Mira fíjese Lanzarote fue pionera porque la primera desaladora de España se colocó en la Central Díaz Rijo en la isla de Lanzarote y al paso que vamos con ustedes también vamos a ser los primeros en toda España en quedarnos sin suministro de agua, gracias a que usted vino aquí a hacer posible lo imposible. Mire, no tienen financiación en los presupuestos ni del Consorcio, ni del Consejo, ni del Cabildo para afrontar esa emergencia hídrica que nos vendieron, que no mencionan en ningún momento en las memorias del presupuesto de los tres entes. Lanzarote tiene un problema y el Cabildo tendría que estar a la altura, y no solo tiene un problema en agua, que lo tiene, hemos tenido también que escuchar esta mañana aquí a una persona que tiene una realidad durísima, durísima, y lo que nos dice esa persona es que está cansado de la fiestas, que él prefiere menos fiesta y que su madre pueda estar mejor, y yo creo que en eso todos tenemos que estar de acuerdo, utilicen los fondos del Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 ACTA DEL PLENO Y yo vuelvo a insistir y nosotros vamos a seguir insistiendo porque para el Partido Socialista el respeto y el cuidado del paisaje en la isla de Lanzarote es fundamental y sí, voy a volver a hablar una vez más del tendido eléctrico de red eléctrica. Y llevamos hablando de eso desde que estamos aquí en la oposición. Mira que hablamos mucho en el Gobierno y mira que hicimos mucho pero no nos vamos a cansar de repetir que la obligación de este Cabildo es soterrar esa línea de alta tensión que pasa entre Las Casitas y Femés, y que vamos a estar al lado de todos los vecinos de Las Casitas y Femés que no quieren ese atentado paisajístico en su territorio, y que es el Gobierno de Canarias quien tiene que asumir la expropiación. Lo vamos a recordar una y otra vez, no vamos a dejar que este tema pasa de largo. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 35 de 534 Interviene la Consejera doña Ariagona González Pérez: Si, en este turno para hablar de las enmiendas parciales al prepuesto, el Grupo Socialista no presentó enmiendas parciales, pero ha estudiado las enmiendas parciales que ha presentado el Grupo Mixto y vamos a apoyarlas todas, pero lo que sí que quiero aprovechar este tiempo Sr. Presidente es para recordar lo importante que son unos presupuestos del Cabildo de Lanzarote y hacia donde deberían estar dirigidos, y por eso nosotros presentamos nuestra enmienda a la totalidad y nos reiteramos en ello, porque lo que no tiene sentido es que un Cabildo cuando su competencia es ayudar a los Ayuntamientos los prive de un Plan de Cooperación Municipal y de los millones que podrían tener para hacer obras. Y la excusa sea que hay unos fondos de libre concurrencia a los que se pueden presentar y, que el Cabildo se presentará, con los proyectos de los Ayuntamientos, eso no tiene sentido porque esos fondos de libre concurrencia también se pueden presentar los Ayuntamientos con sus propios proyectos, y esa libre concurrencia no asegura que los siete Ayuntamientos de la isla tengan acceso a esos proyectos, eso es una libre concurrencia, a lo mejor te lo dan o a lo mejor no, en cambio el Cabildo tiene la obligación legal de ayudar a los siete municipios en función de su población, y por eso es necesario que eso esté planificado y plasmado en el presupuesto para que se vea que no hay favoritismos según color político, sino que los Planes de Cooperación Municipal van en función de la población. Cabildo para ayudar a la gente, no para hacer fiestas, que una fiesta de vez en cuando no está mal, pero utilicen el dinero que tenemos para arreglar los problemas y las necesidades de la gente de esta isla. O sea tienen la posibilidad en sus manos, tienen el privilegio de estar en el Gobierno, tienen el privilegio de hacer un presupuesto que saque a Lanzarote de la situación en la que está, por favor háganlo mejor que nosotros pero es que no es lo que estamos viendo, lo que estamos viendo es que cada día tenemos una ocurrencia nueva, que cada día tenemos un problema nuevo y añadido, y lo único que hacen es darle una patada hacia delante, echarle la culpa a otros y gastar el dinero público despilfarrándolo y quemándolo en fiesta. Lanzarote no se lo merece, nos merecemos algo mucho mejor, trabajen, trabajen por el bien de esta isla que de verdad, nosotros si lo hacen se lo agradeceremos. Interviene el Sr. Presidente del Cabildo Insular de Lanzarote don Oswaldo Betancort García: 5 minutos Grupo Mixto. Interviene el Consejero don Óscar Manuel Noda González: Gracias Presidente, bueno recojo el guante de la consejera, es decir realmente yo creo que todos somos conscientes de que hacen falta plazas de residencia entonces entiendo que al menos la enmienda donde planteo comprar suelo entre Tías, Tinajo, San Bartolomé, me la aceptará aunque en Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 36 de 534 Interviene la Consejera doña María Jesús Tovar Pérez: Si nosotros trabajamos por el bien de esta isla, cosa que ustedes no hicieron los cuatro años anteriores, trabajar, ustedes saben lo que es trabajar, todos los problemas que tenemos de agua ¿De dónde viene?, ¿Qué hicieron la legislatura pasada?, absolutamente nada, eso fue lo que hicieron, nada. Y tanto hablar del Plan de Cooperación, porque como hacemos todo mal y ustedes todo lo hacen bien, el Plan de Cooperación en los Ayuntamientos, vuelvo a decir, que el Plan de Cooperación se va a financiar a través de los fondos edil, porque así tengo el informe que se puede, que se puede, si, si se puede, y le voy a decir otra pregunta, ¿Ustedes en el 2019, la señora Corujo, si Loli Corujo lo quito?, y ¿Qué pasó?, no pasó absolutamente nada, no pasó absolutamente nada, ellos si lo pueden hacer, ellos si lo pueden hacer, no sé qué justificación tenían porque nadie sabe aquí, yo pregunto, no eso no se puede prorrogar, no se puede prorrogar, no vengan por aquí, no vengan por aquí, nosotros prorrogamos, nosotros prorrogamos a todos los Ayuntamientos que hace poco hemos prorrogado, el Consejo de Gobierno ha prorrogado a todos los Ayuntamientos que lo han solicitado, la del 2020, el Plan de Cooperación del 2021, 22 y lo seguimos prorrogando. Ustedes lo quitaron en el 2019 y que calladito lo tiene, y ¿Qué pasó? absolutamente nada. Ahora lo hace este Grupo de Gobierno y lo vamos a destinar a la residencia de alto requerimiento de Tahiche, que es un proyecto insular para toda la isla, y nos vienen diciendo que que mal, que mal, que mal lo estamos haciendo, hemos hecho los mismo que ustedes, con una justificación, con una justificación y pienso que la residencia de Tahiche hace muchísima falta, muchísima falta las plazas sociosanitaria en Lanzarote, muchísima y ustedes les vuelvo a decir, dejaron ir el dinero, lo dejaron escapar porque no hicieron gestión ninguna en plazas sociosanitarias, gracias. ACTA DEL PLENO Interviene el Sr. Presidente del Cabildo Insular de Lanzarote don Oswaldo Betancort García: Bien 5 minutos consejera. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 37 de 534 Interviene el Consejero don Óscar Domingo Pérez Pérez: Si, bueno estaba haciendo un repaso de lo que había presentado el año pasado y ánimo Óscar, decirte ánimo nada más, a ver si es posible algo, y había repasado el tema de la recuperación de Las Salinas de Janubio, subvención en el Palacio de Congresos, a ala mejora en carreteras, mejoras en el Charco de San Ginés etcétera, etcétera… y nada, no pasamos ninguna por el filtro y veo que este año viene a ser casi lo mismo, a parte del poco espacio de tiempo que hemos tenido para presentar estos presupuestos. Pero mire, la Constitución Española dice algo muy claro, que no se pueden quitar para darles a unos y ponerles a otros, sino una circunstancia de equilibrio, y parece así que aquí los equilibrios poquito, poquito, es lo que ustedes digan, es lo que ustedes hagan, es la visión que ustedes tienen de Lanzarote, pero no es la globalidad que se tiene de Lanzarote. Creo que se debe atender a todo, a todos y a todo el mundo. Hay temas problemáticos con el tema de los tendidos eléctricos, hablamos de mejorar la isla de cara al exterior, las escombreras que están ahí, a la subida de San Bartolomé, etcétera, etcétera, etcétera… que en definitiva no están absolutamente nada contemplados en su estupendo, maravilloso y perfecto presupuesto y a las enmiendas que nosotros hemos hecho que son tan sencillas por mi parte, manteniendo ese equilibrio de igualdad de no quitarle absolutamente la totalidad de su capitulo, sino simplemente quitándole un pequeño pellizco para establecer ese equilibrio de circunstancias que bien acabo de decir con eso pues con la creación de la compra de una posible centro de residencia para jóvenes de esta isla que quieran estudiar porque los padres no puedan en las islas capitalinas, el tema del acceso al aeropuerto, el tema de bicicletas, la mejora del carril bici, etcétera, etcétera… En definitiva era sin dañarle su presupuesto, raspándoles una pequeña partida y bueno vuelvo a decir otra vez los mismo, que esto queda en manos de lo que ustedes decidan pero creo que se debe de aplicar el concepto de equilibrio de las cosas, y creo que por respeto, por respeto simplemente porque creo que ninguno de los que traigamos aquí una propuesta para mejorar la isla lo hagamos con el sentido de dañar esta isla, creo que todo lo que planteamos en este Pleno, en este máximo órgano, es para mejorar la calidad de vida de Lanzarote y posiblemente se nos queden muchísimas más cosas en el tintero porque como dije bien al principio no se puede dar el tiempo que se nos ha dado para presentar todo esto. Y si es verdad que he oído a alguien decir en este Pleno, decir si ustedes pueden háganlo mejor que tienen la grandísima suerte de poder hacerlo mejor, pues mire dejen de criticarse unos a otros, y tienen la posibilidad de hacerlo mejor y hacerse mas respetuosos, escuchando y por lo menos creyendo que lo que planteamos ACTA DEL PLENO la comisión pasaron rodillo, no se porque tampoco han manifestado si la van a aprobar o no, pero entiendo que si es importante y teniendo el margen que insisto tienen porque se incrementa el presupuesto en ingresos, se incrementa en inversión, pues por lo menos que aceptes esa, las demás al menos tengan las ideas en cuenta durante el año seguramente veremos nominaciones en el presupuesto para subvenciones a asociaciones, veremos... estupendo me parece bien siempre que sea para el bien de la ciudadanía de Lanzarote y La Graciosa y espero que el rasero sea igual para los que tiene 7000 habitantes, los que tienen más de 50.000, los que estamos a punto de llegar a 20.000 kilos y demás, porque creo que Lanzarote es desde La Graciosa pasando por Órzola hasta llegar a Playa Blanca, gracias. desde aquí, desde la oposición, sean cosas que vayan en beneficio de Lanzarote, y sin ánimo le acabo de decir, sin romper su presupuesto sino simplemente haciéndole un pellizco a cada una de sus partidas, muchas gracias. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 38 de 534 Interviene la Consejera doña María Dolores Corujo Berriel: Gracias Presidente, miren la verdad que yo no sé cómo se puede hacer tan mal en tan poco tiempo y sobre todo como se puede utilizar una política tan sectaria como la que estamos viendo a lo largo de estos últimos años. Fíjense, hoy por primera vez vemos y comprobamos como el que fue Alcalde de Teguise hace apenas dos años, que pronto nos olvidamos de dónde venimos, tiene la posibilidad de colaborar con los Ayuntamientos y aplicar una ley que es de obligado cumplimiento y hoy el señor Oswaldo Betancort retira la financiación en su obsesión contra los Alcaldes y Alcaldesas que no sean de su color político. Tanto es así que quiero denunciar públicamente que presentaremos un recurso porque las leyes están para cumplirlas, una ley además aprobada por el Partido Socialista en el Parlamento de Canarias, la Ley de Cabildos, miren no se equivoquen con esta visión cortoplacista bastante pobre, no se va nunca contra los gobiernos municipales, porque eso con lo que están haciendo es ir contra los vecinos y vecinas de San Bartolomé, con los vecinos y vecinas de Yaiza, con los vecinos y vecinas de Tinajo, con los vecinos y vecinas de Teguise, con los vecinos y vecinas de Arrecife, con los vecinos y vecinas de Tinajo, y de Haría, con esto que quiero decir y también por supuesto de La Graciosa, que quiero decir con esto, he podido comprobar como es un presupuesto en el que nos ha mentido durante estos dos últimos años, yo quisiera que el Presidente del Cabildo al menos en 30 segundos si tiene tiempo, ganas, puede o se lo han escrito diga qué ha hecho en estos dos años en la isla. Que diga en los retos que nos enfrentamos, cuál es la obra que hecho, cuál es la inversión que ha hecho, qué han hecho ustedes en estos dos años, díganlo por favor, para ilustrarme porque a lo mejor yo estoy equivocada, o tengo amnesia selectiva, porque si hablan de vivienda, las viviendas que se están haciendo en Maneje, son de sello del Partido Socialista, 30 años ustedes estuvieron en el Gobierno, cero vivienda pública. Si hablan sobre la situación de la vivienda en Lanzarote, lo que hace el Presidente del Cabildo es comprar 42 viviendas en Playa Blanca y dárselas al Gobierno de Canarias, ¿Les parece bien?, cuando puede tener la competencia de tener su propio parque de vivienda pública, a lo mejor no lo saben porque es diputado parlamentario, pero que sepan que el Cabildo de Lanzarote puede tener su propio parque de vivienda pública, por si no lo sabían. Siguiente cuestión que me gustaría aclarar, el principal problema de Lanzarote, la vivienda junto con el agua, ¿Saben lo que hace el Presidente del Cabildo de Lanzarote?, como decía muy bien la portavoz del Partido Socialista, el mismo le dice dice así mismo que va a declarar la emergencia hídrica, una farsa, una mentira y lo fondos para cubrir esa emergencia hídrica no existen en el presupuesto del Cabildo, es decir, ah eso si, manda un mensaje y un consejo el Presidente del Cabildo inédito, del que aprendimos mucho todos, pedagógicamente se hizo un Reels en Instagram y le dijo a los ciudadanos y ciudadanas de Lanzarote, por favor tiren de la cisterna una vez al día, mientras por la puerta de atrás sigue autorizando licencias de forma permanente de nuevos hoteles y nuevas construcciones de aparta-hoteles, apartamentos y ACTA DEL PLENO Interviene el Sr. Presidente del Cabildo Insular de Lanzarote don Oswaldo Betancort García: Muchísimas gracias VOX, Partido Socialista. complejos turísticos. ¿Y saben lo que dice el Presidente del cabildo?, no queremos ni un turista más ni un turista menos, es una situación tan triste, que si no fuera cierta, sería para hacer un chiste, pero es la verdad. Y les voy a decir algo consejeros y consejeras voy a pedir toda la documentación porque espero que no hayan sido capaces de haber registrado las viviendas de los vecinos y vecinas de Valterra como propiedad del Cabildo cuándo es propiedad legítima de esos vecinos y vecinas, aprobado por una Ley socialista en el Congreso de los Diputados, que sí, nos sentimos profundamente orgullosos y orgullosas. También sí que tengo que decir una cosa, que la carretera de Yaiza - Playa Blanca es un proyecto que tiene el Gobierno de Canarias que lo están ahora mismo trabajando efectivamente. Interviene el Sr. Presidente del Cabildo Insular de Lanzarote don Oswaldo Betancort García: Bien me comenta el Secretario que podíamos hacer la votación por separada, las enmiendas de Nueva Canarias y las enmiendas de VOX, no se si lo han hablado los portavoces, ¿Les parece?, Óscar. Interviene el Consejero don Óscar Manuel Noda González: Solo antes de entrar en el último minuto del voto, yo creo que es evidente que esta parte las va a votar todas a favor y de allá todas en contra, entonces hágalo en bloque, para ir más rápido simplemente. Si es así, si es así, hágala en bloque, si quiere hacer todas las de Nueva Canarias por un lado y Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 39 de 534 Interviene la Consejera doña María Jesús Tovar Pérez: Si vamos a ver, nosotros por supuesto quiero que quede claro también que vamos a estar con los vecinos y vecinas de Yaiza para el tendido eléctrico por supuesto y estamos a favor del soterramiento, y vamos a ayudar en lo que haga falta y eso lo sabe, desde la Institución. Entonces quiero que quede muy claro que vamos a estar con los vecinos y las vecinas de Femés y trabajando de la mano como lo estamos haciendo hasta ahora. Pero mire, en el 2019 cuando ustedes quitaron el Plan de Cooperación a los Ayuntamientos, ¿También estaban en contra del municipio de Tinajo, en contra del municipio de Arrecife, en contra del municipio de Teguise, en contra del municipio de Haría?, ¿Estaban en contra de todos los municipios cuando ustedes lo retiraron?, Esa es la realidad, es que cuando lo hacen ustedes bien hecho y vuelvo a repetir con un informe técnico y bueno si la manera operandi es terminar en un juzgado, pues terminaremos en un juzgado señora Corujo, no hay ningún problema, pero se lo digo tengo un informe técnico en el cual se dice que en el artículo 14 apartado F, se puede financiar el Plan de Cooperación a través de otras subvenciones y de otras instituciones que nos vienen, y así lo vamos a hacer, y así lo vamos hacer, si, si, no digas que no porque esa es la realidad. También quiero decir que la enmienda que presenta el consejero de VOX al aeropuerto ya lo estamos... está recogida en un proyecto que estamos realizando. El carril bici también está recogido en otro proyecto que se está ahora mismo elaborando. Tengo que decir que las distintas enmiendas de Nueva Canarias y sobre todo a cultura si se recogen en las distintas partidas nuestras. Y bueno, y al respecto pues nada nosotros no tenemos más nada que decir. ACTA DEL PLENO Interviene el Sr. Presidente del Cabildo Insular de Lanzarote don Oswaldo Betancort García: Muchísimas gracias doña Dolores, tiene la palabra la consejera. las de VOX por otro, pero como va a ser en bloque, sobre todo porque ya llevamos un buen rato, y hay que seguir. Interviene la Consejera doña María Dolores Corujo Berriel: Sí, ya lo habíamos dicho. Interviene el Sr. Presidente del Cabildo Insular de Lanzarote don Oswaldo Betancort García: De acuerdo, no lo había escuchado. Procedemos a la votación del bloque de Nueva Canarias, (Diez enmiendas parciales) votos a favor. Interviene el Consejero don Óscar Manuel Noda González: Bueno por parte mía por supuesto a favor de las enmiendas de Nuevas Canarias, y simplemente un detalle, no suelo decir nada en el minuto de votación pero si aclarar que en una reunión con el propio Consejero de Obras Publicas, Transporte, Vivienda nos confirma que no hay nada de Tías para abajo, en cuanto a carretera, no hay nada de hecho en la siguiente sesión plenaria vamos a llevar una moción para que se haga el estudio de… incluso por tres fases. Aquí sé que se ha dicho muchas veces que sí, que se va a incluir en el Convenio de Carreteras y demás, pero dicho por el propio consejero entonces no sé, alguien miente, pero desde luego entiendo que quien conoce esto es el padre de la muchacha, como se suele decir, entonces solamente aclarar eso, por supuesto a favor de las enmiendas. Interviene el Consejero don Armando Santana Fernández: A favor de las enmiendas de Nueva Canarias. Interviene el Consejero don Óscar Domingo Pérez Pérez: Bueno ese minuto, gracias por contemplar la obra del carril bici y el acceso al aeropuerto pero luego no está contemplado en el presupuesto, imagino que se hará a lo largo de este año, y nada iba a plantear lo del Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Interviene el Sr. Presidente del Cabildo Insular de Lanzarote don Oswaldo Betancort García: Bien entonces entiendo que están de acuerdo en votar todo. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 40 de 534 Interviene la Consejera doña María Dolores Corujo Berriel: No, disculpe Presidente, si tengo un minuto para la intervención y me gustaría aclarar algo, un poco porque ustedes saben que intentan repetir una mentira para convertirla en una verdad y se desmonta de una forma muy sencilla, cuando el Gobierno del Partido Socialista del que... disculpe Vicepresidenta a mí me gusta denominarla... yo me dirijo a ustedes como Presidente, Vicepresidenta y consejeros y consejeras, me parece que es un poco de respeto a la propia Corporación, al Pleno, y sobre todo a quienes nos han votado pero mire Vicepresidenta tiene usted un lapsus, una amnesia selectiva preocupante, en el 2019 cuando llegamos al Gobierno con ustedes, porque usted formó parte de mi Gobierno, no teníamos presupuesto, estaba prorrogado y aprobamos el presupuesto del 19 y del 20 juntos, no sé si no lo sabe o no se lo ha dicho, tiene la interventora al lado se lo puede aclarar, pero fíjese sabes lo que ha hecho o lo que hizo mi Gobierno, jamás y nunca los Ayuntamientos tuvieron tanta financiación como con el Gobierno socialista, tanto es así que hasta los fondos del FDCAN se distribuyeron con los Ayuntamientos y ustedes hoy les castigan. ACTA DEL PLENO Interviene el Sr. Presidente del Cabildo Insular de Lanzarote don Oswaldo Betancort García: Venga, Partido Socialista, ¿Entienden esa votación?. tema de la enmienda del Palacio de Congreso pero bueno como el consejero me había dicho que después de carnavales ya me informaría pues ya es el segundo carnaval, enhorabuena esperemos al tercer carnaval. Mi voto va a ser a favor de la propuesta de Nueva Canarias. Interviene la Consejera doña Ariagona González Pérez: Nosotros estamos a favor de todas las enmiendas parciales del Grupo Mixto. Interviene la Consejera doña María Jesús Tovar Pérez en nombre grupos de gobierno: En contra. Votaron a favor GRUPO COALICIÓN CANARIA: don Oswaldo Betancort García, don Miguel A. Jiménez Cabrera, don Jesús A. Machín Tavío, doña María Ascensión Toledo Hernández, don Marciano Acuña Betancor, doña Cinthia Aroa Revelo Betancort, don Domingo Manuel Cejas Curbelo y don Samuel Carmelo Martín Morera (Cca). GRUPO POPULAR: don Jacobo Medina González, don Ángel Vázquez Álvarez, don Francisco J. Aparicio Betancort y doña María Jesús Tovar Pérez (PP). Interviene el Sr. Presidente del Cabildo Insular de Lanzarote don Oswaldo Betancort García: Procedemos ahora a la votación de las enmiendas presentadas por VOX, Grupo Mixto (Cuatro parciales). Interviene el Consejero don Óscar Manuel Noda González: Bueno por parte de Óscar Noda por supuesto a favor. Interviene el Consejero don Armando Santana Fernández: A favor. Interviene el Consejero don Óscar Domingo Pérez Pérez: A favor. Interviene la Consejera doña Ariagona González Pérez: Nosotros estamos a favor de todas las enmiendas parciales presentadas por el Grupo Mixto. Interviene la Consejera doña María Jesús Tovar Pérez: En contra. Votaron a favor Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 En contra Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 41 de 534 GRUPO MIXTO: don Óscar M. Noda González (NC-FAC), don Armando Santana Fernández (NC-FAC) y don Óscar D. Pérez Pérez (VOX). ACTA DEL PLENO GRUPO SOCIALISTA: doña Ariagona González Pérez, don Benjamín Perdomo Barreto, don Alberto Aguiar Lasso, doña María Celeste Callero Cañada, doña Mª Belén Morales Cabrera y doña M.ª Dolores Corujo Berriel (PSOE). GRUPO SOCIALISTA: doña Ariagona González Pérez, don Benjamín Perdomo Barreto, don Alberto Aguiar Lasso, doña María Celeste Callero Cañada, doña Mª Belén Morales Cabrera y doña M.ª Dolores Corujo Berriel (PSOE). GRUPO MIXTO: don Óscar M. Noda González (NC-FAC). Abstención: GRUPO MIXTO: don Armando Santana Fernández (NC-FAC) y don Óscar D. Pérez Pérez (VOX). En contra: Expediente 19968/2024. Acuerdo que proceda, aprobación inicial del Presupuesto del Presupuesto General Consolidado del Cabildo Insular de Lanzarote 2025, la plantilla de personal, bases de ejecución y demás anexos Favorable Tipo de votación: Ordinaria A favor: 13, En contra: 7, Abstenciones: 1, Ausentes: 0 Hechos y fundamentos de derecho: De conformidad con el artículo 168 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, formado el Presupuesto General por el Presidente según lo previsto en los artículos 164 a 167 del citado texto, con la siguiente documentación: Memoria explicativa de su contenido y de las principales modificaciones que presente en relación con el vigente. Bases de Ejecución del Presupuesto General Estados de Ingresos y Gastos Liquidación del presupuesto del ejercicio anterior y avance de la del corriente, referida, al menos, a seis meses del ejercicio corriente. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Interviene el Sr. Secretario del Cabildo Insular de Lanzarote don Andrés Martín Duque: Simplemente decirles, que repetir para que quede en el acta bien claro lo que ustedes han votado en bloque, de cada una de las enmiendas a la hora poner la votación, para que no haya problemas. Para que quede claro y que después no digan en el acta no dijimos eso. Lo pondré así, y gracias porque nos ahorramos tiempo. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 42 de 534 GRUPO POPULAR: don Jacobo Medina González, don Ángel Vázquez Álvarez, don Francisco J. Aparicio Betancort y doña María Jesús Tovar Pérez (PP). ACTA DEL PLENO GRUPO COALICIÓN CANARIA: don Oswaldo Betancort García, don Miguel A. Jiménez Cabrera, don Jesús A. Machín Tavío, doña María Ascensión Toledo Hernández, don Marciano Acuña Betancor, doña Cinthia Aroa Revelo Betancort, don Domingo Manuel Cejas Curbelo y don Samuel Carmelo Martín Morera (Cca). Anexo de personal de la Entidad Local. Anexo de las inversiones a realizar en el ejercicio y plurianuales. Anexo de Personal y Plantilla Anexo de beneficios fiscales en tributos locales conteniendo información detallada de los beneficios fiscales y su incidencia en los ingresos de cada Entidad Local. Anexo de Transferencias y aportaciones y Modificaciones del Plan Estratégico de subvenciones 2024 Anexo con información relativa a los convenios suscritos con las Comunidades Autónomas en materia de gasto social. Previsiones de EPEL Centros de Arte, Cultura y Turismo Previsiones de la Sociedad de Promoción Exterior de Lanzarote, S.A. Presupuesto del Consorcio de Emergencias, Salvamento, protección y extinción de Incendios. Presupuesto del Consorcio Insular de Abastecimiento de Agua. ACTA DEL PLENO Presupuesto del O.A. Insular de Gestión de Tributos Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Presupuesto del O.A. Consejo Insular de Aguas. Informe de la Intervención conforme a lo previsto en el artículo 168.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de La Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL) y el 18.4 del Real Decreto 500/1900, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo Primero del Título Sexto de la citada Ley. Tal y como dispone el artículo 16 apartado 1 y apartado 2 del Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades Locales, se incluye informe de la Intervención sobre el cumplimiento del objetivo de estabilidad de la propia Entidad Local y de sus organismos y entidades dependientes. Según lo previsto en el artículo 146.1.b) del Reglamento Orgánico del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote, corresponde al Consejo de Gobierno Insular la aprobación del proyecto de presupuesto. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 43 de 534 Informe económico-financiero. Por acuerdo de Consejo de Gobierno Insular de fecha 13 de febrero de 2025 se aprobó el proyecto de presupuesto consolidado del Cabildo de Lanzarote para el ejercicio 2025, incluida la plantilla de personal, bases de ejecución del presupuesto y demás documentos y anexos. Vista la propuesta de resolución PR/2025/1222 de 13 de febrero de 2025. Resolución: Desestimadas la enmienda a la totalidad y parciales presentadas al Proyecto de Presupuesto General del ejercicio 2025, sus Bases de Ejecución, Plantilla de Personal y Anexos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 168.5 y 169.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, y por el artículo 18 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988. Se propone al Pleno de la Corporación, con los votos a favor de Dª María Jesús Tovar Pérez (PP) (4 votos) y D. Miguel Ángel Jiménez Cabrera (CC) (8 votos), la abstención de D. Oscar Manuel Noda González (Grupo Mixto) (3 votos) y la ausencia de D. Benjamín Perdomo Barreto (PSOE) (8 votos) : 1º.- Aprobación del techo de gasto consolidado fijado en 173.903.606,52 € para el ejercicio 2025. 2º. - La aprobación inicial del Presupuesto General del Cabildo de Lanzarote para el ejercicio económico 2025, junto con sus Bases de ejecución y documentos anexos, cuyo resumen por capítulos se incluye en el expediente. 3º Aprobación inicial de la plantilla de Empleados Públicos para el ejercicio 2025, comprensiva de todos los puestos de trabajo reservados a funcionarios, personal laboral y personal eventual. 4º.- La aprobación de las anualidades y porcentajes incluidos en el Plan de Inversiones Plurianual previstas en el Proyecto de Presupuesto General para 2025. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 44 de 534 Vista la propuesta de resolución PR/2025/1431 de 21 de febrero de 2025. ACTA DEL PLENO Se remite a Comisión Plenaria el Proyecto de Presupuesto Consolidado del Cabildo de Lanzarote para el ejercicio 2025, y una vez debatidas las enmiendas presentadas por los Grupos Políticos, se continúe el trámite de aprobación plenaria en los siguientes términos: Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Celebrada la Comisión Plenaria de fecha 17 de febrero en sesión extraordinaria y urgente en la cual se acordó por mayoría fijar el plazo para la presentación de enmiendas hasta el día 20 de febrero de 2025 y dictado el decreto 2025-1063 de fecha 19 de febrero de 2025 en el que se acordó la modificación del plazo para la presentación de las enmiendas al Proyecto de Presupuesto General por parte de los Grupos Políticos, de siete a tres, finalizando el plazo a las 10:00 horas del día 20 de febrero 2025. 5º.- Aprobación de la modificación del Plan estratégico de Subvenciones para el ejercicio 2025, conforme a lo previsto en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, comprensivo de los objetivos y efectos que se pretenden. 6º.- A tenor de lo previsto en el artículo 21.6 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, las modificaciones efectuadas sobre el presupuesto prorrogado, si las hubiera, se entenderán hechas sobre el Presupuesto definitivo. 7º.- Exponer al público el Presupuesto General para el 2025, las Bases de Ejecución y plantilla de personal aprobados, por plazo de quince días, mediante anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas y tablón de anuncios del Cabildo, a efectos de presentación de reclamaciones por los interesados. Interviene el Consejero don Óscar Manuel Noda González: Muchas gracias Presidente, por mi parte y por dejarle el tiempo suficiente en este caso el compañero Armando. Simplemente manifestar mi voto será en contra. Interviene el Consejero don Armando Santana Fernández: Gracias Presidente, primero felicitar al equipo redactor, al equipo de Hacienda y especialmente también a la consejera María Jesús Tovar. Que ha tenido incluso la gentileza de tratar con conmigo, y aclararme cada céntimo de euro de estos presupuestos, que creo que es importante. Así que le quiero agradecer enormemente. Bueno estuvimos en la reunión, que también fuimos invitados tanto el compañeros Óscar como yo, sin tener que estar, porque no pertenecemos a esa Comisión. Y ahí pude darme cuenta, identificar, que los presupuestos eran bastante positivos en determinadas cuestiones como hemos señalado en el día de hoy. Bueno depende quien los comente, pero si es verdad que aumentan en parte importante, tanto en comercio, bienestar social, hablando también de esas nuevas 100 plazas sociosanitarias, la construcción del centro en Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Interviene la Consejera doña María Jesús Tovar Pérez: Como ya he comentado, es un expediente que va en relación al expediente anterior. Y decir pues eso, que lo presupuestos asciende a 209 millones de euros, son los presupuesto más alto de la historia, con un consolidado de 275 millones de euros que es donde están todos los organismos autónomos. Y también decir que nuestra línea fundamental y en la que se ha volcado este presupuesto es en vivienda, en agua, y a nivel social, de bienestar social, en los sectores pues más vulnerables ahí siempre vamos a estar. Muchísimas gracias. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 45 de 534 El Presidente inicia el debate cediendo la palabra a la Consejera doña María Jesús Tovar Pérez. ACTA DEL PLENO 8º.- Considerar elevados a definitivos estos acuerdos en el caso de que no se presente ninguna reclamación. Tahiche, en Seguridad Emergencia también sube casi un millón de euros, y también hay una preocupación importante en Seguridad Emergencia para la contratación de bomberos, que es más que necesaria. Al igual que en deporte aumenta 1.800.000 euros. Como Consejero de la oposición y a pesar de no estar en el Grupo de Gobierno, creo que votar a favor de estos presupuestos del Cabildo de Lanzarote, es una decisión responsable por varias razones. Les decía que he consultado con sectores sociales, económicos, y vecinales de la isla, y en su amplia mayoría de percibido que estos presupuestos son beneficiosos para la mayoría. Votar a favor, refuerza el compromiso con las demandas de la sociedad. Además si no apoyará algo, que claramente es positivo para la isla, podría generar la percepción de que actuó más por interés partidistas, que por el bien común. En resumen, voy a votar a favor de estos presupuestos del Cabildo de Lanzarote y La Graciosa, porque es una postura lógica, madura y responsable, que demuestra, al menos mi compromiso con la isla y con la mejora de las condiciones de vida de los lanzaroteños y lanzaroteños, gracias. Interviene el Consejero don Óscar Domingo Pérez Pérez: La verdad que me ha llegado, que me veo en la tesitura si si aprobarlo, porque es verdad que cosas como acaba de decir Armando, asuntos sociales, etcétera, etcétera. Cosas importantes, que hablamos de sanidad en la isla. Pero también me veo casi en la obligación de optar a una abstención en este presupuesto, porque creo que no se ha aplicado el el derecho, ni el respeto a la posición para tener tiempo para presentar enmiendas, para poder debatir, para poder hablar, para poder llegar a conclusiones sobre lo que deseamos todos para la isla. No se nos escucha, y eso es malo creo que en política, muy malo. Es verdad que la actitud que tuvo este año la la Consejera de Hacienda y Vicepresidenta en invitarnos, se lo agradezco muchísimo, fue un gran detalle. Pero eso no basta, falta tiempo, falta tiempo para hablar de una isla. Una isla no se resume en 3 días, una isla no se hace solo con el Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 A mi me gustaría por favor, yo soy súper respetuoso con ustedes, además les tengo un afecto personal y cada vez que hablan créanme que atiendo al 100% lo que dicen, gracias. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 46 de 534 Estos presupuestos incluyen inversiones necesarias en infraestructuras, servicios públicos o proyectos clave para el futuro de Lanzarote. No apoyarlos podría paralizar iniciativas importantes para el desarrollo de esta tierra. ACTA DEL PLENO Estos presupuestos incluyen partidas que favorecen al progreso económico, social y ambiental de la isla. Voto a favor. Votar a favor es un acto de responsabilidad política, independientemente del lugar de la mesa en la que esté situado. El bienestar de Lanzarote debe ser siempre la prioridad y los presupuestos, estos presupuestos, a mi juicio benefician a la población, y es mi responsabilidad apoyarlos. Votar a favor no implica renunciar a estar en la oposición, sino que refleja una actitud constructiva como creo que así he demostrado en estos casi 6 meses, que tengo la responsabilidad de estar sentado aquí. desplante hacia los demás, ni con la idea de que solo ustedes son unipersonales, y que tienen el derecho a decidir sobre todo lo que son los habitantes de la isla. Porque hay una parte que son votantes nuestros, otros que son de ustedes. En definitiva, la gente ha decidido políticamente a quienes o no quienes deben de votarles y por lo tanto de ustedes también deben ser respeto hacia los demás. Para comprender cómo se ha hecho la trampa basta con mirar un par de partidas a modo de ejemplo: la partida 62.100, terrenos y bienes naturales, esta partida figura inicialmente con 90.000 euros y se amplía con 3 millones de euros, aparece como una ejecución de 4.822,127,88 euros, grado de ejecución de esta partida con el cálculo del Gobierno un 5.357%. La partida 62.200, edificios y otras construcciones, figura inicialmente con 408.000 euros y se amplía con 12.000, perdón con 12.702.000 euros, aparece con una ejecución de 9.447.749,03 euros, grado de ejecución de esta partida con el cálculo del Gobierno 2.315%. Como se puede observar estas dos partidas aparecen ejecutadas por un valor muy superior al del presupuesto original con el que se consigue falsear la cifra real de ejecución. Sobre esta burda mentira tan solo me queda señalar que si la Consejera o el Presidente tuvieron un mínimo de dignidad política, debieran disculparse por esta información tramposa y tergiversada. No me hago ilusiones al respecto y es más me temo que seguirán mintiendo ya que es marca de la casa, pero tengo que recordar que Oswaldo Betancort prometió inversiones por 131 millones de euros, y solo ha ejecutado 35, apenas una cuarta parte de los presupuestado. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 47 de 534 Según dicho documento, los créditos iniciales para inversiones por un importe de 36 millones de euros fueron ampliados hasta los 131,7 millones. Por su parte las obligaciones reconocidas netas se situaron en 56,6 millones de euros. Eso quiere decir, que la ejecución presupuestaria de las inversiones quedó en una insuficiente 27,10%. Sin embargo, algunos medios recogen el pasado día 6 la noticia de que según la Consejera Hacienda, la ejecución del presupuesto de inversiones se sitúa en un 98,98%. Curiosamente y corríjame si me equivoco, señor Presidente, en la web del Cabildo de Lanzarote, no aparece esa noticia por ningún lado, no sé si porque la consejera se lanzó a dar el dato por su cuenta, sin contar con los servicios de prensa, o porque nadie quiso hacerse responsable de colocar ese dato falso. Ese 98,98% sale de calcular el porcentaje de ejecución con respecto a los créditos iniciales, y no, no es un truco contable, no llega ni siquiera a eso, es sencillamente una solemne tontería, un burdo intento de tapar una gestión ineficaz. ACTA DEL PLENO Interviene la Consejera doña Ariagona González Pérez: Consejeros, consejeros, si al defender la enmienda a la totalidad del Grupo Socialista comenzaba mi intervención refiriéndome a la memoria de la Presidencia. Ahora toca comenzar, con otros de los documentos que integran el proyecto de presupuestos del 2025, que es el avance de la liquidación del 2024. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Mi voto va a ser abstención porque quedan muchísimas cosas fueras, lo dije antes, Palacio de Congreso, mejoras en carreteras, infraestructuras, etcétera etcétera etcétera. Es decir, faltan muchísimas cosas y eso es posiblemente por la por la actitud de prisa y desplante hacia nosotros creo. Mi voto es la abstención. Eso consejeros, y consejeras, es lo que volverá a suceder con el presupuesto que hoy van a aprobar, una vez que han desestimado nuestra enmienda a la totalidad. Por más que se empeñen en presumir de presupuestos realista, volveremos a encontrarnos con un brindis al sol revestido de magníficos e históricos titulares de prensa. Lo mismo sucederá y me atrevo a anticiparlo con la liquidación del presupuesto del Gobierno de Canarias, esos que también eran realistas, esos que eran bajos porque sólo se habían pintado las partidas que se iban a ejecutar. Siguen ustedes empeñados en la política ficción y en las declaraciones grandilocuentes, esas con las que afirma Oswaldo Betancort que hace posible lo imposible. Miren consejeras y consejeros, como he explicado con nuestra enmienda a la totalidad, este es un presupuesto que es más de lo mismo. Una mera administración de la rutina, que refleja la falta de modelo de isla y la más lamentable ausencia de análisis riguroso sobre los desafíos más importantes para Lanzarote. Este presupuesto, lo presenta además un Gobierno que ha demostrado ser incapaz de sacar adelante sus propios presupuestos, y que para colmo miente de manera descarada cuando toca dar cuenta de sus resultados. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Tanto criticó Oswaldo Betancor, todo el dinero que se encontró, y resulta que en su Gobierno ese dinero ha aumentado. Debe ser ese otro ejemplo de venir a ser posible lo imposible. ACTA DEL PLENO Por cierto, no sé si recuerdan la vehemencia con la que criticó Oswaldo Betancort los remanentes que encontró en caja. Pues bien, según el avance de la de liquidación del ejercicio 2024 los remanentes se han incrementado en 9,6 millones de euros, un 6,37% más con respecto al ejercicio 2023. Interviene la Consejera doña María Jesús Tovar Pérez: Ustedes nunca van a apoyar ningún presupuesto, esté bien, mejor o regular, eso ya lo tenemos claro. Lo que tienen que hacer es que el Gobierno de España saque los presupuestos hacia adelante, que llevamos 2 años sin presupuesto a nivel nacional. No sé lo que antes me llamó la señora Loli Corujo, que si tengo un lapsus de no sé qué, me gustaría que me lo volviera… Interviene la Consejera doña María Dolores Corujo Berriel: A mi me gustaría, disculpe Presidente, me gustaría que cuando se dirigiera a los consejeros y consejeros, se dirigiera como consejeros y consejeros, se lo digo a usted su obligación en mantener el respeto en este pleno, ya que usted no lo hace, se lo ruego yo. Interviene el Señor Presidente del Cabildo don Oswaldo Betancort García: Señora consejera no tiene la palabra. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 48 de 534 Entenderán por tanto que para nosotros es imposible apoyarlos. Interviene la Consejera doña María Jesús Tovar Pérez: El respeto que usted me ha tenido, el respeto que usted me ha tenido, diciendo y diagnosticándome no sé qué. No se preocupe, no se preocupe que nos veremos. Es el mismo respeto, yo le tengo respeto porque le llamo por su nombre, o es qué usted no se llama Dolores Corujo, pues ahora le tengo que decir, señora don diputada, consejera Loli Corujo, por que si no es que no le tengo respeto. Pero mire, sabes lo que pasa, que las cosas no se calculan como uno quiere, si no se calcula como son, qué quiere decir, que no es lo mismo sumar que restar, y no es lo mismo multiplicar que dividir. Y cuando se calcula el grado de ejecución de un presupuesto, se calcula sobre el presupuesto real, no sobre el presupuesto inicial, porque lo otro es, yo no lo quiero decir así, pero es que, unas clases básicas de cálculo y matemáticas. De que sumar, restar multiplicar y dividir son operaciones diferentes. Y no se utiliza cuando a mí me viene bien, sino cuando se está haciendo lo que se está haciendo, señora Consejera, sea seria. La verdad es que eso nos sorprendió a todos, porque de repente dijimos, el Cabildo de Lanzarote va a ser la primera administración en el mundo que ejecuta un 98,98% de su presupuesto. Vamos a ser pioneros en ejecutar casi al 100% del presupuesto, ojalá, pero no, no nos engañen que fue lo que hicieron. Y eso, pues bueno, pues sumar es sumar, restar es restar, multiplicar es multiplicar, dividir es dividir, y calcular las cosas. Y si no mira, cogen una calculadora que nunca viene mal, yo la uso todos los días. Interviene en segundo turno la Consejera doña María Jesús Tóvar Pérez: A mí no me tiene que decir usted, ni darme lecciones de nada. Ni que es calcular, ni que restar, ni que es sumar. Lo que tiene que aprender es a leer, es lo que tiene que hacer, aprender a leer ustedes, eso que lo sepa, porque lo que se puso, el titular era, no era el 98,98% del presupuesto, no. El 98,98 del capítulo 6 de inversiones. Aprende a leer, aprende a leer, Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Interviene en segundo turno la Consejera doña Ariagona González Pérez: Es curioso que nos venga ustedes a dar lecciones de cómo aprobar los Presupuestos del Gobierno de España, cuando su Presidente, Mariano Rajoy, se pasó tres años gobernando sin presupuesto, sin presupuestos Generales del Estado, con los Presupuestos prorrogados. Cuando lleguemos nosotros a 3 ,todavía podrá hablar algo, pero no se preocupe porque España va a tener Presupuestos Generales del Estado, muy a pesar del Partido Popular. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 49 de 534 Y nada, decir que que eso, que le estoy diciendo las cosas bastante clara y le estoy diciendo las cosas, y la ejecución del presupuesto en total ha sido de un 58% del 2024, 58% señora Ariagona. ACTA DEL PLENO Sí que lo que tengo que decir, es que nosotros sí que es cierto que sacamos una rueda de prensa con la verdad, no mentimos no mentimos. En el capítulo 6 de los presupuesto iniciales, capítulo6 de los presupuestos iniciales, se había hecho una inversión del 98,98%. Y eso lo puedo demostrar, y eso lo puedo demostrar. Nosotros aprobamos unos presupuestos de 189 millones el año pasado, en el 2024, y hemos ejecutado 231 millones de euros. Esa es la realidad, esa es la realidad y los datos económicos que ellos también lo tienen, pero le tienen que dar la vuelta a todo, porque es que si no, no es el PSOE. tienen un problema de comprensión lectora y verdad que me preocupa, porque le dan la vuelta a todo, no comprenden nada, no comprenden absolutamente nada. Interviene el Señor Presidente del Cabildo don Oswaldo Betancort García: Bien, un minuto para el sentido del voto de este punto, grupo Mixto. Interviene el Consejero don Armando Santana Fernández: Lo he dejado claro. Interviene el Señor Presidente del Cabildo don Oswaldo Betancort García: Perfecto, Partió Socialista sentido del voto. Interviene en segundo turno la Consejera doña María Jesús Tóvar Pérez: A favor. Interviene el Señor Presidente del Cabildo don Oswaldo Betancort García: Bueno, antes de pasar al punto siguiente. Primero darle las felicitaciones a todo el departamento de Hacienda, porque efectivamente han aprobado un documento, en una situación donde Lanzarote lidera la economía a nivel de Canarias conjuntamente con la isla hermana de Fuerteventura. Y esto es gracias también al sector privado de la isla Lanzarote, pero también al sector público. ACTA DEL PLENO Interviene el Señor Presidente del Cabildo don Oswaldo Betancort García: Grupo de Gobierno, sentido del voto. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Interviene en segundo turno la Consejera doña Ariagona González Pérez: Nosotros estamos en contra, pero la verdad es que me sorprende que ahora me digan que no sé leer, porque es lo que ustedes me dicen que es lo único que hago. Un presupuesto donde incrementamos las partidas en viviendas. Un presupuesto donde incrementamos las partidas en bienestar social, casi un 28%. En política territorial muy importante, incrementamos las partidas en un 66%. En empleo, es vital darle ese paraguas a la sociedad de Lanzarote generando empleo, un 11,54%. En educación, como se ha hablado aquí, en un 24,26%. Deporte y juventud, prácticamente en un 33%, mezclando las dos partidas. En transporte un 38% Sector primario, y en paisaje un 37%. En definitiva, son unos presupuestos que ojalá se pueda materializar todas estas partidas en el año en curso. Pero sí es verdad que salimos de un año 24 donde el presupuesto, la ejecución, que ya lo ha dicho la consejera, 58%. Hay que seguir aunando esfuerzo para que esa ejecución lo note la ciudadanía de Lanzarote y de la Graciosa. Pero a mí sí me gustaría puntualizar un aspecto, que no se ha dicho en este pleno, y hay que decirlo todo. Salíamos de un año 24 donde se hizo un esfuerzo importantísimo como nunca en la historia, con los Planes de Cooperación Municipal. Este Gobierno el año pasado incrementó Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 50 de 534 Un presupuesto que recoge la realidad de la emergencia hídrica que tenemos en la isla de Lanzarote, como lo ha explicado la señora consejera. los Planes de Cooperación Municipal, se repartieron 13,8 millones de euros en el plan de cooperación anterior, 8 millones de presupuesto inicial más 5 de remanente. En el año 24 no se ha justificado ningún proyecto. Por tanto nosotros lo que tenemos que atender es la necesidad urgente que tienen las familias de Lanzarote y tengo que felicitar a los alcaldes y alcaldesas porque han entendido bien, yo entiendo que este es el juego la política, de que en este momento tenemos que atender esa residencia de mayores. Pero se está justificando proyectos del año 2020, y yo fui alcalde, y esta situación la vivía en el año 19, con una Presidencia que en este momento está como consejera, y efectivamente la retórica existe para utilizarla, pero los datos están encima de la mesa. Así que felicitar a la consejera, felicitar a su equipo, y esperar que todas estas partidas que se han incrementado lo note la ciudadanía de Lanzarote y la Graciosa en el año en curso. Votaron en contra: GRUPO SOCIALISTA: doña Ariagona González Pérez, don Benjamín Perdomo Barreto, don Alberto Aguiar Lasso, doña María Celeste Callero Cañada, doña Mª Belén Morales Cabrera y doña M.ª Dolores Corujo Berriel (PSOE). Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Por tanto lo que le digo a los alcaldes y alcaldesas, que todo proyecto en este Cabildo que tenga licencia, que tenga los permisos preceptivos, y que tenga todos los parabienes, van a ser financiados conforme a este Cabildo Insular Lanzarote. ACTA DEL PLENO En el año 19 este Cabildo hizo exactamente lo mismo. Y yo lo entendí como alcalde, y no lo critiqué, lo entendí, y lo compartí. Abstención: GRUPO MIXTO: don Óscar D. Pérez Pérez (VOX). Votaron a favor: GRUPO COALICIÓN CANARIA: don Oswaldo Betancort García, don Miguel A. Jiménez Cabrera, don Jesús A. Machín Tavío, doña María Ascensión Toledo Hernández, don Marciano Acuña Betancor, doña Cinthia Aroa Revelo Betancort, don Domingo Manuel Cejas Curbelo y don Samuel Carmelo Martín Morera (Cca). GRUPO POPULAR: don Jacobo Medina González, don Ángel Vázquez Álvarez, don Francisco J. Aparicio Betancort y doña María Jesús Tovar Pérez (PP). GRUPO MIXTO: don Armando Santana Fernández (NC-FAC). Documentos anexos: Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 51 de 534 GRUPO MIXTO: don Óscar M. Noda González (NC-FAC). Anexo 1. Certificado de acuerdo Anexo 2. Memoria del Presidente Presupuesto 2025 Anexo 3. CONTROL FINANCIERO 2025-0027 [Informe de Intervención del Presupuesto General del 2025] Anexo 4. CONTROL FINANCIERO 2025-0026 [Informe de Intervención Estabilidad presupuestaria y nivel deuda del Presupuesto General 2025] Anexo 5. Informe Económico-Financiero Presupuesto 2025 Anexo 6. 05 - Bases de Ejecución 2025 Anexo 9. 07a- Presupuesto de ingresos 2025 Anexo 10. 07b Presupuesto de Gastos 2025 Anexo 11. 08 - Anexo - Inversiones ejercicio por Proyecto FA Anexo 12. 08 - Anexo - Inversiones ejercicio por Proyecto FA Anexo 13. 09 - Anexo - Inversiones plurianuales (4) por Proyecto Anexo 14. 10a -INFORME CAPITULO I PRESUPUESTO 2025 ACTA DEL PLENO Anexo 8. 06b - Presupuesto Consolidado (TRLHL) Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Anexo 7. 06a - Presupuesto Consolidado (Todos los entes) Anexo 16. 10c - CONTABILIDAD - 2025 - 10-02-2025. Anexo 17. 10d - CERTIFICADO MGN 12-02-2025 Anexo 18. 10e Plantilla de personal 2025 Anexo 19. 11 - Previsión Estado Deuda Cabildo de Lanzarote Anexo 20. 12a - Relación de Transferencias Sub y Aport ejercicio Anexo 21. 12b - Relación de Líneas de actuación PES Anexo 22. 13 Liquidación ejercicio 2023 Anexo 23. 14 Avance liquidación ejercicio 2024 Anexo 24. 15 Transferencias_Ley_2025_Lanzarote_Consolidado Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 52 de 534 Anexo 15. 10b - ANEXO PERSONAL PRESUPUESTO 2025 Anexo 25. 16 Anexo Beneficios fiscales 2025 Anexo 26. 17 Anexo de Convenios gasto social suscritos con Comunidad Autónoma Acuerdos que procedan sobre la Moción del Grupo Mixto (VOX), para instar al Cabildo a posicionarse en contra de más construcción o habilitación de centros de acogida en Lanzarote. (Exp. 1188/2025) Desfavorable Tipo de votación: Ordinaria A favor: 1, En contra: 19, Abstenciones: 1, Ausentes: 0 En este mes se ha producido un enfrentamiento entre diferentes administraciones públicas motivada por la apertura de un nuevo centro de inmigrantes, en principio menores. Se han alzado voces en contra de la apertura de dicho centro sobre todo por los vecinos del municipio de San Bartolomé y en concreto de Playa Honda. Se ha engañado a la población, se ha actuado con oscurantismo. En el Cabildo se han hecho manifestaciones plenarias en donde queda reflejado que Lanzarote ya no puede más, que está sobresaturada y que no se debía poner un nuevo centro de acogida de inmigrantes.Por el Ayuntamiento de San Bartolomé se decía a sus ciudadanos que no se iba a poner un nuevo centro más. Con la apertura de este nuevo centro se destacan dos cosas, una que por parte de algunos políticos se hacen cosas a espaldas y mintiendo a sus ciudadanos y otra que ni siquiera los partidos que puedan conformar una institución son informados. El culmen es que según las declaraciones del viceconsejero de Bienestar Social del Gobierno de Canarias, Francisco Candil, “se lleva trabajando en la apertura del centro de menores inmigrantes de Playa Honda desde hace cerca de un año y que tiene constancia de que incluso ha habido contactos entre el personal del Ayuntamiento de San Bartolomé y el propio Cabildo de Lanzarote sobre este recurso, y en el caso de este centro de Playa Honda ha habido, y éramos conscientes de que estaba habiendo, conversaciones incluso por parte del personal del Ayuntamiento de San Bartolomé con responsables del Cabildo sobre el recurso. Además, este es un recurso en concreto que llevaba en fase de apertura cerca de un año. No es un recurso que se haya abierto en el último mes y hayamos improvisado”, Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS: Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 53 de 534 “En virtud de lo manifestado en el artículo 82.1 del Reglamento Orgánico del Cabildo de Lanzarote, relativo a la presentación de “mociones” por parte de los grupos políticos que conforman el Pleno Insular, el GRUPO MIXTO presenta para su inclusión en el orden del día del próximo Pleno del Cabildo Insular de Lanzarote para su debate y deliberación la siguiente propuesta en forma de MOCIÓN: ACTA DEL PLENO Resolución: No podemos consentir que dicho centro se convierta en un macro centro debido a su extensión y que acabe siendo un fiel reflejo de lo que ocurrió en La Santa, por supuesto que hay que ser humanitarios pero también hay que tener conciencia de nuestra población y de que la isla ya no puede soportar más. Por ello, solicitamos al pleno de este cabildo la siguiente MOCIÓN; 1. Instamos al Cabildo de Lanzarote a posicionarse en contra de más construcción o habilitación de centros de acogida en Lanzarote . 2. Instamos al Cabildo de Lanzarote que realice tantas acciones administrativas y políticas que estén en su mano para evitar la implantación de los mismos. Consejero de VOX - Grupo Mixto Cabildo de Lanzarote”. Defiende la moción el Consejero don Óscar Domingo Pérez Pérez: Bueno, hemos visto como en estos días se ha aperturado un nuevo centro, llámese un centro de menores en Playa Honda. Traemos esta moción, porque han sido los vecinos, los que nos han convocados a diferentes reuniones, y lógicamente nos veíamos más que en la obligación de escucharles, y traer un poco esta petición en nombre de ellos. Por qué hemos traído esta petición, porque lógicamente entendíamos que ha habido un oscurantismo con referencia a esta última apertura de este centro. Incluso este propio consejero solicitando al Gobierno de Canarias, que si había información e incluso presentando registros en el Gobierno de Canarias para que nos facilitase la información de esta nueva apertura de este centro. Y tal ha sido el oscurantismo que tampoco a día de hoy, solicitudes que hicimos en el Gobierno de Canarias nos hayan informado, ni nos hayan dado respuestas desde cuando se mantuvieron estas reuniones. Es verdad que incluso, el propio alcalde de San Bartolomé decía que tampoco se le había manifestado nada. Pero si es verdad que luego oíamos por otra parte al Consejero de Bienestar Social del Gobierno de Canarias, al señor Francisco Candil, que decía que se llevaba tiempo trabajando en la apertura de este centro de menores migrantes de Playa Honda, desde hace más de cerca de un año. Y que tenía constancia que tenía informado, tanto al Ayuntamiento de San Bartolomé como al propio Cabildo, sobre el caso de este centro de Playa Honda, y que se iba a aperturar, y que cada uno era consciente. Y le vuelvo a repetir el por qué de esta moción, porque lógicamente ha sido a raíz de una petición, y no por qué, algunos dirán porque VOX ... No, esto es una petición de los vecinos. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 54 de 534 Óscar Pérez Pérez ACTA DEL PLENO Arrecife, a 23 de enero de 2025. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 3. Instamos al Gobierno de Canarias para que proceda al cierre de dicho centro.- Es una necesidad que nos piden los vecinos, es lo que no quieren nadie que se ponga al lado de su casa. Y en este caso por eso lo hemos traído. Bueno, y a raíz de esta petición, por eso traemos esta emoción aquí, y hacemos el siguiente planteamiento a este Cabildo. Para instar al Cabildo de Lanzarote a posicionarse en contra de más construcciones de centros de acogida en Lanzarote, pero además por propias palabras de todos ustedes, manifestadas. Instar al Cabildo de Lanzarote a que se realice tantas acciones administrativas o políticas que estén en su mano para evitar la implantación de los mismo. E inste al Gobierno de Canarias para que proceda al cierre de dicho centro, que es lo que están solicitando los vecinos de Playa Honda, y en este caso el núcleo poblacional que está alrededor de ese centro. ACTA DEL PLENO Cosa que al día de hoy son personas, con licencias, que pagan sus impuesto, que pagan su IVA y su basura y demás, y hablar de ellos me parece un poco patético, hacer comparación entre una cosa y la otra. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Bueno, entendemos que aquí ha habido un ocultismo por parte del Gobierno de Canarias, un ocultismo por parte del Cabildo, y un despiste por parte del Ayuntamiento de San Bartolomé. Y estas cosas así, creo que no la podemos consentir, porque la gente ha venido aquí a preguntar, vecinos han venido aquí a preguntar, qué cuál es la situación de ese centro, qué iba a pasar con ese centro, qué se iba a hacer, si era un centro o no era un centro. Y algunos de los que están aquí presente, que creo que son consejeros, le dijeron que no iba a pasar nada, que eso era mentira, era incierto, que no se iba a hacer nada, que no iba a pasar nada. Oímos manifestaciones como que decía que qué más daba si se iba a construir, o no se iba a construir en una zona ilegal, si los alrededores también eran ilegales. Interviene el Consejero don Óscar Manuel Noda González: Gracias Presidente, bueno a este respecto vamos a ver, yo creo que, por solo dignidad y por humanidad hay que atender las personas que lleguen, y hay que intentar ubicarla de la mejor manera posible.Cierto es, que somos una isla. El otro día además intervenía en un programa de la radio autonómica y hablaba con el Alcalde de Valverde, y el Hierro ahora mismo pues también está desbordado, porque ha llegado en este caso más migrantes que casi la población que tiene la propia isla. Entonces donde sí creo que tenemos que insistir, y todas las fuerzas políticas, es en que se busque solución, por un lado en origen y por otro en la posible distribución de esos menores, por lo menos en el resto de la Península. Y es curioso, o es una pena ver como aquí a nivel de Canarias, en un pacto de Gobierno Regional de Coalición Canaria y Partido Popular, que luego llegue al Estado Central y que precisamente compañeros del Partido Popular lo voten en contra. Creo que eso desde luego, deja creo que bastante mal a los compañeros de aquí de Canarias. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 55 de 534 Esas son nuestras peticiones, y nada más que explicar de esta moción. Todo esto, estaría muy bien, yo sería el primero en apoyarlo, si luego ustedes no se negaran al traslado de menores a la Península. Si VOX no tratara a Canarias como una colonia, como lo está haciendo ahora mismo. Si no pensara el señor Abascal que Canarias es su particular Guantánamo. Si no amenazara a sus socios de Gobierno, en este caso el Partido Popular, a romper Gobierno, si los menores de Canarias son trasladados a la Península. La postura de VOX sobre los menores extranjeros no acompañados, es insolidaria, Óscar, irresponsable, contraproducente. Al negarse a colaborar su partido con Canarias, están dejando sola una Comunidad que ya está desbordada, incumpliendo los principios básicos de equidad territorial. No se trata de un capricho, sino de una crisis humanitaria. VOX está condenando a estos menores a una situación indigna, vulnerando Tratados Internacionales que España ha firmado, y fomentando una narrativa de criminalización, que sólo alimenta la xenofobia. No son una amenaza, son niños en situación de extrema vulnerabilidad. Además me fastidia mucho cuando los identificas como MENAS, son menores perdidos en el mundo. Interviene el Consejero don Óscar Domingo Pérez Pérez: No he dicho MENA en ningún momento Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 56 de 534 Interviene el Consejero don Armando Santana Fernández: Bueno, escucho, bueno leo, la iniciativa del compañero a través de moción, que dice que instamos al Cabildo de Lanzarote a posicionarse en contra de más construcción de centros de acogida Lanzarote. También al Cabildo de Lanzarote a que realice tanto acciones administrativas políticas que estén en su mano para evitar la implantación de los mismos. También que el Gobierno de Canarias proceda también al cierre del centro. ACTA DEL PLENO Asía que por mi parte, me abstendré en esta moción. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Pero sí que no puedo no puedo apoyar, yo me voy a abstener, porque yo creo que hay que atener a esas personas. Sí comparto y siempre lo he dicho porque soy alcalde, y también me ha tocado alguna sorpresa de encontrarme un centro improvisado, sobre todo el que ahora mismo sigue en pie. Pero es verdad que el Gobierno de Canarias, entiendo su Consejería, trabaja con muchas fundaciones con muchas asociaciones, y al final esas asociaciones son las que hacen los trámites, y no se cuenta, de alguna manera, y ustedes lo saben, que ha habido un caso reciente en Yaiza. No se cuenta con la administración, en este caso la local, por lo menos para saber, qué se va a montar, cómo se va a montar, las condiciones y demás, o poder incluso buscar alternativas a sitios. Porque en el fondo entendemos que tenemos que ser solidarios, y saben que lo he ofrecido, en este caso por debajo del Instituto de Yaiza, en Mácher, hay una parcela perfectamente que se puede ceder. No tengo ningún problema y en poder hacer algo, desde luego una infraestructura en mejores condiciones, que pueden ser para los menores migrantes que llegan no acompañados, o para la gente que está sin techo en Lanzarote que también son montones. Es curioso no, cuando uno ve a personas migrantes que han luchado mucho por tener una vida mejor, con mucho trabajo y esfuerzo, y alcanzar unas condiciones dignas. Como de repente abandonan a sus compatriotas a su suerte, y apoyan a partidos que promueven, que luchan contra la inmigración, y que no los quieren aquí. Que no se equivoque toda la población migrante española y canaria, la ultraderecha no los quiere. Y si los quiere es, cobrando salarios míseros, trabajando en negro, sin derecho a vacaciones, y sin poder enfermarse. Y luego también están los de aquí, lo que no quieren que comparta colegios y hospitales con sus hijos, esa es la derecha de aquí. Miren todo esto ya no nos asombra, ya estas declaraciones políticas ya desgraciadamente las estamos oyendo mucho, pero lo que sí nos sigue asombrando son las incongruencias. Elon Musck, el gran valedor de Donald Trump, tiene una hija trans, que ha tenido que abandonar los Estados Unidos por las políticas, o sea por por cómo Donald Trump está luchando contra todos los derechos conseguidos por las personas transgéneros. Alice Wiedel la candidata de alternativa por Alemania, la ultraderecha alemana, es lesbiana, está casada con su mujer de Sri Lanka, tiene dos hijos adoptados, y vive en Suiza. Pero lo que promueva alternativa por Alemania es, la familia tradicional, esa que está compuesta por un hombre, una mujer, y su descendencia. Están completamente en contra de la Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 57 de 534 Y según ellos, todas esas personas que llegan a nuestras costas luchando por un futuro mejor, que huyen del hambre, de la miseria, de la guerra, de las desesperación, no tienen derecho a tener unas condiciones de vida digna. Su realidad fue nacer con hambre, y con guerra, y su sino es permanecer en ella. Esa es la ultraderecha, que nadie se equivoque. Se equivocaron todos aquellos venezolanos y venezolanas, que apoyaron a Donald Trump en las elecciones americanas, y ahora ese al que apoyaron, los quiere deportar. ACTA DEL PLENO Interviene la Consejera doña Ariagona González Pérez: Miren la posición de la ultraderecha es por todos conocida. Si no eres blanco de raza, si no eres católico de religión, si no eres español de padre y madre española, y si no eres heterosexual de orientación, no eres bienvenido, no eres gente de bien. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Continua el Consejero don Armando Santana Fernández: Bueno en alguna ocasión, disculpa compañero. Además la postura de VOX es contradictoria, y esto a mí sí me interesa, con los valores cristianos que dice el señor Abascal defender. La compasión y la caridad, no son eslóganes vacíos, señor Pérez, se demuestran con hechos. Negarse a ayudar, no solo es moralmente reprochable, sino también un error práctico. El problema no desaparece ignorándolo. Así que evidentemente estoy totalmente en contra de ello. Aunque sí es verdad que quiero dejar claro, que no quiero centro de menores en Canarias, porque tener más centros de menores significa un gran fracaso en política de migración. Pero lo que no puede ser , o dar por válido, que VOX se niegue rotundamente a que estos menores sean trasladados y nos sigan mirando, pues como lo decía antes, como el Guantánamo del señor Abascal. migración, y quieren repatriar a todos aquellos ciudadanos, no europeos, que se encuentran en nuestro continente. La verdad que esto a mí me recuerda aquella España en blanco y negro, en la que unos tenían privilegios por ser ricos, esos que se podían divorciar a través de presiones eclesiásticas para declarar nulos los matrimonios, esos en los que sus hijas sí podían ir a abortar a Londres en condiciones de seguridad. Mientras tanto, el resto, la mayoría, no se divorciaban, y sus hijas abortaban sin unas condiciones sanitarias seguras. Interviene el Consejero don Marciano Acuña Betancort: Gracias Presidente, bueno VOX nos trae una una moción, a este Pleno, que yo creo que está en el guión de lo que tienen que traer, en cuanto a su posicionamiento político. Pero bueno, yo creo que ya se han planteado aquí algunos principios, de lo que ha sido en Canarias un consenso mayoritario en cuanto a la inmigración. En cuanto a acuerdos, en cuanto a un frente común para atender este fenómeno, como lo que es, un fenómeno estructural, un fenómeno que no es estacional, sino que tenemos que hacerle frente al mismo. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 58 de 534 Que nadie se equivoque, la ultraderecha americana, la ultraderecha alemana, la ultraderecha española, la canaria, y la lanzaroteña, es la misma. Y quienes creemos en los valores democráticos de justicia, igualdad, solidaridad, y empatía, tenemos que utilizar todas las herramientas a nuestro alcance para conseguir que esta ultraderecha no llega a los gobiernos. Un buen ejemplo de ellos son Alemania y Francia, que han montado un cordón sanitario para impedir el acceso de la ultraderecha al poder. Lamentablemente en España no ha ocurrido eso, el PP no ha sido consciente de quién es la ultraderecha, y gobierna con VOX en 108 municipios en nuestro país. Coalición Canaria tampoco se ha dado cuenta todavía de quién es el ultraderecha, formó un gobierno con VOX en Teguise y ahora gobierna con VOX en Arona. Miren, que nadie se equivoque, para muchos en política todo vale, para el partido Socialista no. Para el PSOE los derechos de los niños y las niñas son importantes. Para el PSOE en la acogida de esos menores garantizándoles un desarrollo pleno y una integración plena es importante. Para el Partido Popular ya ha quedado demostrado una y otra vez, que no. Para el PSOE tener recursos humanos y económicos es indispensable para acoger a esas personas. Para el Alcalde de Arrecife, una nueva salvamar destinada a proteger vidas no es necesaria, sino lo que hay que hacer es deportarlos desde que llegan, aquellos que consiguen llegar. Para el PSOE la multiculturalidad es símbolo de riqueza y prosperidad. Para el PSOE la igualdad, la solidaridad, y la empatía, son valores a los que nunca vamos a renunciar. ACTA DEL PLENO La verdad es que me produce desasosiego sentir como desigualdades que creía superadas, están a la vuelta de la esquina. Me produce desasosiego comprobar como la empatía, la capacidad de ponerse en la piel del otro, disminuye con cada voto a la otra derecha. Y me produce desasosiego ver como la miseria y el egoísmo humano nos empujan por un camino que ya creíamos superado. Ya Canarias ha sido testigo pues de situaciones dramáticas en los años 2000, 2008 y ahora en el 2018, a partir del 18 también. Entonces hemos ido caminando en esos dos frentes. Por un lado, que la responsabilidad de atender a estos menores en su primera acogida sea compartida y no en exclusividad de una de las administraciones,y menos, que no tenía sentido que lo hiciéramos desde el Cabildo. Y la otra cuestión, es que esos centros para garantizar los derechos fundamentales de estos menores, deben ser de una dimensión reducida. Y en esas dos líneas hemos trabajado. Creo que es la lógica, lo que tenemos que hacer. Y la política en este caso se debería imponer para que la atención y la garantía de los derechos de estos menores se pueda establecer. Y para eso hay que cambiar la ley, y hay que cambiar la ley, y hay que llegar a acuerdos. Canarias está liderando en el Estado, un debate solidario, un debate creo que con mucha tenacidad por parte del Presidente del Gobierno, para que esa distribución, para que ese reparto por todas las autonomías, por todo el territorio de España, pues sea real. Y de esta manera se atienda a este fenómeno, porque desgraciadamente por mucho que queramos que no exista, va a seguir existiendo va a seguir existiendo desgraciadamente. Así que desde nuestro Grupo de Gobierno vamos a rechazar esta moción, porque creo que es altamente insolidaria, y y no atiende a las necesidades que nos ha tocado vivir. Interviene en segundo turno el Consejero don Óscar Domingo Pérez Pérez: …… no venía a hacer demagogia ni de Noruega, ni de España, ni de Islandia, ni de Alemania, ni de Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Y nosotros lo que hemos planteado por humanidad, y por sentido común, y por bienestar de los menores ,es que no estén en macrocentros, sino que estén instalaciones más pequeñas. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 59 de 534 Y mire, cuando nosotros llegamos a este Gobierno, habían unas infraestructuras en las que ahí pues se atendía a los menores que llegaban. Lo que hemos hecho en este tiempo, es diseñar una planificación y también pues sentarnos con el Gobierno de Canarias y compartir una competencia, que es el Gobierno de Canarias, y que antes la hacía en exclusividad este Cabildo, que era la atención a los menores extrajeron no acompañados que llegaban a esta isla, en su primera acogida. Y entonces eso se comparte. ACTA DEL PLENO Creo que esto está más en el posicionamiento político, yo me quedo en que en su exposición de motivos al menos usted expone que por supuesto, hay que ser humanitario. Y yo apelo a que esa es una frase que se coló en este discurso, que usted la piensa, y que usted la piensa de verdad, y que ustedes creo que es una persona que tiene valores humanitarios. Pero dígame usted cómo vamos a ser humanitarios si luego no les atendemos. Porque en el acuerdo de esta moción, usted lo que plantea es que no se les atienda, que no se hagan centros, que no se les atienda, que no se cumpla la ley. Usted en definitiva está haciendo un llamamiento aquí a que incumplamos la ley de protección que tenemos que hacer. tu rollo tan entendido , o sea todo eso no he venido a hacer. He venido a presentar una moción de unos vecinos. Tu me estás diciendo que claro, normal, yo siento cosas como todo el mundo. Pero también siento que hay una necesidad de los vecinos. Entonces no vengo a escuchar aquí discursos, porque creo que todos ustedes, y ustedes concretamente los de Coalición Canaria, subieron a la montaña de Güime, no sé si cuando bajaron para abajo ya se les fue el viento, pero todos estuvieron allá arriba para que no se les hiciera un macrocentro allí arriba. Pero les vuelvo a decir, qué pasa con el del restaurante, con Miguel, con la señora de la guardería, con el señor que tiene los negocios allí, las naves al lado, qué pasa. Yo he venido con una moción muy sencilla como para decirle señores, atendamos a nuestra gente y ustedes me vienen a mí a hablar de humanidad, de humanidad de quién, de los qué vienen. Y de los qué estamos, renunciamos a ella, por vuestros discursos. Señores, les vuelvo a decir lo mismo, he traído una moción aquí para defender un entorno social de coherencia y de vida, de nuestra gente, que pagan sus impuestos, que viven aquí, y que están pidiéndoles a ustedes que se les atiendan. Ustedes dicen que no, pues perfecto. Interviene la Consejera doña Ariagona González Pérez: Yo la verdad es que creo que aquí tenemos un problema de saber dónde estamos. Aquí venimos a hacer política, nos presentamos a elecciones, y usted consejero está aquí sentado representando un partido Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Ustedes qué quieren que a nuestros vecinos les pase eso, entonces esta moción no sirve para nada para los habitantes de Lanzarote, no sirve. Me han metido un rollo de política, de derecha, bueno me ha llegado hasta a nombrar la lesbiana y no sé que, claro cómo todo sitios. Pero qué tiene que ver eso con los vecinos del camino de Güime, qué tiene que ver eso con la petición de unos vecinos que están diciendo que por favor no quiere que la situación llegue a lo que sucedió en la Santa. O es qué nadie recuerda lo que sucedió en la Santa. Es que el propio Alcalde de San Bartolomé llegó a decir que estaba en contra de ese mismo centro. Ustedes que me vienen aquí a decirme este discurso, ustedes estuvieron en contra del macrocentro de Güime, el Partido Popular estuvo en contra del centro de Güime. Se trajo aquí a este Cabildo, estábamos todos en contra de la construcción de más centros en la isla. Y ahora me han venido con un discurso increíble. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 60 de 534 Yo no estoy entrando en nada de sus discursos. Me han pegado aquí un discurso que me han dejado descolocado, pero descolocado total, no han hablado ni un vecino. No han hablado del señor Miguel, no han hablado del señor del restaurante, no han hablado del señor que tiene la casa un poquito más arriba, no han hablado de la señora que tiene la guardería. Pero tampoco me han hecho comparación con el tema de los centros de la Santa, donde todos recordábamos las situaciones que pasaban. ACTA DEL PLENO Ahora resulta, que les estoy diciendo, que una petición que yo como consejero vengo aquí, ni políticas de extranjeros, ni políticas de recuperación o no. Porque si ponemos a cumplir pactos no cumple el Gobierno con coger y destinar la gente que viene aquí, porque tiene acuerdos con Marruecos, para que se devuelva inmediatamente. Es muy duro, muy duro, tener que ver como nos estamos separando de los valores de empatía, de la capacidad de ponernos en la piel del otro, de ayudar a aquel que viene. A nosotros nos ayudaron mucho cuando fuimos a otros países. Yo de verdad que le pido señor consejero, que estoy convencida que usted tiene mas mano con el Partido Popular que yo, es que los convenza de todo eso que nos ha contado aquí. Interviene el Consejero don Marciano Acuña Betancort: Antes solo había un centro de menores, estaba en Tinajo, teníamos Yaiza Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 La solidaridad para el Partido Popular desapareció de su vocabulario, me alegro que no del suyo personal, pero convenza que tiene al lado. Ese es al que tiene que convencer de la solidaridad, no a este pleno, en este pleno estamos prácticamente todos convencidos, quitando al Partido Popular y a VOX. Mire, y el Alcalde de San Bartolomé, porque ya estoy cansadita de que siempre estos ataques vengan contra el Partido Socialista, el Alcalde de San Bartolomé, lo que dijo es que no se lo habían comunicado. Mira, San Bartolomé ya tiene centros de migrantes, Yaiza tiene centros de migrantes, Tías tiene también centro de migrantes, Arrecife, que mira que le costó. Lo de Arrecife, si es que no le quedó más remedio que aceptarlo, pero el resto de los municipios. Tinajo también tuvo un centro de migrantes y también lo aceptó. Pero Arrecife no, ahí Astrid Pérez y el Partido Popular no querían ni un solo extranjero, de los que a ellos les gustan claro, porque si son claritos de piel, eso si pueden estar todos en Arrecife, pero si son oscuritos, esos no. Si falta de respeto la suya hacia las personas que llegan buscando una vida mejor a este país, señora Vicepresidenta del Cabildo. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 61 de 534 Mire señor consejero Marciano Acuña, yo la verdad es que estoy de acuerdo con todas las palabras que ha dicho. Esto es un problema que necesita consenso, y que entre todos tenemos que apoyarnos para conseguir los acuerdos necesarios. Pero eso que usted ha dicho en este Pleno, dígaselo al que tiene sentado al lado, que es el que no hace posible ese reparto de niños y niñas en el resto del estado. Dígaselo al Partido Popular que se sienta que usted con usted en este Gobierno, y que se sienta también con el presidente del Gobierno de Canarias Fernando Clavijo, en su Gobierno. Pero si es que usted lo ha explicado perfectamente, y vamos, apoyamos una a una sus palabras, pero que se las tiene que decir y convencer al que está al lado. Porque esta situación que están viviendo los niños y niñas, la atención que se está sufriendo, va a afectar a la convivencia, porque el Partido Popular está secuestrado por VOX y no quiere ayudar a Canarias. Y nos está abandonando. Esa es la realidad, pero abandona Canarias y a todos aquellos que llevan a nuestras costas. ACTA DEL PLENO político, y si no le gusta el partido político y lo que defiende su partido político, que considera que la homosexualidad es una enfermedad, lo que tiene que hacer es dejar su partido político. Pero aquí todos los que estamos sentados venimos a hacer política, y a defender los intereses de los ciudadanos. Si usted quiere presentarse por una agrupación de vecinos está en todo su derecho, pero no, se presentó por VOX, con la ideología que tiene VOX. Interviene el Consejero don Armando Santana Fernández: Perdone Interviene el Presidente del Cabido don Oswaldo Betancort García: No, le queda el segundo turno, después ya el último turno para emitir el voto ustedes. Interviene el Consejero don Armando Santana Fernández: No, pero nosotros teníamos segunda intervención, señor Presidente, no hemos intervenido. Interviene el Presidente del Cabido don Oswaldo Betancort García: No, no pasa nada, venga segundo turno para ustedes. De todas maneras yo creo que tú consumiste los 3 minutos Óscar, Óscar Pérez tú consumiste los 3 minutos del Grupo, era el segundo turno. Entonces ahora le queda un turno. Le queda un minuto. Esto no es una cosa que tenga que liderar el Presidente del Gobierno de Canarias, que lo está haciendo. Pero usted cree que es de recibo que sea el Presidente de Canarias, quien tenga que reunirse con los grupos, los grupos políticos en el Congreso para convencerle de una iniciativa que sea de reparto justo de los menores por todo el Estado. Yo creo que ahí, lo que se percibe es una falta también de liderazgo de este asunto, porque no se tiene como asunto en la agenda en el primer lugar del Gobierno, y eso es claro y evidente. Si estuviera en la primera línea de la agenda del Presidente, probablemente ya estaría acordado con las fuerzas que le dan esa mayoría, o que le dan esa estabilidad al Presidente del Gobierno. Así que, esa misma lección que usted me está trasladando, de que hablemos con el Partido Popular, pues yo se la traslado a usted de que en la medida de la influencia que tiene su Presidente y su grupo, en el Congreso de los Diputados, pues también hable con los grupos que apoyan al Gobierno o que apoyaron la investidura. Así que creo que esa parte debe ser correspondida. Gracias. Interviene el Presidente del Cabido don Oswaldo Betancort García: Bien último minuto para emitir el sentido del voto, Grupo Mixto. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Mire, a la consejera portavoz del Partido Socialista, yo también le respondo, que a quien tiene usted al lado que es a Junts pues que les convenza de una vez por todas de que tiene que haber un reparto, tiene que haber una distribución justa, equitativa, y también en Cataluña, y también en Cataluña. Y esa energía, esa fuerza que usted dice, que debemos tener para convencer al Partido Popular, yo le pediría que a su Presidente, a Pedro Sánchez, que lidere esta cuestión. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 62 de 534 Bien, hoy día tenemos, centros en Arrecife, centros en Tías, centros en otros municipios, porque la filosofía creo que debe ser esa, de distribuirlos en pequeños espacios. ACTA DEL PLENO Interviene el Consejero don Marciano Acuña Betancort: Si, gracias. Cómo estaba comentando, pues cuando nosotros entramos en este Gobierno, como dije al principio, solo teníamos un macrocentro en la Santa, y luego había un pequeño dispositivo en Yaiza. Interviene el Consejero don Armando Santana Fernández: Bueno, estoy totalmente de acuerdo con usted consejero, no hay que ser selectivo con los racistas, en Junts también hay episodios tristes de racismo y xenofobia, además lo han dicho claramente. Interviene el Consejero don Armando Santana Fernández: Totalmente contraria. Interviene el Consejero don Óscar Domingo Pérez Pérez: Bueno mira, Ariagona. **Interviene el Presidente del Cabido don Oswaldo Betancort García:**Óscar, no tienes tiempo ya han consumido, el minuto es para el Grupo Mixto y ya lo han consumido. Yo les pediría que es primer turno, segundo turno y tercer turno, y encima esta moción es de usted que tuvo 5 minutos para explicarlo, entonces le pediría el sentido del voto. Le pido el sentido del voto que entiendo que es positivo. No, no le voy a dar el minuto, porque es sentido del voto, no es un minuto para abrir otra vez el debate. Interviene el Consejero don Óscar Domingo Pérez Pérez: Si,perdona, no se me escuchó. Sí, por eso soy de VOX y por eso presento esta moción y no soy de una plataforma. Por eso somos de VOX. Interviene el Presidente del Cabido don Oswaldo Betancort García: Partido Socialista sentido del voto. Interviene la Consejera doña María Dolores Corujo Berriel: Señor Presidente, señor Consejero, usted gobierna con el Partido Popular, tanto es así que el Gobierno, sí, usted gobierna con el Partido Popular, aquí en Lanzarote, en Canarias y en el Ayuntamiento de Arrecife, no se avergüence. Usted pacta y gobierna con el Partido Popular. Pero mire le voy a decir algo porque a lo mejor tiene dudas, y me gustaría aclarárselo, han sido ustedes, su propio gobierno, usted Coalición Canaria y el Partido Popular, quienes no han sido capaces de que su propio socio de gobierno, el Partido Popular, vote a favor de que sus Comunidades Autónomas sean Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 63 de 534 Interviene el Presidente del Cabido don Oswaldo Betancort García: Bien sentido del voto. ACTA DEL PLENO Gran parte de ese electorado que votó en su momento, sale a la calle aquí en Canarias a decir que no quieren más centros de menores. Pero su referente electoral Santiago Abascal, y su partído político, dice que ni un solo menor acompañado debe trasladarse a la Península. Qué quiere decir esto, reflexión sobre todo a la hora de emitir el voto cada vez que hay unas elecciones. Hay muchísimos canarios, estoy hablando de casi 80.000 personas que han decidido votar a VOX, sabiendo realmente que es el partido que pone todas las trabas para el desarrollo de esta tierra. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Voy a ser muy práctico con mi segunda intervención, 77.343 canarios que decidieron votar a VOX en las pasadas elecciones generales, 5.576 en Lanzarote, un partido legal en España, jamás he dicho lo contrario, y con representación en muchísimas instituciones, a las que intento ser respetuoso con ello. Como Tinajo, otros lugares de la isla de Lanzarote que ven imposibilitado su desarrollo económico y social a la espera de un Plan Insular que no sabemos cuando llegará y aquí hago referencia a la más que necesaria regulación de las zonas de acampadas , autocaravanas, zonas industriales , un sector primario más moderno y competitivo , extracción de minerales (piedras, arena etc) instalaciones ganaderas modernas y un largo etcétera, A tenor de los hechos y atendiendo a la responsabilidad política que conlleva tales circunstancias, me veo en la obligación de plantear diversas opciones como vías que den seguridad jurídica y solución contempladas o recogidas en la Ley del Suelo: Habida cuenta de ello, y en virtud de lo descrito anteriormente, solicito al Pleno de este Cabildo que tome en consideración la adopción de los siguiente acuerdos: ACUERDO 1. Que el Cabildo de Lanzarote y La Graciosa tome como prioridad de primer orden la ampliación y mejora del muelle de La Santa, así como cualquier otra intervención bloqueada en este momento por el PIOL. 2. Estudiar técnicamente los mecanismos que puedan desbloquear la necesaria inversión y mejora en los diferentes municipios de Lanzarote (opciones aportadas en el cuerpo de la presente moción). 3. Instar al Cabildo Insular de Lanzarote a que de ayuda y soporte tanto técnico como jurídico para encontrar la mejor solución a estos bloqueos de planeamiento. Armando de Los Ángeles Santana Fernández (Consejero del Cabildo de Lanzarote y La Graciosa en el Grupo Mixto)”. Defiende la moción el Consejero don Armando Santana Fernández: Sí señor Presidente, bueno, habíamos acordado esta mañana en apartar la moción porque hay un compromiso por parte del Grupo de Gobierno, de que ya están manos a la obra. Entonces si es verdad que me gustaría escuchar la exposición por parte del Grupo de Gobierno acerca de esta moción. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 66 de 534 c) A través de cualquier otra fórmula, que tanto los servicios técnicos insulares, determinen válida. ACTA DEL PLENO b) Mediante la elaboración de una Ordenanza Provisional de carácter insular ya que es una figura contemplada en la Ley del Suelo de Canarias. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 a) Activando la vía de declaración de usos, actividades y construcciones de interés general no previstos en el planeamiento, instando al Cabildo Insular de Lanzarote y La Graciosa a que tenga a bien declarar el interés general, más que motivado al efecto. Por lo tanto agradecer en este caso al Consejero Armando Santana, que retire la moción ya que se está trabajando en ello, por parte de este grupo, y esperamos que en breve podamos tener esa realidad pendiente también del Gobierno de Canarias, y sobre todo que se reconozca el refugio pesquero de La Santa para los pescadores de este municipio en Tinajo. Acuerdos que procedan sobre la Moción del Grupo Socialista para que el Cabildo de Lanzarote impulse políticas de igualdad entre mujeres y hombres. (Exp 2897/2025) Favorable ACTA DEL PLENO Interviene el Consejero don Samuel Carmelo Martín Morera: Buenos días, gracias Presidente. Sí como había tratado en este caso, no habíamos puesto en contacto, el Consejero Armando Santana con nosotros. Le trasladaba que desde la Consejería de Pesca, la Consejería Política Territorial, y usted como Presidente, visitamos este mes de febrero, a principio de mes, a los vecinos, en este caso pescadores de La Santa. Junto al Ayuntamiento de Tinajo, poníamos sobre la mesa todas las cuestiones que se están haciendo, estamos hablando de la normativa que se recoge en esta moción,que la está llevando a cabo el compañero Jesús Machín, Consejero de Política Territorial. Hablamos de los recursos también que eran necesarios para los pescadores de la Santa, en este caso la sesión de un espacio que vamos a tener por parte del Ayuntamiento de Tinajo, para poder dotar a los pescadores de La Santa de esos cuartos de pertrecho que van a servir también para poder llevar a cabo las distintas actividades pesqueras que se hacen en esta zona. Y sobre todo también la necesidad que tienen de recursos en este caso y de medios los pescadores de La Santa, que va a ser cubierta. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Interviene el Presidente del Cabildo don Oswaldo Betancort García: O sea que se queda encima de la mesa previa escuchar al Consejero. Tipo de votación: Ordinaria Resolución: “Moción para que el Cabildo de Lanzarote impulse políticas de igualdad entre mujeres y hombres. Al amparo del Reglamento Orgánico de esta Corporación, el grupo PSOE en el Cabildo de Lanzarote presenta a consideración del Pleno de la Institución para su debate y aprobación, si procede, la siguiente propuesta de moción. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La igualdad de género no solo es un derecho humano fundamental, sino que es uno de los pilares básicos para conseguir un mundo pacífico, próspero y sostenible. Se han conseguido algunos avances durante las últimas décadas, pero el mundo está lejos de alcanzar la igualdad de género para 2030 como se recoge en los objetivos de desarrollo sostenibles de Naciones Unidas. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 67 de 534 A favor: 20, En contra: 0, Abstenciones: 1, Ausentes: 0 Avanzar en la igualdad de género es fundamental para crear una sociedad sana en todos sus ámbitos, desde la reducción de la pobreza hasta la promoción de la salud, la educación, la protección y el bienestar. El lema elegido por naciones Unidas para este año es “Para TODAS las mujeres y niñas: Derechos. Igualdad. Empoderamiento” al que nos unimos y reivindicamos. En el empleo las diferencias han ido mejorando, pero todavía muestran un mercado laboral que penaliza a las mujeres en sus salarios que están casi en un veinte por ciento por debajo de los hombres. Según los últimos datos disponibles de la EPA 2023, el salario medio de las mujeres fue de 2.063,2 euros al mes, mientras que el de los hombres alcanzó los 2.467,9 euros. Tratar a todas las mujeres y hombres de forma equitativa en el trabajo es uno de los fundamentos esenciales de la igualdad de género y de nuestro objetivo de empoderamiento, por esto, aunque las diferencias salariales, siguen siendo muy significativas, se han reducido en un 25% desde el año 2018, entre otras cosas gracias a la continua subida del salario mínimo interprofesional. Hace seis años, el SMI se situaba en 10.302,6€ al año; en 2025 alcanza ya los 16.576€ brutos anuales. Ha crecido un 61% desde entonces. Nunca el SMI había subido con esa intensidad y las mayores beneficiarias de esta subida han sido las mujeres que precisamente cobran los salarios más bajos. Para seguir cerrando la brecha de género en el mercado laboral, debemos trabajar para implementar políticas que favorezcan y mejoren la integración laboral de las mujeres en las ocupaciones STEM (ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas), empezando por la sensibilización y la promoción en la infancia y la juventud. Que las mujeres ocupen la mayor parte de los contratos a tiempo parcial u ocupen puestos de menor responsabilidad tiene mucho que ver con la conciliación de la vida familiar y laboral, con los usos del tiempo: hay más mujeres que hombres que cuidan de otras Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 68 de 534 La realidad demuestra que son muchas las áreas donde la brecha de género, las diferencias entre mujeres y hombres, es todavía un lastre para nuestra democracia y una manifiesta injusticia para las mujeres. ACTA DEL PLENO Empoderamiento significa generar mayor autonomía para las mujeres, reconocer y visibilizar sus aportaciones. Empoderarse implica participar plenamente en todos los sectores; el económico, el político y el social. De este modo se construyen países y economías más fuertes y justas, más estables y que contribuyen a mejorar la vida de todas las personas, y este es sin duda un reto del Partido Socialista. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Las mujeres y las niñas constituyen la mitad de la población y, por tanto, también la mitad de su potencial. Pero la desigualdad de género prevalece y estanca el progreso social, por eso es vital que trabajemos por el empoderamiento de las mujeres, especialmente de las jóvenes y las niñas de nuestro país. personas a diario, 41% frente al 33%, además, el porcentaje de mujeres que realizan tareas domésticas a diario es muy superior al de los hombres (64% frente a 44%). Pero en los últimos seis años se han implementado medidas pioneras para alcanzar la igualdad de género en diversos ámbitos: se ha igualado y ampliado el permiso de maternidad y paternidad de forma no transferible, promoviendo la corresponsabilidad en el cuidado de los hijos e hijas. Además, debemos proteger a las y los menores en los entornos digitales frente a la pornografía y la incitación a la prostitución. De ahí la importancia de impulsar decididamente la educación afectivo-sexual basada en el respeto, la igualdad y la dignidad de las personas. Nuestro compromiso con la igualdad entre mujeres y hombres es firme y abarca todos los ámbitos de la vida pública y privada. Solo a través de una acción política transversal e integral, que tenga también en cuenta las diferencias entre las mujeres, podremos construir una sociedad verdaderamente igualitaria y justa para todas y todos. Por todo ello y para seguir avanzando en la igualdad efectiva de mujeres y hombres, elevamos al pleno de la corporación la siguiente propuesta de ACUERDO El Cabildo de Lanzarote impulsará decididamente y de forma transversal, políticas de igualdad entre mujeres y hombres como la mejor garantía para el futuro de las niñas y de las mujeres. Estas políticas deben implicar: Implementar políticas que favorezcan y mejoren la integración laboral de las mujeres en las ocupaciones STEM (ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas), empezando por la sensibilización y la promoción en la infancia y la juventud. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Empoderarse es adquirir conciencia individual y colectiva, ganar confianza y autoestima, tener poder para decidir de la vida cotidiana; es por eso que debemos trabajar de manera decidida por la coeducación puesto que los centros educativos no son neutros; la escuela forma parte del entorno y lo reproduce y es por ello que incluir los valores de igualdad, tolerancia y diálogo es altamente transformador. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 69 de 534 Promover la igualdad de género a todos los niveles significa garantizar la presencia de mujeres en los espacios de poder del sector público, de las grandes empresas, de las sociedades cotizadas o de los colegios profesionales. La Ley de paridad, sin duda alguna, demuestra ser la mejor herramienta a día de hoy para acabar con el déficit democrático actual. ACTA DEL PLENO Debemos impulsar una acción política integral que permita un pacto por la corresponsabilidad en los cuidados. Este pacto es necesario para lograr el objetivo de reducción del diferencial de las horas que mujeres y hombres dedican al trabajo doméstico y de cuidados. La reducción de la jornada laboral a 37’5 horas ya es un gran paso. Impulsar una acción política integral que permita un pacto por la corresponsabilidad en los cuidados. Llevar a cabo acciones para proteger a las y los menores en los entornos digitales frente a la pornografía y la incitación a la prostitución. Impulsando decididamente la coeducación y educación afectivo-sexual basada en el respeto, la igualdad y la dignidad de las personas. Arrecife, a 19 de febrero de 2025. Ariagona González Pérez Este Pleno es el más próximo al día 8 de marzo, el día de la mujer. Un día en el que nos toca reivindicar, conmemorar, pero realmente desde todas las instituciones, en donde existe la posibilidad de cambiar y de aplicar este tipo de políticas que impulsan la igualdad real, tenemos que estar los 365 días del año. Porque la igualdad de género no sólo es un derecho fundamental, no sólo es un pilar básico, sino que es un derecho del 50% de la población, que son mujeres. Este año además las Naciones Unidas han elegido el lema “Para todas las mujeres y niñas: Derechos. Igualdad. Empoderamiento”. Y evidentemente este grupo, el Grupo Socialista se une decididamente, y además promocionamos este lema, además adecuado por parte de esta institución. Y es al amparo de que estamos viendo, y además lo hemos observado en el día de hoy, cómo es más necesario que nunca que los grupos políticos, nos manifestemos en contra de las desigualdades y todavía por desgracia existen ámbitos en donde la igualdad real entre hombre y mujeres no ha llegado. Además estamos asistiendo a un discurso negacionista continuo por parte de determinados grupos de la ultraderecha, de la derecha más rancia, en donde como decía mi compañera Ariagona, algo que parecía que estaba superado, pues la verdad que no. Y tenemos que seguir luchando y esta institución tiene que ponerse al frente, su Pleno y por supuesto el Grupo de Gobierno en trabajar por políticas repito, que impulsen esta igualdad real entre hombres y mujeres. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 70 de 534 Evidentemente, como bien acaba de leer el Presidente en el orden del día, el Partido Socialista, el Grupo Socialista en el Cabildo, presenta esta moción para que desde esta Institución se elabore o se impulsen políticas de igualdad, real entre hombres y mujeres. ACTA DEL PLENO Defiende la moción el Consejero don Alberto Aguiar Lasso: Bien, gracias Presidente. Buenos días consejeros, consejeras y por supuesto a todo las personas que nos están viendo desde casa y que están también presentes hoy aquí con nosotros en el Pleno. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Portavoz del Grupo Socialista”. Porque mire, la verdad es que cuando hablamos de este tipo de situaciones, hay que dar algunos datos para ver que no es exageración, que es todo lo contrario. Miren cuando nosotros por ejemplo íbamos al tema económico observamos que el 20% del salario que perciben las mujeres es inferior al que perciben los hombres. Esto es algo que aparece en la EPA del año 2023, y que además demuestra que todavía las mujeres está cobrando menos que el hombre. Pero es que si además vamos y sigo también por la parte laboral en las profesiones STEM, estamos hablando de las profesiones de ciencias, tecnología, matemáticas, ingeniería, pues estamos observando que todavía quedan mucho trabajo por hacer, en la que esta institución además y el resto de instituciones, pues tenemos que potenciar que la mujer, las niñas, nuestra juventud, pues pueda acceder de manera en igualdad de condiciones a estas profesiones, que sin duda requieren un gran esfuerzo. Así que por este motivo, y por qué creemos que además, hay otro hay otra problemática, que se está enfrentando las mujeres y los adolescentes en general, es el tema de las redes sociales, que no son entornos seguros para la visualización, por ejemplo del porno, como una herramienta educativa, cuando sabemos que eso no es así. Está generando una distorsión muy grave, aumentando los casos de acoso y violencia hacia las adolescentes. Lo estamos viendo continuamente en las estadísticas del Gobierno de Canarias, y de los propios centros educativos. Es por ello, por lo que nosotros desde el grupo Socialista queremos presentar esta moción. En la que vamos o pedimos, implementar políticas que favorezcan la integración laboral de las mujeres en las ocupaciones STEM, por supuesto todas aquellas acciones que el Cabildo de Lanzarote puede realizar para en este caso, aumentar o disminuir esta brecha en cuanto a la corresponsabilidad de los cuidados. Y por supuesto también llevar acciones para proteger a los menores de esta situación que se está viviendo en las redes sociales con los discursos, que para nada son positivos, para una sexualidad afectiva y sana como debería de promoverse por parte de todas las instituciones públicas. Gracias Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Es cierto que el Gobierno ha intentado establecer alguna serie de medidas positivas, para este tipo de cosas, como las ampliaciones de los permisos de paternidad y maternidad, y también el proyecto de ley de la reducción de las 37,5 horas semanales. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 71 de 534 Pero es que si además vamos a la conciliación y a los cuidados observamos que mayoritariamente son las mujeres las que o bien están a cargo de personas dependientes, las que hacen las tareas del hogar, y en las que renuncian a su jornada laboral por intentar conciliar. ACTA DEL PLENO Es verdad que en estos seis años se ha disminuido esa brecha en un 25%, pero queda mucho por hacer. Pero es que si además, vamos a la subida del salario mínimo interprofesional que hemos recibido buenas noticias, 61% de subida en estos seis años, en donde gobierna el Presidente Pedro Sánchez, el Partido Socialista, el Gobierno de progreso. Pues estamos viendo que las mayores beneficiarias precisamente, por lo que he comentado anteriormente, es el colectivo femenino. Interviene el Consejero don Óscar Manuel Noda González: Muchas gracias Presidente. Está claro que en lo que es todo el tema de la igualdad, probablemente dirán que se han dado pasos, no lo dudo, por supuesto que se han dado paso, y habremos dado paso importantes. Además los acabo de decir el compañero, el tema de la paternidad, maternidad, yo creo que eso prácticamente el primer año de crecimiento de un bebé prácticamente les hace ahorrarse pues escuelas infantiles. Yo creo que eso importante. Pero seguramente queden muchas cosas por hacer, y creo que los primeros que tenemos que dar ejemplo serían las instituciones públicas, dentro de nuestras posibilidades, nuestros propios convenios, o incluso planes de igualdad que podamos definir o aprobar en el seno interno de cada administración. Pero también en proyectos o propuestas como las que plantean aquí. Voy a votar a favor de esta moción porque me parece que que es fundamental que todos y todas sigamos luchando por los derechos de la mujer y la igualdad en la sociedad. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Interviene el Consejero don Armando Santana Fernández: Totalmente de acuerdo con el consejero, creo que es una buena moción. Se ha avanzado sin ningún tipo de duda en estos últimos años en la igualdad entre hombres y mujeres, pero aún sigue habiendo detalles importantes. Los últimos los hemos tenido recientemente, aquellos que nos daban lecciones de feminismo se dedicaban a acosar a las mujeres de su propio partido. Y lo triste de todo esto es la responsabilidad que han tenido algunos en el Gobierno, como es el caso de estas situaciones, para que luego estos partidos no hayan actuado con la celeridad, digamos correspondiente. ACTA DEL PLENO Así que por no alargar más mi intervención lo votaré a favor. Interviene el Consejero don Marciano Acuña Betancort: Bueno, yo creo que el sentido que tiene una iniciativa como esta, y más en la fecha del 8 de marzo en las que estamos, es de que fuera una Declaración Institucional. Yo creo que la iniciativa puede venir por uno de los grupos, pero lo ideal hubiese sido que se transformara en una Declaración Institucional. Pero bueno, si no ha sido así, porque la Junta de Portavoces pues no lo valoro así, o cualquier situación. Pues yo creo que en este tipo de planteamiento debemos tener el mayor consenso y la mayor amplitud posible. Y desde desde este Grupo de Gobierno lo único que matizamos, porque creemos que así, porque creemos de verdad en la igualdad, y porque creemos que hay que corregir la violencia de género estructural que existe en la sociedad, y todos tenemos que poner nuestro granito de arena allá donde estemos con responsabilidades. Este Gobierno, creo que siendo coherente con los principios que se plantean en esta exposición, pues sigue avanzando en impulsar estos derechos. En impulsar una igualdad real, y y también en combatir esa lacra que es la violencia de género, y todas las consecuencias que ello conlleva con nuevos dispositivos de atención, con con nuevas Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 72 de 534 Interviene el Consejero don Óscar Domingo Pérez Pérez: Disculparme pero he tenido una llamada, no he conocido el plan. Nada simplemente eso, voy a abstenerme. medidas que que palíen en la medida de lo posible pues esta situación. Entonces simplemente desde el Grupo de Gobierno, lo que matizamos, es que en el acuerdo se incorpore el texto de que, el Cabildo de Lanzarote continúa impulsando decididamente y de forma transversal así el resto de la moción. Porque creo que hay que reconocer, porque todos los gobiernos anteriores creo que fueron en esta línea, y que este también está yendo en esta línea. Prueba de detalle o gestos son, que todos los plenos por ejemplo los comenzamos con ese recuerdo, y para mantener en la conciencia colectiva lo dramático que es pues tener que escuchar pues esa muerte que estamos escuchando, y así pues con toda la política de ayuda a víctimas. Así que simplemente, pues lo que proponemos es que se cambie un poco el texto, pero que apoyamos para que salga con el mayor consenso posible. Y fundamentalmente, en igualdad de género estamos viviendo también esa situaciones donde debates que parecían superados,se han modificado, han mutado, y están volviendo otra vez. Creo que las instituciones públicas, debemos de estar firmemente en contra. En contra de estas situaciones que se están viviendo, y que estamos todos observando, que la mujer todavía, y que hay situaciones que no se ha alcanzado la igualdad real. En el que hay un discurso negacionista por parte de cierto sector de la sociedad. Así que gracias, y bueno esperemos que el próximo año la situación esté mejor que la actual. Gracias. Votaron a favor: GRUPO SOCIALISTA: doña Ariagona González Pérez, don Benjamín Perdomo Barreto, don Alberto Aguiar Lasso, doña María Celeste Callero Cañada, doña Mª Belén Morales Cabrera y doña M.ª Dolores Corujo Berriel (PSOE). Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Así que desde luego creo que este tipo de mociones son necesarias, son necesarias las políticas transversales que se realizan por parte de todas las instituciones, incluidas este Cabildo, que como usted ha dicho, en el anterior mandato y anteriores, se ha hecho una labor importante. Y tenemos que seguir avanzando, porque son muchos los retos que nos vienen, en una sociedad que cambia a velocidad de vértigo, en una sociedad en donde cada día aparecen nuevos desafíos. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 73 de 534 Y por supuesto también, y ya termino mi intervención, agradecerles que por primera vez en más de año y medio, el Grupo de Gobierno haya apoyado una moción presentada por el partido Socialista. Además le agradezco que también se unan, estemos unidos prácticamente todos, apoyando al feminismo. ACTA DEL PLENO Interviene el Consejero don Alberto Aguiar Lasso: Bien, gracias Presidente. Bueno evidentemente desde el grupo Socialista vamos a aceptar lo que usted acaba de proponer GRUPO COALICIÓN CANARIA: don Oswaldo Betancort García, don Miguel A. Jiménez Cabrera, don Jesús A. Machín Tavío, doña María Ascensión Toledo Hernández, don Marciano Acuña Betancor, doña Cinthia Aroa Revelo Betancort, don Domingo Manuel Cejas Curbelo y don Samuel Carmelo Martín Morera (Cca). GRUPO POPULAR: don Jacobo Medina González, don Ángel Vázquez Álvarez, don Francisco J. Aparicio Betancort y doña María Jesús Tovar Pérez (PP). GRUPO MIXTO: don Armando Santana Fernández (NC-FAC) y don Óscar M. Noda González (NC-FAC). . Abstención: Tipo de votación: Ordinaria A favor: 8, En contra: 12, Abstenciones: 0, Ausentes: 1 Resolución: “Moción para que el Cabildo de Lanzarote manifieste su rechazo a la instalación de infraestructuras de energía renovable que no cuenten con el respaldo de Ayuntamientos y Cabildo. Al amparo del Reglamento Orgánico de esta Corporación, el grupo PSOE en el Cabildo de Lanzarote presenta a consideración del Pleno de la Institución para su debate y aprobación, si procede, la siguiente propuesta de moción. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS En el pasado pleno celebrado el 4 de febrero de este año el Grupo Socialista registró un petición de comparecencia relativa a la supuesta implantación por interés general de dos plantas fotovoltaicas en el municipio de Tías. Esa comparecencia debatida en el pleno se centró en la situación administrativa actual de esas plantas fotovoltacias, en la existencia de otros proyectos de similares características que pretendieran instalarse en la isla y en el posicionamiento del gobierno sobre este tipo de proyectos Como consecuencia de esa comparecencia celebrada el Grupo Socialista trae a este pleno la siguiente propuesta de ACUERDO Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Desfavorable Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 74 de 534 Acuerdos que procedan sobre la Moción del Grupo Socialista para que el Cabildo de Lanzarote manifieste su rechazo a la instalación de infraestructuras de energía renovable que no cuenten con el respaldo de Ayuntamientos y Cabildo. (Exp. 2899 /2025) ACTA DEL PLENO GRUPO MIXTO: don Óscar D. Pérez Pérez (VOX). Que ésta corporación manifieste su más absoluto rechazo a que el Gobierno de Canarias autorice la implantación de cualquier instalación de energías renovables que no cuente con el respaldo de ayuntamiento afectado y de esta Institución y emprenda las acciones legales oportunas en defensa del interés insular. Arrecife, a 20 de febrero de 2025. Además declarando un interés general, amparándose en el artículo 6 bis de la ley del sector eléctrico canario, que saben que se salta todo el planeamiento. Evidentemente lo que nosotros queremos es que esto no ocurra. Lo que queremos es que Lanzarote se muestre unida, en que evidentemente todas aquellas infraestructuras que queramos realizar para implantar energías renovables, cuenten con el ok de las instituciones de Lanzarote, y la sociedad de Lanzarote, por supuesto. Evidentemente yo creo que sobra decir, que el partido Socialista está totalmente a favor del despliegue de las energías renovables, por convicción. Así lo hemos demostrado durante todo este tiempo, no sólo por la descarbonización de la economía, sino por supuesto también porque queremos una isla más sostenible, una isla independiente energéticamente, y una isla que contribuye a la mitigación del cambio climático. Pero miren, la situaciones que hemos vivido con respecto a estos huertos fotovoltaicos, y a esta situación, y a esta falta de sensibilidad por parte del Gobierno de Canarias, pues evidentemente nos hace que el Partido Socialista, en este caso, nosotros defendamos la implantación de estas energías, de estas infraestructuras, pero evidentemente que sea respetuoso con nuestro paisaje. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Pues desde el Grupo Socialista hemos presentado esta moción para que el Pleno del Cabildo, pues en este caso, sea claro, que es donde está la voluntad popular y que sea claro y que nos opongamos a que haya instalación de infraestructuras energías renovable, que no cuenten con el apoyo de Ayuntamientos y Cabildos. Porque hemos vivido una situación en la que el Consejo de Gobierno de Canarias ha declarado de interés general la implantación de esos huertos fotovoltaico con la oposición del Ayuntamiento, y también por supuesto, con la oposición entendemos que del Cabildo. Así también lo ha dicho algunos consejeros en los medios de comunicación. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 75 de 534 Defiende la moción el Consejero don Alberto Aguiar Lasso: Bien, gracias Presidente otra vez. Bien, pues en este caso nosotros presentamos esta moción, además amparados en que en el pasado Pleno del 4 de febrero, este grupo político solicitó una comparecencia al señor Presidente para que se nos informara sobre la situación de los dos huertos fotovoltaicos que se querían instalar en el municipio de Tías. Evidentemente viendo que el señor Presidente, además el Grupo de Coalición Canarias también, mostraba que estaba de acuerdo con la exposición que hacía mi compañera en cuanto a esta situación. ACTA DEL PLENO Ariagona González Pérez Portavoz del Grupo Socialista”. Lanzarote es una isla que está orgullosa de su paisaje, no solo por un reclamo turístico, sino por todo ese trabajo que han hecho generaciones y generaciones de lanzaroteños, por nuestra riqueza natural, por nuestro patrimonio cultural, y por supuesto natural. Así que bueno, esperamos desde el Grupo Socialista contar con el apoyo mayoritario de los consejeros y consejeras de este grupo, y evidentemente quedó la espera de lo que el Grupo de Gobierno tenga que decir. Gracias. Interviene el Consejero don Óscar Manuel Noda González: Gracias Presidente. Efectivamente lo ha dicho el compañeros del Partido Socialista, ya se han traído comparecencias y demás aquí. Y efectivamente, yo creo y lo digo como alcalde, al final somos los primeros que estamos en la primera línea de batallas, o sea lo que recibimos las primeras tortas, y además somos los que recibimos lo que se aprueba de arriba sin consultarnos. Entonces por supuesto que estoy de acuerdo en que de alguna manera se cuente con informes perceptivos o preliminares, tanto de a nivel insular,como puede ser un Cabildo, como incluso del propio Ayuntamiento y que no se acojan a lo mejor, no sé si es la palabra Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 76 de 534 Es algo que yo creo que todos los que vivimos en esta isla nos sentimos orgullosos y defendemos no solo nuestros antepasados, sino también nosotros mismos, defendemos como algo muy importante para la isla de Lanzarote. Una isla que siempre ha destacado por su orgullo, por su paisaje, y por supuesto evidentemente lo que pretendemos es que todas aquellas instalaciones que se quieran realizar, cuenten con el apoyo, cuenten con el apoyo de planeamiento, cuenta con el apoyo de la del Ayuntamiento y los ayuntamientos afectados, y en este caso también del Cabildo. Y que no se tomen este tipo de decisiones, repito por parte del Gobierno de Canarias. Creemos que este es el lugar. Es el Pleno del Cabildo de Lanzarote el que tiene que manifestar esta esta situación, es el posicionamiento de todos los grupos políticos. De nada sirve hacer declaraciones en los medios de comunicación,si luego resulta que aquí, que es el lugar donde estamos todos representados y hemos sido elegidos por el pueblo, por la ciudadanía de Lanzarote, luego pues no lo trasladamos apoyando las mociones, que es lo que lleva el posicionamiento y el compromiso político. ACTA DEL PLENO Nosotros queremos una Lanzarote sostenible, una Lanzarote verde, una Lanzarote respetuosa, pero evidentemente también queremos que Lanzarote siga teniendo su idiosincrasia, siga teniendo su paisaje,y que por tanto se compatibilice, la implantación de las enerígas renovables en esta tierra, pero también por supuesto el paisaje, el cuidado de nuestro paisaje, de nuestro entorno. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Desde luego, nosotros lo que queremos es que esa implantación se realice, se realice de manera efectiva, pero evidentemente afectando lo menos posible al paisaje de Lanzarote. Y que por tanto, cuando se tomen este tipo de decisiones, por parte del Gobierno de Canarias, pues que se cuente con la aquiescencia de las instituciones públicas. Y en caso de que esto no ocurra, pues evidentemente este Cabildo, pues haga las acciones que tenga que hacer para defender el interés general de la isla de Lanzarote. correcta, a ese vacío legal del famoso artículo 6 bis. Pero yo he estado sentado con personas, o promotores, o representantes de promotores que me lo han dicho así. Y además, hablan de zonas bastante sensibles. Entonces si estamos en vías de poder aprobar planeamientos insulares y demás, para proteger también ciertas zonas, creo que esto es importante tenerlo en cuenta. Y por supuesto que a partir de ahí se tomen las medidas pertinentes para por lo menos tener los informes perceptivos, o al menos que tengamos, o que podamos tener algo que decir. Gracias, así que a favor. También es verdad que la posición de este Grupo de Gobierno ha sido clara y manifiesta. Ha sido clara, porque hemos evidenciado que no estamos a favor de que se nos diga desde fuera donde tenemos que introducir esa energía, en qué suelo. Y también ha sido claro y manifiesta, cuando se utiliza el 6 bis, esa herramienta del sector eléctrico del Gobierno de Canarias, en el que se expone que se salta el planeamiento insular, y que da igual lo que estime el Cabildo. Pesa más, por decirlo de alguna manera, pues esa transición energética y esos proyectos de energía fotovoltaica y eólica. Desde que entramos a este Cabildo hemos seguido con la misma directriz que tenía el anterior Grupo de Gobierno, y con la misma directriz que tenía el anterior Grupo de Gobierno, tanto por Dolores Corujo, como Pedro San Ginés. En esa defensa a ultranza de la iniciativa pública en detrimento de la iniciativa privada. Es más yo fui ponente de la ley de cambio climático, recordará el Presidente, y también la señora Dolores Corujo, que fui un firme defensor junto con los demás partidos políticos, que defendíamos la ley de cambio climático de la iniciativa pública. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Y eso, pues nos lleva a nosotros a haber decidido qué terrenos sacrificar. Porque si me gusta reconocer que, se tiene que sacrificar terreno para la penetración de energía fotovoltaica y eólica. Porque es verdad que tenemos que tener una transición energética justa, que hay unas leyes europeas, y una leyes del estado español, y una ley Canaria que nos vincula. Y que tenemos que transicionar justamente. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 77 de 534 Interviene el Consejero don Jesús Alexander Machín Tavío: Gracias Presidente. Buenos días consejeros consejeras. Antes de entrar en el fondo de asunto de la moción, sí me gustaría reconocer a los anteriores Presidentes y Presidentas que han estado al frente de la institución del Cabildo de Lanzarote, por tener la altura de miras de posicionar a la isla en la penetración de iniciativa pública. Lo que se ha penetrado en las últimas legislaturas, todo ha sido de iniciativa pública, y creo que hay que reconocer que todos, da igual el color político que hayan tenido, desde hace bastantes años, todo lo que se ha penetrado en esta isla, ha sido de titularidad pública. ACTA DEL PLENO Interviene el Consejero don Armando Santana Fernández: Sí señor Presidente. Bueno he mostrado en las últimas ocasiones, ya lo recordaba el consejero el 4 de febrero en el último Pleno que se habló de este tema. O sea creo que estamos, al menos desde el Grupo Mixto lo pensamos igual, que cualquier implantación de energías renovables sin contar con el okay del Ayuntamiento y como no del Cabildo, la máxima institución insular, pues no debería aprobarse. Por mucha recomendación que viniera del Gobierno de Canarias. Por lo cual me vuelvo a mostrar totalmente a favor de esta iniciativa. Porque creo que ya que comprometemos terreno, pues que sea Lanzarote quien se beneficie de eso, de ese sacrificar terreno. Y por qué tienen que irse a Italia o fuera de Canarias, o fuera de Lanzarote, pues esos beneficios por haber sacrificado terreno en la penetración de energía fotovoltaica y eólica. También esta Ordenanza que se ha redactado, que se ha encomendado a la redacción, está a punto de exponerse públicamente, irá al siguiente órgano ambiental, a la siguiente sesión, por lo tanto sabremos después de un estudio pormenorizado, después de haber quitado todos los suelos de protección, después de haber eliminado su posible acción toda la zona sepa, se ha dejado solo suelos rústicos residuales. Sin ningún tipo de protección, donde tienen un menor impacto visual y paisajístico, cuando tengamos esa fotovoltaica y esa eólica. Tenemos pocas herramientas, también es verdad, se lo tengo que decir. Al no tener un planeamiento adaptado, tenemos pocas herramientas. Y ese acuerdo que tuvieron a bien, y que nosotros, vuelvo a reiterar, defendemos ese acuerdo en la legislatura pasada, es el que utilizamos sistemáticamente para oponernos a cualquier proyecto de interés insular o cualquier proyecto de iniciativa privada. Muchas gracias. Interviene en segundo turno el Consejero don Alberto Aguiar Lasso: Bien, gracias Presidente. Bueno lo primero agradecerle las palabras y a usted, por la posición que ha tenido reconociendo la labor de los anteriores Grupos de Gobierno, de este Grupo Político, y también por supuesto de los que están por ahí,de que en este caso la penetración de la infraestructura,en este caso renovables, sean de titularidad pública. De algo que yo creo, y este grupo cree, que nos sentimos orgullosos. Porque fue precisamente, bajo la presidencia de Manuel de Armas, como Presidenta de este Cabildo, en donde se implantó, y donde por desgracia, y hay que recordar también la historia, repito agradeciéndole que lo reconozca, que fue precisamente Coalición Canaria y Pedro San Ginés en este caso los que Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Por lo tanto, la verdad que es una moción redundante, ya que existe un acuerdo en este Cabildo, en el que se esgrimen esas consideraciones que defendieron ustedes, lo que estaban en este plenario, la legislatura pasada y el Gobierno, y que defendemos nosotros. Y es el documento, se lo he explicado alguna vez a la portavoz socialista, que utilizamos sistemáticamente para oponernos a cualquier interés general que se exponga por parte del Gobierno de Canarias. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 78 de 534 A nosotros cuando nos llega, lo saben quién han tenido responsabilidades en anteriores etapas, cuando nos llega un proyecto de este ámbito y nos preguntan, siempre exponemos un acuerdo que se hizo aquí la legislatura pasada. Por lo tanto queremos que es redundar en lo mismo, un acuerdo que se hizo la legislatura pasada, donde se exponía que se paralizaran, y que esta isla tiene una concepción paisajística y medioambiental distinta que las demás, y que por eso necesitamos primero ordenar, y luego que esa ordenación de fruto a la penetración de energía fotovoltaica y eólica. ACTA DEL PLENO Y como digo, hemos defendido firmemente la titularidad pública de esta penetración. recurrieron al concurso eólico. Por tanto señor Consejero, le agradezco y estamos de acuerdo, pero también la historia es importante, es importante recordarla. Por tanto, entiendo de su intervención, y entiendo de lo que usted acaba de decir, que ustedes, su Grupo de Gobierno, no va votar a favor. Y si es así, pues la verdad es que me apena profundamente, porque esta moción lo que viene es a amplificar ese acuerdo que parecía que existía por el posicionamiento que usted ha tenido hoy, que ha tenido también el Presidente en esa intervención que se realizó en el Pleno pasado, en el Pleno del 4 de febrero. Gracias. Interviene en segundo turno el Consejero don Jesús Alexander Machín Tavío: A mí me da más pena que haga una intervención en la que les reconozco, y ustedes siempre intenten poner una pulla en el camino, eso es lo que me da más pena. Yo creo que he sido bastante generoso, he sido bastante calmado, y he defendido la moción reconociéndoles a ustedes la importancia que han tenido, como la ha tenido mi Partido Político, o todos los que estamos en este arco plenario, que estaban en esas legislaturas, para que seamos un modelo a seguir dentro de Canaria. Para que seamos la punta de lanza dentro de Canarias. Para que seamos quienes tenemos la planificación energética más avanzada. Para que hayamos firmado ya qué zona sacrificar y que zonas no de aceleración. Para que hayamos firmado ya que terrenos sacrificar, y que terreno no. Y sabes quién lo ha hecho, el Cabildo Insular de Lanzarote, a través de la Consejería de Política Territorial, que ha encomendado la redacción. Lo que me da pena, es que de algo que estamos de acuerdo, siempre intentamos buscarle las cinco patas al gato. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Yo creo que eso no es redundar , creo que es potenciar un mensaje que es necesario que transmitamos como institución y como Cabildo. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 79 de 534 Nosotros creemos que nada es redundante,todo lo que hace o todo lo que aporta suma, y esta moción lo que viene es a construir y a sumar, un consenso que ya tenemos, en este caso que ya poseemos, que el Pleno del Cabildo, en donde está su grupo, dónde está el mío, y el resto de grupos de grupos, el grupo Mixto, y el Partido Popular, pues en este caso votemos a favor de que cualquier proyecto que se presente de infraestructura de fotovoltaica. o de cualquier otra iniciativa renovable, pues que cuente con el apoyo de las instituciones locales de Lanzarote, simplemente eso. ACTA DEL PLENO Pero bueno, aún así, señor Consejero, evidentemente usted lo ha dicho, lo ha explicado muy bien, nosotros en el Consejo de Gobierno Insular, en el anterior mandato, se aprobó que no se aplicara este artículo 6 bis, y por tanto es lo que ustedes esgrimen como la herramienta que ustedes están utilizando para rechazar este tipo de iniciativas. Pero creemos que el Pleno del Cabildo es el lugar donde se tiene que posicionar políticamente los grupos políticos. Y creemos, que dada la situación que hemos vivido en el municipio de Tías, dada la situación que hemos vivido con los dos huertos fotovoltaicos, donde se declaró el interés general, donde se decía una cosa, luego la contraria, y hubo esa sensación de indefinición. Yo me reitero, ya existe un documento, ya existe un elementos jurídico con el que nosotros podemos luchar contra esas autorizaciones. Y votamos en contra de la moción. Interviene el Consejero don Óscar Manuel Noda González: Lo dije al principio que era a favor sí. GRUPO SOCIALISTA: doña Ariagona González Pérez, don Benjamín Perdomo Barreto, don Alberto Aguiar Lasso, doña María Celeste Callero Cañada, doña Mª Belén Morales Cabrera y doña M.ª Dolores Corujo Berriel (PSOE). GRUPO MIXTO: don Óscar D. Pérez Pérez (VOX), don Armando Santana Fernández (NCFAC) y don Óscar M. Noda González (NC-FAC). . En contra: GRUPO COALICIÓN CANARIA: don Oswaldo Betancort García, don Miguel A. Jiménez Cabrera, don Jesús A. Machín Tavío, doña María Ascensión Toledo Hernández, don Marciano Acuña Betancor, doña Cinthia Aroa Revelo Betancort, don Domingo Manuel Cejas Curbelo y don Samuel Carmelo Martín Morera (Cca). GRUPO POPULAR: don Jacobo Medina González, don Ángel Vázquez Álvarez, don Francisco J. Aparicio Betancort y doña María Jesús Tovar Pérez (PP). Acuerdos que procedan sobre la Moción del Grupo Socialista para que el Cabildo de Lanzarote manifieste el rechazo al comportamiento del Presidente del Cabildo relativo a la presentación del Borrador del Plan Insular de Ordenación de Lanzarote y La Graciosa. (Exp. 2898/2025) Desfavorable Tipo de votación: Ordinaria A favor: 6, En contra: 13, Abstenciones: 1, Ausentes: 1 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Votaron a favor: Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 80 de 534 Desde luego, nosotros evidentemente mostrar nuestro pesar, porque al final son buenas palabras, estamos a favor, si, pero donde nos tenemos que manifestar, que es en este pleno ,ustedes al final terminan votando en contra de una moción que repito, que viene a construir y que viene a amplificar consenso, en un modelo de paisaje y en un modelo de isla, que como usted ha dicho, y mi grupo también, estamos de acuerdo. Gracias ACTA DEL PLENO Interviene el Consejero don Alberto Aguiar Lasso: Bien gracias Presidente. Señor Consejero no son pullas, es recordar nada más, no son pullas. No se lo tome usted como pullas, sino es recordar. Yo sé que, y le he agradecido su exposición, y se lo he reconocido personalmente. Simplemente es recordar, que gracias a una Presidenta Socialista, Manuela de Armas, la que tenemos una gestión pública de la implantación de energía renovables, nada más señor consejero. No se lo tome por ese lado, que parece que le hiere, y no es así, no va con esa intención. Resolución: “Moción para que el Cabildo de Lanzarote manifieste el rechazo al comportamiento del Presidente del Cabildo relativo a la presentación del Borrador del Plan Insular de Ordenación de Lanzarote y La Graciosa. Al amparo del Reglamento Orgánico de esta Corporación, el grupo PSOE en el Cabildo de Lanzarote presenta a consideración del Pleno de la Institución para su debate y aprobación, si procede, la siguiente propuesta de moción. Gracias a las decisiones tomadas en el pasado mandato por el Gobierno de María Dolores Corujo y a la continuidad seguida por el actual grupo de Gobierno, Lanzarote cuenta hoy con el borrador del futuro Plan Insular. La sorpresa por parte de este grupo político ha sido mayúscula cuando ha tenido conocimiento de que este documento, tan largamente esperado por toda la sociedad insular, ha sido presentado a puerta cerrada de manera unilateral y exclusiva a un grupo de empresarios en la isla de Tenerife. En base a todo lo anterior el grupo socialista presenta a este Pleno de la Corporación la siguiente propuesta de ACUERDO Manifestar el rechazo de esta corporación al comportamiento del Presidente del Cabildo que despreciando a los legítimos representantes de la ciudadanía y demás sectores implicados en el del futuro de Lanzarote, ha presentado el documento de ordenación más importante para el futuro de la isla solo a un grupo determinado de empresarios. Arrecife, a 20 de febrero de 2025. Ariagona González Pérez Portavoz del Grupo Socialista”. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 81 de 534 El planeamiento actual es de 1991 y aunque su revisión comenzó en 2004 han sido tantas las vicisitudes sufridas por el camino que hemos llegado a 2025 sin un documento actualizado. En el devenir de todos estos años tanto los distintos grupos políticos que han existido como los que siguen existiendo y todos los sectores sociales se han ocupado y preocupado por la ordenación territorial de la isla de Lanzarote. ACTA DEL PLENO El Plan de Ordenación de Lanzarote y La Graciosa es un instrumento de suma importancia para el futuro de la isla, ya que nos brindará la oportunidad de proteger nuestros recursos ambientales y paisajísticos compatibilizando las distintas actividades económicas existentes en nuestro territorio. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Gracias a las decisiones que se tomaron en este pasado mandato ahora el actual Gobierno ha podido encargar un nuevo documento que es el que ahora tenemos y es el nuevo borrador del PIOL. Y claro, después de tanto tiempo esperando, nuestra sorpresa fue mayúscula cuando vimos que ese borrador del PIOL se presentaba en primicia y en exclusividad el 11 de febrero a solo un sector de la sociedad Lanzaroteña y en Tenerife. Miren Oswaldo Betancort se olvidó que la democracia consiste en respetar a aquellos a los que han votado los ciudadanos, a la representación popular, los consejeros que estamos sentados en esta bancada, en la de enfrente, nos han elegido los ciudadanos y tenemos derecho a que nos haga una presentación y a que se nos tenga en cuenta a la hora de hablar del PIOL, yo no sé si el Grupo Mixto ha tenido la suerte y la oportunidad y el privilegio de que alguien les presente el PIOL, desde luego que a los consejeros del Grupo Socialista no lo hemos tenido, pero no es que se olvidase de los legítimos representantes de la ciudadanía, se olvidó de los consejeros, de los Ayuntamientos, se olvidó de los sindicatos, de las ONGs, de las asociaciones ecologistas, se olvidó de toda la sociedad insular y como aquello no fue suficiente, se fue a presentar el PIOL de Lanzarote y La Graciosa a Tenerife, ni en Lanzarote, ni en La Graciosa, o en Lanzarote y en La Graciosa, Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 ACTA DEL PLENO Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 82 de 534 Defiende la moción la Consejera doña Ariagona González Pérez: El Plan Insular de Ordenación de Lanzarote y La Graciosa es un instrumento de suma importancia, es una oportunidad para proteger nuestros espacios naturales y compatibilizar todas las actividades económicas en nuestro territorio. Fue precisamente el PIOL del 91 el que desclasificó 250.000 camas y 20 planes parciales y eso nos permitió proteger el turismo que es nuestra principal industria, proteger los espacios naturales y nuestro paisaje y también proteger la calidad de vida de nuestra población. Lanzarote no sería lo que es sin ese Plan Insular de Ordenación del 91. Puede que en otros lugares, la ciudadanía no esté tan concienciada con la ordenación, pero en Lanzarote y en La Graciosa desde luego que la gente sí lo está. Son muy conscientes de la importancia de los instrumentos de ordenación, ya que son, ya que saben que son los que organizan, los que garantizan su futuro. Miren en el 2007 comenzó la revisión del Plan... en el 2007 comenzó la revisión del Plan Insular de 91, hay que recordar que ese Plan del 91 fue trabajado por un Presidente socialista y que la revisión de ese Plan también comenzó con una Presidenta socialista. Después llegó una moción de censura orquestada por Coalición Canaria en la que accedió a la Presidencia Pedro San Ginés y a partir de ahí Lanzarote sufrió una parada total y absoluta en planeamiento, de los 10 años de Presidencia de Pedro San Ginés no se aprobó el PIOL, no se caminó nada en el PIOL, pero ya no solamente en el PIOL, en ningún instrumento de ordenación, y es más también bajo la Presidencia de Pedro San Ginés los tribunales tumbaron el Plan de La Geria y el Plan Rector de Uso y Gestión del Archipiélago Chinijo. Tuvo que llegar otra Presidenta, otra Presidenta socialista para despantanar todo aquello que Pedro San Ginés dejó en territorio. Y fue gracias a esa Presidente socialista y la gestión de aquel gobierno cuando se decidió poner otra vez los mimbres y seguir construyendo una buena ordenación para la isla de Lanzarote. Aquel instrumento, aquel avance del 2007 ya no cumplía con la actualidad insular, estaba completamente desactualizado, no solo porque no cumpliese la Ley del Suelo, y no solo por que no se pudiese adaptar a ella, sino porque preveía un crecimiento de un 10 % en camas turísticas en una isla que ya está turísticamente saturada. Sé que me dirán que otra vez que se hizo una presentación en el caso de La Geria en el monumento y no fui, no hablo de este tipo de presentaciones sino de hacer mesas de trabajo, como si bien hicieron con el PORN, el Plan de Ordenación que se presentó aquí, y eso es lo que por lo menos por mi parte hemos revindicado. Llegar al punto de que de alguna manera el Cabildo manifieste el rechazo a su… o a esta iniciativa que yo coincidí en ese avión con muchos de los empresarios de aquí porque tenía otra reunión en Tenerife y que fueron para allá pues no lo sé pero desde luego sí que debería ser un toque de atención en cuanto a que lo tenga un poco más en cuenta, ya no solo como consejeros de aquí, sino también a los Alcaldes y Alcaldesas, que ya digo, estamos en la primera línea de batalla y a veces pues recibimos tortas indebidas y si es debidas pues las recibimos y las tendremos que afrontar, pero sí que por ahí si le pediría que lo reconsideraran, me imagino que habrá alguna otra representación en la isla, pero si por lo menos que se nos tenga en cuenta en una fase inicial, que no se nos aboque a unas alegaciones o una fase de alegaciones, que luego parece que los Ayuntamientos no queremos que se apruebe un Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Interviene el Consejero don Óscar Manuel Noda González: Muchas gracias Presidente, bueno a este respecto no voy a ocultar que por la parte que me toca ya no solo como consejero sino como Alcalde de un municipio siempre les he revindicado, les he pedido que se haga algún tipo de puesta en común incluso a nivel técnico y demás porque ya digo, independientemente de que pueda estar yo o no, si no quieren que yo esté pues no estoy en esa reunión, pero creo que los técnicos municipales y los juristas tendrán mucho que decir sobre todo en los planeamientos que nos afectan al final de cuentas a nuestro municipio, y a final de cuentas también para poder explicar a los vecinos y vecinas pues que viven en zonas como La Geria y tienen los problemas que tienen, El Golfo y tiene los problemas que tienen, en definitiva creo que con el afán simplemente de poder saber y construir y que por lo menos luego no hayan dudas y sobre todo no lleven a posibles impugnaciones o alegaciones, que tal vez se pueden evitar en un momento inicial. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 83 de 534 Interviene el Sr. Presidente del Cabildo Insular de Lanzarote don Oswaldo Betancort García: Gracias Grupo Mixto. ACTA DEL PLENO no, no, no, a Tenerife, humillándonos a toda la población conejera i graciosera. Miren la verdad que, ¿Qué podemos esperar, que podemos esperar de quién gobierna en base a ocurrencias?, ocurrencias que humillan a la ciudadanía de esta isla, ocurrencias que humillan a los representantes públicos y ocurrencias en las que se olvida de la mayor parte de la sociedad insular y pone a unos por delante de otros. ¿El sector empresarial, tiene que conocer el documento?, por supuesto igual que todos los demás, pero no por encima del resto y mucho menos por encima de lo que estamos elegidos democráticamente para representar a los ciudadanos que nos votan. O sea, es que esta ocurrencia, esta ocurrencia de ir a Tenerife, a Tenerife, a presentar algo que no tiene nada que ver con Tenerife, ¿Qué nos da de pensar a nosotros?, ¿Es que es en Tenerife donde se va a decidir el futuro de Lanzarote y La Graciosa?, ¿Es que ese futuro no se va a decidir aquí en Lanzarote y La Graciosa con toda la sociedad insular y con todos los representantes públicos?, miren por eso nosotros traemos esta moción al Pleno para manifestar el rechazo al comportamiento del Presidente que se fue a Tenerife a presentar a un grupo restringido de personas el Plan Insular de Ordenación de la isla de Lanzarote y La Graciosa. planeamiento cuando es muy importante y es vital y crucial. Por mi parte, bueno ya escucharé las explicaciones si va haber algún tipo de presentación, todavía no manifiesta el voto. Interviene el Consejero don Jesús Machín Tavío: Si, yo también opino lo mismo que usted señor Santana, esto no es una moción, si la quieren llevar como reprobación, aunque no exista en el reglamento, si la quieren llevar como otra cuestión, pero una moción un poco extraña. Miren leyendo la exposición de motivos me quedo anonadada, gracias a las decisiones tomadas en el pasado mandato por el gobierno de María Dolores Corujo, Lanzarote cuenta hoy con el borrador del futuro Plan Insular. Se cargaron un Plan Insular en el año 22 en marzo, yo no le he interrumpido en ningún momento en el uso de la palabra cuando ustedes la tenían, lo que ruego que para intervenir yo no tengo papeles, lo tengo todo de cabeza y me cuesta, me cuesta, no, aplausos no, lo único que me cuesta concentrarme entonces pido que no me interrumpa. Tumbaron un Plan en marzo del año 22, no iniciaron un nuevo expediente para la nueva redacción, no incoaron un nuevo procedimiento, ni siquiera resolvieron el contrato con Ezquiaga, cuando llegue a este Cabildo todavía estoy debatiendo la indemnización que le cabe a Ezquiaga, porque ustedes no resolvieron el procedimiento, porque lo que le interesaba era la tergiversación pública sobre el urbanismo y la ordenación del territorio. Lo que le interesaba es basándose en un informe, en un informe, para tumbar un Plan Insular que tenía menos camas, un Plan Insular que empezó Manuela de Armas y terminó su compañero Marcos Bergaz y lo tumbaron, porque tenían que tener la tergiversación del urbanismo y la ordenación del territorio en las elecciones de 2023, mal le salió porque perdieron. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Interviene el Sr. Presidente del Cabildo Insular de Lanzarote don Oswaldo Betancort García: Señor Consejero. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 84 de 534 Interviene el Consejero don Armando Santana Fernández: Gracias Presidente, pues más o menos por el mismo caminos que comenta el Alcalde y consejero del Cabildo, cuando nos presentaron en pendrive la documentación del PIOL no sé, no recuerdo que exactamente en que mes fue, pero bueno se nos entregó a cada uno de los consejeros que formamos parte de este plenario, hice una comunicación diciendo que, y además hablando con algún representante de público en el norte, con el mismo José Torres, donde él analizaba y decía que si este PIOL no se contaba con los Ayuntamientos estaba condenado al fracaso y así fue la comunicación que hice en ese momento. En relación a la moción, créanme, yo es cierto que soy el último en llegar a este plenario, soy el que tiene menos experiencia, yo no entiendo esto como una moción, voy a esperar la explicación que pueda dar el Presidente no sé si la va a dar, lo entendería más incluso como una… si lo entiendo más como una comparecencia, que explique exactamente lo que ha pasado, no como una moción. Yo no sé qué causa tanta risa, la verdad que cada vez que cuando hablo la falta de respeto es brutal, será que a lo mejor tengo que hablar lo que algunos quieren que diga, la verdad es que no lo entiendo pero bueno, diciéndolo de esta forma Sr. Presidente si tiene a bien de explicar qué fue lo que pasó en Tenerife se lo agradezco gracias. ACTA DEL PLENO Interviene el Sr. Presidente del Cabildo Insular de Lanzarote don Oswaldo Betancort García: Don Armando. Interviene el Sr. Presidente del Cabildo Insular de Lanzarote don Oswaldo Betancort García: Segundo turno. Interviene ahora en su segundo turno la Consejera doña Ariagona González Pérez: Miren, gracias a que nosotros archivamos el Plan, gracias a eso usted tiene un nuevo borrador, porque si no ¿Sabe lo que tendría que haber hecho?, archivarlo, y ese trabajo se lo dejamos hecho, usted tiene borradores y documentos ¿Sabes por qué?, porque nosotros hicimos la providencia y montamos los expedientes, porque si no ¿Sabes lo que estaría haciendo?, pues lo que tuvimos que hacer nosotros porque Pedro San Ginés nos dejó el Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 ACTA DEL PLENO Por cierto si hablamos de las viviendas vacacionales, ¿Cuántas inspecciones de vivienda vacacional hicieron ustedes?, cero, cero, cero, no hicieron ninguna inspección de vivienda vacacional, por cierto ¿Qué opina usted del Plan de Modernización de Puerto del Carmen?, que me pide quitar una parcela de aparcamiento para construir un Hotel de cuatro plantas, dígame usted qué es lo que opina, porque lo que no me puede pedir el Plan de Modernización es que le tuve que parar porque se pasaban 1.500 camas y ahora ya reconocieron que eliminaron esas 1.500 camas en la propuesta que me envían, que cambian una parcela de aparcamiento para cambiarla de uso turístico y construir un hotel de cuatro plantas. Dígame usted qué opina, eso no son los demonios del territorio, esos no son los depredadores del territorio, menos demagogia, menos demagogia, no hicieron nada en cuatro años, no presentaron nada porque no tuvieron ni un solo documento. Nosotros el día 6 volveremos a presentar el documento al sector primario. A los Alcaldes, le pedimos información, le mandamos que nos enviaran todas las infraestructuras que querían, todo lo que necesitaban. Por cierto, hubo el otro día una reunión técnica sobre La Geria y creo que vinieron sus técnicos aquí, que vino Gesplan a presentarlo, vinieron todos los Ayuntamientos. No hicieron absolutamente nada, menos lecciones por favor. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 85 de 534 Ahora si contamos un borrador, en este mandato se inició la providencia de inicio, en este mandato se encomendó la redacción y en este mandato hemos recibido el borrador, un borrador que aumenta la protección del 42 al 60 %, un borrador que amplía la protección de superficie agraria a un 28 %, un borrador que elimina suelo turístico en 104.000 m², un borrador que protege su litoral es más del 99 %, un borrador que no implica nuevas carreteras si no actuaciones en las existentes, en las que tienen conflicto, como los posibles desdoblamientos, pero ninguna más masa de asfalto, ese es nuestro modelo, ese es nuestro borrador. Ustedes no incoaron ningún procedimiento en un año y tres meses, no resolvieron el contrato con Ezquiaga, ¿Sabes por qué ustedes no hicieron nada?, porque ni siquiera podían presentar un documento, no tuvieron nada en cuatro años, no hicieron absolutamente nada, empezaban las provincias de inicio y no encomendaban. Cuando llegue aquí ningún Plan estaba encomendado, estaban todos parados, todos parados, y cuando nosotros llegamos desbloqueamos todo eso, están todos encomendados, tenemos la mayoría de borradores, no queda ningún Plan por sacar a encomienda. Por cierto le corrijo en una cosa, usted hijo el Plan Insular es el que nos va a preservar los Parques Naturales, no, cada espacio natural tiene su propio documento, cada espacio natural tiene su instrumento de ordenación, que ustedes tampoco sacaron ninguno, ninguno, no encomendaron ninguna redacción. Interviene el Sr. Presidente del Cabildo Insular de Lanzarote don Oswaldo Betancort García: Gracias Ariagona. Grupo Mixto ahora si. Interviene el Consejero don Óscar Manuel Noda González: Gracias Presidente, como iba diciendo no sé si usted intervendrá en este punto o no, pero a mí si me gustaría que arrancara el compromiso de que va a hacer diversas reuniones y ya no solo para el Plan Insular, sino incluso para el Plan de Modernización Turística que sabe que está ahí, entre Teguise - Yaiza. Yaiza dio la conformidad pero también advirtiendo de que tenemos que ir de la mano, lo que no puede ser es que se siga pasando por encima, como bien dije al principio, no voy a reiterarme en mis palabras pero por encima de un municipio. Yo creo que Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 86 de 534 Pero volvamos a lo que realmente importa que es el comportamiento del Presidente con la ciudadanía de la isla, que es el comportamiento del Presidente con aquellos a los que tiene que defender, que son los ciudadanos de Lanzarote y La Graciosa, ¿Dónde quedaron, dónde quedaron los Ayuntamientos, dónde quedaron el resto de los representantes de la ciudadanía?, que por lo que acaba decir el Consejero Jesús Machín, pues no nos van a hacer una presentación del PIOL tampoco a nosotros, sino ahora al sector agrario que me parece muy bien, que el sector agrario también tiene que tener una presentación, pero todos los sectores y los Ayuntamientos y los representantes de la oposición. ¿Esta vez será en La Graciosa, será en Lanzarote, va a ser en Madrid?, no nos humillen más, no nos humillen más. Seamos conscientes, todos aquí sabemos que el Presidente no actuó bien, a alguien se le hubiese ocurrido presentar el PIOL de Lanzarote y La Graciosa en Tenerife, pero es que eso no se le ocurre a nadie, reconozca su error, reconozca su error y la próxima vez empiece por los representantes legítimos de la ciudadanía que son los consejeros de la oposición, que tienen los mismos derechos y los mismos deberes que los consejeros del gobierno, igual que los Ayuntamientos y luego los agricultores, los empresarios, los ecologistas, las ONGs, todos los sectores de la sociedad Lanzaroteña. Presidente de verdad no nos haga esto más porque es que la humillación que está sufriendo Lanzarote ya es bastante dura y si me pongo a hablar de lo que nos hace el Gobierno de Canarias ya no sé ni por dónde empezar, que si el combustible, que si desaparecen las partidas para agua en el presupuesto autonómico, que somos la séptima isla, la penúltima isla en inversión en los presupuestos del Gobierno de Canarias, o sea ya está bien, Lanzarote no necesita que la humillen. ACTA DEL PLENO páramo, no nos dejó nada en política territorial, y lo triste de todo esto, no es que ahora estén los documentos, si que estén los documentos es maravilloso, lo triste de todo esto es que se va a presentarlos a Tenerife, lo triste de esto es que Lanzarote y La Graciosa no importa, lo triste que parece ser que es que el futuro se va a decidir en Tenerife solamente con un sector de la sociedad lanzaroteña, es que eso es lo que nosotros traemos hoy aquí, y eso si es una moción, porque una moción es una propuesta de aquello que se considere que se trae al Pleno del Cabildo para que se vote, porque si no fuera una moción, ya le aseguró yo señor Armando Santana que el Presidente no hubiese dejado que se debata en este Pleno. Es verdad que se pueden presentar interpelaciones, comparecencias o lo que sea, el Grupo Socialista estimó que la manera de hacerlo era una moción, igual que los otros grupos estiman que la forma de hacerlo es la que consideren adecuada, no se nos ocurrirá a nosotros decir cuáles son las iniciativas que tienen que presentar unos y otros. lo lógico es hacerlo así, es reunir a los sectores y a nivel técnico, ya digo si no quieren que yo esté, no estoy, no tengo ningún problema pero que venga mi técnicos y juristas municipales porque al final también son los que se enfrentarán en un futuro a un expediente o a expedientes complejos como los que saben que hay en La Geria sin ir más lejos, entonces yo ya digo esperaré al voto insisto al final, pero si me gustaría conocer o por lo menos que haya un compromiso de que se van a hacer esas reuniones, gracias. Interviene el Sr. Presidente del Cabildo Insular de Lanzarote don Oswaldo Betancort García: Don Armando. Interviene el Consejero don Armando Santana Fernández: Esperare al voto. Yo vuelvo a lo mismo, mayor despropósito y mayor vergüenza y mayor humillación es en cuatro años no encomendar una redacción de un documento, son cuatro años, en cuatro años una legislatura entera no hubo ni una sola encomienda de un instrumento de ordenación por parte del gobierno socialista y luego nos encomendamos a que somos la bandera del territorio, la bandera de la protección y la bandera de la salvaguarda de la imagen y el medioambiente de nuestra isla. La mayor herramienta, vuelo y lo repito la mayor herramienta de salvaguarda, de cuidado, de protección es el planeamiento. Sin planeamiento no hay crecimiento sostenido, sin planeamiento no hay salvaguarda de nuestros recursos naturales y sin planeamiento el crecimiento podemos dudar de que sea social y equilibrado. El planeamiento es la herramienta para conseguir todo eso y ustedes se olvidaron en cuatro años de la herramienta. Yo les entiendo porque siempre les digo los mismo, cuanto menos planeamiento haya menos les va a ustedes. Siempre lo repito y yo vuelvo a lo mismo ya tenemos borrador del Plan Insular, ya tenemos La Geria que acaba de terminar su exposición pública, tenemos ya el borrador del PRUG del parque del Archipiélago Chinijo, tenemos ya casi en aprobación definitiva, que va a aprobación definitiva el PORN de los volcanes, y ya en redacción el PRUG de los volcanes, tenemos las dos ordenanzas ya en este Cabildo, por tener, ni siquiera tuvieron un Órgano Ambiental, Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 87 de 534 Interviene ahora en su segundo turno el Consejero don Jesús Machín Tavío: Señor Alcalde y consejero del Cabildo una vez que esté expuesto públicamente que ya creo que va a la siguiente semana junto a la Ordenanza Provisional de Introducción de Energía Alternativa irá al Órgano Ambiental, nos comprometemos a que tenemos una sentada, es verdad que le hemos solicitado mucha información, el Ayuntamiento de Yaiza ha respondido a todos los equipamientos, todas las cuestiones que quería incluso nos han incidido en cuestiones importantes de necesidades de su municipio que querían que estuviesen integradas, creo que incluso en la parte de carreteras también nos incidieron en la importancia, por lo tanto máxima comunicación y yo me comprometo, y en este caso también el Presidente, que después de que esté expuesto públicamente, tenemos una sentada y lo vemos minuciosamente todas las consideraciones que puedan tener tanto los Alcaldes o quien más considere. El día 6 como dije se lo presentamos al sector primario, una reivindicación que nos han pedido. ACTA DEL PLENO Interviene el Sr. Presidente del Cabildo Insular de Lanzarote don Oswaldo Betancort García: Señor Consejero. que desde el 2017 era obligatorio tenerlo, y en cuatro años no lo implementaron. Por lo tanto en materia territorial no pueden hablar de lecciones, porque ustedes son los primeros que debían de reflexionar, que deberían de meditar si lo que hicieron es responsable, tener una isla sin planeamiento, y habiendo una aprobación inicial de planeamiento lo tumban y no inician un expediente en un año y tres meses, ni siquiera resuelve el contrato con la persona que tenía que redactar ese documento tumbado, ni siquiera, porque en cuatro años no encomendaron la redacción de un solo instrumento de ordenación, muchas gracias. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Interviene la Consejera doña Ariagona González Pérez: El Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Archipiélago Chinijo lo aprobó el Partido Socialista en el Pacto de las Flores. Las ordenanzas de acampada las dejó encargadas este Partido Socialista en el gobierno anterior, pero mire usted no me ha contestado a lo fundamental que es en esta moción, a usted que le parece que el Presidente del Cabildo se haya ido a Tenerife a presentarle el PIOL a los empresarios, porque eso es lo que se está debatiendo en esta moción, no que hizo quién, para eso están los papeles y está más que demostrado que el Partido Socialista impulsó todo ese ordenamiento del que usted habla, que gracias al Partido Socialista usted está ahí, hablando. Pero mire contésteme a la pregunta que le parece al Grupo de Gobierno, Coalición Canaria y el Partido Popular que el Presidente del Cabildo de Lanzarote se haya ido a Tenerife a presentarle el Plan Insular de Ordenación de Lanzarote y La Graciosa a un grupo determinado de empresarios que forma parte de un solo sector de la sociedad insular. El documento más importante de la isla presentado en Tenerife y solamente a un grupo, ¿Qué le parece a usted eso, a Coalición Canaria y al Partido Popular?. ACTA DEL PLENO Interviene el Sr. Presidente del Cabildo Insular de Lanzarote don Oswaldo Betancort García: Bien, último minuto para emitir el sentido del voto. Interviene la Consejera doña Ariagona González Pérez: A favor. Interviene el Sr. Presidente del Cabildo Insular de Lanzarote don Oswaldo Betancort García: Grupo Mixto. Interviene el Consejero don Óscar Manuel Noda González: Gracias Presidente, consejero gracias por el compromiso que ha arrancado, me hubiera gustado más en voz del Presidente, pero no pasa nada. Si es verdad que yo entiendo y por supuesto el Ayuntamiento a petición tenemos que mandar toda la documentación necesaria, pero es cierto que por lo que da a entender es como que lo va a… o va a hacer reuniones con nosotros cuando ya está en exposición pública, es decir, ahí sí que hay para mí un pequeño agravio entre que a los empresarios se les haya presentado, entiendo que todavía el borrador y el resto es cuando ya es fase de alegaciones, pero bueno independientemente de eso yo me voy a abstener porque mañana cualquiera de nosotros puede estar en esa silla y tampoco me gustaría o no me gustaría que… bueno nos podemos equivocar en la… pero yo creo que ha sido un toque de atención el cual espero que lo tenga en cuenta. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 88 de 534 Interviene el Sr. Presidente del Cabildo Insular de Lanzarote don Oswaldo Betancort García: Sentido del voto Señora Ariagona. Interviene el Sr. Presidente del Cabildo Insular de Lanzarote don Oswaldo Betancort García: Señor Armando. Interviene el Consejero don Jesús Machín Tavío: En contra. Interviene el Sr. Presidente del Cabildo Insular de Lanzarote don Oswaldo Betancort García: Vamos a ver con respecto a este punto que me afecta directamente como Presidente primero decirle a la ciudadanía de Lanzarote que toda la culpa es mía de aquello que entiendan que se hace mal, llevamos prácticamente 20 minutos hablando del pasado y tengo a muchos sectores en este momento sin poder crecer, sin poder ser más competitivos, sin poder dar confortabilidad a la ciudadanía de Lanzarote, porque no hemos sido ágiles en la aprobación de cualquier planeamiento. Por tanto yo creo que en este momento cuando yo llamo al equipo redactor y le digo que necesito tener un calendario porque Lanzarote lo que no tiene es tiempo, diseñamos el calendario, y habrán reuniones dentro, fuera, o habrán reuniones donde fuera conforme al equipo redactor, que en aquel momento el equipo redactor estaba prácticamente en Tenerife. Nosotros no pagamos billetes, nosotros no pagamos comida, nosotros no pagamos absolutamente nada en ese viaje. El calendario está como dice el consejero, pero la encomienda que tiene el área es aprobar todos los planeamientos porque si no, no vamos a avanzar como sociedad. El Acalde de Yaiza me transmite la necesidad de tener reuniones periódicas con respecto al Ayuntamiento para aprobar un instrumento que para mí es vital en su municipio, como es en Costa Teguise que son los Planes de Modernización. Yo pido también premura Alcalde, usted sabe que yo soy muy ambicioso, usted también. Y a lo mejor no coincide con mi forma de hacer política y a lo mejor no Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Interviene el Sr. Presidente del Cabildo Insular de Lanzarote don Oswaldo Betancort García: Sentido del voto. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 89 de 534 Interviene el Consejero don Jesús Machín Tavío: Señor Alcalde es el mismo borrador, o sea está en la misma circunstancia, estamos al principio del procedimiento, se puede modificar todo lo que consideremos en todo lo que es la vida del procedimiento administrativo del Plan Insular. Al Partido Socialista, en este caso a la portavoz, a ustedes nunca se le puede decir lo que hace pero usted todo el rato me manda tareas, y yo no me tengo que ofender por esas tareas que usted me manda, antes hablamos del bono de transporte y su Presidenta, su Secretaria General hablo de vivienda, de agua, de lo que consideró, y a ella no se le puede decir nada. Por lo tanto lo que le digo a usted es que menos tareas y más mirar cada uno lo que hace cuando se habla de una moción concreta porque del bono transporte fue de lo menos que habló. Yo Alcalde, máxima colaboración, le pido disculpas si a lo mejor la comunicación tenía que haber sido mejor, como dije el Ayuntamiento de Yaiza ha sido colaborativo desde que le hemos enviado, el documento que va a exposición pública es igual, no se va a poder modificar, no se va a poder hacer nada, en correspondencia a lo que se ha presentado, y como dije el compromiso está ahí de que lo presentamos cuando esté ahí en esa fase, muchas gracias. ACTA DEL PLENO Interviene el Consejero don Armando Santana Fernández: Mi voto es en contra. coincido con la de usted también pero lo respeto. A usted se le mandó un escrito el veinti... algo de septiembre conforme al Pleno que celebramos en La Graciosa conjuntamente con la Alcaldesa de Teguise, la Alcaldesa de Teguise contesta por el 21 de septiembre, usted contestó el 4 de febrero. GRUPO SOCIALISTA: doña Ariagona González Pérez, don Benjamín Perdomo Barreto, don Alberto Aguiar Lasso, doña María Celeste Callero Cañada, doña Mª Belén Morales Cabrera y doña M.ª Dolores Corujo Berriel (PSOE). Votaron en contra: GRUPO COALICIÓN CANARIA: don Oswaldo Betancort García, don Miguel A. Jiménez Cabrera, don Jesús A. Machín Tavío, doña María Ascensión Toledo Hernández, don Marciano Acuña Betancor, doña Cinthia Aroa Revelo Betancort, don Domingo Manuel Cejas Curbelo y don Samuel Carmelo Martín Morera (Cca). ACTA DEL PLENO Votaron a favor: Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Por tanto yo pido premura porque nadie va a hacer un Plan de Modernización en contra de una oficina técnica y en contra de un Alcalde, válgame Dios, pero es que lógicamente es el único paraguas que tiene su municipio, que ni Dios lo quiera, cae el Plan General. Por tanto vamos a empezar a trabajar, ya tengo la connivencia de usted, que mando el 4 de febrero, a partir de ahí le he encomendado a la Consejería de Política Territorial ficha financiera, encomienda a Gestur el Plan de Modernización, y por tanto va a contar usted con la predisposición de tantas reuniones sea, pero esa premura que me pide a mi y esa reuniones también se la pido yo a usted. O sea vamos a agilizar los tiempos porque repito Lanzarote en planeamiento no tiene tiempo. GRUPO MIXTO: don Armando Santana Fernández (NC-FAC). Abstención: GRUPO MIXTO: don Óscar M. Noda González (NC-FAC). Asuntos de la Presidencia No hay acuerdo Motivo: Ampliar documentación Resolución: El Presidente anuncia que esta mañana estuvo hablando en el principio del Pleno el tema de la residencia de mayores, ha hablado con la empresa el día 7 de mayo parece ser, en esa semana, son fechas que le dan, entregan el proyecto y se ha pedido por parte del Cabildo Insular pues un mes para la supervisión y revisión de este proyecto. Lo que le dicen Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 90 de 534 GRUPO POPULAR: don Jacobo Medina González, don Ángel Vázquez Álvarez, don Francisco J. Aparicio Betancort y doña María Jesús Tovar Pérez (PP). Pregunta, a petición del Grupo Socialista sobre, cuál ha sido el gasto efectuado por los CACT con motivo de los viajes realizados por el Presidente del Cabildo a Islandia, Texas y Nueva York. (Exp 2901/2025) Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Todo lo que ustedes me están pidiendo está en el informe de necesidad. Este informe de necesidad, este informe de necesidad dice bien claro que se hace para tener un turismo más sostenible, de mayor calidad y dice también que marcará un antes y un después en la evolución del turismo en Lanzarote. La isla tiene el potencial de convertirse en un referente global en turismo sostenible, mostrando el camino para seguir otras comunidades o destinos internacionales. Qué me parece a mí, qué me parece a mí, qué me parece a mí, mire yo le voy a contestar muy concretamente, si usted cree que hay algo oculto vaya donde tenga que ir, bien que eso es así, lo cree usted y lo cree cualquiera. Pero yo conforme al informe de necesidad de los Centros Turísticos, al pliego de prescripciones técnicas de los Centros Turísticos y a la valoración hecha por los técnicos de los Centros Turísticos a mí me parece bien y tengo que defender la honorabilidad de los técnicos que están en los Centros Turísticos. Ese es mi parecer y si esto sirve para que Lanzarote sea un modelo a seguir en cuanto a rentabilidad turística y sostenible, que ustedes nos demandan a nosotros, bienvenido sea y también adelanto que todo procedimiento administrativo tiene un interventor, todo el convenio con la Cámara, todos los convenios tienen interventores públicos de aquí, que si no ven que el trabajo está hecho no van a pagar la factura y también dice bien claro al final, lo dice el propio pliego, que si no se cumple se rescinde el contrato, qué me parece a mí, qué me parece a mí, qué me parece a mí, que es necesario y bueno para la isla de Lanzarote según sus notas de prensa, muchísimas gracias. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 96 de 534 Interviene el Sr. Presidente del Cabildo Insular de Lanzarote: Mire, señor consejero, le voy a leer varias noticias de su partido político, 15 de enero del 24, el PSOE de Lanzarote alerta sobre la masificación turística en la isla. Dolores Corujo es imprescindible limitar el crecimiento turístico de Lanzarote. El PSOE de Lanzarote exige un cambio de modelo turístico. El PSOE de Canarias aboga por regular el flujo de turista en las islas. Loli Corujo, la sostenibilidad debe ser el eje del turismo en Canarias. El PSOE propone reducir la capacidad alojativa para frenar la saturación turística. El PSOE pide medidas urgentes para evitar la turificación en Lanzarote. El PSOE lanza una campaña contra la masificación turística en las Islas Canarias. El PSOE defiende en el parlamento la necesidad de tasa turística, que no aplicaron. El PSOE de Lanzarote denuncia que el turismo masivo está encareciendo la vivienda y el PSOE de Lanzarote rechaza la construcción de nuevos hoteles que espero que sigan en el mismo sentido con el Plan de Modernización. ACTA DEL PLENO Interviene el Consejero don Benjamín Perdomo Barreto: Si, estamos pidiendo los expedientes de esa misma licitación, que le parece a usted señor Presidente y le vuelvo a preguntar, porque estos son preguntas a lo que usted nos responde, qué le parece a usted que se haya encargado a la Cámara de Comercio que se informe sobre la idoneidad de quién tendría que haber sido el adjudicatario de la empresa, qué le parece a usted y tenemos que confirmar, pero qué le parece a usted señor Presidente que la Cámara de Comercio a su vez haya contratado a un tercero para dicho informe, tenemos que contrastarlo, pero le pregunto qué le parece que eso haya sucedido, Realiza la pregunta en nombre del Grupo Socialista el Consejero don Benjamín Perdomo Barreto “Al amparo del Reglamento Orgánico de esta Corporación, el grupo Socialista del Cabildo de Lanzarote presenta para su inclusión en el orden del día del próximo pleno, la siguiente PREGUNTA: Debido a la ausencia de respuesta por parte del Consejero Delegado de los Centros Turísticos en el plazo legalmente establecido para ello, nos vimos obligados a realizar las tres mismas solicitudes de información, el 10 de febrero de 2025, bajo los números de registro 2025-E-RE-2523, 2025-E-RE-2530 y 2025- E-RE-2525, al Presidente del Cabildo de Lanzarote por ser Presidente de los Centros de Arte Cultura y Turismo correspondiéndole a él en última instancia facilitarnos la documentación requerida. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 De la misma manera y en las mismas fechas, bajo número de registro 2024-ERE-10193 y 2024-E-RE-10758, se solicitó a los Centros de Arte Cultura y Turismo la misma información respecto al viaje del Presidente del Cabildo y su equipo a Texas. También se solicitó en las mismas fechas, bajo número de registro 2024-E-RE-10194 y 2024-E-RE-10760, la misma información correspondiente al viaje del Presidente y su equipo a Nueva York. ACTA DEL PLENO Con fecha 5 de noviembre de 2024, bajo número registro 2024-E-RE-10192 el grupo socialista solicitó los gastos efectuados por los Centros de Arte Cultura y Turismo con motivo de los viajes realizados por el Presidente del Cabildo a Islandia (desplazamientos, alojamiento, dietas, protocolo o cualquier otro gasto asociado al viaje), al igual que la relación de miembros de la delegación asistente y sus respectivos gastos. Esta misma solicitud se volvió a reiterar el 19 de noviembre de 2024 bajo el número de registro 2024-ERE-10762 sin haber obtenido respuesta hasta el día de la fecha. ¿Cuál ha sido el gasto efectuado por los Centros de Arte Cultura y Turismo con motivo de los viajes realizados por el Presidente del Cabildo a Islandia, Texas y Nueva York (desplazamientos, alojamientos, dietas, protocolo o cualquier otro gasto asociado al viaje), al igual que la relación de miembros de la delegación asistente y sus respectivos gastos? Arrecife, a 20 de febrero de 2025. Ariagona González Pérez Portavoz del Grupo Socialista”. El Consejero pregunta: Si bueno, hicimos esta pregunta si es verdad que en el anterior Pleno el señor Ángel Vázquez nos lo mandó por WhatsApp en el mismo Pleno. Ayer tuvo la deferencia de mandarnos la contestación que le habíamos hecho en los Centros. Si es verdad señor Ángel Vásquez, que faltó decirnos en la relación los miembros de la delegación que fue a Nueva York, a Islandia, y al resto, es decir, si es verdad que usted pasa los gastos del viaje, el Hotel, las dietas, que yo ahí no voy a entrar a valorar, no creo Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 97 de 534 Por tanto: que, no es nada del otro mundo para que la gente lo tenga claro, pero si me gustaría saber a las personas que se le pagan los billetes y las estancias, porque no sale, sale cuánto fue en cada concepto, pero no sale detallado los viajes. Puedo entender y sé más o menos quienes fueron a Islandia porque se ve, pero no a Nueva York y nos gustaría saber las personas a las que los Centros le pagó esos viajes. Le contesta el Consejero don Ángel Vázquez Álvarez: Como dijo mi compañero, gracias Presidente, no saben leer bien, pone la persona que son, que fue la directora de operaciones de Ángel Vázquez a Nueva York, y Isabel que es técnico de los Centros a Islandia. Lo pone claramente, por eso digo, léanselo bien porque si lo pone. Esa es la delegación de Centros Turísticos a esos dos viajes. Interviene el Consejero don Benjamín Perdomo Barreto: Lo volveré a leer, pero nosotros no leímos Interviene el Sr. Presidente del Cabildo Insular de Lanzarote: Señor consejero, don Ángel si me deja a mí un minuto se lo agradezco, si me deja a mi el minuto. Interviene el Consejero don Ángel Vázquez Álvarez: Si, si, claro por supuesto. Interviene el Sr. Presidente del Cabildo Insular de Lanzarote: Señor consejero efectivamente a lo mejor no lo entiendo o no sé por dónde va usted. Si alguien quiso hacer las cosas pero de forma diferente fueron ustedes que se gastaron 60.000 € en 20 folios para decirnos a los lanzaroteños que después del COVID cayó el producto interior bruto de la isla como en cualquier otro lado, señor consejero si usted pregunta por mis viajes, pregúntale directamente a la Presidencia del Cabildo. Es verdad que nos tenían acostumbrados, Manuela de Armas se fue a Asia seis y mil y piso euros. Mis viajes son mis viajes y siempre tienen una presentación del trabajo que se ha hecho con una agenda bien definida y por cierto ya le adelanto que voy a seguir yendo a Estados Unidos, en Boston en septiembre y a todas aquellos donde tenga que estar Lanzarote para cambiar el modelo Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 98 de 534 Interviene el Consejero don Benjamín Perdomo Barreto: Lo que le decía en la anterior pregunta Sr. Presidente no ha entendido nada, vamos a volver otra vez a hacer el recorrido. Se crea una empresa hace un año, se va con usted a Nueva York y no sabemos en calidad de qué viaja a Nueva York, que todavía no lo ha respondido, en calidad de qué se va a Nueva York, que no lo sabemos, y en el anterior Pleno no quiso responder. Una empresa que se crea en menos de un año según las noticias que salen en su medio de cabecera Lancelot, dicen que va a redactar los pliegos para una licitación de 1 millón de euros de los Centros Turísticos, de turismo, la Cámara, se le da una subvención a la Cámara de Comercio de 400.000 euros y la Cámara de Comercio nombra a las empresas que quieren que se presente, eso es real, eso lo puede ver cualquiera. Todavía no ha entendido, todavía no ha entendido nada de las preguntas que le estamos haciendo. Claro que nosotros querríamos cambiar el modelo turístico, pero queríamos cambiar el modelo turístico con transparencia, sin ningún género de duda, con transparencia. ACTA DEL PLENO Interviene el Consejero don Ángel Vázquez Álvarez: Se lo confirmo yo. “Al amparo del Reglamento Orgánico de esta Corporación, el grupo Socialista del Cabildo de Lanzarote presenta para su inclusión en el orden del día del próximo pleno, la siguiente PREGUNTA: A la luz de las últimas noticias vertidas en distintos medios de comunicación sobre un supuesto comportamiento irregular del exvicepresidente del Cabildo Jacobo Medina, ¿Qué acciones ha tomado o tiene previsto tomar el Presidente del Cabildo para desmentir tales informaciones o, en su caso, denunciar e impedir esas supuestas irregularidades cometidas por los miembros de su gobierno? Arrecife, a 20 de febrero de 2025. Ariagona González Pérez Portavoz del Grupo Socialista”. El Consejero pregunta: Señor Presidente ha habido bastantes artículos de opinión a nivel de Canarias que están saliendo a la luz pública y que hay periodistas que están hablando de una conducta vamos a dejarlo según los periodistas, una conducta irregular, después de todos esos comentarios y artículos de opinión, el Partido Popular hace un cambio en la Vicepresidencia que a todos nos sorprendió y que evidentemente no hemos tenido respuestas, ni nos han dicho con claridad que es lo que ha sucedido. Entonces nosotros le preguntamos a usted que qué le parecen las afirmaciones que hacen determinados Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Realiza la pregunta en nombre del Grupo Socialista el Consejero don Benjamín Perdomo Barreto Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 99 de 534 Pregunta, a petición del Grupo Socialista sobre un supuesto comportamiento irregular del exvicepresidente Jacobo Medina, qué acciones ha tomado o tiene previsto tomar el Presidente del Cabildo para desmentir tales informaciones o, en su caso, denunciar e impedir esas supuestas irregularidades cometidas por los miembros de su gobierno. (Exp. 2902/2025) ACTA DEL PLENO turístico, porque hay que hacerlo, porque hay que hacerlo, y hay que trabajar con profesionales, modelo turístico, económico, relaciones de turismo sostenible y medio ambiente. Por tanto señor consejero quien me acompañan en el viaje tendrán una justificación, indaguen, porque es verdad que yo doy respuestas desde lo público, cualquier privado que vaya en ese viaje va a tener la deferencia. Y por cierto, si le aconsejo que cada vez que haga intervenciones en los medios de comunicación, le aconsejo, intervenciones en los medios de comunicación de las cifras exactas porque no son, y lo miré, no son 4 millones de euros, pues diga las cifras exactas. Ustedes presentaron un plan estratégico en la anterior, plan de recuperación de turismo en Canarias post COVID, dos años casi 3 millones de euros, de que me están hablando. Por tanto, yo creo que señores de la oposición creo que en este momento hay que cambiar las formas del modus operandi y vayan al grano, o sea no divaguen, vayan al grano, lo que les pido con respecto a las preguntas que se le hace, a mí no, a los propios consejeros. periodistas que dicen que hasta tienen los pelos de la burra, como dicen algunos, entonces qué le parece a usted señor Presidente las informaciones que se están dando a conocer y las informaciones que están saliendo en medios de comunicación a nivel de Canarias sobre el que era el Vicepresidente de este Cabildo y su socio de gobierno por supuesto. Le contesta el Consejero don Jacobo Medina González: Gracias Presidente, muy bueno días a todos. Bueno con respecto a lo que es el proyecto de la carretera de Los Hervideros saben que nosotros en junio cuando llegamos, en junio del 2023 lo primero que hago como consejero responsable del área es preguntar dónde esta el proyecto, no había proyecto, no había absolutamente nada al respecto. ¿Qué hizo este Grupo de Gobierno?, hacer una encomienda a Tragsa para la redacción del proyecto, es verdad, nos hubiese gustado tener el proyecto dos meses antes, pero si es cierto que en ese estudio medioambiental de Tragsa se ha dado como resultado que hay puntos críticos que se suman a los que ya habían anteriormente y por lo tanto por responsabilidad de este consejero que les habla vamos a actuar en los seis puntos críticos que tiene la carretera de Los Hervideros, prueba de ello es pues esos 7 millones de euros que evidentemente puede parecer una cuantía importante, pero también es cierto que la conectividad con el pueblo del Golfo y también el poder transitar los vehículos nuevamente por esa zona es lo que nos ha alentado a que Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 100 de 534 La pregunta formulada por el Consejero don Óscar Manuel Noda González es la siguiente: Gracias ante todo, como bien saben, pues en este febrero se cumplieron 4 años de que se produjo el socavón de la carretera de Los Hervideros, y más me sorprende cuando una vez hecha la pregunta en la Juta de Portavoces para poderla manifestar aquí, de repente sale una nota de prensa diciendo que pues bueno, que ya se tiene de repente, ya se tiene proyecto para arreglar esa carretera. La pregunta iba en ese sentido, en que qué solución se había buscado y sobre todo previsiones para cuándo se puede abrir esa carretera y además con la cifra alarmante de 7 millones de euros. Sinceramente voy a esperar la respuesta, cierto es y agradezco al Consejero de Obras Públicas que me mandó un mensaje para un poco decirme que ya tenían ese proyecto pero si que me sorprende que justo cuando se hace la pregunta en la Juta de Portavoces pues de repente aparece el proyecto para esa solución y bueno, conocer detalles de tiempos, plazos y demás y también quede en poderlo ver de primera mano con el técnico, gracias. ACTA DEL PLENO Pregunta anunciada Junta Portavoces, de conformidad con el articulo 112.2, quinto párrafo, del Reglamento Orgánico del Cabildo (Grupo Mixto-Óscar M.Noda González), sobre la carretera que conecta Janubio con Los Hervideros. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Le contesta el Sr. Presidente del Cabildo Insular de Lanzarote: Pues me parece la misma consideración que las supuestas afirmaciones que salen de su Presidente del Partido Socialista, amigo mío, Ángel Víctor Torres en los dos últimos meses. Me parece suposiciones. Por tanto yo soy muy respetuoso con todo el tipo de informaciones pero cuando no se acreditan lo dejo en suposiciones. Yo creo en la honorabilidad del Consejero de Obras Públicas, creo en su trabajo, creo en su profesionalidad y por tanto yo me parece que son suposiciones y las respeto como respeto las suposiciones que han salido en los dos últimos meses de Ángel Víctor Torres. Intervención de don Yonay Alonso González para trasladar la preocupación de muchos ciudadanos sobre la grave situación de la salud mental en la isla. (Exp. 2299 /2025) Interviene don Yonay Alonso González: Buenos días, mi nombre es Yonay, tengo 21 años, y llevo desde los 15 años cuidando de mi madre, paciente con problemas de salud mental. Depender de un sistema de salud mental colapsado significa, que en lugar de ayudar a los pacientes y familia, muchas veces los abandonan. Sé que el Cabildo de Lanzarote no tiene competencias directas en sanidad, pero sí puede instar al Gobierno de Canarias a actuar. Y eso es lo que hoy vengo a pedirles, que no miren hacia otro lado como han hecho hasta ahora. Cuando un paciente es psiquiátrico llega al hospital en plena crisis, entra por la misma puerta que cualquier otro paciente. No hay un acceso diferenciado, ni un espacio adecuado. Personas con brotes psicótico, o crisis de ansiedad, tienen que compartir sala con personas que detienen fracturas o vómitos. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Interviene el Consejero don Jacobo Medina González: El compromiso de este gobierno es no solo ejecutar esa obra si no abrirla en doble sentido, es un compromiso no solo electoral de los dos grupos que están conformando el gobierno, sino que además usted lo solicitaba como Alcalde, hablar de una alternativa de una vía en estos momentos la descartamos en su totalidad, gracias. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 101 de 534 Interviene el Consejero don Óscar Manuel Noda González: Gracias por las explicaciones consejero pero sinceramente yo creo que, igual que también lo pedí en la legislatura anterior, creo que y además hubo un hecho claro y evidente que no se declaró bien la emergencia y yo sinceramente como se hizo en otras ocasiones en esa zona, una vez declarada emergencia, lo ideal hubiese sido rodar la carretera, y ya luego se le busca una solución más a largo plazo, vamos a decirlo así, para ese posible socavón. Pero cierto es que con los 7 millones mire nosotros como Ayuntamiento hemos presentado ahora infraestructura turística del Gobierno de Canarias, tres proyectos por 9 millones, y son tres proyectos que prácticamente acometen la avenida marítima toda de Playa Blanca, acometen lo que es la carretera desde la iglesia hasta casi la entrada Ciudad Jardín y otro proyecto más. Entiendo que con esos 7 millones porque no le hacen caso al Colegio de Ingenieros y cambian el trazado porque efectivamente ya lo habíamos dicho, habían cuatro zonas más por lo menos que se podían descalzar y pasar lo mismo, vamos a tener algún otro socavón dentro de poco que vuelva a estar otra vez cuatro años más, lo digo para que lo tengan en cuenta. ACTA DEL PLENO sigamos con este proyecto. Por lo tanto tenemos el proyecto, llagaba en el día de ayer, no es casual, no es una relación se causalidad en este caso sino que ha sido pues… no simplemente quería comentarle Presidente disculpe que llegaba en el día de ayer, independientemente de que ustedes hicieran la pregunta, a elevarla a este Pleno, gracias. Cómo es posible que en 2025 sigamos sin comprender que la salud mental necesita un entorno adaptado. Pero lo peor es el trato. La respuesta más común es la sedación, o la sujeción mecánica. Yo mismo he encontrado a mi madre amarrada una camilla, simplemente porque tuvo un episodio de pánico.¿ Esa es la solución qué podemos ofrecer? ¿Eso es lo qué quiere este Grupo de Gobierno?. El otro gran problema, es la falta de un psiquiatra de urgencias presencial 24 horas. Si alguien llega con un infarto, es atendido inmediatamente, pero si es una crisis de salud mental, puede esperar horas o un día entero sin ser visto por un especialista. Y si hablamos de ingreso, la situación es igual de preocupante. La unidad de salud mental del Molina Orosa tiene muy pocas camas. Cuando no hay plazas, los pacientes terminan en una planta del hospital sin televisión, sin actividades, y sin estímulos que favorezcan su recuperación. Y cuando consiguen ingresar, se encuentran con un espacio deteriorado, donde se les quitan todas sus libertades. Cómo podemos permitir que una persona en plena crisis esté en un lugar donde le hunden aún muchísimo más. Lo que pido hoy. Estoy aquí no solo por mi madre, sino por toda la familia que están pasando por lo mismo y no tienen a nadie que les escuche. Porque es triste que para todos los conciertos que están realizando en esta isla busquen el dinero hasta debajo de las piedras, y firmen contratos rápidos. Pero en sanidad y en salud mental, pasen año en sacar proyectos adelante. La gente no quiere conciertos, señores consejeros. La gente quiere soluciones, a los problemas que tenemos, y que nos afectan. Les pido que exijan un acceso diferenciado en urgencia para los pacientes psiquiátricos, un psiquiatra de guardia presencial 24 horas en el Molina Orosa, más plazas en la unidad de salud mental, y condiciones dignas para los pacientes ingresados, una atención psiquiátrica más humana y menos basada en sujeciones y sedaciones. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 De verdad creemos qué la salud mental es menos importante que la salud física. Un cirujano está allí haciendo la guardia 24 horas, pero por qué un psiquiatra no. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 102 de 534 Nada de esto pasaría si el psiquiatra se acerca a urgencias según llega el paciente, y pueda valorarlo al llegar. Cuando se propuso en el Parlamento de Canarias establecer un sistema de donde el psiquiatra de urgencia estuviera 24 horas, lo rechazaron. Así como la subunidad, la cual usted, señor Presidente, votó en contra. Y lo rechazaron todo por colores políticos. El Viceconsejero de Sanidad justificó la decisión diciendo que la urgencia psiquiatra no es una emergencia. ACTA DEL PLENO M i madre ingresó a las cuatro de la tarde y no fue valorada hasta las 2 de la tarde del día siguiente. Durante este tiempo lo único que hicieron fue medicarla, y esperar. Cuando llega el psiquiatra estaba tan sedada, que no podía ni expresarse, y entonces dijeron que todo lo que había ocurrido ayer con mi madre era mentira. No podemos seguir permitiendo que la salud mental sea la gran olvidada, porque la salud mental no puede seguir siendo invisible. Y ustedes en vez de aprobar iniciativa de salud mental, nos mienten con promesas incumplidas y medidas que nunca van a llegar. Dejen de lado los colores políticos, dejen de lado los conciertos, que gente que la gente no necesita tanta fiesta, la gente necesita ayuda y que ayuden a la gente de Lanzarote que es quien los ha puesto ahí, señores consejeros y consejeras. Muchas gracias. Interviene el Consejero don Óscar Manuel Noda González: Muchas gracias Presidente, buenos días a todos y a todas los presentes, y los que nos escuchan a través de las redes. Interviene el Consejero don Óscar Domingo Pérez Pérez: Yonay darte la enhorabuena en principio. Bueno, en primer lugar buenos días, y darte la enhorabuena por esta idea, bueno no idea, sino lógicamente una necesidad más que una idea. Entiendo que este tipo de enfermedades, y sobre todo con el tema de la salud, y sobre todo cuando afecta más a familiares, pues es donde realmente donde más se viven las situaciones. Pero creo que lo has transmitido muy bien, no solo por lo que te ha pasado a tí, sino por lo que le suele pasar a la gran mayoría de los habitantes de esta isla. Y es verdad, esta es una proposición que tiene que estar en manos del Gobierno de Canarias, quien tenga que ser, y apoyar ,y lógicamente desde el Cabildo proponer. Y que por supuesto esto no es un tema para discutir, hablamos de salud, hablamos de familia, hablamos de mejorar la vida social en esta isla. Y por lo tanto desde VOX tienes mi mayor apoyo. Enhorabuena por la propuesta, que sigas en ello por supuesto. Que sigas luchando para conseguir todo esto, y que nosotros estemos aquí para poder verlo y apoyarlo, y hacer un seguimiento real hasta que al final del Gobierno de Canarias pueda hacer esto una realidad para Lanzarote. Gracias, te lo vuelvo a decir, y desde VOX tienes todo nuestro apoyo. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 103 de 534 Y por supuesto, por la parte que me corresponde como consejero y como alcalde, en este caso de Yaiza, por supuesto mi mano tendida a buscar los recursos necesarios para sanidad, bienestar social, que creo que por ahí es donde en el fondo dignificamos a las personas que los necesitan, y que debemos estar todos como bien dices, sin mirar colores políticos. Gracias. ACTA DEL PLENO Tuve la oportunidad de estar en el CIRPAC y se habló sobre todo de el tema de la salud mental, que aquí falta antes desde infraestructura hasta profesionales. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Yonay pues simplemente valorar y respetar desde lo más profundo de la admiración, por la dedicación en cuidar, y sobre todo una madre. Y efectivamente yo creo, que hay síntomas más que evidentes que en sanidad nos falta mucho por hacer, eso está más que claro. Desde el Partido Socialista vamos a apoyar cualquier iniciativa que implique la mejora de la prevención, de la atención, y de la intervención, en personas que sufran problemas y trastornos de salud mental. Quiero reconocer en primer lugar, tu valentía Yonay, en primer lugar, el que pongas y visibilice un asunto tan delicado, y que desgraciadamente durante tantísima década y años, el problema de la salud mental era un problema, vamos a decir más privado, y hoy afortunadamente se habla de ella, se exige medio, y recursos. Apoyo la iniciativa y sobre todo decirle al Presidente del Cabildo, Diputado Regional, y a todos aquellos que tengamos responsabilidades en cualquier otra Cámara, en el Congreso, en el Senado y en el propio Parlamento de Canarias. La ciudadanía de Lanzarote debe saber y de Canarias, que las competencias en materia sanitaria la tiene exclusivamente la Comunidad Autónoma. Por tanto exigimos que iniciativas como esta, debatidas en el Parlamento de Canarias, sean apoyadas por unanimidad de los grupos Políticos presentes. Muchas gracias Yonay. Interviene el Consejero don Marciano Acuña Betancort: Gracias Presidente, buenos días a todos y a todas, también a los que nos escuchen y ven por los medios telemáticos. En primer lugar pues saludar a Yonay, y reconocerle el valor de presentarse en esta Cámara, en este Pleno del Cabildo de Lanzarote y la Graciosa, para exponer una reivindicación. Una reivindicación de mejora, en algo tan fundamental como es la sanidad, un aspecto básico de nuestra sociedad. Y además porque lo ha sufrido en primera persona, y a nivel familiar. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 104 de 534 No solo afecta a las personas, como las que estamos hablando en este momento, sino también a nuestros jóvenes, a chicos y chicas que han visto deteriorada a su salud mental y que desgraciadamente no tenemos los recursos suficientes. ACTA DEL PLENO Todos recordarán y todas recordarán, que nuestra isla, nunca antes había tenido la asistencia de psicólogos clínicos en los centros de salud. Afortunadamente con un Gobierno progresista, con Pedro Sánchez y Ángel Víctor Torres, se puso por primera vez en la historia, la atención psicológica en prevención y atención de la salud mental. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Interviene la Consejera doña María Dolores Corujo Berriel: Presidente. Muy buenos días a todos y a todas.En primer lugar quiero trasladar, no solo mi felicitación, si no el reconocimiento, respeto y admiración a Yonay, como hijo luchador, que ha visibilizado y que ha luchado durante muchísimo tiempo, por mejorar la salud mental, y la atención a la salud mental, en la isla de Lanzarote. Y especialmente, por la valentía de exponer en este Pleno una realidad tan dolorosa, y que afecta a tanto ciudadanos y ciudadanas de nuestra tierra Quiero poner, en primer lugar, el valor de las acciones que se han puesto y se ha llevado a cabo por parte del Gobierno de España, y que incide directamente, directamente, en nuestra Comunidad Autónoma, y evidentemente nuestra isla. Se aprobó un plan de acción de salud mental 2022-2024, la Comunidad Autónoma de Canarias, y por tanto Lanzarote ha recibido más de 100 millones de euros. Entonces mis primaras palabras de reconocimiento, y de solidaridad, como sabes que desde que conocí tu caso, pues nos interesamos por él, e intentamos también dar una respuesta al caso en particular. Y en ese empeño estamos. Interviene el señor Presidente del Cabildo don Oswaldo Betancort García: Yonay efectivamente, como bien dijiste tu en tu primer inicio de tu intervención, independientemente del ámbito competencial, yo creo que efectivamente hablas de dos realidades. Una personal, el caso de tu madre, me gustaría saber si hay alguna reclamación presentada en el hospital conforme al trato que que nos ha narrado. Y si es así me gustaría pues tener conocimiento de ella, y lógicamente intentar ayudarte, siempre con el debido respeto a la protección de datos, pero sí un poco si hay una reclamación patrimonial, perdón una reclamación en el propio hospital sí me gustaría conocerla. Y lo segundo, es una realidad insular, una realidad insular que hace 20 meses era diferente a la de ahora, pero es verdad que como decía la portavoz del Partido Socialista, en sanidad todo es poco y tenemos que tener una unión política, en sanidad, en educación, pero sobre todo en sanidad que es lo que nos trata. Hace 20 meses había 9 psiquiatras en Lanzarote, ahora hay 13, y hay que seguir poniendo. Durante estos 20 meses hemos atendido 24.000 consultas, los datos hablan por sí solo. Hay una realidad que hay que empezar a tratar, por tanto yo en este momento también felicito a todos los profesionales que están en esa unidad, porque la carga de trabajo, la presión de trabajo, lógicamente la tienen encima de la mesa hemos Hemos solicitado la ampliación de esa unidad, en un proyecto que se está redactando para reformar y ampliar esa unidad. Y también me comentan que en la zona de las nuevas consultas va a haber dos destinada a esta unidad. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 105 de 534 Pero reconozco esta necesidad de mejora, y esta aportación tuya pues también viene afianzar el rumbo que debe tener ese recorrido de mejoras en salud mental en la isla de Lanzarote. Muchas gracias ACTA DEL PLENO Como bien se ha dicho, las competencias están en otra administración, pero yo lo que sí planteo y pongo sobre la mesa es que todos, y todas las personas que estamos con con responsabilidades públicas, allá donde estemos debemos luchar para que mejoren las cosas. Y luchar para que mejore las cosas es demostrarlo con hechos tangibles. En el tema de salud mental, por dónde deben ir las mejoras en salud mental. Me consta que se están diseñando esas mejoras fundamentalmente, pero nosotros aquí en el Cabildo, si hemos hecho el primer plan de prevención de la salud mental especialmente en jóvenes, con una dotación de 300.000 euros al colegio de psicólogos, que lo hemos hablado, y te he explicado un poquito como lo estamos haciendo. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Aquí tenemos dos cuestiones, o llevarlo al debate de riña política y de confrontación, es una opción, o la otra reconocer que debemos hacer mejoras en sanidad, en todos los aspectos, y en salud mental de forma destacada. En definitiva lo que te quiero decir, es que como Presidente, me pongo a tu entera disposición en tu caso particular, pero también lógicamente en mi condición de Parlamentario, estamos intentando que Lanzarote reciba esa deuda histórica en servicios sociosanitarios. Creo que hay que seguir aunando esfuerzo, todos por igual, y por tanto felicito tu valentía, felicito tu reivindicación, y sobre todo me pongo a tu entera disposición. Muchísimas gracias. Intervención de la Asociación Asperger Islas Canarias para la lectura del Manifiesto que elabora la Confederación Asperger España. (Exp. 2299/2025) Diligencia: No asistieron a la convocatoria ni al principio ni al final del pleno. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 106 de 534 Formula el RUEGO, el Consejero don Óscar Manuel Noda González: Gracias Presidente, mire con respecto y yo sé que usted es el Presidente de esta sala, yo eso lo respeto y lo he respetado siempre, mi lealtad institucional creo que habla, habla por sí sola y sé que usted cierra los puntos y solamente quería hacer un ruego aclaratorio a esa petición de conformidad del Plan de Modernización Turística, porque que yo sepa en septiembre o en el entorno del Pleno de La Graciosa a mí me llega un WhatsApp del consejero, un WhatsApp, no un escrito formal, no lo voy a poner y yo ya lo hablé con él, no tengo ningún problema por ahí. Luego efectivamente a raíz de todo eso averiguamos, somos novatos en Plan de Modernización Turística, pero ya luego empieza a ver pues bueno pues ciertos runrunes que a lo mejor pues tiene que ver el porqué pueda tener o pasar de 40 % de suelo protegido en el Plan Insular a 60. Y creo que también tiene que ver con ese Plan de Modernización, ya luego llega en diciembre quiero recordar un e-mail del Director General o Director Insular de Política Territorial, y cuando viene a llegar un escrito formal entiendo por sede electrónica, que ya les comunicamos que hay veces que nos comunican mal las cosas, no puede ir a mi persona tiene que ir a la alcaldía, es cuando ya hace… es el documento que yo entiendo formal y ya es en plan ultimátum, o me respondes en cinco días, cuando ya al Gobierno de Canarias también para puntualizar y hablamos de todo, lo manifestamos desde octubre si no recuerdo mal o noviembre, manifestamos la voluntad de que Yaiza quiere un Plan de Modernización Turística, yo he sido el primero que lo ha defendido, pero si es verdad que también pido lealtad en cuanto a las reuniones que se tengan que tener y lo dije en la primera reunión que hubo precisamente en Presidencia. Entonces por ahí es por donde pido que se hagan esas reuniones y se mantenga, y usted dice que puede ser una herramienta alternativa a si cae el Plan General, es alternativa pero no sustituye al Plan General, no lo sustituye. ¿Qué pasa?, que si probablemente ciertas zonas se puedan consolidar, pero no se preocupe, estamos ya adjudicando al equipo redactor para poder empezar a hacer, actualizar nuestro Plan General Ordinario y tenga por seguro que haré reuniones con el Cabildo, haré reuniones con todos los sectores pertinentes antes incluso de que esté en exposición pública para que aporten, porque al final creo que eso a la larga nos evitaría impugnaciones, y usted sabe precisamente que en Yaiza la parte urbanística no es fácil, gracias. ACTA DEL PLENO RUEGO del Consejero Óscar Manuel Noda González Interviene el Sr. Presidente del Cabildo Insular de Lanzarote: Bien para puntualizar su ruego efectivamente, cuando la Presidencia tiene conocimiento de que la Alcaldía de Yaiza se dirige al Gobierno de Canarias para solicitar un Plan de Modernización, el Gobierno de Canarias le dice que en ese momento no hay ficha financiera, que se dirija usted al Cabildo que si nos está proponiendo un Plan de Modernización, fue cuando efectivamente mando la providencia de Presidencia solicitando esos cinco días. De todas maneras yo no ando en el pasado señor Consejero - Alcalde yo ando en el futuro, creo que es bueno para la ciudadanía de Playa Blanca y de Costa Teguise que tengan esa herramienta y es verdad que creo que a partir del la participación pública que tiene que tener el Ayuntamiento conjuntamente con los comerciantes hoteleros, se va a abrir muchas iniciativas positivas, por tanto, asumo el ruego, cojo el ruego y yo creo que tenemos un futuro que tenemos que construir de la mano. La segunda cuestión que quería comentarle en este ruego es la siguiente, mire Presidente, míreme por favor, no mienta, no vuelva a mentirle a los Alcaldes y Alcaldesas en el Consorcio Insular de Agua, Inalsa no está en un concurso de acreedores, mírelo aquí, y se lo voy a dar al Secretario de la Corporación, se lo voy a dar para que todo el mundo tenga constancia que el Presidente del Cabildo miente cuando dice que Inalsa está en concurso de acreedores, miente intencionadamente, deliberadamente, colocando a los Alcaldes en una situación de indefensión jurídica sin precedente, el concurso de acreedores de Inalsa lo resolvió esta Presidenta, lo resolvió, luego que usted quiera mandar incidentes en sus guerras que tiene usted con los que fueran sus compañeros de partido, yo en eso no voy a entrar, pero que Inalsa se resolvió el concurso de acreedores con mi Presidencia, sí, en auto firme. Interviene el Sr. Presidente del Cabildo Insular de Lanzarote: Gracias señora María Dolores Corujo, me pide que controle la actividad turística una Alcaldesa que dejó un municipio según un informe del año 19 de este Cabildo con unos datos de vivienda vacacional súper limitado de su posibilidad. Me pide que controle la saturación turística una Expresidenta del Cabildo que no quitó del mercado ninguna vivienda vacacional, no aprobó ningún planeamiento y sobre todo, que en este momento tiene un municipio socialista que nos tienen encima la mesa, un plan de modernización donde hay una parcela en concreto Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 107 de 534 Formula el RUEGO, la Consejera María Dolores Corujo Berriel: Gracias Presidente, bien mientras usted se dedica a hacer turismo oficial, yéndose por el mundo con dinero público, porque eso sí, no lo paga de su bolsillo, me gustaría recordarle que de esos 3 millones y pico de euros que usted ha contratado para que le digan lo que tiene que hacer con la isla de Lanzarote y cuál es su modelo turístico, lo tiene de una forma muy sencilla, no tiene que gastarse nada, si ya tiene el estudio de capacidad de carga donde le dicen que Lanzarote ya no aguanta más, que Lanzarote está turísticamente saturada, pero es que lo de turísticamente saturada lo tienen ustedes en la propia Ley del Parlamento de Canarias, que van a aprobar ahora mismo y que dicen y reconocen que la competencia la tienen los Cabildos para declarar municipio, zona e isla saturada. ACTA DEL PLENO RUEGO de la Consejera María Dolores Corujo Berriel Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 108 de 534 ACTA DEL PLENO DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 que me gustaría saber cuál es la opinión usted de esa convertirla un parking en un hotel por decirlo así. Me pide esta Expresidenta del Cabildo que con dinero público controle mis gastos, una Expresidenta que permitió que dinero público saliera de la puerta del Cabildo hacia fuera. Usted perdió 1,5 millones de euros, perdón usted pagó 1,5 millones de euros al canal gestión sin tener que pagarlo para actualización de precio y eso está ahí. Usted perdió 6 millones de euros de la residencia de mayores y eso está ahí. Usted perdió 5 millones de euros de agua del Convenio Chico y eso está ahí. Usted permitió por no contestar a los escritos que Lanzarote perdiera 14 millones de euros del Plan Regadío. Usted me habla a mí de dinero público María Dolores Corujo, usted tiene una retórica muy fácil, usted procrastina, y ¿Usted de verdad cree que yo miento a los Alcaldes y Alcaldesas en dar la noticia de un servicio jurídico que informa a la Presidencia?, esa es su verdad María Dolores, no, a mí no me de nada, déselo usted a los servicios jurídicos, con esa sonrisa María Dolores no va muy lejos de verdad. Así que de verdad yo informo de lo que me dicen los servicios jurídicos. Por tanto haga usted lo que tenga que hacer que este Grupo Gobierno está liderando todo aquello que usted no hizo. Se levanta la sesión. ÍNDICE DE ANEXOS ACTA PLN/2025/2 A) PARTE RESOLUTIVA 1. Expediente 19968/2024. Acuerdo que proceda, aprobación inicial del Presupuesto del Presupuesto General Consolidado del Cabildo Insular de Lanzarote 2025, la plantilla de personal, bases de ejecución y demás anexos - Anexo 1. Certificado de acuerdo - Anexo 2. Memoria del Presidente Presupuesto 2025 - Anexo 5. Informe Económico-Financiero Presupuesto 2025 - Anexo 6. 05 - Bases de Ejecución 2025 - Anexo 7. 06a - Presupuesto Consolidado (Todos los entes) - Anexo 8. 06b - Presupuesto Consolidado (TRLHL) - Anexo 9. 07a- Presupuesto de ingresos 2025 ACTA DEL PLENO - Anexo 4. CONTROL FINANCIERO 2025-0026 [Informe de Intervención Estabilidad presupuestaria y nivel deuda del Presupuesto General 2025] Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 - Anexo 3. CONTROL FINANCIERO 2025-0027 [Informe de Intervención del Presupuesto General del 2025] - Anexo 11. 08 - Anexo - Inversiones ejercicio por Proyecto FA - Anexo 12. 08 - Anexo - Inversiones ejercicio por Proyecto FA - Anexo 13. 09 - Anexo - Inversiones plurianuales (4) por Proyecto - Anexo 14. 10a -INFORME CAPITULO I PRESUPUESTO 2025 - Anexo 15. 10b - ANEXO PERSONAL PRESUPUESTO 2025 - Anexo 16. 10c - CONTABILIDAD - 2025 - 10-02-2025. - Anexo 17. 10d - CERTIFICADO MGN 12-02-2025 - Anexo 18. 10e Plantilla de personal 2025 - Anexo 19. 11 - Previsión Estado Deuda Cabildo de Lanzarote - Anexo 20. 12a - Relación de Transferencias Sub y Aport ejercicio Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 109 de 534 - Anexo 10. 07b Presupuesto de Gastos 2025 - Anexo 21. 12b - Relación de Líneas de actuación PES - Anexo 22. 13 Liquidación ejercicio 2023 - Anexo 23. 14 Avance liquidación ejercicio 2024 - Anexo 24. 15 Transferencias_Ley_2025_Lanzarote_Consolidado - Anexo 25. 16 Anexo Beneficios fiscales 2025 - Anexo 26. 17 Anexo de Convenios gasto social suscritos con Comunidad Autónoma B) ASUNTOS QUE SE DECLAREN DE URGENCIA Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 110 de 534 ACTA DEL PLENO C) ACTIVIDAD DE CONTROL Anexo 1 CERTIFICADO EXPEDIENTE Nº ÓRGANO COLEGIADO FECHA DE LA SESIÓN 19968/2024 Consejo de Gobierno Insular 13/02/2025 CONSEJERO/A-SECRETARIO/A DEL CONSEJO DE GOBIERNO INSULAR, CERTIFICA: Que en la sesión celebrada en la fecha arriba indicada se adoptó el siguiente acuerdo: HECHOS Y FUNDAMENTOS DE DERECHO De conformidad con el artículo 168 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, formado el Presupuesto General por el Presidente según lo previsto en los artículos 164 a 167 del citado texto, con la siguiente documentación: Memoria explicativa de su contenido y de las principales modificaciones que presente en relación con el vigente. Bases de Ejecución del Presupuesto General Estados de Ingresos y Gastos Liquidación del presupuesto del ejercicio anterior y avance de la del corriente, referida, al menos, a seis meses del ejercicio corriente. Anexo de personal de la Entidad Local. Anexo de las inversiones a realizar en el ejercicio y plurianuales. Anexo de Personal y Plantilla Anexo de beneficios fiscales en tributos locales conteniendo información detallada de los beneficios fiscales y su incidencia en los ingresos de cada Entidad Local. Anexo de Transferencias y aportaciones y Modificaciones del Plan Estratégico de subvenciones 2025 ACTA DEL PLENO Tipo de votación: Unanimidad/Asentimiento Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 111 1 de 534 Favorable Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 EXPEDIENTE 19968/2024. PROPUESTA DE APROBACIÓN INICIAL DEL PROYECTO DE PRESUPUESTO DEL EJERCICIO 2025. Anexo 1 Anexo con información relativa a los convenios suscritos con las Comunidades Autónomas en materia de gasto social. Presupuesto del O.A. Consejo Insular de Aguas. Presupuesto del O.A. Insular de Gestión de Tributos Previsiones de EPEL Centros de Arte, Cultura y Turismo Previsiones de la Sociedad de Promoción Exterior de Lanzarote, S.A. Presupuesto del Consorcio de Emergencias, Salvamento, protección y extinción de Incendios. Tal y como dispone el artículo 16 apartado 1 y apartado 2 del Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades Locales, se incluye informe de la Intervención sobre el cumplimiento del objetivo de estabilidad de la propia Entidad Local y de sus organismos y entidades dependientes. Según lo previsto en el artículo 146.1.b) del Reglamento Orgánico del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote, corresponde al Consejo de Gobierno Insular la aprobación del proyecto de presupuesto. Vista la propuesta de resolución PR/2025/1184 de 12 de febrero de 2025. RESOLUCIÓN El Consejo de Gobierno Insular, en votación ordinaria y por unanimidad, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo: 1º. - Aprobación del techo de gasto consolidado fijado en 173.903.606,52 € para el ejercicio 2025. 2º. - Aprobación inicial del Presupuesto General del Cabildo de Lanzarote para el ejercicio económico 2025, junto con sus Bases de ejecución y documentos anexos, cuyo resumen por capítulos se incluye en el expediente. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 112 de 534 Informe de la Intervención conforme a lo previsto en el artículo 168.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de La Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL) y el 18.4 del Real Decreto 500/1900, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo Primero del Título Sexto de la citada Ley. ACTA DEL PLENO Informe económico-financiero. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Presupuesto del Consorcio Insular de Abastecimiento de Agua. Anexo 1 3º. - Aprobación inicial de la plantilla de Empleados Públicos para el ejercicio 2025, comprensiva de todos los puestos de trabajo reservados a funcionarios, personal laboral y personal eventual. 4º.- La aprobación de las anualidades y porcentajes incluidos en el Plan de Inversiones Plurianual previstas en el Proyecto de Presupuesto General para 2025. 5º.- Aprobación de la modificación del Plan estratégico de Subvenciones para el ejercicio 2025, conforme a lo previsto en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, comprensivo de los objetivos y efectos que se pretenden. RECURSOS/ALEGACIONES Y para que conste, a reserva de los términos definitivos en que quede redactada el Acta en el momento de su aprobación, de conformidad con lo establecido en el artículo 206 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se expide la presente certificación de orden y con el visto bueno del Excmo. Sr. Presidente. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 8º.- Considerar elevados a definitivos estos acuerdos en el caso de que no se presente ninguna reclamación. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 113 de 534 7º.- Exponer al público el Presupuesto General para el 2025, las Bases de Ejecución y plantilla de personal aprobados, por plazo de quince días, mediante anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas y tablón de anuncios del Cabildo, a efectos de presentación de reclamaciones por los interesados. ACTA DEL PLENO 6º.- A tenor de lo previsto en el artículo 21.6 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, las modificaciones efectuadas sobre el presupuesto prorrogado, si las hubiera, se entenderán hechas sobre el Presupuesto definitivo. Anexo 2 CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Presidencia MEMORIA DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL CABILDO DE LANZAROTE DEL EJERCICIO 2025 ACTA DEL PLENO En primer lugar, hay que tener en cuenta que el contexto económico en el que se elabora este presupuesto pues afecta a la evolución de nuestra economía insular dependiente en gran medida del sector turístico. Por ello hay que tener en cuenta que las perspectivas económicas siguen siendo inciertas para este ejercicio 2025, que sigue afectado por los conflictos bélicos que se desarrollan en Ucrania y en Oriente Medio), reflejado en las perspectivas del Fondo Monetario Internacional proyecta que el crecimiento mundial se estabilice en un 3,3% en 2025 y 2026 y que la inflación se reduzca a ritmo constante, del 4,2% en 2025 y al 3,5% en 2026 (este pronóstico prevé que el alza de la economía de EEUU neutralice el pronóstico a la baja en otras de las principales economías). Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 114 1 de 534 En lo que respecta a la economía europea para el 2025, ésta se enfrenta a un panorama mixto, con varios factores que influirán en su crecimiento y estabilidad, donde entre las principales perspectivas económicas para la región podemos destacar: Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 El artículo 168.1a de la Ley de Haciendas Locales, prevé que al Presupuesto se incorpore una Memoria explicativa de su contenido y de las principales modificaciones en relación con el vigente, expresándose en los mismos términos el artículo 18.1.a del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, que desarrolla la Ley de Haciendas Locales en materia de Presupuestos. 1. Crecimiento Económico: Se espera que la economía de la eurozona crezca un 1,2% en 2025. Este crecimiento moderado contrasta con las perspectiva de crecimiento a nivel mundial. Los retos estructurales y externos, como la incertidumbre de la política comercial y el debilitamiento de la economía china, seguirán afectando el crecimiento(1). 2. Inflación: La inflación en la eurozona se prevé que se estabilice en torno al 2% en 2025, apoyada por la bajada de los precios de los servicios y la relajación de las presiones sobre los costes. La desinflación permitirá al Banco Central Europeo (BCE) reducir los tipos de interés oficiales, lo que contribuirá a estimular el gasto en inversión y el mercado inmobiliario(1). 3. Tensiones Geopolíticas: Las tensiones geopolíticas, como la agresión de Rusia contra Ucrania, seguirán teniendo un impacto significativo en la economía europea. Estas tensiones podrían socavar el avance hacia los objetivos de desarrollo y crear volatilidad económica(2). 4. Volatilidad Económica: La economía europea se enfrenta a una situación de incertidumbre económica marcada por aranceles y tensiones comerciales. Los retos estructurales, como el cambio demográfico y el declive industrial en Alemania, también ilustran dificultades más profundas que probablemente no se resolverán rápidamente(2). 1 Anexo 2 CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Presidencia ACTA DEL PLENO En resumen, la economía europea en 2025 se enfrenta a un crecimiento moderado y a varios desafíos estructurales y geopolíticos. Las inversiones estratégicas y las políticas adecuadas serán clave para mantener la estabilidad y fomentar el crecimiento sostenible en la región. Fuentes:    (1) Proyecciones macroeconómicas - European Central Bank (2) Previsiones económicas y supervisión - Comisión Europea (3) Previsiones: 10 a 23 de febrero de 2025 - Consilium En lo que se refiere a la economía española para 2025, ésta se enfrenta a un panorama de crecimiento moderado y desafíos estructurales, donde resumiendo las principales perspectivas económicas para el país encontramos: Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 115 de 534 1. Crecimiento del PIB: Se espera que el Producto Interior Bruto (PIB) de España crezca un 2,1% en 2025, impulsado por la demanda interna y el sector exterior.(1) 2. Inflación: La inflación se prevé que se modere, situándose en torno al 3,0% en 2025, gracias a la estabilización de los precios de la energía y los alimentos.(1) 3. Mercado Laboral: El empleo continuará creciendo, aunque a un ritmo más lento. Se espera que la tasa de desempleo se reduzca al 12,0%, el nivel más bajo desde 2008.(2) 4. Sector Exterior: Las exportaciones seguirán siendo un motor clave del crecimiento, con un aumento previsto del 4,5% en 2025, impulsado por la recuperación de los mercados internacionales.(2) 5. Inversión: La inversión en infraestructuras y tecnología se mantendrá robusta, apoyada por los fondos Next Generation EU, que seguirán impulsando proyectos clave en el país.(2) 6. Déficit Público: Se espera que el déficit público se reduzca al 3,5% del PIB en 2025, gracias a las medidas de consolidación fiscal y al crecimiento económico.(2) 7. Deuda Pública: La deuda pública se mantendrá elevada, aunque se espera una ligera reducción, situándose en torno al 115% del PIB.(2) 8. Riesgos: Los principales riesgos para la economía española incluyen la persistencia de la inflación, las tensiones geopolíticas y la incertidumbre en los mercados financieros.(3) Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 5. Política Monetaria: Es probable que el BCE siga suavizando la política monetaria para apoyar el crecimiento económico. Se espera que los tipos de interés se reduzcan en 150 puntos básicos acumulativos hasta finales de 2025. Sin embargo, esto podría no ser suficiente para solucionar los problemas a largo plazo(1). 6. Inversiones en Infraestructuras y Economía Verde: Las inversiones en infraestructuras, educación y formación serán fundamentales para impulsar el crecimiento a largo plazo y mejorar la competitividad de la región. Además, la economía verde y la mayor integración de los mercados de trabajo y de capitales serán motores fundamentales para el crecimiento futuro(3). Por tanto, podemos ver como la economía española en 2025 se enfrenta a un crecimiento moderado y a varios desafíos estructurales, donde las inversiones estratégicas 2 Anexo 2 CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Presidencia y las políticas adecuadas serán clave para mantener la estabilidad y fomentar el crecimiento sostenible en el país. Fuentes: (1) Actualización de Previsiones Macroeconómicas y Fiscales 2024-2025 - Reino de España (2) Perspectivas de la Economía Española en Clave Sectorial 2024-2025 - CaixaBank Research (3) Principales Aspectos que Condicionan las Perspectivas Macroeconómicas para 2025 - Banco de España ACTA DEL PLENO Por tanto, el Presupuesto General del Cabildo de Lanzarote del ejercicio 2025 es un Presupuesto condicionado por la evolución de la economía internacional en la medida que el turismo sigue teniendo un peso significativo en el PIB de Canarias (en torno al 35,5 % en ejercicios previos a 2019) y que tiene que seguir orientándose a resolver los problemas de fondo que tienen Lanzarote y La Graciosa, dinamizando la economía a la vez que se trata de proteger los Derechos Sociales de los ciudadanos en armonía con la protección del Medio Ambiente. El Presupuesto del Cabildo en sentido estricto para el ejercicio 2025 supone un importe de 209.141.960,60 euros en gastos y en ingresos, lo que representa un 10,47 % más de ingresos y gastos. Su explicación se recoge en el apartado de ingresos de la presente Memoria. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 116 de 534 El Presupuesto Consolidado ajustado de todos los entes, para 2025, una vez añadidos los OOAA, Consorcios y Entidad Pública Empresarial, asciende a 275.965.228,71 euros en ingresos y 268.351.989,56 euros en gastos, lo que supone un incremento porcentual de un 10,10 % respecto a 2024 (en presupuesto de gastos) La razón de la existencia de superávit en el presupuesto consolidado estriba en que el presupuesto de las entidades EPEL CACTs, Eólicas Lanzarote, Inalsa y SPEL, presentan superávit en sus cuentas al aprobarse las mismas con previsión de beneficios así como del importe de las amortizaciones de inmovilizado de las entidades con contabilidad empresarial por no corresponder a un gasto presupuestario. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025    El presupuesto no financiero consolidado para el ejercicio 2025 se sitúa en 274.892.026,71 euros en ingresos y 265.014.081,11 euros en gastos (diferencia explicada en el párrafo anterior). El Presupuesto del Cabildo de Lanzarote 2025 consolidado en términos de estabilidad presupuestaria cumple los requisitos exigidos por la normativa vigente teniendo en cuenta la reciente entrada en vigor de las reglas fiscales (estabilidad presupuestaria y regla del gasto), a la que se aludía anteriormente. Además, el Presupuesto respeta también los niveles de deuda viva legalmente establecidos y presenta ahorro neto positivo. Por otra parte hay que señalar que si bien no se recoge ninguna operación financiera en el presupuesto que se presenta, no se descarta la posibilidad de recurrir al endeudamiento para financiar aquellas inversiones que se consideren vitales una vez se cuente con los proyectos redactados y con todos los informes necesarios para su tramitación, todo ello en función de la aplicación de las reglas fiscales y de las posibilidades que se determinen para la utilización del remanente de tesorería. El presupuesto presentado se caracteriza por ser un presupuesto realista y equilibrado, adaptado a una previsión de ingresos prudente y coherente con la capacidad 3 Anexo 2 CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Presidencia de gasto de la Corporación. ACTA DEL PLENO Destacar también en los ingresos el importe correspondiente al Fondo Complementario de Financiación que se incrementa en 3.349.358,07 €, aunque en este caso la menor liquidación del mismo correspondiente al ejercicio 2023 la amortigua; hay que tener en cuenta que la liquidación de 2022 que se recogía en el presupuesto de 2024 se podía considerar excepcional. En general junto con la mejora de Competencias Transferidas, así como resto de conceptos de transferencias corrientes se produce en este capítulo un incremento de 2.111.706,35 €. Por otro lado, la lenta bajada de los tipos de interés y la aplicación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del canon de la EPEL por explotación de los CACT permite incorporar en el presente presupuesto 2.985.545,94 € en el capítulo de ingresos patrimoniales. El Presupuesto de ingresos de Cabildo para el ejercicio 2025 comparativo con 2024 es el siguiente: Capítulo1 Impuestos directos 2.313.185,88 2024 1,11% 2.317.504,80 Diferencia 1,22% -4.318,92 -0,19% Capítulo2 Impuestos indirectos 87.721.139,57 41,94% 85.074.540,00 44,94% Capítulo3 Tasas, precios públicos y otros 11.551.286,70 10.901.085,88 Capítulo4 Transferencias corrientes 70.362.867,44 33,64% Capítulo5 Ingresos patrimoniales Operaciones Corrientes Capítulo6 Enajenación de inversiones reales Capítulo7 Transferencias de capital Operaciones de Capital Operaciones No Financieras Capítulo8 Activos financieros Capítulo9 Pasivos financieros Operaciones Financieras Totales 6.962.796,23 5,52% 3,33% 178.911.275,82 85,55% 0,00 2.646.599,57 3,11% 5,76% 650.200,82 5,96% 68.084.661,09 35,96% 2.278.206,35 3,35% 3.977.250,29 2,10% 170.355.042,06 89,98% 2.985.545,94 75,07% 8.556.233,76 5,02% - 0,00% 0,00 0,00% 0,00 29.350.482,78 14,03% 18.195.535,78 9,61% 11.154.947,00 61,31% 29.350.482,78 14,03% 18.195.535,78 9,61% 11.154.947,00 61,31% 188.550.577,84 99,59% 19.711.180,76 10,45% 208.261.758,60 99,58% 320.202,00 0,15% 320.202,00 0,17% 0 0,00% 560.000,00 0,27% 450.000,00 0,24% 110.000,00 24,44% 880.202,00 0,42% 770.202,00 0,41% 110.000,00 14,28% 209.141.960,60 189.320.779,84 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 117 de 534 2025 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 El incremento de los ingresos se debe fundamentalmente a la recuperación del Bloque de Financiación cuya variación en la estimación de las entregas a cuenta asciende a 5.689.669,47 € respecto a 2024, si bien la menor liquidación del ejercicio 2024 respecto a 2023 (3.058.874,89 €) amortigua la mejora de la recaudación mencionada. No obstante, la mejora en términos globales en el capítulo de impuestos indirectos asciende a 2.646.599,27 €. 19.821.180,76 10,47% En el cuadro se puede comprobar como el total de operaciones no financieras en el estado de ingresos para 2025 asciende a 209.141.960,60 €, un 10,47% superior al ejercicio anterior. En cuanto al Presupuesto de gastos para 2025 el detalle por capítulos es el siguiente: 4 Anexo 2 CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Presidencia Diferencia Capítulo1 Gastos de personal 46.700.000,00 22,33% 43.555.000,00 23,01% 3.145.000,00 Capítulo2 Gastos corrientes en bienes y 75.948.191,45 36,31% 69.843.881,20 36,89% Capítulo3 Gastos financieros Capítulo4 Transferencias corrientes Operaciones Corrientes Capítulo6 Inversiones reales Capítulo7 Transferencias de capital Operaciones de Capital Capítulo5 Fondo de Contingencia y Otros Operaciones No Financieras 7,22% 6.104.310,25 8,74% 0,95% -1.736,20 -0,10% 25.935.544,39 12,40% 25.518.631,90 13,48% 416.912,49 1,63% 150.383.735,84 71,91% 140.719.249,30 74,33% 9.664.486,54 6,87% 36.062.141,98 19,05% 15.338.356,82 42,53% 1.800.000,00 0,86% 51.400.498,80 24,58% 2.619.897,85 1,25% 54.020.396,65 25,83% 2.042.364,11 0,98% 206.446.496,60 98,71% 1.801.736,20 8.929.390,51 4,72% 44.991.532,49 23,76% -6.309.492,66 -70,66% 9.028.864,16 20,07% -32.381,94 -1,56% 187.785.527,84 99,19% 18.660.968,76 9,94% 2.074.746,05 1,10% Capítulo8 Activos financieros 320.202,00 0,15% 320.202,00 0,17% 0,00 0,00% Capítulo9 Pasivos financieros 2.375.262,00 1,14% 1.215.050,00 0,64% 1.160.212,00 95,49% 2.695.464,00 1,29% 1.535.252,00 0,81% 1.160.212,00 75,57% 19.821.180,76 10,47% Operaciones Financieras Totales 209.141.960,60 189.320.779,84 El total de operaciones no financieras en el presupuesto de gastos para el ejercicio 2025 asciende a 206.446.496,65 €, un 9,94% mayor que el ejercicio anterior. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 118 de 534 En términos generales se hace un esfuerzo por mantener la inversión pública sin descartarse acudir a la financiación mediante préstamos de obras que se consideren necesarias para el buen funcionamiento de los servicios públicos (como por ejemplo en infraestructuras destinadas a mitigar el problema del agua, construcción de residencia de alto requerimiento en Tahiche, adquisición de edificios destinados a centros de atención a personas dependientes, construcción de mayores, construcción de planta de compostaje en el complejo ambiental de Zonzamas) como ya se mencionó anteriormente. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 2024 ACTA DEL PLENO 2025 Sigue siendo un presupuesto que apuesta por las Actuaciones de Protección y Promoción social con un incremento del 31,88% (15.947.980,931 €) respecto a 2024 y un peso de 31,57 % sobre el total del presupuesto. Además, se consignan los créditos necesarios para el buen funcionamiento de los servicios públicos tanto en lo referente a los capítulos 1 y 2 para mediante planes de empleo temporal, que permitan contratar empleados públicos, dar impulso a los proyectos y planes que este grupo de gobierno y su Presidente pretende acometer a lo largo de la legislatura. Por destacar algunas entre las acciones que se recogen en el presupuesto para el ejercicio 2025: Se sigue apostando por el Empleo con acciones encaminadas al fomento del empleo, tanto en su vertiente de autoempleo como por cuenta ajena, apoyando la creación de nuevos proyectos empresariales, así como programas generadores de empleo que favorezcan la empleabilidad, la innovación y la formación para el empleo. El incremento asciende en transferencias corrientes a un 14,75% respecto al ejercicio anterior. En materia de Bienestar Social se consignan las cuantías necesarias para cumplir con los compromisos adquiridos en cuanto a la igualdad de oportunidades en todas sus 5 Anexo 2 CABILDO INSULAR DE LANZAROTE ACTA DEL PLENO vertientes y la protección y puesta en valor de nuestros ciudadanos apostando por nuevos proyectos destinados a la Prevención y Promoción de la Salud Mental dirigido principalmente a los jóvenes dada la alta incidencia de las enfermedades mentales y la importancia y urgencia de implementar acciones para mitigar sus efectos en nuestra juventud. También se continúa el trabajo iniciado en la Inclusión mediante actividades inclusivas que se implantan de forma transversal, para ello se trabaja fomentando la coordinación con las distintas Áreas de este Cabildo para que se implante en los actos culturales, de ocio, deportivos, administrativos… que desde esta administración pública se realizan, con el objeto de poner de manifiesto el firme compromiso de apostar por unas islas más inclusivas. Así mismo, se continúa con las actividades terapéuticas en el medio acuático (piscina terapéutica) en un proyecto destinado a personas que precisan de ejercicios con carácter rehabilitador. Sin olvidar a nuestros mayores, a quienes se destina un proyecto de carácter insular denominado +VITAL, cuyo objetivo es mejorar el bienestar y la calidad de vida de nuestros mayores, con especial atención a la promoción de las actividades físicas, nutrición saludable, enriquecimiento social y estimulación mental mediante la generación de nuevas opciones y oportunidades. También se incluye en Dependencia los créditos necesarios para la construcción de la residencia de alto requerimiento que se adjudicó en el ejercicio 2024. Así mismo, también se incluyen créditos para la adquisición de inmuebles destinados a este sector. El presupuesto se ha incrementado globalmente en este caso en un 32,71%, esto es, 14.682.282,03 euros respecto al ejercicio anterior representando el 28,50 % del total del presupuesto. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 119 de 534 En Educación se sigue apostando por nuestros jóvenes estudiantes mediante la convocatoria de ayudas al estudio y el apoyo a entidades que desarrollan programas formativos, así como a proyectos de centros educativos y Ampas contribuyendo a la financiación de los gastos derivados de esta actividad originados por alumnos matriculados en estudios oficiales. Se continúa con proyectos como la muestra de Salidas Profesionales, Planéate, para que nuestros jóvenes tomen contacto con la oferta formativa disponible una vez terminada la educación obligatoria. Se incorporan los créditos necesarios para la cobertura a todas estas ayudas incrementándose el total de créditos en educación en un 24,26 %. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Presidencia La Cultura puede actuar como palanca de transformación económica y social, que mejore la calidad de vida de las personas, por ello la promoción cultural se articula como un elemento imprescindible para conseguir este objetivo, se ajustan los créditos destinados para este ejercicio respecto al ejercicio 2024. Los recursos destinados a la Cultura ascienden a 6.179.402,30 €. Los Deportes también forman parte de la reactivación social y económica de Lanzarote y La Graciosa, por ello la programación de actuaciones en colaboración con los Ayuntamientos de la Isla, así como la colaboración público-privada permitirán contribuir también en aspectos tan importantes como la salud, l calidad de vida y la integración social de la ciudadanía de Lanzarote y La Graciosa, por todo ello también se ha hecho un esfuerzo significativo en esta área respecto al ejercicio 2024. Los créditos totales destinados al Deporte crecen en 1.827.039,24 euros, esto es un 28,24% respecto a 2024. Siendo importante la atención directa a nuestros ciudadanos no se puede dejar de actuar en otras necesidades como pueden ser Residuos, donde se incrementan los créditos 6 Anexo 2 CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Presidencia ACTA DEL PLENO También se dota de los créditos necesarios en Ordenación del Territorio para seguir trabajando en la elaboración de los instrumentos de planeamiento tan necesarios para garantizar la sostenibilidad y el desarrollo equilibrado de nuestra isla en consonancia con la protección del medio ambiente y la conservación del patrimonio cultural. En concreto se pretende trabajar en el “PE del Paisaje Protegido de La Geria”, “PORN de Los Volcanes”, “PRUG de Los Volcanes”, “PRUG del Archipiélago Chinijo”, el “Plan Insular y Proyecto de Interés Insular Palacio de Congresos”, todo ello teniendo en cuenta la necesidad del carácter plurianual en la elaboración de los mismos. Para ello se ha dotado el presupuesto que garantice su consecución, creciendo un 66,10%. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 120 de 534 Desde Obras Públicas se continúa en la línea de la mejora de las carreteras de la isla y la ejecución de obras ya sea mediante mediante financiación con cargo a los Fondos de Desarrollo de Canarias (FDCAN) como de otros fondos procedentes del Gobierno de Canarias o del Estado (Fondos Europeos), apoyando a los Ayuntamientos de la Isla en la ejecución de obras de interés para la consecución de los objetivos de la administración insular y municipal ya sea financiado mediante subvención y ejecutando directamente por este Cabildo. Para ello se está trabajando en la presentación de un proyecto financiado con fondos europeos por importe de 20.000.000,00 €, que verá la luz en este ejercicio 2025. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 en virtud de costes derivados del contrato de tratamiento de residuos en el Complejo Ambiental de Zonzamas y se invertirá en este ejercicio para la nueva planta de compostaje ubicada en el mencionado Complejo Ambiental con una inversión de 6.937.360,62 €; o Transporte donde también se sigue dotando de créditos para mantener la bonificación del transporte regular y se trabaja en el mantenimiento y mejora de la Red de paradas de la isla, así como el incentivo a mejorar el transporte y la movilidad mediante convocatoria de subvenciones, se han previsto los créditos necesario para su continuidad incrementándose incluso un 38,14% los créditos destinados al mantenimiento de las infraestructuras de transporte. Con la entrada en vigor de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, que ofrece un marco jurídico básico para la protección, garantía de los derechos y bienestar de los animales de compañía, se hace necesario poner en marcha acciones encaminadas a la difusión y fomento de las implicaciones que de ello se derivan, es por lo que, desde Bienestar Animal, se pretende continuar dicho esfuerzo y para se mantienen los créditos respecto al ejercicio anterior, esto es 200.000,00 euros en el apoyo a los ayuntamiento de la Isla y en 288.000,00 € la ejecución propia desde esta reciente área. Seguir destacando la importancia de sectores como la Artesanía, o el Comercio que también ven como sus créditos se incrementan respecto al ejercicio anterior ante la necesidad de seguir desarrollando programas que fomenten estos sectores tan importantes por un lado porque la artesanía no es solo un sector económico, sino también una expresión de la identidad cultural de nuestro territorio, siendo necesario preservar y transmitir las técnicas y tradiciones de nuestros antepasados. Así como el comercio que como motor de crecimiento también crea empleos y, por tanto, contribuye a reducir la pobreza al aumentar las oportunidades económicas. Crecen estas Áreas en un 37,64% (227.145,39 euros) y un 36,30% (238.000,00 euros) respectivamente Desde Industria y Energía se realizan esfuerzos para, por un lado apoyar al sector productivo mediante eventos que permitan su dinamización y ayuden a las empresas a 7 Anexo 2 CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Presidencia ACTA DEL PLENO Con respecto a Agricultura, Ganadería, Pesca, Caza y Soberanía Alimentaria y Paisaje, hay que mencionar que se continúa el impulso que en general se quiere dar con la intención de mejorar la competitividad del sector agrícola y del desarrollo rural de Lanzarote, así como mejorar las instalaciones de la granja experimental y la ampliación de las estructuras agrarias. Se pretende también fomentar la ganadería y apoyar la viña, teniendo en cuenta además del impacto favorable que ello puede tener en el paisaje, incrementándose las previsiones en su capítulo 2 en 382.240,55 € respecto a 2024 y manteniendo en 700.000,00 euros los créditos en materia de transferencias. En concordancia con las acciones que se desarrollan desde el departamento de Paisaje y Soberanía Alimentaria que pretende fomentar que los proyectos contemplen el paisaje desde una visión integral, que considere tanto los aspectos naturales como los culturales, con una dimensión social vertebradora del bienestar en la relación que se establece entre el ser humano y el medio que habita. Es por ello que se destinan recursos por valor de 511.481,75 euros para este ejercicio, lo que supone un incremento del 37,78% respecto a 2024. En cuanto a la pesca, también se intenta mantener un sector que ha sido vital en la historia de la Lanzarote y la Graciosa, para ello se duplica el presupuesto respecto al ejercicio anterior, destinándose recursos en este caso por importe de 883.141,35 €, lo que supone un incremento del 20,53 € respecto a 2024. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 121 de 534 Todas las obligaciones mencionadas se recogen con detalle en la documentación del presupuesto del Cabildo de Lanzarote y de sus entes dependientes con el desglose correspondiente habida cuenta que la acción del Grupo de Gobierno se desarrolla también a través de sus entes dependientes conformados por Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 buscar nuevos canales de ventas, haciéndolas más competitivas con el objetivo de consolidar el tejido empresarial y que sea más resiliente, y por otro lado, se pretende contribuir en la promoción y divulgación de las energías renovables la eficiencia energética a nivel insular. a) Entes Administrativos  Consejo Insular de Aguas de Lanzarote  Organismo Autónomo Insular de Gestión de Tributos b) Estados de previsión de ingresos y gastos de las Entidades Públicas Empresariales que se detallan:  Entidad Pública Empresarial Centros de Arte Cultura y Turismo c) Estados de previsión de ingresos y gastos de las Sociedades Anónimas que se detallan:  Sociedad de Promoción Exterior de Lanzarote (SPEL) d) Consorcios:  Consorcio de Seguridad, Emergencias, Salvamento, Prevención y Extinción de Incendios de Lanzarote  Consorcio del Agua de Lanzarote consolidado 8 Anexo 2 CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Presidencia vivienda, la distribución del agua o la atención a las personas dependientes y necesitadas, buscando generar las condiciones necesarias para que los ciudadanos de Lanzarote y La Graciosa tengan más oportunidades en un entorno sostenible. Por ello seguimos apostando por proporcionar infraestructuras adecuadas, como transporte, agua y servicios públicos. Además de promover la participación ciudadana y la transparencia en la gestión. ACTA DEL PLENO Finalmente, buscamos mejorar los servicios de salud y promover estilos de vida saludables entre los ciudadanos porque el ciudadano de Lanzarote y La Graciosa está en el centro de nuestros esfuerzos y decisiones. Cada proyecto y cada inversión están diseñados con el objetivo de mejorar su calidad de vida, asegurar su bienestar y garantizar un futuro próspero. Nuestro compromiso no es solo económico, sino también humano y social, donde cada acción busca reflejar el cuidado y la dedicación hacia nuestros ciudadanos. Con este enfoque, seguimos construyendo una Lanzarote y una Graciosa más justos, inclusivos y sostenibles, donde cada ciudadano tenga la oportunidad de crecer y desarrollarse plenamente. EL PRESIDENTE Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 123 1 de 534 Documento firmado electrónicamente Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Con este presupuesto también se pretende impulsar la inclusión social y la igualdad de oportunidades. Apoyar a las empresas locales para atraer inversiones que fortalezcan la economía local; mejorar la calidad de la educación y promover el acceso a oportunidades educativas para todos. 10 Anexo 3 INFORME DE LA INTERVENCIÓN GENERAL AL PROYECTO DE PRESUPUESTO CONSOLIDADO DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Y SUS ENTES DEPENDIENTES DEL EJERCICIO 2025 Examinado el Proyecto de Presupuesto General para el año 2025, y de conformidad con el artículo 168.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL) y conforme al artículo 18.4 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se facultades que me confiere el artículo 4.1g) del Real Decreto 1147/1987 establece la de capital íntegro, a tal fin he de hacer constar lo siguiente: Primero.- La legislación de Régimen Local aplicable a los expedientes de Presupuestos Generales de las Entidades Locales está constituida por el Capítulo I del Título VI del Real Decreto Legislativo 2/2004, el Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, y con carácter supletorio, por la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, por el que se aprueba la Ley General Presupuestaria. La Ley 7/1985, de 2 de abril , Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada recientemente por la Ley 27/2013 de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, Orden HAP 1781/2013, de 20 de septiembre que aprueba la Instrucción del modelo normal de Contabilidad Local, Orden EHA /3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las Entidades Locales, modificada por la 419/2014 de 14 de marzo, sustituyendo así la antigua codificación de partidas, ahora llamadas aplicaciones presupuestarias . La legislación Estatal aplicable al Presupuesto de la Entidad Local es la L.O. 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera y el Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria, y la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.En esta normativa se establece que el Página 1 de 16 Cód. Validación: N Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 124 1 de 534 así como los estados de previsión de ingresos y gastos de las sociedades mercantiles ACTA DEL PLENO obligación legal de que la Intervención General informe del proyecto de Presupuesto Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 desarrolla el Capítulo Primero del Título Sexto de la citada Ley, y en el uso de las Anexo 3 Presupuesto General estará integrado por el presupuesto de la propia entidad y los estados de previsión de gastos e ingresos de las sociedades mercantiles cuyo capital social pertenezca íntegramente a la entidad local. La documentación remitida por la Unidad Central de Presupuestos es la siguiente: · Bases de Ejecución del Presupuesto General · Presupuesto del Cabildo , conteniendo: Estados de Ingresos y Gastos. Informe Económico- Financiero. Estado de la Deuda. Anexo de Personal y Plantilla. Anexo de Inversiones. Anexo de Beneficios Fiscales. Anexo de Convenios. · Presupuesto del O.A. Insular de Gestión de Tributos. · Presupuesto del O.A. Consejo Insular de Aguas. · Previsiones de la EPEL Centros de Arte, Cultura y Turismo. Anexos al Presupuesto: Consta Previsión de Ingresos y Gastos. Consta Anexo de personal. Consta Programa anual de Actuaciones, Inversiones y Financiación de la Empresa Pública “Centros de Arte, Cultura y Turismo”.(PAIF) · Previsiones de la Sociedad de Promoción Exterior de Lanzarote S.A. Anexos al Presupuesto: Consta Previsión de Ingresos y Gastos Consta Programa anual de Actuaciones, Inversiones y Financiación (PAIF). Expresados documentos son los exigidos por el TRLRHL y el RD 500/90. Página 2 de 16 Cód. Validación: N Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 125 de 534 ACTA DEL PLENO Liquidación del Presupuesto anterior y avance del siguiente. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Memoria de la Presidencia. Anexo 3 Segundo.- De conformidad con lo establecido en el art. 165 del TRLRHL, en el Presupuesto General se integran sin ajustes: El Presupuesto de la propia Entidad.……………..……………....……...209.141.960,60€ El Presupuesto del O.A. Consejo Insular de Aguas……….……………….1.774.255,07€ El Presupuesto del O.A. Insular de Gestión de Tributos……………….….4.763.000,00€ respectivamente. La previsión de Ingresos y Gastos de la Sociedad de Promoción Exterior S.A es de 4.115.000,00€ y 4.095.999,99€ . El Presupuesto del Consorcio de Emergencias, Salvamento y Extinción de Incendios cuyo presupuesto asciende en el estado de ingresos y de gastos a 8.085.000,00€. ACTA DEL PLENO Cultura y Turismo de Lanzarote” es de 50.878.613,64€ y 44.301.159,82€ Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 La Previsión de Ingresos y Gastos de la Entidad Pública Empresarial “Centros de Arte, El Presupuesto del Consorcio Insular de Abastecimiento de Aguas cuyo presupuesto de ingresos y gastos de Eólicas de Lanzarote S.L. de 1.600.500,00€ y 832.707,88€ respectivamente y previsión de ingresos y gastos de INALSA de 2.550.000,00€ y 2.301.006,80€ respectivamente). Todos ellos sin consolidar aparecen formalmente nivelados en sus vertientes de ingresos y gastos para el ejercicio 2025. Con fecha 04/02/2025 se acordó favorablmente mediante sesión plenaria la convalidación del informe final de liquidación de la Sociedad Anónima “Centros de Arte Cultura y Turismo”.S.A. emitido por Ferrer y García Auditores S.L. para que se sigan los trámites reglamentarios que correspondan hasta la extinción de la sociedad. No consta el estado de previsión de ingresos y gastos del “Consorcio de la Geria”, si bien es cierto que no tiene actividad , no nos consta que ésta haya sido disuelta. Página 3 de 16 Cód. Validación: N Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 126 de 534 asciende a la cuantía de 5.939.000,00€ en el estado de ingresos y gastos (previsión Anexo 3 Realizadas las operaciones de consolidación, una vez suprimidas las transferencias internas cifradas en 12.882.100,60€ el PRESUPUESTO CONSOLIDADO de la Corporación asciende a 275.965.228,71€ en el estado de ingresos y a 268.351.989,56€ en el estado de gastos. Tercero.- ANÁLISIS DEL PROYECTO GENERAL. La elaboración no ha podido cumplir lo establecido en el art. 169.2 del TRLRHL, General. El Proyecto de Presupuesto General para el ejercicio 2025 tiene superávit déficit inicial que exige el artículo 165.4 del TRLRHL. La Corporación estima liquidar por ingresos corrientes una cuantía superior a los gastos corrientes, por lo que en principio no se genera un Ahorro Neto negativo, si se tienen en cuenta los gastos previstos en concepto de amortización de préstamos. Los Estados de Ingresos y Gastos han sido confeccionados con un superávit inicial de 7.613.239,15€. La razón de la existencia de superávit en el presupuesto consolidado ACTA DEL PLENO inicial formalmente en Ingresos y gastos. Se cumple por tanto, la no existencia de Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 acerca del plazo del 31 de diciembre para la aprobación definitiva del Presupuesto Inalsa y SPEL, presentan superávit en sus cuentas al aprobarse las mismas con previsión de beneficios así como del importe de las amortizaciones de inmovilizado de las entidades con contabilidad empresarial por no corresponder a un gasto presupuestario. Por lo tanto, trasladados dichas previsiones al PRESUPUESTO CONSOLIDADO del Cabildo obtenemos en el estado de ingresos una cuantía superior por importe de 275.965.228,71€, que en el estado de gastos por importe de 268.351.989,56€ tras ajustes para el Cabildo (Entidad matriz) y sus Organismos Autónomos, EPEL “Centros de Arte, Cultura y Turismo” y Sociedad de Promoción Exterior S.A. con el siguiente desglose: Página 4 de 16 Cód. Validación: N Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 127 de 534 estriba en que el presupuesto de las entidades EPEL CACTs, Eólicas Lanzarote, Operaciones corrientes 256.047.346,68€ 217.072.065,20€ Operaciones de capital 31.726.780,63€ 58.286.583,33€ Total Operaciones no financieras 287.774.127,31€ 277.896.181,71€ Operaciones financieras 1.073.202,00€ 3.337.908,45€ TOTAL 288.847.329,31€ 281.234.090,16€ Ajustes 12.882.100,60€ 12.882.100,60€ Total Consolidado 275.965.228,71€ 268.351.989,56€ La estructura presupuestaria adoptada por el Proyecto de Presupuesto objeto de este informe se ajusta a la orden del Ministerio de Economía y Hacienda, ORDEN EHA/3565/2008, de 3 diciembre, modificada por la Orden 419/2014 dictada en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 167 de la LRHL. La estructura presupuestaria adoptada por el Proyecto de presupuesto objeto de este informe no incorpora una clasificación orgánica, lo cual a juicio de esta Intervención es más que recomendable dado el volumen de programas presupuestarios que engloba el estado de Gastos, favoreciendo la disminución del número de modificaciones presupuestarias. Cuarto.-SUFICIENCIA DE LOS CRÉDITOS PARA ATENDER LAS OBLIGACIONES. Del Presupuesto presentado se deriva que: Página 5 de 16 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 GASTOS Cód. Validación: N Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 128 de 534 INGRESOS ACTA DEL PLENO Anexo 3 Anexo 3 · Respecto a los contratos (aplicaciones presupuestarias incluidas en los programas de Administración General y Servicios Sociales) se han presupuestado todos aquellos que estaban vigentes a 31/12/2024, y que continuarán ejecutándose durante el 2025, con la debida actualización del IPC, así como también aquellos otros que se prevé concertar a lo largo del ejercicio, necesarios para el adecuado funcionamiento de los servicios. En cuanto a los préstamos, se ha presupuestado de acuerdo con las Estado de Gastos del proyecto de Presupuesto para el ejercicio 2025, previsiblemente serán suficientes para atender a las obligaciones. No obstante, hay que tener en cuenta lo que sucede con aquellos gastos que pueden ser objeto de imputación al ejercicio actual en virtud de reconocimientos extrajudiciales de crédito o aquellos que realizados en ejercicios anteriores y están pendientes de imputar al ejercicio 2025. La Corporación deberá adecuar sus gastos a las disponibilidades de crédito existentes minoradas en dichas cantidades. Por otra parte, la evolución que puede observarse en el Estado de Gastos, es de constante incremento de los gastos corrientes, que si no van acompañadas de un aumento de los ingresos corrientes mermaría su capacidad de actuación. Finalmente, advertir que las liquidaciones de los últimos ejercicios han arrojado Remanentes Líquidos de Tesorería positivos, que han posibilitado la realización de gastos superiores a los créditos inicialmente presupuestados. ESPECIAL REFERENCIA A LOS GASTOS DEL PRESUPUESTO DE LA ENTIDAD MATRIZ. 1.- Gastos de Personal. Del análisis de los datos del Cabildo se extrae que el Capítulo I de la clasificación económica, se cifra en el Proyecto de Presupuesto del Cabildo (sólo entidad matriz) Página 6 de 16 Cód. Validación: N Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 129 de 534 Por tanto, se puede concluir, que los créditos correspondientes a las aplicaciones del ACTA DEL PLENO condiciones concertadas con las Entidades Financieras correspondientes. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 · Anexo 3 en 46.700.000,00€ lo que supone un 26,10% de los recursos ordinarios del Presupuesto, que comparándolo con los créditos iniciales del presupuesto del 2024 supone un aumento del 7,22% (43.555.000,00€). Esta diferencia viene justificada, por ejecuciones de sentencias judiciales por razón de derechos reconocidos a los empleados públicos de la Institución, reconocimiento de trienios y/o antigüedad, actualización de cuotas sociales por incremento adicional de las bases de cotización, entre otras. El capítulo I queda distribuido de la siguiente forma: Para el incentivo de “ Productividad “, no constan criterios de distribución en las Bases de Ejecución , de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 del 861/1986, de 25 de abril, sobre Régimen de Retribuciones de funcionarios de la Administración Local . Los cálculos de los gastos de personal del presente ejercicio recogidos en el Capítulo I no parece que puedan producir insuficiencias presupuestarias para atender las obligaciones del Cabildo con su personal en el presente ejercicio. Este Cabildo no dispone actualmente de RPT. Se hace imprescindible contar con una ACTA DEL PLENO - Seguridad Social Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 - Retribuciones responsabilidad, disponibilidad y desempeño tal y como establece el artículo 90 de la LRBRL y el art. 74 de la Ley 7/2007 del 27 de abril, mediante la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público que regula tal figura. Se prevé la necesidad atender algunos aspectos motivados por la aplicación de la normativa legal que derivarán en la modificación de nuestra plantilla y gastos de personal, destacar lo siguiente:  Desarrollo y ejecución del modelo de control interno, en aplicación del Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local. Este nuevo modelo de control interno refuerza el papel y las funciones de los órganos de intervención, requiriendo no únicamente una reestructuración y cambios en el desarrollo del trabajo, sino que, asimismo, se precisa un refuerzo de personal Página 7 de 16 Cód. Validación: N Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 130 de 534 relación de puestos de trabajo aprobada, adecuando cada puesto a la realidad de su Anexo 3 para la ejecución las diferentes modalidades de control. Atendiendo al artículo 31 del RCI cabe destacar la insuficiencia de medios personales del departamento de Intervención ya que sigue sin clasificarse la plaza vacante de Viceinterventor/a además de que se hacen necesarias dos plazas de Técnicos de Administración General y la funcionarización del personal de la Corporación para poder cubrir plazas vacantes o hacer frente a las sustituciones, bajas, excedencias del personal titular de la Corporación y desempeño de funciomes  Adecuación y creación de unidades administrativas a la estructura por áreas de ámbito del desarrollo sostenible y atención a la ciudadanía.  Reforzar la estructura de personal en el ámbito funcional de la contratación administrativa. Con la entrada en vigor de la Ley 9/2017, de 8 de Contratos del Sector Público, se han introducido modificaciones que han incidido en una serie de obligaciones a realizar en los métodos de trabajo y en la actividad diaria.  En cuanto a la dimensión de la estructura organizativa actual, una vez culminados los procesos consolidación y estabilización, así como convocatorias de acceso libre, que redundan en una reducción de la temporalidad nos encontramos con un índice de temporalidad del 23,84%.  La modernización y mejora de la Administración pública ha constituido un objetivo permanente, necesario para dar cumplimiento al mandato constitucional de contar con una administración eficaz en su actuar al servicio de los intereses generales.  Reforzar la estructura de los departamentos encargados de la Gestión de Proyectos financiados con fondos Next Generation EU dado el incremento de carga de trabajo provocada por la gestión de los mencionados fondos, Página 8 de 16 Cód. Validación: N Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 131 de 534 público del Cabildo, la necesaria potenciación de la actividad, destacando, el ACTA DEL PLENO la nueva Corporación, considerando, con relación a la prestación del servicio Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 reservadas. Anexo 3 pudiéndose crear unidades administrativas de carácter provisional por razones de eficiencia y eficacia, proceder al nombramiento de funcionarios interinos de programa, atribución temporal de funciones, movilidad funcional así como reasignación y/o redistribución de efectivos.  Adicionalmente, en la elaboración del presupuesto para el ejercicio 2025 se han incorporado Convenios de Empleo y Programas con financiación afectada. Se deduce que está garantizada la cobertura del mantenimiento de los servicios y gastos obligatorios. No obstante, siguen consignándose gastos en materia para las que el Cabildo no tiene competencias (Empleo, Educación, y este ejercicio se ha añadido Vivienda) debiendo por tanto la Corporación aportar los correspondientes acuerdos de delegación que permitan realizar el gasto, en base al artículo 7.4 de la LOEPSF. A su vez en el informe Económico- Financiero también se hace especial mención a la infradotación que se está percibiendo de las competencias transferidas, ACTA DEL PLENO 2.- Gastos en Bienes Corrientes y Servicios. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Al respecto ver justificación establecida en el informe de Personal. atravesando sino también en materia de inmigración. Así mismo, esta Intervención ha comprobado que para el ejercicio 2025, se han dotado suficientemente los créditos que amparan compromisos de gastos ya contraídos (art. 168e) del Texto Refundido de la LRHL) 3.- Gastos financieros por intereses y cuotas de amortización (Capítulos III y IX). El art. 53.1 del Texto Refundido de la LRHL exige la autorización del Ministerio de Economía y Hacienda cuando de los datos de la liquidación del ejercicio anterior se deduce Ahorro neto negativo. Sin embargo, el concepto utilizado por la LRHL no es coincidente con el concepto financiero tradicional que compara los distintos flujos del presupuesto o su liquidación. Página 9 de 16 Cód. Validación: N Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 132 de 534 cuestión de especial relevancia dada la situación inédita por la que se está Anexo 3 El Ahorro Neto es un concepto tradicional del Derecho financiero que viene a poner de manifiesto la capacidad de la Entidad para hacer frente a la anualidad de amortización e intereses de su deuda con los ingresos ordinarios. Las consignaciones presupuestadas de los Capítulos III y IX son conformes con los contratos formalizados con las entidades financieras, todos ellos en situación de amortización, conforme se deduce del Estado de la Deuda que se adjunta como Anexo El Capítulo IV de Transferencias corrientes aumenta respecto los créditos iniciales de 2024 .La tramitación de la concesión de estas subvenciones y su justificación se deberá adaptar a la Ley 38/2003 General de Subvenciones, su Reglamento de desarrollo (aprobado por RD 887/2006), y lo dispuesto en las Bases de Ejecución del Presupuesto y la Ordenanza Reguladora y las bases reguladoras que se aprueben. 5.- Los créditos para inversiones y transferencias de capital (Capítulo VI y VII). ACTA DEL PLENO 4.- Transferencias Corrientes. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 del Presupuesto. con cargo a los citados capítulos y que aparecen detallados en el Anexo de Inversiones unido al expediente, resultan adecuados. Los créditos presupuestarios de ambos capítulos de capital financiados con ingresos procedentes de ingresos de subvenciones de otras Administraciones Públicas, de conformidad con lo ordenado en el artículo 173.6 del TRLRHL, no serán disponibles hasta tanto no existan documentos fehacientes que acrediten compromisos firmes de tales subvenciones, y consecuentemente se reconozcan los respectivos derechos. 6.- Activos Financieros (Capítulo VIII). Recoge los créditos destinados a anticipos a personal de la Corporación y que con igual cuantía figura en el correlativo capítulo del Presupuesto de Ingresos. Página 10 de 16 Cód. Validación: N Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 133 1 de 534 Por lo que respecta a la naturaleza económica de las inversiones, los gastos a realizar Anexo 3 ESPECIAL REFERENCIA A LOS INGRESOS DEL PRESUPUESTO DE LA ENTIDAD MATRIZ. En el Informe Económico- financiero suscrito por la Titular del Órgano de Gestión Económico – Financiera realiza un análisis de las previsiones de ingresos y su estructura, así como de “las Bases utilizadas para su evaluación” (art. 168.1 e) de la LHL) al que nos remitimos. Quinto.- PRINCIPALES MODIFICACIONES EN LAS BASES DE EJECUCIÓN DEL desarrollan aquellas normas que puedan facilitar la gestión, conforme a lo dispuesto en el art. 165 del TRLRHL. “ contendrá la adaptación de las disposiciones generales en materia presupuestaria a la organización y circunstancias de la propia Entidad y de sus OOAA y EPEL, así como aquellas otras necesarias para su acertada gestión, estableciendo cuantas prevenciones se consideren oportunas o convenientes para la mejor realización de los gastos y recaudación de los recursos , sin que se pueda modificar lo legislado para la administración económica ni comprender preceptos de orden administrativo que requieren legalmente de procedimientos y solemnidades ACTA DEL PLENO Se acompañan las Bases de Ejecución del Presupuesto General, en las que se Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 PRESUPUESTO. En ellas se ha introducido más normativa de acuerdo a la legislación aplicable y se han introducido algunas modificaciones en los siguientes sentidos, entre otras: Base 34ª.- Indemnizaciones por razón del servicio. Dadas las especiales circunstancias que concurren en el personal del Patronato de Turismo y en general para actos de promoción turística por participación en ferias tanto por el personal de ésta como de otras del Cabildo, al requerir una especial dedicación superior a la jornada laboral que le corresponde, por lo que se establece un incremento adicional por “participación en ferias” en concepto de manutención por los importes que se establecen en la tabla anterior. A estos efectos se entenderá que la dieta será abonada en su totalidad el día del viaje y día de regreso. Página 11 de 16 Cód. Validación: N Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 134 1 de 534 especificas distintas de los previstos en el Presupuesto” Anexo 3 El plus de insularidad que corresponda según convenio o acuerdo, se incrementa, quedando fijada la cuantía en cincuenta euros (50 €). El Presidente y Consejeros de la Corporación recibirán la misma cuantía y en los mismos términos por traslados fuera de la localidad La cuantía de la dieta por asistencia a Órganos Colegiados de esta Corporación a que tenga derecho el personal funcionario, laboral, eventual y directivos, de otras administraciones o entidades no dependientes de este Cabildo, la percibirán a todos los efectos para los distintos grupos de personal como Categoría primera, referidas al 462/2002 en concepto de manutención. La cuantía de la dieta como colaborador por asistencia a Tribunales de selección de personal de esta Corporación a que tenga derecho el personal funcionario de carrera o laboral fijo, se establece en la cuantía de 30 €/sesión. Base 38ª.- De la Contratación Administrativa y los requisitos aseguradores Las áreas gestoras deberán tener en cuenta y verificar los requisitos aseguradores ACTA DEL PLENO importe allí fijado. Así como el importe fijado como grupo 2 del Anexo II del referido RD Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 anexo IV del RD 462/2002 incrementada en doscientos euros (200,00 €) sobre el según el caso: a) Contratista que organiza actividades y eventos por cuenta del Cabildo: al organizador se le deberá solicitar un seguro de responsabilidad civil para la citada actividad que cubra los daños que se causen a terceros debiendo figurar como asegurado adicional el propio Cabildo, así como un seguro de accidentes que incluya asistencia sanitaria para los participantes en dicha actividad. b) Contratista-proveedor de bienes para el Cabildo: deberá solicitar un seguro de Responsabilidad Civil que cubra los daños que el producto suministrado cause al propio Cabildo, así como los daños que cause a terceros. c) Concesionario de servicio público: se exigirá un seguro de responsabilidad civil que cubra las posibles reclamaciones de terceros como consecuencia del servicio público que se presta en nombre del Cabildo de Lanzarote y en el supuesto de que lo haga desde una instalación pública un seguro de daños materiales que cubra los posibles daños que sufra el citado inmueble. En todos los casos anteriores los seguros que se Página 12 de 16 Cód. Validación: N Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 135 1 de 534 mínimos a exigir a los proveedores de bienes o servicios, que serán los siguientes, Anexo 3 exijan a los proveedores deberán contar con un límite de cobertura de responsabilidad civil mínimo de 300.000€ y para el seguro de daños materiales el valor del inmueble para que el Cabildo no sufra un menoscabo patrimonial como consecuencia de la actuación de un tercero y tenga herramientas a su disposición para paliar las posibles repercusiones que haya de cara a terceros por las citadas actividades. Base 93º. Canon de la EPEL CACTs a favor del Cabildo. Se establece para su incorporación en el Presupuesto General del Cabildo Insular de Lanzarote, el canon anual de la EPEL CATS, a favor del Cabildo de Lanzarote en la DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. TRAMITACION Y ACTUACIONES DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS, CANDIDATOS Y ASPIRANTES DE EMPLEO PÚBLICO. De conformidad con el art. 14.2.e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en colación con el art. 3.1 del RD 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, estarán ACTA DEL PLENO entidad de los bienes muebles e inmuebles propiedad de la Corporación Insular. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 cuantía de 1.546.709,86 €, en compensación por la utilización por parte de esta Lanzarote a través de los procedimientos todos los empleados en la tramitación y actuaciones que realicen por razón de su condición de empleado público. Asimismo, resultará de obligado cumplimiento para todos los candidatos y aspirantes de empleo público en los procesos selectivos de conformidad con lo establecido en las bases de la convocatoria. Sexto.- PROCEDIMIENTO. Los Presupuestos de los Organismos Administrativos así como la Empresa Pública “Centros de Arte, Cultura y Turismo” han sido inicialmente aprobados por sus respectivos órganos de Gobierno, han sido debidamente informadas y cuentan con la documentación señalada en el art. 168.2 del TRLRHL. También consta acuerdo de aprobación del Presupuesto del Consorcio de Emergencias, Salvamento y Extinción Página 13 de 16 Cód. Validación: N Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 136 13 de 534 obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con el Cabildo Insular de Anexo 3 de Incendios, mientras que en referencia al Proyecto de Presupuesto del Consorcio Insular de Abastecimiento de Agua, se aporta acuerdo de aprobación inicial. De conformidad con el artículo 232 del Reglamento Orgánico del Cabildo, el Proyecto de Presupuesto general debe ser aprobado por el Consejo de Gobierno, para su posterior aprobación por el Pleno de la Corporación, previo dictamen favorable de la Comisión de Hacienda. Una vez aprobado inicialmente el Presupuesto General por el Pleno, se expondrá al el Pleno, según establece el art. 169.1 del RDL 2/2004. Séptimo. – AHORRO BRUTO Y NETO PRESUPUESTARIO 2025 El Ahorro Presupuestario, entendido como la diferencia entre los ingresos corrientes y los gastos corrientes es el que consta en el informe de estabilidad de la Intervención de Fondos. ACTA DEL PLENO durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 público previo anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia por un período de 15 días, Ingresos corrientes (Cap. I a V) 178.911.275,82 € Ingresos afectados a inversión -11.628.985,82 € Gastos corrientes (Cap. I, II y IV) AHORRO BRUTO Cód. Validación: N Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 137 1 de 534 PREVISIÓN AHORRO NETO CIL 2025 148.583.735,84€ 18.698.554,16 € 1.815.262,00 € Pasivos financieros (Cap.IX) 16.883.292,16 € AHORRO NETO Página 14 de 16 En conclusión, Primera.- El Presupuesto General del Cabildo Insular de Lanzarote para el año 2025 ha sido tramitado sin déficit inicial en ninguno de los presupuestos que lo integran (art. 165.4 y 168.1 del TRLRHL y RD 500/90), si bien en el Presupuesto del Cabildo, la ejecución de una serie de inversiones estará condicionada a la realización efectiva de los recursos a que están afectados. Página 15 de 16 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Cód. Validación: N Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 138 1 de 534 ACTA DEL PLENO Anexo 3 Anexo 3 Segunda.- Desde el punto de vista económico- financiero el Presupuesto General ha sido confeccionado con observancia de los preceptos legales, así como su estructura presupuestaria es la que establece la O.M. EHA 3565/2008, modificada por la Orden EHA 419/2014. Tercera. – Los criterios de presupuestación utilizados para el cálculo de los ingresos corrientes (capítulos I a V del presupuesto de ingresos) son correctos, y en todos ellos estos ingresos se produzcan déficit en el presupuesto, tal y como se informa en el existencia de documentos fehacientes que acrediten los compromisos firmes de aportación de las ayudas públicas y hasta el importe consignado en los respectivos conceptos presupuestarios para llevar a cabo los gastos afectados por dichos recursos de capital. Por todo lo expuesto, y junto a la documentación que se incorpora al expediente, la Corporación tiene información para conocer, a priori, el desarrollo económico-financiero del ejercicio 2025. La documentación del Presupuesto General examinada se ajusta a la legislación y ACTA DEL PLENO informe económico – financiero. Con relación a los de capital , nos remitimos a la Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 se espera alcanzar los importes previstos de su recaudación, sin que en la gestión de Con cuanto antecede queda emitido el preceptivo informe. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE SR. PRESIDENTE DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LANZAROTE. Página 16 de 16 Cód. Validación: N Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 139 1 de 534 reglamentos de aplicación en los términos que se han expuesto. Anexo 4 INTERVENCIÓN INFORME DE LA INTERVENCIÓN GENERAL SOBRE EL CUMPLIMIENTO DEL OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y DEL LIMITE DE DEUDA EN EL PROYECTO DE PRESUPUESTO DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LANZAROTE DEL EJERCICIO 2025. LRBRL: Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. • TRLRHL: Real Decreto Legislativo 2/2004, del 5 de marzo. • Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local • RD 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título Sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre. • Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. • Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad financiera. LOEPSF. • RLGEP, RD 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el desarrollo de la LGEP, en su aplicación a las entidades locales. • SEC-95: Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales, constituido como norma jurídica obligatoria en todos sus elementos y directamente aplicable a todos los estados miembros de la Unión Europea por el reglamento (CE) 2223/96, de 25 de julio de 1996. • MANUAL SEC – 2010: Manual de cálculo del déficit en Contabilidad Nacional adaptado a las Corporaciones Locales, confeccionado por la IGAE. • Orden Ministerial HAP /2105/2012, de 1 de octubre, por el que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la SR. PRESIDENTE DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Página 1 de 13 Cód. Validación: // bild d l t d l t i Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 140 de 534 • ACTA DEL PLENO Normativa Básica Aplicable. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Antecedentes.- A la vista del Proyecto de Presupuesto para el ejercicio 2025 presentado, y a efectos de la LOEPSF se emite el siguiente informe, así como en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16.2 del Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria, en su aplicación a las entidades locales. Anexo 4 INTERVENCIÓN LOESPF, modificada mediante Orden HAP /2082/2014, de 7 de noviembre. Para el ejercicio 2025, sigue vigente la modificación de la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, mediante Orden HAP/2082/2014, de 7 de noviembre, concretamente la modificación los artículos 15.3 c) y 16.4 por la que no es preceptivo el Informe del Interventor local sobre el cumplimiento de Regla de Gasto en fase de elaboración del Presupuesto, estando sólo previsto como informe en fase de liquidación del presupuesto. Trimestralmente deberá hacerse una valoración de cumplimiento de la Regla de Gasto al cierre del ejercicio. Conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley Orgánica 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, donde se dispone que “la elaboración, aprobación y ejecución de los Presupuestos y demás actuaciones que afecten a los gastos o ingresos de las Administraciones Públicas y demás entidades que forman parte del Sector Público se someterá al principio de estabilidad presupuestaria”. En el artículo 4 del RGLEP se dispone que las entidades locales y los entes dependientes de las mismas, que presten servicios o produzcan bienes no financiados mayoritariamente con ingresos comerciales, “aprobarán, ejecutarán y liquidarán sus presupuestos consolidados ajustándose al principio de estabilidad “definido en el artículo 3 de la mencionada Ley Orgánica 2/2012. Primero.- Clasificación de las entidades a efectos SEC- 10. Los criterios de clasificación referidos en el Manual SEC- 10, se aplican a cada una de las entidades cuyos Presupuestos se integran en el general, con independencia de SR. PRESIDENTE DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Página 2 de 13 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Con esta normativa se realiza el análisis del cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria (equilibrio o superávit estructural) y sostenibilidad financiera (capacidad de financiar compromisos de gasto presentes y futuros dentro de los límites de déficit) en términos de ahorro neto e índice de endeudamiento en los términos establecidos en los arts. 3.2, 4.2 y 12 de la Ley Orgánica 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera y desarrollada por la Orden HAP/2105/2012 de 1 de octubre por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera y en cumplimiento del artículo 16 del Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de la ley de estabilidad presupuestaria en su aplicación a las Entidades Locales, así como de lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. ACTA DEL PLENO Manual de cálculo del déficit en contabilidad nacional adaptado a las Corporaciones Locales, Publicado por la IGAE, Ministerio de Economía y Hacienda. Cód. Validación: // bild d l t d l t i Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 141 de 534 • Anexo 4 INTERVENCIÓN • Delimitación de unidades institucionales públicas. • Delimitación de unidades institucionales públicas no de mercado. De acuerdo con el Manual SEC-10 todas las entidades dotadas de un estatuto que les confiera personalidad jurídica pueden considerarse unidades institucionales, en cuanto tienen autonomía de decisión en el ejercicio de su función principal, además de disponer de contabilidad completa. Desde este punto de vista, todas las entidades cuyos presupuestos y estados de previsión se incluyen en el Presupuesto General tienen la consideración de unidades institucionales. El nuevo SEC 2010 revisa los requisitos que han de cumplir las unidades públicas para que puedan ser consideradas como unidades de mercado y, por tanto, clasificadas en el Sector de las Sociedades no financieras de la economía nacional, haciendo más estricto el cumplimiento de la ratio del 50 % (relación entre las ventas y los costes de producción) por parte de dichas unidades. De forma resumida, las modificaciones que sobre este aspecto introduce el nuevo SEC 2010 refuerzan el criterio de control público de una entidad, ampliando los indicadores que determinan si una entidad será controlada o no por las administraciones públicas. En el Presupuesto General del Cabildo de Lanzarote se integran los siguientes estados: • Presupuesto del Cabildo de Lanzarote. • Presupuesto del Organismo Autónomo Consejo Insular de Aguas de Lanzarote. • Presupuesto del Organismo Autónomo Insular de Gestión de Tributos. • Previsión de la Empresa Pública Empresarial Centros de Arte, Cultura y Turismo • Estado de Previsión de Ingresos y Gastos de Promoción Exterior de Lanzarote S.A. (Sociedad anónima de la que este Cabildo tiene una aportación del 52 %). Ahora bien, de acuerdo con lo establecido en la Disposición Transitoria Sexta de la Ley 27/2013 de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, los Consorcios que ya estuvieran creados en el momento de la entrada en vigor de esta Ley deberán adaptar sus estatutos a lo en ella previsto en el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta Ley. La adscripción de los Consorcios ha de realizarse de acuerdo a lo establecido en la Ley 30/1992, tras su modificación por la LRSAL. La opción de presentar los presupuestos de los Consorcios como anexos al Presupuesto General de la entidad local se considera en aplicación al TRLRHL, no formando por ello parte de la consolidación según TRLRHL al ser un anexo al mismo. SR. PRESIDENTE DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Página 3 de 13 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Delimitación de unidades institucionales. Cód. Validación: // bild d l t d l t i Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 142 de 534 • ACTA DEL PLENO su naturaleza jurídica y del concepto de Administración Pública que pueda establecerse en nuestro ordenamiento jurídico. Dichos criterios imponen la verificación de una serie de características, respetando los siguientes pasos: Anexo 4 INTERVENCIÓN Presupuesto del Cabildo de Lanzarote. • Presupuesto del Organismo Autónomo Consejo Insular de Aguas de Lanzarote. • Presupuesto del Organismo Autónomo Insular de Gestión de Tributos • Promoción Exterior de Lanzarote S.A. • Consorcio Insular de Emergencias, Salvamento y Extinción de Incendios. (50 % del Cabildo). • Consorcio Insular de Abastecimiento de Aguas (60 % del Cabildo) y su ente instrumental INALSA (100 % Consorcio Insular de Aguas). La LOEPSF obliga a cumplir la regla de gasto y la estabilidad presupuestaria de las entidades locales en términos de contabilidad nacional debiendo evaluarse su cumplimiento en la entidad local como grupo consolidado de acuerdo al SEC-10 y por tanto, con el perímetro de consolidación establecido en la LOEPSF. Este perímetro de consolidación se compone de la entidad local principal y de aquellos entes dependientes clasificados o sectorizados como administración pública por la IGAE, formando parte los consorcios del perímetro de consolidación de esta entidad local. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 • ACTA DEL PLENO Por otro lado, en el Inventario de Entes del Sector Público Local en términos SEC 10, la estabilidad presupuestaria debe ser analizada teniendo en cuenta las siguientes unidades institucionales: La LOEPSF establece en su artículo 11.1 que la elaboración, aprobación y ejecución de los Presupuestos y demás actuaciones que afecten a los gastos e ingresos de las Administraciones Públicas se someterán al principio de estabilidad presupuestaria y, en el ámbito específico de las Corporaciones Locales, el artículo 11.4 regula que deberán mantener una posición de equilibrio o superávit presupuestario, computado en términos de capacidad de financiación, de acuerdo con la definición contenida en el Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales (SEC-2010). Según contempla el manual de la IGAE para la determinación de la capacidad o necesidad de financiación de una entidad, esta se obtiene por diferencia entre los importes de los estados de ingresos y de los estados de gastos de las operaciones no financieras del presupuesto, previa aplicación de los ajustes correspondientes. El Consejo de Ministros, mediante Acuerdo de fecha de 10 de septiembre de 2024, y publicación en el Boletín oficial de las Cortes Generales el 20 de septiembre, estableció los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública para el conjunto de las Administraciones Públicas y de cada uno de sus subsectores para el período 2025-2027, fijando para el subsector Entidades Locales un objetivo de SR. PRESIDENTE DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Página 4 de 13 Cód. Validación: // bild d l t d l t i Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 143 de 534 Segundo.- Objetivo de Estabilidad Presupuestaria. Anexo 4 INTERVENCIÓN SR. PRESIDENTE DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Página 5 de 13 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Cód. Validación: // bild d l t d l t i Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 144 de 534 A continuación se procede a la evaluación del Objetivo de Estabilidad Presupuestaria en el Proyecto del Presupuesto Consolidado del Cabildo de Lanzarote y sus entes dependientes (Consejo Insular de Aguas, Organismo Autónomo Insular de Gestión de Tributos, Promoción Exterior de Lanzarote S.A., Consorcio Insular de Abastecimiento de Aguas, Consorcio de Emergencia , salvamento y extinción de incendios e Insular de Aguas de Lanzarote S.A.) para el ejercicio 2025, exceptuando de este cálculo el Ente Público Empresarial “Centros de Arte, Cultura y Turismo” y Eólicas Lanzarote S.L. al estar incluídas dentro del ámbito 4.2 de LGEP (sociedades no financieras): ACTA DEL PLENO estabilidad presupuestaria en términos de capacidad o necesidad de financiación según el SEC-2010 de 0,0 en 2025. SR. PRESIDENTE DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Página 7 de 13 Cód. Validación: // bild d l t d l t i Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 146 de 534 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 ACTA DEL PLENO Anexo 4 INTERVENCIÓN SR. PRESIDENTE DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Página 8 de 13 Cód. Validación: // bild d l t d l t i Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 147 de 534 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 ACTA DEL PLENO Anexo 4 INTERVENCIÓN Anexo 4 INTERVENCIÓN Tercero- Objetivo de Regla de Gasto El acuerdo del Consejo de Ministros de 10 de septiembre de 2024, estableció el límite del crecimiento del gasto no financiero para el ejercicio 2025 en un 3,2%, como tasa de referencia de crecimiento del PIB de medio plazo de la economía española. En cualquier caso, la Orden HAP/2082/2014, de 7 de noviembre, por la que se modifica la Orden HAP 2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, suprime la obligación de evaluar el cumplimiento de la regla de gasto en la aprobación del presupuesto y establecido que deberá efectuarse una “valoración” trimestral de la regla de gasto en SR. PRESIDENTE DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Página 9 de 13 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 El cálculo del gasto computable del año n-1 se realizará a partir de la liquidación del Presupuesto de dicho ejercicio. En caso de no disponerse de la misma se realizará una estimación de esta. Cód. Validación: // bild d l t d l t i Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 148 de 534 El artículo 12 de la L.O. 2/2012 dispone que “la variación del gasto computable de la Corporación Local no podrá superar la Tasa de Referencia de Crecimiento del Producto Interior Bruto de medio plazo de la economía española” “Se entenderá por gasto computable los empleos no financieros definidos en términos del Sistema Europeo de Cuentas Nacionales, excluidos los intereses de la deuda y la parte del gasto financiado con fondos finalistas procedentes de la Unión Europea o de otras Administraciones Públicas” “Corresponde al Ministerio de Economía y Competitividad calcular la Tasa de Referencia de Crecimiento del Producto Interior Bruto de medio plazo de la economía española....”Para la Administración Local se fija un equilibrio presupuestario para todo el período. ACTA DEL PLENO En relación al cumplimiento de la regla de gasto, el artículo 12 de la Ley Orgánica 2/2012, determina que “la variación del gasto computable de las Corporaciones Locales, no podrá superar la tasa de referencia de crecimiento del Producto Interior Bruto de medio plazo de la economía española”, entendiendo como gasto computable los empleos no financieros definidos en términos del Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales (SEC), excluidos los intereses de la deuda y la parte del gasto financiado con fondos finalistas. Anexo 4 INTERVENCIÓN fase de ejecución referida a 31 de diciembre (artículo 16.4 de la Orden) y una evaluación final del cumplimiento de la regla de gasto en la liquidación del presupuesto (artículo15.4.e). La estimación de gasto computable consolidado del ejercicio 2024 presenta los siguientes resultados: Por lo que el límite de gasto no financiero para el ejercicio 2025 partiendo del gasto computable estimado a 31 de diciembre de 2024 y aplicada la tasa de referencia del 3,2 % que corresponde a 2025 presenta los siguientes resultados: SR. PRESIDENTE DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Página 10 de 13 Cód. Validación: // bild d l t d l t i Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 149 de 534 De conformidad con el artículo 30 de la LOEPSF el Estado, las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales aprobarán, en sus repectivos ámbitos, un límite máximo de gasto no financiero, coherente con el objetivo de estabilidad presupuestaria y la regla de gasto, que marcará el techo de asignación de recursos de sus Presupuestos. ACTA DEL PLENO Cuarto.- Límite de gasto no financiero Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Por tanto, tal y como se ha indicado, para el ejercicio 2024 debido a la modificación de la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, mediante Orden HAP/2082/2014, de 7 de noviembre, concretamente la modificación los artículos 15.3 c) y 16.4 no es preceptivo el Informe del Interventor local sobre el cumplimiento de Regla de Gasto en fase de elaboración del Presupuesto de 2025, estando sólo previsto como informe en fase de liquidación del presupuesto. Y además, trimestralmente deberá hacerse una valoración de cumplimiento de la Regla de Gasto al cierre del ejercicio. Anexo 4 En relación al objetivo de deuda, el artículo 13 de la LOEPSF establece la obligación de no rebasar el límite de deuda pública, que se fije por acuerdo del Consejo de Ministros para el global de las Entidades Locales. Respecto al ejercicio 2025, el Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 10 de septiembre de 2024 incluye los objetivos de deuda pública para el periodo 2025-2027. No obstante, no se ha determinado el PIB para el cálculo en términos de ingresos no financieros, por lo que el informe sobre este extremo se reduce a calcular el “nivel de deuda viva según el “Protocolo del Déficit Excesivo” y el “nivel de deuda viva SR. PRESIDENTE DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Página 11 de 13 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Quinto.- Objetivo de Deuda Cód. Validación: // bild d l t d l t i Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 150 de 534 Por tanto, el techo de gasto consolidado que corresponde para el ejercicio 2025 sería 173.903.606,52 €. ACTA DEL PLENO INTERVENCIÓN Anexo 4 INTERVENCIÓN formalizada”. El modelo diseñado por la Subdirección General de Relaciones Financieras con las Entidades Locales para la remisión de información por parte del Interventor con motivo de la aprobación del Presupuesto, que se cumplimenta a través de la plataforma habilitada en la Oficina Virtual del ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, utiliza el apuntado criterio de deuda según el Protocolo de déficit excesivo, en el que se excluyen los pasivos en poder de otras Administraciones Públicas, es decir, aquellos préstamos concedidos a la entidad local por parte de otra administración. Deudas a corto plazo(operaciones de tesorería) + Deudas a largo plazo + Riesgo deducido de avales + Operaciones formalizadas no dispuestas 0,00 + Importe operaciones proyectadas o formalizadas en 2025 0,00 = A> Importe de Deuda Viva Total (Entidad Local + Entes Consolidables) 21.762.213,80 368.000,00 22.130.213,80 Ingresos corrientes consolidados año 2025 203.568.233,04 - Ingresos corrientes (Cap 1 a 5) afectados a operaciones de capital año 2024 consolidados -11.628.985,82 = B> Ingresos corrientes consolidados "sin afectado a operaciones de capital" 191.939.247,22 A/B % Deuda Viva" sin afectado" 11,53 % En conclusión, Primero.- El Cabildo Insular de Lanzarote a la hora de proceder a la evaluación del cumplimiento de estabilidad presupuestaria en las entidades comprendidas en el artículo 4.1 RGLEP (las entidades que prestan servicios o producen bienes no financiados mayoritariamente por ingresos comerciales y, por tanto, deben formar el grupo de consolidación para la evaluación del cumplimiento de estabilidad presupuestaria), nos da un resultado de CAPACIDAD DE FINANCIACIÓN. SR. PRESIDENTE DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Página 12 de 13 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 + Cód. Validación: // bild d l t d l t i Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 151 de 534 DEUDA VIVA CONSOLIDADA A 31/12/2024 ACTA DEL PLENO La evaluación del cumplimiento del límite de deuda en el Proyecto de Presupuesto General Consolidado del Cabildo de Lanzarote y sus entes dependientes para el ejercicio 2025, tiene el siguiente desglose: Anexo 4 INTERVENCIÓN Segundo.- Las entidades que se rigen por el artículo 4.2 RGLEP, la evaluación del cumplimiento de acuerdo con el artículo 24 RLGEP estas entidades incumplirían el objetivo de estabilidad cuando incurran en pérdidas cuyo saneamiento requiera la dotación de recursos no previstos en el escenario de estabilidad del artículo 4.1 de dicho texto. Documento firmado electrónicamente en fecha inserta al margen SR. PRESIDENTE DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Página 13 de 13 Cód. Validación: // bild d l t d l t i Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 152 de 534 Con cuanto antecede queda emitido el preceptivo informe. ACTA DEL PLENO A tal efecto se emite el presente informe, con carácter independiente del emitido en cumplimiento del artículo 168.4 del TRLRHL que debe elevarse al Pleno. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Tercero.- El nivel de deuda viva a 31 de diciembre de 2024, no supera el límite de endeudamiento del 110 % de la previsión de los ingresos corrientes consolidados (grupo Administración pública) para el ejercicio 2025, Capítulos I al V de Ingresos, establecido en el artículo 53 del TRLHL. Anexo 5 El Presupuesto General que nos ocupa está integrado por: o o o o o o o o o Propia entidad Organismo Autónomo Consejo Insular de Aguas de Lanzarote Organismo Autónomo Insular de Gestión de Tributos Previsión de Gastos e Ingresos de la E.P.E.L. Centros Turísticos. Consorcio de Seguridad, Emergencias, Salvamento, Prevención y Extinción de Incendios de Lanzarote Consorcio de Abastecimiento del Agua Previsión de Gastos e Ingresos de Promoción Exterior de Lanzarote S.A. Previsión de Gastos e Ingresos de Insular de Aguas de Lanzarote, S.A. Previsión de Gastos e Ingresos de Eólicas de Lanzarote, S.L. Su estructura está ajustada a la OHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los Presupuestos de las entidades Locales, aplicable para el 2010 y sucesivos. Una vez realizado los ajustes por operaciones internas, teniendo en cuenta que dentro del grupo de consolidación en los entes dependientes con contabilidad empresarial no se incluyen las amortizaciones de inmovilizado ni la estimación de beneficios, es por lo que la previsión del estado de ingresos en el Presupuesto General consolidado, a tenor de lo recogido en el art. 164 del TRLHL, asciende a 262.671.319,21 € y el estado de gastos consolidado asciende a 256.093.865,39 €, y por tanto, existe superávit tal y como consta en el resumen consolidado obrante en el expediente de Presupuesto y que, a continuación, se detalla: 1 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 153 1 de 534 INFORME ECONÓMICO FINANCIERO ACTA DEL PLENO Dª. Martina Manteiga Fulgueira, Directora del Órgano de Gestión Económico – Financiero del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 168.1 g) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLHL en lo sucesivo), en consonancia con el art. 18.1e) del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, que desarrolla la Ley de Haciendas Locales en materia de Presupuestos con relación a la propuesta del Ilmo. Sr. Presidente dirigida al Pleno sobre el Proyecto de Presupuesto General correspondiente al ejercicio económico de 2025, tiene el honor de emitir el presente: Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Área de Hacienda Órgano de Gestión Económico-financiera Anexo 5 CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Área de Hacienda Órgano de Gestión Económico-financiera 0.-INTRODUCCIÓN Por otro lado, entre los riesgos internos, se recoge en las mencionadas proyecciones, encontramos la velocidad con la que el proceso desinflacionario podría discurrir en el tiempo, la evolución futura de la inversión empresarial y el consumo de los hogares, así como el cumplimiento estricto del Plan Fiscal y Estructura de Medio Plazo (PFEMP) 2025-2028. En relación con la economía canaria, además de los riesgos antes expuestos debemos añadir el grado de recuperación económicas de los países emisores de turistas hacia las Islas (Reino Unido y Alemania, en particular). Según se recoge en el informe económico que acompaña al Presupuesto del Gobierno de Canarias para el ejercicio 2025, en una perspectiva anual, el PIB real regional ha continuado manteniendo durante el año 2024 tasas positivas, si bien menos intensas que en el mismo semestre de 2023. En 2024 la economía canaria ha registrado crecimientos anuales del 2,9% en el primer trimestre y 3,7% 4 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Respecto a las proyecciones macroeconómicas del Banco de España e informe trimestral de la economía española (diciembre 2024) considera que el análisis conjunto de los distintos indicadores disponibles apunta a que el ritmo de avance del PIB en el cuarto trimestre del año seguiría siendo robusto, a pesar del impacto adverso de la DANA sobre la actividad, y podría situarse entre el 0,6% y el 0,7% intertrimestral. No obstante hay que tener en cuenta entre los riesgos externos una mayor fragmentación comercial a escala global (con el aumento de aranceles a las importaciones), el agravamiento de algunas de las tensiones geopolíticas actuales (los conflictos bélicos en Ucrania y Oriente Medio), las correcciones bruscas en el precio de los activos financieros (caída de las expectativas sobre las sendas futuras de los tipos de interés oficiales en EEUU o la UEM, el deterioro de las perspectivas económicas en china u otras situaciones que se puedan dar de naturaleza geopolítica) y por último una mayor incertidumbre sobre las políticas económicas presentes y futuras, en economías como la francesa o la alemana. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 156 de 534 El informe de actualización de perspectivas de la economía mundial (enero 2025) se refiere a la situación como de crecimiento mundial dispar e incierto de tal forma que se prevé que el crecimiento mundial sea del 3,3% tanto en 2025 como en 2026, por debajo de la media histórica (2000–19) del 3,7%. El pronóstico para 2025 se mantiene prácticamente sin cambios con respecto al de la edición de octubre de 2024 de Perspectivas de la economía mundial (informe WEO). ACTA DEL PLENO Hay que destacar en primer lugar que la elaboración del presupuesto está condicionada por la situación de incertidumbre económica que se mantiene tanto a nivel internacional como internacional. Anexo 5 CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Área de Hacienda Órgano de Gestión Económico-financiera Los Cabildos Insulares se nutren principalmente de tres fuentes de ingresos: los derivados del Bloque de Financiación Canario (BFC) del Régimen Económico Fiscal de Canarias (REF), la participación en Impuestos Indirectos del Estado y los procedentes de las Competencias Transferidas. Las previsiones de ingresos figuran por sus importes netos, sin perjuicio de que en la fase de ejecución presupuestaria se registre correctamente los importes brutos y sus descuentos, de conformidad con lo previsto en el art. 165.3 del TRLRHL, que establece “… Los derechos liquidados y las obligaciones reconocidas se aplicarán a los presupuestos por su importe íntegro, quedando prohibido atender obligaciones mediante minoración de los derechos a liquidar o ya ingresados, salvo que la Ley lo autorice de modo expreso”. En general, las previsiones se han realizado con criterio de prudencia, reflejando las previsiones de liquidaciones de recursos (especialmente los Tributos del Estado) que si bien no están confirmados de forma oficial, si se tiene relativa certeza de que se recibirán incluso posiblemente en cuantía superior a la estimada. Respecto al Capítulo I Impuestos directos, éste recoge, según lo previsto en el artículo 158 del TRLHL, la cesión del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y el Recargo del Impuesto sobre Actividades Económicas, ajustándose la estimación de la cuantía relativa al segundo concepto a la vista de la recaudación y entenderse que la misma ésta acorde al volumen de la actividad económica insular todavía en recuperación de la situación de crisis 5 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 1.-SOBRE LOS INGRESOS Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 157 de 534 Continúa el informe recogiendo que en el mercado laboral la ganancia de empleos en 2024 en ambos escenarios bascularía entre el 3,3% y el 3,8% en términos de empleo EPA. Para 2025 se prevé un crecimiento del empleo en el escenario optimista del 1,4% y un descenso en el escenario pesimista, en este caso del -1,9%, con un escenario central del 0,8%. ACTA DEL PLENO en el segundo (2,6% y 2,9%, respectivamente, a nivel nacional). No obstante, los escenarios planteados en el informe entre un escenario optimista y otro pesimista estiman que el incremento anual del PIB en Canarias en 2024 fluctuaría, de acuerdo con los escenarios, entre el +1,9% y el +3,7%. En 2025 ambos escenarios alternativos, así como en el escenario central, constatan la tendencia de moderación de la actividad de forma que el PIB real variaría en un intervalo entre un -0,5% y un +2,5%, con el mencionado escenario central del +1,9%. Por otra parte, y teniendo en cuenta que los niveles de 2019 se retomaron en 2023, en el escenario optimista se prevé que en 2024 se superen dichos niveles prepandemia en un +3,9% frente al +2,1% en el escenario pesimista. En 2025 dichos niveles se superarían en un +6,5% y un +1,5%, respectivamente. Anexo 5 CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Área de Hacienda Órgano de Gestión Económico-financiera vivida. Se incluye además el epígrafe referido a “Compensación por reforma del I.A.E”. Según consta en el subapartado 2.5.1 Ingresos afectos al Bloque de Financiación Canario (BFC) del apartado 2.5 Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales Canarias del Informe Económico y Financiero de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2025, las previsiones de recaudación de los recursos integrantes del Bloque de Financiación Canario para 2025 experimentan un aumento del 6,88 % respecto a las previsiones iniciales para 2024 y un aumento del 4,31 % respecto a la previsión de cierre de 2024, con el siguiente: desglose: 6 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 También se incluyen en este capítulo II otras figuras tributarias objeto de cesión por parte del Estado en los mismos términos que ya se expresaron en el capítulo I, aunque con incidencia mínima en este capítulo, estos conceptos son: Impuesto “sobre la Cerveza”, “sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas” y “sobre Productos Intermedios”. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 158 de 534 En relación al capítulo II Impuestos Indirectos, éste está formado fundamentalmente por los recursos provenientes del Bloque de Financiación Canario (BFC), según lo previsto en la Ley 9/2003, de abril, de Medidas Tributarias y de Financiación de las Haciendas Territoriales Canarias establece en su artículo 2 que el Bloque de Financiación Canario está conformado por la recaudación líquida de las deudas tributarias del Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) y el Arbitrio sobre Importaciones y Entrega de Mercancías en las Islas Canarias (AIEM); la recaudación de las sanciones por las infracciones tributarias derivadas de la aplicación de los impuestos anteriores y por el rendimiento derivado del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transportes. ACTA DEL PLENO Respecto a la cesión del IRPF, y ante la ausencia de comunicación por parte de la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local la previsión de ingresos para el ejercicio 2025 se ha establecido conforme a la actualización que se hizo en 2024 y teniendo en cuenta del anuncio que se hizo en la Comisión Nacional de Administración Local (CNAL) de 15 de julio de 2024 por el cual las entregas a cuentas se incrementarían un 13,1 % respecto de 2024, por todos los conceptos de financiación. Anexo 5 En aplicación de lo previsto en el artículo 6 de la antes mencionada Ley 9/2003 se realiza la distribución ente el Cabildo y los Ayuntamientos de la isla, correspondiendo al Cabildo la cuantía de 80.527.581,55 € que se recogen en el presupuesto de ingresos en los siguientes conceptos y cuantías: CONCEPTO IMPORTE 29200 ARBITRIO S/IMPORT.Y ENTR.MERC. (AIEM-IM) 8.702.967,96 € 29300 IMPUESTO GRAL.INDIRECTO CANARIO (IGIC) 65.681.408,99 € 29301 FONDO INSULAR INVERSIONES (REF-IGTE)* 6.376.547,41 € *Incluye Fondo Insular Inversiones IGTE Respecto al ejercicio 2024 se produce una mejora en los ingresos, por estos conceptos, a consecuencia de la mejora en la recaudación que asciende a 5.689.669,47 €. En lo que se refiere a la compensación por la supresión del Impuesto General sobre el Tráfico de Empresas (IGTE), los importes apenas sufren un ligero descenso de 15.280,39 € consecuencia de la evolución poblacional de 2023 respecto a 2024, ascendiendo el importe en el concepto de ingresos 29900 “Otros imp. Ind. (compensación IGTE)” a 2.825.402,20 €. 7 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 159 de 534 Según la estimación de las entregas mensuales a cuenta a realizar a las Corporaciones locales correspondientes a la distribución de los recursos financieros derivados del Bloque de Financiación Canario durante el ejercicio 2025, corresponde a la isla de Lanzarote 124.368.488,42 € en aplicación de lo previsto en la Ley 9/2003, de 3 de abril, de Medidas Tributarias y de Financiación de las Haciendas Territoriales Canarias. ACTA DEL PLENO CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Área de Hacienda Órgano de Gestión Económico-financiera Anexo 5 CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Área de Hacienda Órgano de Gestión Económico-financiera Hay que mencionar además que el reparto del IGTE se realiza conforme a lo establecido en el artículo 6 y 7 de la mencionada Ley 9/2003 por lo que se destina al Fondo Insular de inversiones (cantidad incluida en concepto 29301 “Fondo Insular Inversiones (REF-IGTE)” 232.001,91 €. IMPORTE 29209 ARBITRIO S/IMPORT.Y ENTR.MERC. (AIEM-IM) 29302 IMPUESTO GRAL.INDIRECTO CANARIO (IGIC) 29303 FONDO INSULAR INVERSIONES (REF-IGTE) 784.675,99 € 4.025.723,14 € 453.074,17 € Por último, se recoge en ese capítulo de Ingresos la Exacción Fiscal sobre el Consumo de Combustibles de automoción en la isla de Lanzarote (BOP Las Palmas, 26 de mayo 2014) por un importe de 1.900.000,00 €, manteniendo la cuantía respecto al ejercicio anterior, parece razonable en el actual contexto de paulatina recuperación, si bien la recaudación efectiva de la misma debe de impulsarse. Estos ingresos son recursos afectados que se destinan, por imperativo legal, a mejora y conservación de la red de carreteras y movilidad. En lo que se refiere al capítulo III, Tasas, Precios Público y Otros Ingresos, éstos se mantienen similares al ejercicio 2024. Siendo los Cabildos Corporaciones que no tienen capacidad tributaria propia, su margen de maniobra es escaso. No obstante, debido a que la sostenibilidad financiera ha sido elevada a principio de rango constitucional, esta Entidad inició en 2013 el proceso de revisión de las Ordenanzas Fiscales en aras de una mejor carga tributaria de los diferentes servicios prestados de forma directa o indirecta por esta Entidad Local. En lo que respecta a los ingresos referidos al Servicios de tratamiento de residuos (concepto 30300) se ha estimado la cuantía de 5.065.872,49 €, derivados de la recaudación de las tasas reguladas en la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de tratamiento de residuos en el Complejo Ambiental de Zonzamas y tratamiento intermedio de residuos en la Planta de Transferencia de La Graciosa (BOPLP nº 74, del lunes 17 de junio de 2024). 8 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 CONCEPTO Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 160 de 534 La estimación de liquidación del BFC correspondiente al ejercicio 2023 para las CCLL asciende a 113.267.609,00 €; esto supone que una vez aplicada la cuantía que corresponde al Cabildo de Lanzarote (que asciende a 5.263.473,30 €), resultarían las siguientes cuantías: ACTA DEL PLENO El Fondo Insular para Inversiones se crea en la Ley 9/2003, de 3 de abril, de Medidas Tributarias y de Financiación de las Haciendas Territoriales Canarias, como instrumento que contribuye a la planificación y coordinación a largo plazo entre las administraciones canarias para concentrar los esfuerzos inversores en aquellos sectores que constituyen una prioridad común, mediante la aprobación de planes y programas sectoriales. Anexo 5 CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Área de Hacienda Órgano de Gestión Económico-financiera El resto de conceptos de este capítulo se ha ajustado teniendo en cuenta la evolución de los ingresos. En el capítulo IV, Transferencias corrientes, se recoge entre otros conceptos de ingresos los procedentes del Estado, a través del Fondo Complementario de Financiación, la financiación de competencias transferidas, cuya actualización se realiza partiendo del acuerdo tomado entre el Presidente del Gobierno de Canarias y los Presidentes de los Cabildos Insulares del 9 de diciembre de 2014, supuso una solución consensuada a las distintas discrepancias surgidas en los últimos años respecto a las cuantías de dicha financiación y el establecimiento de las bases para la construcción de un marco normativo con carácter de permanencia que regule la financiación de las competencias transferidas y delegadas. El incremento para este ejercicio respecto a 2024 asciende a 1.055.095,00 € incluyendo la mejora de la financiación prevista en la Disposición Transitoria 7ª.2 de la Ley 9/2003, de 3 de abril, de Medidas Tributarias y de Financiación de las Haciendas Territoriales Canarias añadida por la Ley 7/2018, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la C.A.C. para 2019. Dicho acuerdo supuso la modificación de la Ley 9/2003, de Medidas tributarias y de financiación de las Haciendas Territoriales de Canarias. Así, la Disposición transitoria Sexta de la mencionada Ley estableció que “el criterio de actualización de los créditos presupuestarios destinados a financiar las competencias transferidas y delegadas previsto en el artículo 9 de esta ley se aplicará a partir de 2016 inclusive, siendo este el primer ejercicio que será objeto de liquidación. Dicho criterio de actualización se aplicará sobre la base inicial de los créditos consignados para esta finalidad en la Sección 20 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2015”. En este sentido hay que destacar que para el ejercicio 2025 en virtud del acuerdo entre el Gobierno de Canarias y el Cabildo Insular de Lanzarote, relativo a la financiación para la conservación, mantenimiento y gestión del dominio púbico de carreteras 9 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 161 de 534 Se ha recogido también la estimación del contrato concesional de transporte regular de viajeros por importe de 470.000,00 €. ACTA DEL PLENO En cuanto a los ingresos por la contraprestación económica aportada por el conjunto de Ayuntamientos de la Isla, correspondientes a la concesión del servicio de recogida separada de residuos de envases ligeros de envases ligeros y papel cartón en la Isla de Lanzarote se ha calculado en 1.169.836,32 €. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 En relación con el cumplimiento de lo establecido en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, la cuantía estimada para el impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos, tributo de carácter indirecto que recae sobre la entrega de residuos en vertederos, instalaciones de incineración o de coincineración para su eliminación o valorización energética (art. 84.1) se ha estimado en 2.982.391,33 €. Anexo 5 CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Área de Hacienda Órgano de Gestión Económico-financiera También se contemplan otros conceptos de ingresos que constan el Presupuesto del Gobierno de Canarias nominados en el presupuesto del ejercicio 2025 y, por tanto, recogidos entre los ingresos previstos recibir y que se materializan mediante la tramitación del oportuno expediente de solicitud de subvención como son, la subvención del coste de ejecución del proyecto de atención a las drogodependencias, por importe de 1.166.788,00 € y la subvención a la Escuela de Turismo de Lanzarote por importe de 600.000,00 € destinada a sufragar parte del coste de personal. Además de las transferencias para mantenimiento de plazas en recursos de menores por importe de 551.880,00 € y 39.000,00 € para acciones de prevención de drogodependencias. Estas cuantías se mantienen invariables respecto al ejercicio anterior. Así mismo, se contempla también el importe, recurrente en cada ejercicio, correspondiente a los créditos recogidos como aportaciones dinerarias de la Comunidad Autónoma de Canarias para la financiación de las necesidades del sistema de transporte terrestre público regular de viajeros en la isla de Lanzarote para este ejercicio destinado a las finalidades que se prevean en la orden de concesión y que ascienden para este ejercicio a 2.471.250,00 € así como 500.000,00 € como aportación dineraria para la financiación de movilidad y transporte terrestre, que si bien su firma o concesión se produce a lo largo del 10 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Igualmente se contempla el importe de 667.500,00 €, que se corresponde con la aportación derivada el “Convenio de cooperación entre el Instituto Canario de Igualdad y el Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote para la consolidación y mantenimiento del sistema social de prevención y protección integral de las víctimas de la violencia de género en la isla de Lanzarote” manteniéndose la cuantía respecto al ejercicio 2024. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 162 1 de 534 Se contemplan además entre los ingresos provenientes de la Comunidad Autónoma los provenientes del “Convenio de cooperación entre la administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y el Cabildo Insular de Lanzarote, para la prestación de servicios a personas en situación de dependencia y, en general, a personas menores de seis años, mayores o con discapacidad; y para la realización de actuaciones en relación con el procedimiento de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones”, coincidente con lo previsto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para este ejercicio, salvo lo contemplado en conceptos no territorializados y que se corresponde con los importes previstos recibir en el mencionado convenio, en trámite para el ejercicio 2025, y que ya desde ejercicios anteriores se ha podido comprobar la correspondencia entre las previsiones realizados y los ingresos percibidos, ascendiendo el importe total a 11.580.655,01 €, sin perjuicio de los ajustes que se tuviesen que realizar en función de las cuantías que finalmente se fijen en el convenio una vez formalizado éste. ACTA DEL PLENO transferidas a partir del 1 de enero de 2015, se actualiza dicho importe, fijándose en 219.970,00 €. Anexo 5 CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Área de Hacienda Órgano de Gestión Económico-financiera ejercicio, se considera razonable habida cuenta que tal consignación se viene percibiendo de forma recurrente en los últimos ejercicios. El capítulo VII de ingresos recoge las transferencias de capital que se esperan recibir según figuran en los presupuestos aprobados por la Comunidad Autónoma de Canarias, que financiarán en parte el capítulo VI de gastos, Inversiones, y el capítulo VII, Transferencias de capital. Ya firmado el Convenio entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y el Cabildo Insular para la gestión de los recursos asignados en el marco del Fondo para el desarrollo de Canarias (FDCAN) (2016-2025) donde el Gobierno de Canarias aporta el 80% que asciende en este ejercicio a la cuantía de 16.835.940,78 €. Finalizado el II Plan de Infraestructura Sociosanitaria en 2023, es por lo que no se recogió ninguna cuantía en el ejercicio 2024 y tampoco ya para este ejercicio. No obstante, se incluye para ese ejercicio la previsión de 8.614.542,00 € provenientes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia destinado a Infraestructuras y equipamientos de cuidados centrados en la persona (MRR C22 I1) También se recoge en este capítulo la previsión por importe de 3.000.000,00 € previstas en el Presupuesto del Gobierno de Canarias dentro del MRR (Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia) C12 I13 Proyectos Estratégicos de la Consejería de Transición Ecológica y Energía dentro del programa “Coordinación y Planificación Medioambiental”. Se incluyen también 500.000,00 € para la financiación del Auditorio. Hay que tener en cuenta que las subvenciones nominadas mencionadas tienen la consideración de ingresos afectados, por lo que la estabilidad presupuestaria no se vería afectada. Por tanto, de no concederse al Cabildo de 11 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 En el capítulo VI de enajenación de inversiones reales no se prevé ingresos por este concepto. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 163 1 de 534 En lo que respecta a los ingresos consignados en el Capítulo V, relativo a ingresos patrimoniales, y en concreto a los ingresos de canon de los centros turísticos, como novedad se ha aprobado la Ordenanza fiscal reguladora del canon de la EPEL por Explotación de los CACT, siendo que para este ejercicio 2025 la estimación asciende a 1.546.709,86 €. También se recoge en este capítulo la previsión de ingresos por importe de 5.143.129,00 € como estimación prudente dada la imprevisible evolución de los tipos de interés. Así mismo, reflejar la previsión de 195.542,37 € en concepto de contraprestación del contrato de residuos, que supone un ligero incremento de 15.707,08 respectos a 2024. ACTA DEL PLENO Por último, destacar la liquidación del Fondo Complementario de Financiación de 2023 estimada en 2.389.038,96 €. Anexo 5 CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Área de Hacienda Órgano de Gestión Económico-financiera Lanzarote estas subvenciones supondrán la imposibilidad de ejecutar el gasto afectado. Por lo que las áreas gestoras donde se refleje dicho gasto afectado deberán ser diligentes en la tramitación de los expedientes de concesión de las mismas antes de iniciar procedimientos que supongan obligaciones para esta entidad. 2.- REFERENCIA A LA CARGA FINANCIERA Y AL AHORRO BRUTO. En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril y con relación a la carga financiera, ésta está compuesta por la suma de la amortización e interés de las operaciones crediticias. Tal como se recoge en el anexo del Estado de la Deuda de la entidad, el importe del capital vivo por operaciones vigentes a 31 de diciembre de 2024 asciende a 20.873.324,90 €, la previsión de capital vivo a 31 de diciembre de 2025 se estima sea de 19.058.062,90 €, siendo la estimación de amortización prevista para este ejercicio 1.815.262,00 € y de intereses 836.453,56 €, ascendiendo el importe de ambos conceptos para este ejercicio a 2.651.715,56 €. El ahorro bruto permite acometer la financiación de las inversiones del presupuesto y se obtiene por la diferencia entre el sumatorio de los ingresos corrientes (capítulos I a V), al que se descuentan los ingresos afectados a gasto de inversión, y los gastos corrientes (capítulos I, II y IV) del presupuesto, ascendiendo el importe del mismo a 18.478.584,16 €. Ingresos corrientes (Cap. I a V): 178.911.275,82 € Ingresos afectados a inversión: -11.628.985,82 € Gastos corrientes (Cap. I, II y IV): 148.583.735,84 € 12 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 En todo caso en general, las previsiones de ingresos se han hecho con las comunicaciones de entregas a cuenta actualmente vigentes, con independencia de la recaudación que finalmente se obtenga. Todo ello, supeditado a las modificaciones legislativas que se pudieran dar sobre el cumplimiento de las reglas fiscales ante la excepcionalidad de la situación actual. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 164 1 de 534 En el capítulo IX, pasivos financieros, se recogen las previsiones de endeudamiento de la Corporación, no figurando ninguna operación de crédito ante la dificultad de recurrir al endeudamiento para financiar inversiones, teniendo en cuenta que con ello se incumpliría el objetivo de estabilidad presupuestaria. ACTA DEL PLENO En el capítulo VIII, activos financieros, figuran en idéntica cuantía que en el capítulo VIII de gastos, la devolución de los anticipos de pagas por el personal de este Cabildo, que por el citado capítulo VIII de gastos se le puede reconocer a dicho personal. Anexo 5 CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Área de Hacienda Órgano de Gestión Económico-financiera Ahorro Bruto: 18.698.554,16 € El ahorro neto presupuestario se obtiene minorando del importe del ahorro bruto la cuantía destinada a devolución de pasivos financieros (Cap. IX) ajustado con los pasivos financieros contemplados en ingresos (Cap. IX), que en el presupuesto para el ejercicio 2025 por importe de 1.815.262,00 € ajustado, por lo que el ahorro neto presupuestario asciende a 16.883.292,16 €. Conforme a ello, con el Presupuesto de 2025 se deberá aprobar un límite de gasto no financiero coherente en términos presupuestarios con la necesaria nivelación presupuestaria exigida por el artículo 165.4 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales. Así, será la menor cuantía entre los ingresos y los gastos no financieros los que marcarán este techo de asignación de recursos. La estimación de gastos e ingresos financieros de las entidades que conforma el Perímetro de Consolidación presenta las siguientes cifras: 13 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 165 1 de 534 Debe aprobarse con anterioridad a la aprobación del Presupuesto, aunque la norma no establece el órgano competente para la aprobación. Tampoco se establece en la Orden Ministerial la obligación de remisión de información sobre el techo de gasto. En lo que respecta a la regla de Gasto, no debiendo evaluarse con motivo de la aprobación del presupuesto de 2025 cabe destacar que resultará necesario aprobar un límite de gasto no financiero de conformidad con el artículo 30 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. Se debe aprobar ese techo de gasto teniendo en cuenta que la suspensión de las reglas fiscales condicionó su cálculo al no existir ninguna tasa de referencia al no haber sido aprobado en las Cortes el Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de julio de 2024, si bien la recomendación de la Comisión Europea de limitar el aumento del gasto (primario) al 3,2 % en 2025. ACTA DEL PLENO 3.- SOBRE EL TECHO DEL GASTO. Anexo 5 CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Área de Hacienda Órgano de Gestión Económico-financiera ESTADO DE INGRESOS Capítulo 1: Impuestos directos Capítulo 2: Impuestos indirectos Capítulo 3: Tasas, precios públicos y otros ingresos Capítulo 4: Transferencias corrientes Capítulo 5: Ingresos patrimoniales Capítulo 6: Enajenación inversiones reales Capítulo 7: Transferencias de Capital A. INGRESOS NO FINANCIEROS (I + II + III + IV + V + VI + VII) IMPORTE (€) 2.313.185,88 87.721.139,57 Capítulo 8: Activos Financieros Capítulo 9: Pasivos Financieros B. INGRESOS FINANCIEROS (VIII + IX) OAIGT Cons. Extinc. Incendios SPEL 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 11.551.286,70 104.454,83 4.100.000,00 0,00 70.362.867,44 6.962.796,23 513.502,39 250.000,00 480.000,00 4.115.000,00 70.000,00 0,00 Consorcio del Agua 0,00 0,00 437.251,94 Inalsa 0,00 0,00 Ajustes 0,00 0,00 400.000,00 2.200.000,00 7.547.748,06 36.000,00 50.000,00 4.003.000,00 Consolidado 2.313.185,88 87.721.139,57 -573.100,00 18.219.893,47 0,00 -8.805.992,89 350.000,00 -880.000,00 74.249.125,00 10.805.796,23 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 1.500.000,00 0,00 29.350.482,78 876.297,85 0,00 0,00 0,00 0,00 208.261.758,60 1.744.255,07 320.202,00 560.000,00 880.202,00 15.000,00 15.000,00 30.000,00 60.000,00 53.000,00 113.000,00 0,00 0,00 0,00 50.000,00 0,00 50.000,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 46.700.000,00 605.980,19 2.881.400,00 870.070,60 5.708.470,72 548.035,85 141.286,80 75.948.191,45 212.177,03 973.600,00 3.225.929,39 1.800.000,00 25.935.544,39 2.042.364,11 51.400.498,80 2.619.897,85 206.446.496,60 1.000,00 43.800,00 5.000,00 852.297,85 24.000,00 1.744.255,07 70.000,00 0,00 470.000,00 0,00 120.000,00 0,00 135.000,00 0,00 0,00 0,00 4.650.000,00 4.095.999,99 320.202,00 2.375.262,00 2.695.464,00 15.000,00 15.000,00 30.000,00 60.000,00 53.000,00 113.000,00 0,00 0,00 0,00 50.000,00 0,00 50.000,00 0,00 449.444,45 449.444,45 0,00 0,00 0,00 0,00 E. RESULTADO OPERACIONES FINANCIERAS (B – D) -1.815.262,00 0,00 0,00 0,00 0,00 -449.444,45 0,00 0,00 -2.264.706,45 F. CAPACIDAD / NECESIDAD FINANCIACIÓN (A-C) BRUTA 1.815.262,00 0,00 0,00 19.000,01 0,00 449.444,45 248.993,20 0,00 2.532.699,66 ESTADO DE GASTOS Capítulo 1: Gastos de personal Capítulo 2: Compra de bienes y servicios Capítulo 3: Gastos financieros Capítulo 4: Transferencias corrientes Capítulo 5: Fondo de Contigencia Capítulo 6: Inversiones reales Capítulo 7: Transferencias de capital C. GASTOS NO FINANCIEROS Capítulo 8: Activos Financieros Capítulo 9: Pasivos Financieros D. GASTOS FINANCIEROS (VIII + IX) 4.650.000,00 4.115.000,00 0,00 1.500.000,00 -876.297,85 29.350.482,78 8.035.000,00 5.939.000,00 2.550.000,00 -11.135.390,74 224.159.622,93 0,00 445.202,00 628.000,00 1.073.202,00 57.455.244,16 1.958.291,08 1.413.700,00 2.139.720,00 -1.489.100,00 84.382.508,95 3.000,00 64.000,00 20.000,00 1.958.000,00 0,00 204.000,00 0,00 -8.769.992,89 17.883.351,50 100.000,00 270.214,07 0,00 2.537.578,18 265.238,20 2.989.605,63 0,00 55.642.640,48 0,00 0,00 0,00 -876.297,85 1.767.600,00 8.035.000,00 5.489.555,55 2.301.006,80 -11.135.390,74 221.626.923,27 445.202,00 2.892.706,45 3.337.908,45 267.993,21 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 CIAL ACTA DEL PLENO Cabildo Gastos del ejercicio 2025 (estado inicial de gastos) IMPORTE (€) (+) Gastos no financieros (Suma de los capítulos I a VII) (–) Los intereses de la deuda (Capítulo III) (–) El gasto no discrecional en prestaciones por desempleo (–) La parte del gasto financiado con fondos finalistas procedentes de la UE o de otras AAPP (–) Las transferencias a las CCAA y a las EELL vinculadas a los sistemas de financiación (+/–) Ajustes SEC Gasto computable en el año 2025 estimado 208.261.758,60 1.744.255,07 4.650.000,00 4.115.000,00 -836.453,56 0,00 0,00 0,00 0,00 -43.724,44 0,00 0,00 0 0 0 0 0 0 0 0 -31.875.802,40 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0 0 0 0 0 0 0 -18.743.558,27 -575.604,17 -1.069.500,00 156.805.944,37 1.168.650,90 3.580.500,00 4.115.000,00 8.035.000,00 5.939.000,00 2.550.000,00 -11.135.390,74 224.159.622,93 -1.392.938,80 -2.565.477,16 -880.178,00 0,00 0,00 -31.875.802,40 0 0,00 -24.347.078,41 6.642.061,20 3.329.798,40 2.550.000,00 -11.135.390,74 167.056.564,12 El límite de gasto no financiero deberá ser coherente con el objetivo de estabilidad presupuestaria. Por lo que el límite del gasto no financiero para el ejercicio 2025 partiendo de las Obligaciones reconocidas estimadas a 31 de diciembre de 2024 y aplicada la tasa de referencia del 3,2% que corresponde a 2025 presenta los siguientes resultados: 14 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 166 1 de 534 El gasto computable para el ejercicio 2025 se estima en los siguientes importes: Anexo 5 CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Área de Hacienda Órgano de Gestión Económico-financiera Cabildo Gasto computable en el año 2024 (Obligaciones Reconocidas) Límite gasto no financiero 2025 (sobre OR 2024) CIAL OAIGT SPEL Cons. Extinc. Incendios Consorcio del Agua Inalsa Ajustes Consolidado 143.102.329,75 1.055.656,37 3.388.932,36 11.937.753,36 7.084.551,84 1.517.044,41 424.978,54 0,00 168.511.246,63 147.681.604,30 1.089.437,37 3.497.378,20 12.319.761,47 7.311.257,50 1.565.589,83 438.577,85 0,00 173.903.606,52 Por tanto, el techo de gasto consolidado para el ejercicio 2025 debe quedar fijado en 173.903.606,52 €. 4.- GASTOS DE PERSONAL Tal como se refleja en el informe de Recursos Humanos, en el Presupuesto para el ejercicio 2025 el importe total del capítulo I (gastos de personal) asciende a 46,7 M€. Los gastos de personal sufren un incremento del 7,22 % respecto al presupuesto inicial del ejercicio 2024, esto es, aproximadamente 3,145 M€ resultado fundamentalmente del incremento de la plantilla no estructural para la ejecución de programas para los que se ha contratado funcionarios interinos bien por exceso o acumulación de tareas (art. 10.1.d del TREBEP) o de programa (art. 10.1.c del TREBEP) recogidos con detalle en el mencionado informe de Recursos Humanos, así como la incorporación a nómina, según lo dictado en sentencias, con carácter permanente los derechos y/o reconocimiento de situaciones, ya sea de carácter individual o colectivo. Finalizado el período de aplicación establecido en la Resolución de 14 de noviembre de 2022 de la Secretaría de Estado de Función Pública por la que se publica el “Acuerdo Marco para una Administración del siglo XXI” y no conocido acuerdo o previsión de incremento salarial para este ejercicio 2025, el posible acuerdo cuya aplicación efectiva con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2025 que se pueda producir ya sea por decreto-ley o mediante la ley de los 15 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Por otro lado, hay que añadir el escenario de incertidumbre en el que nos encontramos que nos debería llevar a actuar con más prudencia si cabe que en circunstancias de normal funcionamiento de la economía. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 167 1 de 534 En su conjunto y en términos generales los créditos que figuran en el estado de gastos se consideran ajustados para atender el cumplimiento de las obligaciones exigibles y los gastos de funcionamiento de los servicios a que este Cabildo se encuentra obligado, bien por disposiciones legales, bien por acuerdos u otras obligaciones puntuales a los que, esta Corporación, libremente, haya querido someterse. Sin embargo, es necesario mantener políticas de control para la ejecución y contención del gasto corriente y de mejora en la ejecución de los proyectos de inversión, potenciando en la medida de lo posible los servicios transversales. ACTA DEL PLENO 4.- SOBRE EL GRADO DE COBERTURA DE LOS GASTOS. Anexo 5 CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Área de Hacienda Órgano de Gestión Económico-financiera Presupuestos Generales del Estado para 2025, podrá aplicarse con cargo a crédito del Fondo de Contingencia y Otros Imprevistos o crédito que se habilite para tal fin. Se justifica pormenorizadamente en el mencionado informe de Recursos Humanos y al cual me remito la variación del capítulo I (gastos de personal) respecto al ejercicio 2024. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 168 16 de 534 Documento firmado electrónicamente en fecha inserta al margen Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Es por lo que, en principio y como consecuencia de lo expuesto, el Presupuesto General de esta Corporación para 2025, objeto del presente informe, se encuentra efectivamente nivelado. Los ingresos están correctamente calculados y los gastos son suficientes para atender las obligaciones exigibles y los gastos obligatorios de funcionamiento de esta Institución, con las matizaciones expuestas en el informe en cada uno de sus apartados. ACTA DEL PLENO No obstante lo anterior, se recomienda continuar con la elaboración de la relación de puestos de trabajo, ya iniciada, a fin de aplicar los principios generales de la función pública a la plantilla insular. 16 Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 1 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 169 1 de 534 BASES DE EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO GENERAL CONSOLIDADO DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LANZAROTE PARA EL EJERCICIO 2025 ÍNDICE INTRODUCCIÓN .................................................................................................................. 5 TITULO I.- PRINCIPIOS GENERALES ....................................................................................... 6 CAPÍTULO I.- PRINCIPIOS GENERALES Y ÁMBITO DE APLICACIÓN. ..................................... 6 Base 1ª.- Régimen Jurídico del Presupuesto General................................. 6 Base 2ª.- Ámbito de Aplicación. ................................................................. 6 Base 3ª.- Estructura presupuestaria. ............................................................ 7 Base 4ª.- Proyecto de gastos. ...................................................................... 8 TITULO II.- VINCULACIÓN JURÍDICA Y MODIFICACIONES DE CRÉDITO DEL ESTADO DE GASTOS .. 8 CAPÍTULO I.- VINCULACIÓN JURÍDICA Y SITUACIÓN DE LOS CRÉDITOS DEL ESTADO DE GASTOS ................................................................................................................................. 8 Base 5ª.- Niveles de vinculación Jurídica. ................................................... 8 Base 6ª.- Situación de los Créditos Presupuestarios. ................................... 9 CAPÍTULO II.- LAS MODIFICACIONES DE CRÉDITOS........................................................ 10 Base 7ª.- Órganos competentes para la aprobación de las modificaciones presupuestarias. ........................................................................................... 10 Base 8ª.- Modificaciones de Crédito......................................................... 10 Base 9ª.- Créditos extraordinarios y suplementos de créditos.................. 11 Base 10ª.- Créditos generados por ingresos.............................................. 11 Base 11ª.- Transferencias de crédito. ........................................................ 13 Base 12ª.- Incorporación de remanentes de crédito. .............................. 14 Base 13ª.- Bajas por anulación asignado a una partida del presupuesto.15 Base 14ª.- Ampliaciones de Créditos. ....................................................... 16 Base 15ª.- Expedientes de gasto condicionados a una modificación presupuestaria. ............................................................................................ 16 Base 16ª.- Modificación de créditos que afecten a los Anexos del Presupuesto. ...................................................................................................................... 17 Base 17ª.- Modificación del Presupuesto de Ingresos. ............................. 18 TITULO III.- PROCEDIMIENTO GENERAL DE EJECUCIÓN DE GASTO. ........................................ 18 CAPÍTULO I.- EL ÓRGANO DE GESTIÓN ECONÓMICA-FINANCIERA................................... 18 Base 18ª.- Organización del sistema de gestión presupuestario y contable. ...................................................................................................................... 18 Base 19ª.- Información sobre la ejecución presupuestaria. ..................... 18 CAPÍTULO II.- NORMAS GENERALES DE GESTIÓN DEL PRESUPUESTO DE GASTOS. ............ 18 Base 20ª.- Anualidad presupuestaria. ....................................................... 18 Base 21ª.- Inadecuación de crédito. ........................................................ 19 Base 22ª.- Retención de crédito. ............................................................... 19 Base 23ª.- Fases de ejecución del Presupuesto de Gastos. ..................... 20 Base 24ª.- Órganos competentes para la aprobación de las fases de ejecución del Presupuesto de Gastos. ......................................................................... 21 CAPÍTULO III.- PROCEDIMIENTOS GENERALES DE GESTIÓN DEL GASTO ........................... 22 Base 25ª.- Autorización de gastos. ............................................................ 22 Base 26ª.- Disposición o compromiso del gasto. ...................................... 22 Base 27ª.- Reconocimiento y liquidación de obligaciones...................... 23 Base 28ª.- Documentación para el reconocimiento de la obligación. .. 23 ACTA DEL PLENO Anexo 6 Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 2 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 170 de 534 Base 29ª.- Registro de facturas. ................................................................. 25 Base 30ª.- Ordenación del pago............................................................... 27 Base 31ª.- Acumulación de fases de ejecución del Presupuesto: “AD” y “ADO”. ...................................................................................................................... 28 CAPÍTULO IV.- GASTOS DE PERSONAL ......................................................................... 29 Base 32ª.- Funcionarios, personal laboral y miembros de la corporación.29 Base 33ª.- Gastos de personal correspondientes al ejercicio. ................. 30 Base 33ª Bis.- Sustitución de personal en servicios esenciales. ................. 31 Base 34ª.- Indemnizaciones por razón del servicio. .................................. 32 Base 35ª.- Indemnizaciones por asistencia a órganos colegiados. ......... 33 CAPÍTULO V.- TRAMITACIÓN DE LAS SUBVENCIONES. ................................................... 34 Base 36ª.- Asignaciones a los grupos políticos. ......................................... 34 Base 37ª.- Concesión de subvenciones. ................................................... 34 CAPÍTULO VI.- NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA ........ 37 Base 38ª.- De la Contratación Administrativa y los requisitos aseguradores. ...................................................................................................................... 37 Base 39ª.- Órganos competentes para la contratación. ......................... 38 Base 40ª.- Plan de Contratación ............................................................... 38 Base 41ª.- Contratos menores.................................................................... 39 Base 42ª.- Expedientes de nulidad en la contratación. ........................... 40 Base 43ª.- Gastos plurianuales ................................................................... 40 Base 44ª.- Tramitación anticipada ............................................................ 43 Base 45ª.- Remisión de información a la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación. ............................................................... 44 Base 46ª.- Encargos a Sociedades Mercantiles Locales y Entidades Públicas Empresariales. .............................................................................................. 44 Base 47ª.- Organismos Autónomos, Entes Públicos Empresariales, Consorcios y Sociedades mercantiles. ............................................................................. 46 CAPÍTULO VII.- ESPECIALIDADES EN LA TRAMITACIÓN DE DETERMINADOS PROCEDIMIENTOS DE GASTO..................................................................................................................... 46 Base 48ª.- Reconocimiento Extrajudicial de Créditos............................... 46 Base 49ª.- Indemnización de gastos.......................................................... 49 CAPÍTULO VIII.-NORMAS ESPECIALES EN DETERMINADOS PROCEDIMIENTOS DE GASTOS . 50 Sección 1ª Pagos indebidos y demás reintegros. ............................................ 50 Base 50ª.- Pagos indebidos y demás reintegros. ...................................... 50 Sección 2ª Pagos a justificar. ............................................................................. 50 Base 51ª.- Concepto y características. ..................................................... 50 Base 52ª.- Conceptos presupuestarios a los que son aplicables. ......... 50 Base 53ª.- Realización de los pagos. ....................................................... 51 Base 54ª.- Situación y disposición de fondos. ......................................... 51 Base 55ª.- Régimen de las justificaciones................................................ 51 Base 56ª.- Responsabilidades por incumplimentos. ............................... 53 Sección 3ª Anticipos de Caja Fija. .................................................................... 53 Base 57ª.- Anticipos de caja fija............................................................... 53 Base 58ª.- Ámbito de aplicación y límites. .............................................. 53 Base 59ª.- Situación y disposición de fondos. ......................................... 54 Base 60ª.- Contabilización. ....................................................................... 55 Base 61ª.- Funciones de los Habilitados-Pagadores............................... 56 Base 62ª.- Cancelación del Anticipo de Caja Fija. ................................ 56 ACTA DEL PLENO Anexo 6 Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 3 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 171 de 534 Sección 4ª Cesiones de Crédito. ........................................................................ 56 Base 63ª.- Cesiones de crédito. ............................................................... 56 Sección 5ª Distribución de los fondos de los Ayuntamientos. ......................... 58 Base 64ª.- Distribución de los fondos de los Ayuntamientos.................. 58 TITULO IV.- EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS .................................................... 58 CAPITULO I.- NORMAS GENERALES DE GESTIÓN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS ........... 58 Base 65ª.- Reconocimiento de Derechos. .............................................. 58 Base 66ª.- Subvenciones estado de ingresos. Normas generales. ........ 59 Base 67ª.- Derechos de difícil o imposible recaudación. Anulación de derechos. ..................................................................................................... 60 Base 68ª.- Contabilización de los Cobros. .............................................. 61 CAPITULO II.- DE LA TESORERÍA. ENDEUDAMIENTO A CORTO Y LARGO PLAZO. ................ 61 Base 69ª.- Operaciones de tesorería. ...................................................... 61 Base 70ª.- Operaciones de crédito a largo plazo para la financiación de inversiones.................................................................................................... 61 Base 71ª.- Unidad de caja. ....................................................................... 66 Base 72ª.- Plan de disposición de Fondos. .............................................. 66 Base 73ª.- Planes y Programas de Tesorería. ........................................... 69 CAPITULO III.- DE LA GESTIÓN TRIBUTARIA. ................................................................. 69 Base 74ª.- Organización de la gestión tributaria. ................................... 69 Base 75ª.- Otras funciones del Órgano de Gestión Tributaria. .............. 69 TITULO V.- CONTROL Y FISCALIZACIÓN ............................................................................... 70 CAPITULO I.- DEL EJERCICIO DE LA FUNCIÓN INTERVENTORA......................................... 70 Base 76ª.- Objeto y principios del ejercicio de la función interventora.70 Base 77ª.- De la función interventora y su contenido. ........................... 71 Base 78ª.- Modalidades de Control Interno. ........................................... 72 CAPITULO II.- DEL PROCEDIMIENTO DE LA FUNCIÓN INTERVENTORA. ............................ 72 Base 79ª.- Procedimiento para el ejercicio de la función interventora sobre gastos y pagos. ........................................................................................... 72 Base 80ª.Fiscalización e intervención previa limitada. Extremos a comprobar. ................................................................................................. 79 Base 81ª.- Intervención previa de las órdenes de pago a justificar. .... 90 Base 82ª.- Intervención previa de las órdenes de pago de anticipos de caja fija. ................................................................................................................ 91 Base 83ª.- Especialidades en cuanto al régimen de los reparos. ......... 91 Base 84ª.- Intervención de las cuentas justificadas de los pagos a justificar y anticipos de caja fija. ................................................................................. 92 CAPITULO IV.- DEL CONTROL EXTERNO, FINANCIERO Y DE EFICACIA ............................... 92 Base 85ª.- Control externo. ....................................................................... 92 Base 86ª.- Control financiero y de eficacia. ........................................... 93 CAPÍTULO V.- OTRAS DISPOSICIONES .......................................................................... 97 Base 87ª.- Asistencia letrada a autoridades y empleados públicos. ... 97 Base 88ª.- Estabilidad presupuestaria y Regla del gasto. ...................... 98 Base 89ª.- Fondo de contingencia. ......................................................... 98 Base 90ª.- De las obligaciones de suministro de información económicofinanciera al Ministerio con competencias en Hacienda. ...................... 99 Base 90ª.- Criterios contables de la gestión de bienes. ....................... 101 Base 91ª.- Bajas de oficio de los derechos y obligaciones pertenecientes a ejercicios cerrados. ................................................................................... 102 ACTA DEL PLENO Anexo 6 Anexo 6 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 172 de 534 ACTA DEL PLENO Base 92ª.- Gestión del Inventario de Bienes. ......................................... 102 Base 93ª.- Canon de la EPEL CATs a favor del Cabildo. ...................... 107 DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA. DESARROLLO DE LAS BASES GENERALES DE EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO ................................................................................................................ 107 DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. TRAMITACION Y ACTUACIONES DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS, CANDIDATOS Y ASPIRANTES DE EMPLEO PÚBLICO. ........................................... 107 DISPOSICIÓN FINAL......................................................................................................... 107 Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 4 Anexo 6 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 173 de 534 “Este texto se ha redactado utilizando un lenguaje neutro en términos de género para garantizar la inclusión y la igualdad. Cualquier término que parezca referirse a un género en particular se utiliza en un sentido amplio y se aplica a todas las personas, independientemente de su identidad de género. Esta elección se ha hecho para facilitar una mejor comprensión del texto y asegurar que todos los lectores se sientan representados. Asimismo, los términos Presidente, Consejero, Director, Jefe, etc. no implican ninguna preferencia por un género determinado y deben entenderse como cargos institucionales o de responsabilidad que pueden ser ocupados por cualquier persona.” Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Con el fin de adaptar las disposiciones generales en materia presupuestaria a la organización y circunstancias del Cabildo Insular de Lanzarote, sus Organismos Autónomos (OO.AA.) y Sociedades mercantiles, y conseguir una acertada gestión en la realización de gastos y la recaudación de ingresos que los financian, de conformidad con lo dispuesto en el artº 165.1.b) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL, en adelante) y en el artículo 9 Real Decreto 500/1990, de 20 de abril por el que se desarrolla el capítulo primero del título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos (R.D. 500/90, en adelante), se establecen las siguientes bases de ejecución que pretenden convertirse en un instrumento eficaz para la ejecución del Presupuesto, desde cada uno de los centros gestores apoyándose, para ello, además de en los principios presupuestarios clásicos (competencia, universalidad y unidad, especialidad...), en los principios recogidos en el Capítulo II de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (estabilidad presupuestaria, plurianualidad, transparencia, sostenibilidad financiera, eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos, responsabilidad y lealtad institucional ) y en el Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local. ACTA DEL PLENO INTRODUCCIÓN Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 5 Anexo 6 TITULO I.- PRINCIPIOS GENERALES CAPÍTULO I.- PRINCIPIOS GENERALES Y ÁMBITO DE APLICACIÓN. Base 1ª.- Régimen Jurídico del Presupuesto General. El Presupuesto General del Cabildo Insular de Lanzarote se elabora, ejecuta y liquida de acuerdo con la normativa legal y reglamentaria vigente, con lo dispuesto en las presentes Bases de Ejecución, y con los reglamentos o normas generales, instrucciones y circulares aprobadas por los órganos insulares competentes. • • • • • • • • • • • • • • Ordenanza general de subvenciones del Cabildo Insular de Lanzarote (BOP Las Palmas núm. 53, lunes 3 de mayo de 2021) • Por las presentes Bases de Ejecución. Base 2ª.- Ámbito de Aplicación. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 6 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 • Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladoras de las Bases del Régimen Local (LRBRL). RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales (TRLRHL) modificadas por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local. Real Decreto 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueban las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local. Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos. Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales, modificada por la orden HAP/419/2014, de 14 de marzo. Orden HAP/1781/2013, de 20 de septiembre, por la cual se aprueba la Instrucción del modelo normal de Contabilidad local. Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. Real Decreto 2188/1995, de 28 de diciembre que desarrolla el régimen de control interno ejercido por la Intervención General de Estado. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. RD 887/2006 , del 21 de julio, por el que se desarrolla el Reglamento General de Subvenciones. Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad financiera. Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por la que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su aplicación a las entidades locales. Leyes anuales del Presupuesto General del Estado. Normas de Auditoria del Sector Público. Reglamento Orgánico del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. (BOC nº 018. Jueves 26 de enero de 2023). Reglamento Orgánico de Composición, Funcionamiento y Régimen Jurídico de Órgano de Gestión Tributaria del Cabildo de Lanzarote. (BOC N.º 80. Martes 26 de abril de 2016) Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 174 de 534 • • ACTA DEL PLENO La elaboración, gestión, ejecución, y liquidación del Presupuesto General del Cabildo Insular de Lanzarote, así como el ejercicio del control interno se regirá por la normativa legal y reglamentaria vigente, constituida por: Anexo 6 2. Si el presupuesto hubiera de prorrogarse, de acuerdo con lo establecido en el artº 169.6 del TRLRHL, se prorrogarán automáticamente las presentes bases que estarán vigentes hasta la entrada en vigor del nuevo presupuesto. Base 3ª.- Estructura presupuestaria. 1. El presupuesto del Cabildo Insular de Lanzarote y sus Organismos Autónomos se estructura de acuerdo con las clasificaciones establecidas a la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales (en adelante Orden EHA/3565/2008). ACTA DEL PLENO a) Entes Administrativos • Cabildo de Lanzarote • Consejo Insular de Aguas de Lanzarote • Organismo Autónomo Insular de Gestión de Tributos b) Estados de previsión de ingresos y gastos de las Entidades Públicas Empresariales que se detallan: • Entidad Pública Empresarial Centros de Arte Cultura y Turismo c) Estados de previsión de ingresos y gastos de las Sociedades Anónimas que se detallan: • Sociedad de Promoción Exterior de Lanzarote (SPEL) d) Consorcios: • Consorcio de Seguridad, Emergencias, Salvamento, Prevención y Extinción de Incendios de Lanzarote • Consorcio del Agua de Lanzarote consolidado Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 1. El Presupuesto General del Cabildo Insular de Lanzarote para el ejercicio del año 2025, está integrado, por las cuantías que se recogen en el “Presupuesto consolidado”, por: Estas previsiones de ingresos, conforme a la Orden EHA/3565/2008, se clasificarán separando las operaciones corrientes, las de capital y las financieras, de acuerdo con la estructura que por capítulos, artículos, conceptos y subconceptos se detallan en el Anexo IV de la citada Orden. 3. Los presupuestos de Gastos del Cabildo Insular de Lanzarote y sus Organismos Autónomos se estructuran conforme a las siguientes clasificaciones: • • Por Programas: Por la finalidad de los créditos y los objetivos que con ellos se proponga conseguir. Se distinguirá entre Área de Gasto, Política de Gasto, Grupo de Programas y Programa. Estos últimos podrán desarrollarse en subprogramas. Económica: Por la naturaleza del gasto. Distinguiendo entre Capítulo, Artículo, Concepto y Subconcepto. 4. El registro contable de los créditos, de sus modificaciones y de las operaciones de ejecución del gasto se realizará, como mínimo, sobre la aplicación presupuestaria definida anteriormente. El control fiscal se realizará al nivel de vinculación que se establece en la Base 5ª. 5. Para el seguimiento, contabilidad y control de los fondos europeos o de la Comunidad Autónoma que necesiten una especial contabilización se podrán crear programas específicos dentro del grupo de programa 459 en el caso de obras o 241 para programas de empleo. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 7 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 175 de 534 2. Las previsiones incluidas en los estados de ingresos recogerán las estimaciones de los distintos recursos económicos a liquidar durante el ejercicio 2025. Anexo 6 6. Si fuese necesario a lo largo del ejercicio emplear otra clasificación por programa o nuevos programas para estos fines, así como en el caso de corrección, reestructuración o adecuación de grupos de programa y sus créditos, siempre que el cambio no signifique destino distinto al crédito, no afecte al importe disponible, ni se financie con ingresos diferentes a los programados con la aprobación del Presupuesto, se faculta expresamente al Consejo de Gobierno Insular para adoptar lo que proceda a propuesta de la Consejera con delegación en materia de Hacienda . Base 4ª.- Proyecto de gastos. 1. Tendrán la consideración de proyectos de gasto: Los proyectos de inversión incluidos en el anexo de inversiones que acompaña al Presupuesto General. 2. Los gastos con financiación afectada. 3. Los gastos presupuestarios que se determinen a los efectos de su seguimiento y control individualizado. • • Ejercicio de inicio del proyecto: dos dígitos. Tipo de proyecto. (2: Inversión con financiación afectada; 3: Otros proyectos con financiación afectada; 4: Inversión financiada con recursos generales; 5: Otros proyectos financiados con recursos generales) Número de proyecto. (cinco dígitos, correspondiendo los tres primeros al grupo de programa) En caso de ser necesario se podrá añadir de forma opcional un nivel 2 en referencia al expediente formado por dos dígitos y un nivel 3 como desglose del expediente con dos dígitos. La codificación del tipo de proyecto permitirá identificar, en su caso, los expedientes en que se desglose el proyecto, los subexpedientes incluidos y si se trata de un proyecto de inversiones, con financiación afectada o de otro tipo. Los ingresos afectados a un proyecto de gastos deberán permitir la identificación con el código de proyecto de gastos permitiendo identificar cada uno de los agentes financiadores del mismo. TITULO II.- VINCULACIÓN JURÍDICA Y MODIFICACIONES DE CRÉDITO DEL ESTADO DE GASTOS CAPÍTULO I.- VINCULACIÓN JURÍDICA Y SITUACIÓN DE LOS CRÉDITOS DEL ESTADO DE GASTOS Base 5ª.- Niveles de vinculación Jurídica. 1. Los Créditos aprobados en el estado de gastos del presupuesto se destinarán a la finalidad específica para la cual hayan sido autorizados en el presupuesto general o sus modificaciones debidamente aprobadas, teniendo carácter limitativo y vinculante. No se podrán adquirir compromisos de gastos que excedan de los Créditos Presupuestarios autorizados en el Estado de Gastos, siendo nulos de Pleno derecho los acuerdos, resoluciones y actos administrativos que no cumplan esta norma. Con ánimo de facilitar la eficacia y la eficiencia en la gestión, el nivel de vinculación jurídica de los créditos para gastos, queda establecido del siguiente modo, a tenor de lo dispuesto en los artículos 27 y siguientes del R.D. 500/90. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 8 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 • • Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 176 de 534 2. Los proyectos de gasto se identificarán con un código que ha de ser invariable para toda la vida de la actuación. Éste deberá contener: ACTA DEL PLENO 1. Anexo 6 Con carácter general se establece como nivel de vinculación jurídica para los créditos del estado de gastos: • Clasificación por programas: el programa, los tres primeros dígitos. • Clasificación económica: el capítulo, el primer dígito. • • • • 3. De acuerdo con EHA 3565/2008, en el supuesto de que deba realizarse un gasto concreto para el que no existe aplicación presupuestaria específica en el presupuesto aprobado, pero sí existe crédito en la bolsa de vinculación jurídica a la que aquella aplicación presupuestaria pertenece, de acuerdo con el párrafo anterior y con lo dispuesto en la Orden señalada, se entenderá que existe crédito cero en la aplicación presupuestaria correspondiente y que existe crédito suficiente en la bolsa de vinculación jurídica a la que aquella pertenece, tramitándose el gasto normalmente. Por todo lo anteriormente expuesto, se entenderá que todas las aplicaciones presupuestarias se encuentran abiertas. Base 6ª.- Situación de los Créditos Presupuestarios. Los Créditos consignados en el Presupuesto de gastos, así como los procedentes de las Modificaciones Presupuestarias a que se refiere el artículo 34 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, podrán encontrarse, con carácter general, en cualquiera de las situaciones siguientes: • Créditos disponibles. El principio general es el de la disponibilidad de todos los Créditos que figuren en el Presupuesto, con excepción de los gastos que se hayan de financiar, total o parcialmente, mediante subvenciones, aportaciones de otras instituciones u operaciones de crédito quedando en situación de Créditos No disponibles hasta que se formalice el compromiso por parte de las entidades que concedan la subvención o el crédito. • Créditos retenidos pendientes de utilización. Cuando la cuantía del gasto, o la complejidad de la preparación del expediente lo aconsejen, el Consejero del área gestora podrá pedir la retención de Créditos de una aplicación presupuestaria previamente autorizada por el Consejero delegado de Hacienda. Recibida la solicitud se expedirá, si es el caso, el informe de existencia de crédito. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 9 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 • Los grupos de programas incluidos en la política de gasto Deporte (34) que lo será a nivel de política de gasto. Los grupos de programas incluidos en la política de gasto Transporte público (44) que lo será a nivel de política de gasto Los grupos de programa 330 Administración general de cultura, 333 Equipamientos culturales y museos y 334 Promoción cultural quedan vinculadas entre sí. Las subvenciones incluidas en las aplicaciones presupuestarias del capítulo IV y VII que figuren nominadas quedarán vinculadas consigo mismas. Las aplicaciones presupuestarias de Gastos del Capítulo VI nominadas quedan vinculadas a nivel del grupo de programa a excepción de las que figuren nominadas o las procedentes de incorporación de remanentes que lo serán a nivel de aplicación presupuestaria a excepción de las incluidas en programas previstos en la Base 3ª.5. Igualmente, cualquier aplicación presupuestaria de Gastos que esté financiada con recursos afectados a excepción de las incluidas en los programas previstos en la Base 3ª.5. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 177 de 534 • ACTA DEL PLENO 2. Con carácter especial se establecen las siguientes vinculaciones: Anexo 6 • Créditos no disponibles. Cuando concurran determinadas circunstancias que afecten directamente al equilibrio presupuestario y financiero de ésta Corporación, así como cuando el Consejero con las competencias delegadas del área de gastos correspondiente, o en su ausencia el Presidente, considere necesario bloquear la totalidad o parte de un crédito asignado a una aplicación presupuestaria del área de la que es responsable, formulará propuesta razonada de no disponibilidad que deberá ser conformada por el Consejero delegado de Hacienda. En el caso de los Organismos Autónomos, será el Presidente u órgano en quien delegue quien emitirá la citada propuesta. CAPÍTULO II.- LAS MODIFICACIONES DE CRÉDITOS Base 7ª.- Órganos competentes para la aprobación de las modificaciones presupuestarias. 1. La aprobación de los créditos extraordinarios, suplementos de crédito, bajas por anulación y transferencias de crédito entre distintas áreas de gasto corresponde, previo informe de la Intervención General, al Pleno. Aquellos expedientes de modificación de Créditos, cuya aprobación sea competencia del Pleno le son de aplicación las mismas normas de información, publicidad y reclamaciones establecidas para la aprobación del Presupuesto General en el artículo 169 del TRLRHL. No obstante, teniendo en cuenta que de conformidad con lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas que dispone: “2. Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.“ Se faculta al Consejo de Gobierno Insular, a propuesta del Consejero delegado en materia de Hacienda o del Área que corresponda, previo informe de la Intervención General, a la corrección de errores materiales, aritméticos o de hecho que pudieran detectarse en los acuerdos de modificación de crédito y/o de nominación de subvenciones. En el caso de los OOAA, requerirá acuerdo del órgano competente conforme a los estatutos, así como a lo previsto en sus bases de ejecución de aprobación de la propuesta de modificación presupuestaria, dando traslado del expediente para su aprobación mediante Decreto/Resolución de Presidencia o acuerdo plenario, según corresponda, en el Cabildo Insular. 2. La aprobación de las demás modificaciones presupuestarias corresponde, previo informe de la Intervención General, a la Presidencia o al órgano en el cual delegue. Las modificaciones de crédito aprobadas por un órgano diferente del Pleno son ejecutivas desde el acuerdo de aprobación. Base 8ª.- Modificaciones de Crédito. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 10 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 178 1 de 534 Es competencia del Órgano de Gestión Económico-Financiera la expedición de informes de existencia de crédito. ACTA DEL PLENO Con cargo al saldo declarado no disponible no podrán acordarse autorizaciones de gastos ni transferencias de crédito y su importe no podrá ser incorporado al presupuesto del ejercicio siguiente. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 La declaración de no disponibilidad de créditos, así como su reposición a disponible, corresponde al Pleno de la Corporación, previo informe de Intervención. Anexo 6 1. Las modificaciones de crédito que podrán ser realizadas en los Presupuestos de la Entidad, serán las relacionadas en los artículos 34 a 51 del R.D. 500/1990 y los artículos 177 a 182 del TRLRHL. Sobre el presupuesto podrán realizarse las siguientes modificaciones: Créditos extraordinarios Suplementos de créditos. Ampliaciones de créditos. Transferencias de créditos Créditos generados por ingresos. Incorporaciones de remanentes de crédito. Bajas por anulación. Base 9ª.- Créditos extraordinarios y suplementos de créditos. 1. Se consideran créditos extraordinarios y suplementos de crédito aquellas modificaciones del presupuesto de gastos específico y determinado que no puede demorarse hasta el ejercicio siguiente y para el cual no existe crédito presupuestario o bien el crédito existente es insuficiente y no susceptible de ampliación. 2. La tramitación y requisitos para la aprobación de créditos extraordinarios y suplementos de crédito se regirán por lo dispuesto en los artículos 177 del TRLRHL y los artículos 35 al 38 del RD 500/1990. 3. Los créditos extraordinarios y los suplementos de crédito, se podrán financiar con uno o varios de los siguientes recursos: • • • Remanentes líquidos de Tesorería. Nuevos o mayores ingresos efectivamente recaudados sobre los totales previstos en algún concepto del Presupuesto corriente. Anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones presupuestarias del presupuesto vigente no comprometidos, cuyas dotaciones se estimen reducibles sin perturbación del respectivo servicio. 4. Los créditos extraordinarios y suplementos de créditos para gastos de inversión (aplicables a los Capítulos VI de gastos) podrán financiarse, además de con los recursos anteriores, con los procedentes de operaciones de crédito. 5. Excepcionalmente podrán utilizarse los recursos procedentes de operaciones de crédito para financiar créditos extraordinarios y suplementos de crédito para gastos corrientes cuando se den las circunstancias del artículo 36.3 c) del R.D. 500/1990. Base 10ª.- Créditos generados por ingresos. 1. Podrán genera crédito en los estados de gastos de los presupuestos, los ingresos de naturaleza no tributaria derivados de las operaciones recogidas en el artículo 181 del TRLRHL y artículo 43 del R.D. 500/1990, concretamente: Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 11 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 179 1 de 534 3. Las modificaciones de crédito deberán, en todo caso, respetar y aplicar las previsiones contenidas a tales efectos en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, debiendo quedar ajustada su tramitación a las limitaciones previstas en la citada norma. ACTA DEL PLENO 2. Los expedientes de modificaciones de crédito, cualquiera que fuera su clase, serán numerados correlativamente, por orden cronológico de la providencia de inicio del expediente, y las propuestas de la unidad gestora. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. Anexo 6 • • • • • Aportaciones, o compromisos firmes de aportación de personas físicas o jurídicas para financiar, junto con la Entidad Local o con alguno de sus Organismos Autónomos, gastos que por su naturaleza estén comprendidos en los fines u objetivos de la misma. Enajenaciones de bienes (*) de la Entidad Local o de sus Organismos Autónomos, con las limitaciones establecidas en el artículo 5 del TRLRHL. Prestación de servicios, por la cual se hayan liquidado precios públicos o privados, en cuantía superior a los ingresos presupuestados. Reembolsos de préstamos (**). Reintegros de pagos indebidos con cargo al presupuesto corriente, en cuanto a reposición del crédito en la correspondiente cuantía. 2. Para proceder a la generación de crédito deberán producirse las circunstancias definidas en los artículos 44 al 46 del R.D. 500/1990. 3. Cuando los ingresos que originan las Generaciones de Crédito consistan en aportaciones realizadas por personas físicas o jurídicas o enajenaciones de bienes, se acompañará el documento en que conste el compromiso firme de aportación que ha de efectuar o, en su caso, copia del mandamiento de ingreso en la Tesorería. 4. Cuando el ingreso derive de prestaciones de servicios o de reembolso de préstamos, para proceder a la generación será requisito indispensable el reconocimiento del derecho, si bien la disponibilidad de los créditos estará condicionada a la efectiva recaudación de los derechos. ACTA DEL PLENO (**) Los ingresos procedentes de reembolso de préstamos únicamente podrán dar lugar a generaciones en aquellos créditos destinados a la concesión de nuevos préstamos. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 (*) Cuando la enajenación se refiera al inmovilizado, la generación únicamente podrá realizase en los créditos correspondientes a operaciones de la misma naturaleza económica 1º Se iniciará incluyendo una Memoria justificativa de la necesidad de modificación, donde deberán quedar establecidas las aplicaciones que quedarán afectadas por la modificación, así como los niveles de vinculación jurídicas. a propuesta del responsable del departamento gestor del gasto, del Director/Jefe del Área y del Consejero/a Insular de área correspondiente. Deberá constar en el expediente: ● En el caso de compromisos firmes de aportación o subvenciones, de personas físicas o jurídicas, y enajenaciones de bienes, el documento acreditativo de la existencia formal del compromiso firme de aportación (generalmente el convenio debidamente aprobado y firmado o la resolución de concesión) o el documento acreditativo del reconocimiento del derecho. ● En los supuestos de prestación de servicios o reembolsos, el documento acreditativo del reconocimiento firme del derecho y la efectiva recaudación de los derechos. ● En el supuesto de reintegros, la efectividad del cobro del reintegro. En el caso que los derechos hayan sido efectivamente recaudados, bastará el Informe del Titular del Órgano de Gestión Económico-Financiera de la Corporación que acredite el ingreso. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 12 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 180 1 de 534 Tramitación a realizar Anexo 6 2º Providencia de Presidencia o Consejero/a delegado/a de Hacienda para la incoación del expediente. 5º Informe de Intervención. 6º Aprobación por la Presidencia o Consejero delegado de Hacienda.. Base 11ª.- Transferencias de crédito. Se consideran transferencias de crédito aquellas modificaciones del Presupuesto de Gastos mediante las que, sin alterar la cuantía total del mismo, se imputa el importe total o parcial de un crédito a otras aplicaciones presupuestarias de diferente vinculación jurídica. Las transferencias de crédito estarán sujetas a las siguientes limitaciones: 1. No afectarán a los créditos ampliables ni a los extraordinarios concedidos durante el ACTA DEL PLENO 4º En el caso de que la propuesta sea correcta, realizará la correspondiente retención de crédito de acuerdo con el artículo 33 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril. Si la propuesta de modificación es incorrecta la devolverá al área gestora del gasto para subsanar las deficiencias. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 3º Informe-Propuesta de resolución de la modificación de crédito del Jefe/ de Servicio del Órgano de Gestión Económico- Financiera o responsable técnico designado, donde se detalle a nivel de aplicación presupuestaria la modificación de crédito a aprobar, así como todos aquellos aspectos no incluidos entre los enumerados anteriormente y que sean requeridos para la adopción del acuerdo, verificando que la modificación propuesta cumple los requisitos legales y reglamentarios para la aprobación de la modificación ejercicio. transferencias, salvo cuando afecten a créditos de personal, ni los créditos incorporados como consecuencia de remanentes no comprometidos procedentes de Presupuestos cerrados. 3. No se incrementarán créditos que, como consecuencia de otras transferencias, hayan sido objeto de minoración, salvo cuando afecten a créditos de personal. No obstante, no estarán sujetas a las limitaciones anteriores, las transferencias de crédito que se refieran a los programas de imprevistos y funciones no clasificadas, ni a las modificaciones efectuadas como consecuencia de reorganizaciones administrativas aprobadas por el Pleno. Se podrán realizar transferencias de crédito a aplicaciones presupuestarias inexistentes, siempre que exista el nivel de vinculación al que debería pertenecer dicha aplicación presupuestaria. La aplicación presupuestaria se creará conforme la Base 5ª, siendo en este caso el primer documento contable el derivado de la transferencia de crédito en donde se deberá hacer constar la diligencia detallada en la Base 6ª. Tramitación a realizar 1º Se iniciará incluyendo una Memoria justificativa de la necesidad de modificación a propuesta del responsable del departamento gestor del gasto, del Director/Jefe del Área y del Consejero Insular de área correspondiente, que vaya a incrementarse. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 13 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 181 13 de 534 2. No podrán minorarse los créditos que hayan sido incrementados con suplementos o Anexo 6 Deberá constar en la Memoria justificativa: 1. La necesidad de modificación. 2. La finalidad de la modificación. 3. La inexistencia en el estado de gastos de crédito suficiente al nivel en que esté establecida la vinculación jurídica. 4º En el caso de que la propuesta sea correcta, se realizará Providencia de Presidencia o Consejero delegado de Hacienda para la incoación del expediente y la correspondiente retención de crédito de acuerdo con el artículo 33 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril. 5º Informe-Propuesta de resolución de la modificación de crédito del Titular del Órgano de Gestión Económico- Financiera con el Visto Bueno del Consejero delegado en materia de Hacienda, donde se detalle a nivel de aplicación presupuestaria la modificación de crédito a aprobar, así como todos aquellos aspectos no incluidos entre los enumerados anteriormente y que sean requeridos para la adopción del acuerdo, verificando que la modificación propuesta cumple los requisitos legales y reglamentarios para la aprobación de la modificación. 6º Informe de Intervención. 7º Aprobación por el órgano competente: Corresponderán al Pleno cuando las transferencias se realicen entre créditos presupuestarios pertenecientes a distintas áreas de gasto, excepto las que afecten a altas y bajas de créditos de personal. Su tramitación se acomodará a las formalidades previstas para la aprobación del Presupuesto General. 2. Corresponderán al Presidente o Consejero delegado de la aprobación de: 1. Las transferencias entre distintas áreas de gastos, relativos altas y bajas del Capítulo de Gastos de Personal. 2. Las transferencias de crédito entre Capítulos de una misma área de gasto y que pertenezcan a distintos niveles de vinculación jurídica. 1. Base 12ª.- Incorporación de remanentes de crédito. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 14 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 3º Si la propuesta de modificación es incorrecta la devolverá al área gestora del gasto para subsanar las deficiencias. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 182 1 de 534 2º Si la aplicación presupuestaria a disminuir afectase a un Área cuya delegación correspondiese a un Consejero distinto, se aportará además informe del Jefe del Servicio o en su defecto responsable técnico designado que gestione la aplicación presupuestaria que se pretende disminuir, con el visto bueno del Consejero Insular de área o con competencias delegadas del área de gastos correspondiente, acreditativo de que la dotación a minorar se estima reducible sin perturbación en el respectivo servicio. O en su defecto la Memoria justificativa del apartado anterior deberá recoger sus firmas a los efectos de acreditar su conformidad con la minoración y que se estima reducible sin perturbación del servicio. ACTA DEL PLENO Toda propuesta de transferencia de crédito que se refiera a aplicaciones presupuestarias de Capítulo I, Gastos de Personal, ha de ser tramitada desde el Servicio de Recursos Humanos, cumpliéndose con los requisitos anteriores. Anexo 6 1. Se considera incorporación de remanentes de crédito, la modificación al alza del Presupuesto de Gastos que consiste en trasladar al mismo los remanentes de crédito del ejercicio inmediato anterior. Son remanentes de crédito aquellos, que el último día del ejercicio presupuestario no estén sujetos al cumplimiento de obligaciones reconocidas, es decir, aquellos que no hayan llegado a la fase de reconocimiento de la obligación (fase "O") y por tanto son créditos no gastados. Podrán ser incorporados, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 47 del R.D.500/1990, y siempre que existan para ello los suficientes recursos financieros, los siguientes remanentes de crédito: Los créditos extraordinarios y los suplementos de crédito, así como las transferencias de crédito que hayan sido concedidos o autorizados, respectivamente, en el último trimestre del ejercicio. b. Los créditos que amparen compromisos de gastos del ejercicio anterior derivados de compromisos de gastos debidamente adquiridos, es decir, que hayan llegado a la fase de disposición o compromiso de gasto (fase “D”). c. Los créditos por operaciones de capital (Capítulos VI y VII de gasto). d. Los créditos autorizados en función de la efectiva recaudación de los derechos afectados. 4. Los remanentes de crédito financiados con ingresos afectados, son de incorporación es obligatoria, salvo que se desista total o parcialmente de iniciar o continuar la ejecución del gasto. 5. Las incorporaciones estarán supeditadas a la existencia de suficientes recursos financieros, a cuyo efecto se considerarán los recursos previstos en el artículo 48.2 del R.D. 500/1990. 6. Excepcionalmente, la incorporación de determinados remanentes de créditos podrá aprobarse antes que la liquidación del Presupuesto del ejercicio anterior, siempre que se trate de créditos de gastos financiados con ingresos o compromisos de ingresos afectados, incluidos los financiados con la exacción sobre combustibles (220.09) en función de la efectiva recaudación. 7. Excepcionalmente se podrán incorporar créditos antes de la aprobación de la liquidación del Presupuesto del ejercicio anterior, cuando estos se correspondan con la aportación financiera del Cabildo de Lanzarote al programa FDCAN o aquel que le sustituya, y se financiarán con el remanente líquido de tesorería para gastos generales. Se deberá hacer reserva por igual importe de créditos presupuestarios en previsión de un remanente de tesorería insuficiente en el momento de aprobación de la liquidación, con el objeto de efectuar las modificaciones presupuestarias necesarias para alcanzar el equilibrio. Base 13ª.- Bajas por anulación asignado a una partida del presupuesto. 1. Es la modificación del Presupuesto de Gastos que supone una disminución total o parcial en el crédito asignado a una aplicación del Presupuesto. 2. Esta modificación seguirá el trámite establecido en el art. 49 y siguientes del R.D. 500/1990, correspondiendo al Pleno su aprobación. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 15 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 3. No serán incorporables los créditos declarados no disponibles ni los remanentes de créditos ya incorporados en el ejercicio precedente. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 183 1 de 534 2. Los remanentes incorporados podrán ser aplicados tan solo dentro del ejercicio presupuestario al que la incorporación se acuerde y, en el supuesto del apartado “a.”, para los mismos gastos que motivaron en cada caso su concesión y autorización. ACTA DEL PLENO a. Anexo 6 3. Puede darse de baja por anulación cualquier crédito del presupuesto de gastos hasta la cuantía correspondiente al saldo de crédito que dicha dotación se estime reducible o anulable sin perturbación del respectivo servicio. 4. Podrán dar lugar a una baja de créditos: a) La financiación de remanentes de tesorería negativos. b) La financiación de créditos extraordinarios y suplementos de crédito. c) La ejecución de otros acuerdos del Pleno Insular. De acuerdo con lo establecido en el artículo 39 del RD 500/1990, únicamente pueden declararse ampliables aquellas aplicaciones presupuestarias que correspondan a gastos financiados con recursos expresamente afectados, siempre que se acredite el reconocimiento en firme de mayores derechos sobre los previstos en el Presupuesto de Ingresos afectados al crédito que se pretende ampliar. 011.941 Ingresos Denominación Aplicación presupuestaria Denominación Devolución de fianzas 941.00 Fianzas recibidas 920.83100 Anticipos de pagas al personal funcionario 831.00 Anticipos de Pagas al personal Funcionario 920.83101 Anticipos de paga al personal laboral 831.01 Anticipos de Paga al personal laboral 453.61900 Conservación de carreteras 442.60902 Fomento y desarrollo del Transporte 220.09 Exacción sobre combustibles 330.22799 Otros trabajos realizados por otras empresas Tributos 329.13 Otras Tasas. culturales Otros trabajos realizados por otras empresas Tributos 303.00 Servicio de tratamiento de residuos Otros trabajos realizados por otras empresas Tributos 349.00 Precio público. Papagayo 330.225 1623.2279905 1623.225 337.22799 337.225 Actividades Camping Base 15ª.- Expedientes de gasto condicionados a una modificación presupuestaria. 1. Podrán tramitarse expedientes de gasto condicionados a modificaciones presupuestarias, únicamente hasta la fase de Autorización del gasto (fase A). A tal efecto, en la propuesta de Autorización del gasto deberá relacionar el expediente del gasto con el expediente de modificación presupuestaria, incorporando al expediente la copia del documento RC. 2. En ningún caso podrán adoptarse acuerdos que impliquen compromisos con terceros (acuerdos de adjudicación, acuerdos de concesión de subvenciones, etc. en tanto no haya entrado en vigor la modificación presupuestaria. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 16 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 184 1 de 534 Gastos Aplicación presupuestaria ACTA DEL PLENO Se declaran ampliables las siguientes aplicaciones presupuestarias: Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Base 14ª.- Ampliaciones de Créditos. Anexo 6 3. De forma excepcional cuando se trate de expedientes de modificación de incorporación de remanentes con financiación 100% afectada, siempre que no se haya desistido de la ejecución el proyecto, la tramitación del expediente podrá alcanzar hasta la fase de adjudicación. Tramitación 1º Teniendo en cuenta la documentación aportada en el expediente por parte del Jefe del Servicio o en su defecto responsable técnico designado que gestione la aplicación presupuestaria, incluirá la copia del expediente de modificación de crédito debidamente cumplimentado. 2º La propuesta de resolución deberá expresar que la aprobación del expediente queda condicionada a la existencia del crédito suficiente y adecuado, una vez entre en vigor la modificación presupuestaria solicitada. Se observará lo preceptuado en la presente Base: 1. Anexo de Inversiones: Las modificaciones de inversiones deberán tener el correspondiente reflejo en el Anexo de Inversiones. En particular: Cuando la modificación implique la inclusión, aumento o disminución de un crédito en los créditos financiados, total o parcialmente, con recursos procedentes de los Fondos de la Unión Europea, de la Administración General del Estado, de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias o de cualquier otra Entidad Pública o Privada. En todo caso se atenderá para su planificación a la ejecución material del gasto. a) Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Cuando la modificación de créditos implique una variación del Anexo de Inversiones o Plan de Inversión y del Anexo de Subvenciones, éstas se deberán tramitar conjuntamente. ACTA DEL PLENO Base 16ª.- Modificación de créditos que afecten a los Anexos del Presupuesto. aplicaciones presupuestarias financiadas, total o parcialmente, con operaciones de crédito. Cuando se produzca un cambio en la financiación de cualquiera de las actuaciones recogidas en el Anexo de Inversiones. c) • 2. Anexo de subvenciones: 1. La incorporación, modificación o supresión de subvenciones exigirán la previa o simultánea modificación del Plan Estratégico de Subvenciones cumpliéndose los mismos requisitos que para su aprobación y concretando el eje estratégico, la línea de actuación, objetivos, efectos, plazo de consecución, costes previsibles y fuentes de financiación, debiendo adecuarse a la estructura inicialmente aprobada para cada Área Insular. Así mismo, se actualizará el anexo de subvenciones referido en el punto 14 de la Base 37ª. 2. No obstante lo establecido en el apartado anterior, de conformidad con lo previsto en el artículo 59.2, letra m) del Reglamento Orgánico del Cabildo, así como en el artículo 4, párrafo 3º de la Ordenanza General de Subvenciones, cuando concurran circunstancias excepcionales e imprevistas que precisen con carácter inmediato medidas de fomento económico mediante la concesión de subvenciones, tanto en régimen de concurrencia competitiva como de forma directa, para paliar una situación que afecte gravemente al interés público de la isla o de un colectivo esencial, y siempre y cuando dicha situación haya sido objeto de un reconocimiento Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 17 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 185 1 de 534 b) Cuando la modificación implique la inclusión, aumento o disminución de un crédito en Anexo 6 normativo específico, la Presidencia del Cabildo, dando cuenta de ello al Pleno, podrá ordenar el inicio y tramitación del correspondiente expediente de concesión así como simultáneamente ordenar el procedimiento de adaptación del Plan Estratégico de Subvenciones a dicha situación. Base 17ª.- Modificación del Presupuesto de Ingresos. CAPÍTULO I.- EL ÓRGANO DE GESTIÓN ECONÓMICA-FINANCIERA. Base 18ª.- Organización del sistema de gestión presupuestario y contable. El sistema de gestión presupuestario y contable del Cabildo está organizado conforme a lo dispuesto en el Capítulo Noveno Sección Primera, Segunda y Tercera del Título II del Reglamento Orgánico del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Al Órgano de Gestión Económico–Financiera del Cabildo de Lanzarote le corresponden las funciones de Contabilidad y Tesorería. (art. 172 y siguientes del Reglamento O.C.I.L.). Las funciones de contabilidad y tesorería, incluida la recaudación, se podrán ejercer a través de unidades funcionales diferenciadas, cuya estructura y composición serán objeto de aprobación por Decreto de la Presidencia. Base 19ª.- Información sobre la ejecución presupuestaria. En cumplimiento del artículo 207 del TRLRHL y las Reglas 52 y 53 de la ICAL, por la cual el Órgano de Gestión Económico-Financiera informará al Pleno de la entidad por conducto de la Presidencia, por trimestres vencidos, información sobre la ejecución de los presupuestos, del movimiento de la tesorería y de las operaciones no presupuestarias independientes y auxiliares del presupuesto, se dará por cumplida con la puesta a disposición a través del portal de transparencia del Cabildo de Lanzarote de la misma • Asimismo por aplicación de la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, la remisión del Órgano de Gestión Económico-Financiera del informe trimestral al Pleno regulado en los artículo 4 de la citada Ley se dará por cumplida con la puesta a disposición de la misma en el portal de transparencia del Cabildo de Lanzarote. CAPÍTULO II.- NORMAS GENERALES DE GESTIÓN DEL PRESUPUESTO DE GASTOS. Base 20ª.- Anualidad presupuestaria. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 18 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 186 18 de 534 TITULO III.- PROCEDIMIENTO GENERAL DE EJECUCIÓN DE GASTO. ACTA DEL PLENO No obstante lo anterior, los cambios de financiación de proyectos, incluidos los que afecten al Anexo de Inversiones, se tramitarán por el Órgano de Gestión Económico–Financiera a propuesta del Titular de la Consejería delegada en materia de Hacienda y serán aprobados por Decreto de la Presidencia. Los expedientes de modificación del Presupuesto de Ingresos serán informados por la Intervención General previamente a su aprobación. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Las modificaciones en las previsiones del Presupuesto de Ingresos se tramitarán conjuntamente con la modificación correspondiente del gasto, en el caso que dé lugar a la misma. Anexo 6 1. Con cargo a los créditos del estado de gasto sólo se podrán contraer obligaciones derivadas de gastos realizados en el año natural del propio ejercicio presupuestario. 2. Excepcionalmente, se aplicarán a los créditos del presupuesto vigente, en el momento de su reconocimiento y no serán objeto de expediente de reconocimiento extrajudicial de crédito, correspondiendo su aprobación Consejero Insular de área o en su caso con las competencias delegadas del área de gastos correspondiente, de conformidad con las fechas que para ejercicio establezca el Consejo de Gobierno Insular en el calendario del cierre correspondiente, las obligaciones siguientes: Las que resulten de la liquidación de atrasos a favor del personal, correspondiendo el reconocimiento de las mismas al Jefe del Servicio de Recursos Humanos o en su defecto responsable técnico designado, no siendo necesario el reconocimiento expreso de aquellas incidencias que se incorporen en nómina y boletines de cotización en el mes de enero, correspondientes al ejercicio anterior. 2. Las derivadas de compromisos de gastos de ejercicios anteriores, adquiridos conforme al procedimiento establecido según la naturaleza del gasto, que se realicen existiendo crédito en el ejercicio en el que se producen los mismos, como sería el supuesto, entre otros, los gastos o facturas del mes de diciembre o aquellos que por razones varias no fueron imputados al ejercicio correspondiente, como pudieran ser las facturas tramitadas o presentadas fuera de plazo o facturas extraviadas. En el caso de compromisos de gasto financiados con recursos afectados se requiere la previa incorporación de los remanentes de créditos correspondientes. 3. Gastos derivados de formalización al Presupuesto de pagos pendientes de aplicación en retenciones practicadas en cobros de ingresos procedentes de otras administraciones públicas. 4. Los gastos derivados de contratos de resoluciones judiciales, sanciones, tributos, precios públicos y cualesquiera otras exacciones de Derecho Público. Base 21ª.- Inadecuación de crédito. La inadecuación de crédito existirá cuando se produzca discrepancia en cuanto a la clasificación por categorías económicas o por programas de las aplicaciones presupuestarias aplicables a un determinado gasto. Los expedientes que se eleven al Pleno para resolver aquellas inadecuaciones de crédito planteadas por la Intervención General en discrepancia con los Servicios Gestores del gasto deberán contener, con carácter preceptivo, informe del Órgano de Gestión Económico-Financiera. Base 22ª.- Retención de crédito. 1. Retención de crédito (RC), es el documento que, expedido por el Órgano de Gestión EconómicoFinanciera, informa la existencia de saldo disponible respecto de una aplicación presupuestaria al nivel en que esté establecida la vinculación jurídica, para la posterior autorización del gasto. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 19 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 187 1 de 534 3. Podrán tramitarse para cualquier tipo de gasto los llamados expedientes de tramitación anticipada, con cargo a créditos de ejercicios futuros o a créditos pendientes de la tramitación de una modificación presupuestaria, pudiendo alcanzar hasta la aprobación del gasto e incluso su publicación en los casos de convocatoria de subvenciones. Habrá de estarse a lo establecido en el artº 117 de la LCSP y la Disposición Adicional 3ª, apartado 2, en lo que afecta a los expedientes de contratación. ACTA DEL PLENO 1. Anexo 6 Cuando haya de expedirse informe de existencia de crédito con destino a una transferencia de crédito, además de cumplirse la condición de que exista crédito a nivel de vinculación jurídica, también deberá existir disponible al nivel de la propia aplicación presupuestaria. El crédito retenido puede restituirse a situación de disponible no retenido siempre que se produzca una baja en la cuantía del gasto inicialmente propuesto o cuando se desista de su realización, tramitando para ello solicitud del servicio para su anulación. 4. Recibida la solicitud de documento RC en el Órgano de Gestión Económico-Financiera, se verificará la suficiencia de saldo al nivel en que esté establecida la vinculación jurídica del crédito y si viene con número obtenido del aplicativo informático habilitado al efecto. Una vez comprobada la existencia de crédito, se expedirá el documento RC correspondiente. 5. Retenciones de créditos de futuros: Para todo gasto que requiera del informe de capacidad financiera, tanto gastos plurianuales como de contratación anticipada, este debe de ir acompañado del correspondiente documento de retención de crédito de futuro que se tramitará por el servicio de Órgano de Gestión Económico-Financiera. Base 23ª.- Fases de ejecución del Presupuesto de Gastos. 1. La gestión del Presupuesto se ejecutará de acuerdo las fases de ejecución del presupuesto de gastos establecidas en los artículos 52 a 68 del RD 500/90. A Autorización del gasto D Disposición o Compromiso del gasto O Reconocimiento y liquidación de la obligación P Ordenación del pago 2. No obstante, y en determinados casos, un mismo acto administrativo de gestión del presupuesto de gastos podrá abarcar más de una fase de ejecución de las enumeradas, según lo dispuesto en estas bases, produciendo el acto administrativo que las acumule los mismos efectos que si se acordasen en actos administrativos separados. Pueden darse exclusivamente, los siguientes supuestos: a) Autorización-Disposición (Fase AD). b) Autorización-Disposición y Reconocimiento de la Obligación (Fase ADO). Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 20 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 188 de 534 3. Los gastos que quieran su imputación a proyectos de gastos, requerirán que la solicitud de RC, contenga la referencia del mismo. Las solicitudes de RC con cargo a créditos afectados a transferencias y subvenciones finalistas, deberán contener expresión de que dicho gasto se adecua al cumplimiento de las condiciones impuestas en la normativa reguladora de la transferencia o subvención, o deberá incorporar un informe del Jefe/a de Servicio o responsable técnico designado donde dichos extremos queden acreditados. ACTA DEL PLENO Cuando se trate de solicitudes de RC globales estos tendrán que contar con visto bueno del Consejero/a de Hacienda. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 2. Los documentos RC, así como los de anulación de RC (RC/) se solicitarán al Órgano de Gestión Económico-Financiera, siempre por escrito y con el número obtenido por medio del aplicativo informático habilitado al efecto, por el Jefe/a de Servicio o en su defecto por el responsable designado al efecto, y deberá contar con el visto bueno del Consejero/a Insular de área o en su caso con las competencias delegadas del área de gastos correspondiente. Anexo 6 En este caso el órgano que adopte el acuerdo, deberá tener competencia para acordar todas y cada una de las fases que en aquel se incluyan. 3. La confección de los documentos contables recaerá en los servicios del Órgano de Gestión Económico-Financiera. Los documentos contables adquirirán validez una vez registrados en el sistema de información contable y validados por el Órgano de Gestión Económico-Financiera. Base 24ª.- Órganos competentes para la aprobación de las fases de ejecución del Presupuesto de Gastos. El reconocimiento y liquidación de obligaciones, legalmente adquiridas, es competencia de la Presidencia de acuerdo con lo previsto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local modificado por la Ley de Medidas de Modernización del Gobierno Local, Ley 57/2003, y en el artículo 185 del TRLRHL sin perjuicio de las desconcentraciones/delegaciones que pudieran existir. No obstante, lo indicado en el punto anterior, corresponderá al Pleno el reconocimiento extrajudicial de créditos, siempre que no exista dotación presupuestaria, sin perjuicio de lo establecido en las presentes bases, operaciones especiales de crédito o concesiones de quita y espera. Acorde a lo previsto en el artículo 28.3 del Reglamento 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local, referido a la omisión de la función interventora, corresponde al Consejo de Gobierno el reconocimiento de las obligaciones derivadas de expedientes de indemnización de daños y perjuicios derivada de la materialización de la revisión del acto. 3. La ordenación de pagos. De acuerdo con lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local con las modificaciones introducidas por la Ley 11/1999 y en el artículo 186 del TRLRHL la ordenación de pagos es competencia de la Presidencia sin perjuicio de las desconcentraciones/delegaciones que pudieran existir u órgano en el cual delegue. 4. Delegación de competencias en materia de gastos (ejecución del presupuesto). La Presidencia para delegar una serie de competencias en materia de autorización, disposición y reconocimiento de obligaciones, deberá cumplir el procedimiento y requisitos generales que respecto a la delegación de competencias establece el art. 9 de la Ley 40/2015, Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 21 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 2. Reconocimiento de la obligación. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 189 de 534 La competencia para la aprobación de las autorizaciones y disposiciones o compromisos de gastos corresponden a la Presidencia, al Pleno o Consejo de Gobierno Insular de acuerdo con la atribución de competencias que establezca la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local en concordancia con las modificaciones introducidas por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y 57/2003 de 17 de diciembre, de Medidas de Modernización del Gobierno Local, así como el Reglamento Orgánico del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote, y las distintas delegaciones tramitadas al efecto. ACTA DEL PLENO 1. Autorizaciones y disposiciones o compromisos de gasto. Anexo 6 de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, adopción de la pertinente resolución y publicación de la misma en el BOP. CAPÍTULO III.- PROCEDIMIENTOS GENERALES DE GESTIÓN DEL GASTO Base 25ª.- Autorización de gastos. 1. La Autorización de Gastos es el acto administrativo en virtud del cual se acuerda la realización de un gasto determinado, en cuantía cierta o aproximada, para el cual se reserva la totalidad o parte de un crédito presupuestario. Constituye el inicio del procedimiento de ejecución del gasto, dando lugar al documento contable “A”, si bien no implica relaciones con terceros externos a la Entidad Local. La formulación del documento “A” de autorización de gasto requerirá de acuerdo expreso. 2. La anulación del gasto autorizado se solicitarán al Órgano de Gestión Económico-Financiera, mediante providencia motivada del Consejero/a Insular de área o en su caso con las competencias delegadas del área de gastos correspondiente por la que se inste a dicha la anulación. En caso de que proceda la anulación del gasto autorizado y/o la restitución a crédito disponible, se ha de incluir en la providencia mencionada, lo que conllevaría la anulación de la operación A y de la retención del crédito. Base 26ª.- Disposición o compromiso del gasto. 1. La Disposición o compromiso de Gastos es el acto mediante el cual se acuerda, tras el cumplimiento de los trámites legalmente establecidos, la realización de gastos, previamente autorizados, por un importe exactamente determinado. Es un acto con relevancia jurídica para con terceros, vinculando a la Entidad local a la realización de un gasto concreto y determinado tanto en su cuantía como en las condiciones de ejecución, dando lugar al documento contable “D”, siendo indispensable para la contabilización que el acuerdo, decreto o resolución: a) b) Identifique plenamente al Tercero, con constancia expresa, entre otros datos, del número de CIF O NIF. Concrete de forma expresa el importe a disponer, distribuido en las anualidades correspondientes en el caso de gastos que han de extenderse a ejercicios futuros. 2. Se requerirá acuerdo expreso para la disposición del gasto derivados de los acuerdos de adjudicación definitiva de obras, de servicios, de gestión de servicios, de suministros, los acuerdos de adquisición de inmuebles y, en general, todos aquellos acuerdos en los que resulte determinado el tercero acreedor a consecuencia del gasto. 3. Se entenderá realizada la disposición del gasto, aunque no conste de modo expreso en la concesión de subvenciones. En los casos en que se requiera la formalización de un convenio, la aprobación del mismo servirá de soporte para la fase contable “D”. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 22 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Exposición de la necesidad y fin del gasto a realizar. Importe exacto o máximo del mismo. Aplicación presupuestaria a la que ha de imputarse el gasto. Disposiciones que den cobertura legal a la actuación a realizar. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 190 de 534 a) b) c) d) ACTA DEL PLENO Las propuestas de autorización de gastos podrán realizarse conjunta o separadamente con la aprobación del expediente administrativo. En todo caso, deberá contener: Anexo 6 4. De acuerdo con lo establecido en el Art. 173.5 del TRLRHL, no podrán adquirirse compromisos de gastos por cuantía superior al importe de los créditos autorizados en los estados de gastos, siendo nulos de pleno derecho los acuerdos, resoluciones y actos administrativos que infrinjan la expresada norma, sin perjuicio de las responsabilidades a que haya lugar. 5. La anulación del gasto comprometido D se solicitarán al Órgano de Gestión EconómicoFinanciera, mediante providencia motivada del Consejero Insular de área o en su caso con las competencias delegadas del área de gastos correspondiente por la que se inste la anulación de dicho compromiso. 1. El reconocimiento de la obligación, es el acto mediante el cual se declara la existencia de un crédito exigible contra la Entidad, derivado de un gasto autorizado y comprometido, y genera un documento contable “O”, previa la acreditación documental ante el órgano competente de la realización de la prestación o el derecho del acreedor, de conformidad con el acuerdo o resolución que en su día autorizó y comprometió el gasto. Según lo previsto en la Base 24ª.2, corresponde al Pleno el reconocimiento extrajudicial de créditos, siempre que no exista dotación presupuestaria, operaciones especiales de crédito o concesiones de quita y espera, previa habilitación de los créditos correspondientes en su caso. Y al Consejo de Gobierno el reconocimiento de las obligaciones derivadas de expedientes de indemnización de daños y perjuicios derivada de la materialización de la revisión del acto. Base 28ª.- Documentación para el reconocimiento de la obligación. En los gastos de personal del CAPITULO I: a) b) c) Las retribuciones básicas y complementarias del personal eventual, funcionario y laboral se justificarán mediante la relación mensual de nóminas, en la que constará diligencia del Jefe/a de Servicio de Recursos Humanos o responsable técnico designado, acreditativa de que el personal relacionado ha prestado efectivamente servicios en el período respectivo. Las incidencias mensuales en la nómina requerirán para su aprobación informe debidamente motivado del Servicio de Recursos Humanos, pudiendo estar incluido dentro del propio informe propuesta de aprobación de las nóminas, y tienen la consideración de documento “ADO”. Las cuotas de Seguridad Social quedan justificadas mediante las liquidaciones correspondientes. Los importes correspondientes a nóminas y seguridad social serán aprobados por Resolución del Consejero/a Insular de Área competente en materia de Recursos Humanos. En los gastos en bienes corrientes y servicios del CAPITULO II, con carácter general se exigirá la presentación de factura o documento justificativo del gasto con los requisitos y procedimientos establecidos en estas Bases, excepto dietas por manutención, gastos de locomoción con vehículo propio, indemnizaciones y otros gastos que procedan. 2. En los gastos para atenciones protocolarias, imputables al subconcepto 226.01 “Atenciones protocolarias y representativas”, que son aquellos que redundando en beneficio o utilidad de la Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 23 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 191 de 534 1. ACTA DEL PLENO Base 27ª.- Reconocimiento y liquidación de obligaciones. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 En caso de que proceda la anulación del gasto comprometido, autorizado y/o la restitución a crédito disponible, se ha de incluir en la providencia mencionada, lo que conllevaría la anulación de la operación D, A y de la retención del crédito. Anexo 6 Administración y no suponiendo retribuciones en metálico o en especie, la Presidencia y demás miembros de la Corporación con responsabilidades de gobierno, tengan necesidad de realizar en el desempeño de sus funciones siempre que se produzcan como consecuencia de actos de protocolo y representación, todos los gastos deberán acreditarse con facturas u otros justificantes originales y deberán acompañarse de una Memoria, conjunta o individual, suscrita por el responsable del gasto, explicativa del acto realizado, asistentes y su finalidad pública e institucional, poniendo de manifiesto la vinculación directa del gasto al servicio o fin público que redunde en beneficio o utilidad para la Administración. En los gastos financieros (CAPITULO III) y gastos pasivos financieros (CAPITULO IX), los gastos por intereses y amortizaciones que originen un cargo directo en cuenta bancaria se aplicaran al presupuesto a propuesta de la Tesorería. Se tramitará documento “ADO” previo informe de conformidad de la Titular del Órgano de Gestión Económico Financiera. En los gastos de transferencias corrientes (CAPÍTULO 4) y de capital (CAPÍTULO VII), que la Entidad haya de satisfacer, se tramitará documento “O”, conforme al correspondiente acuerdo de concesión y/o convenio administrativo debidamente aprobado, si fuese el caso, y firmado por los órganos competentes. En las transferencias del Cabildo a sus Organismos Autónomos se tramitará documento “O” de acuerdo con la resolución de Presidencia, previa petición de Presidencia del Organismo Autónomo. En los gastos de inversión (CAPITULO VI): Con carácter general se exigirá la presentación de factura o documento justificativo del gasto con los requisitos y procedimientos establecidos en estas Bases, así como intervención de la comprobación material de la inversión cuando el importe del gasto sea igual o superior a 200.000,00 euros, IGIC excluido. a) En el caso de obras se requieren certificaciones de obras debidamente aprobadas, b) para lo cual: 1. Se expedirán en el modelo previsto en el ANEXO XI del R.D. 1098/2001, debiéndose 2. 3. 4. 5. 6. cumplimentarse una certificación por cada entidad cofinanciadora en donde se desglose el porcentaje de financiación, enumerándolas de tal forma que se ponga de manifiesto que forman un cuerpo único. Deben estar acompañadas de la factura de la empresa adjudicataria, debiendo ésta cumplir los mismos requisitos establecidos para su tramitación. Deberán contar con el informe de los servicios técnicos de esta Corporación cuando la dirección sea externa a la misma. Para su abono se tendrá en cuenta la comprobación de las garantías definitivas y los descuentos por publicidad y demás gastos que sean imputables al contratista de acuerdo con el pliego de cláusulas administrativas que regula el contrato. Cuando el importe acumulado de los abonos a cuenta vaya a ser igual o superior con motivo del siguiente pago al 90 % del precio del contrato, incluidas, en su caso, las modificaciones aprobadas, que la certificación se acompaña, cuando resulte preceptiva, de comunicación a la Intervención General para la asistencia a la recepción, en el ejercicio de las funciones de comprobación material de la inversión. En caso de certificaciones finales se requerirá para su tramitación el acta de recepción de la obra. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 24 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 192 de 534 5. ACTA DEL PLENO 4. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 3. Anexo 6 En la ejecución de obras por la propia Administración se reconocerán las obligaciones que se materialicen a través de nóminas y facturas de empresarios colaboradores y de suministradores que se regularán por lo establecido para ellas. Para la correcta contabilización del gasto de personal en cada una de las obras se deberá remitir a la Intervención informe del Jefe/a de Servicio o Director de la obra sobre el personal adscrito a cada una de las obras indicando el coste total, previo a la tramitación del alta patrimonial. c) En los gastos por activos financieros del CAPITULO VIII, se tramitará su adquisición, cualquiera que sea la forma de instrumentación y vencimiento, se exigirá para su pago que el resguardo válido esté en poder de la Tesorería. 6. La factura será, con carácter general, el documento necesario para el reconocimiento de la obligación, la fase “O” de gastos, habiéndose de observar los preceptos siguientes: Requisitos Las facturas o documentos justificativos del gasto se ajustarán a lo establecido la Disposición Adicional 32 de la LCSP y en el R.D. 1619/2012, de 30 de noviembre, debiendo ser originales y contener como mínimo, los siguientes datos: • • • • • • • • • • • Identificación del Cabildo Insular/Organismo Autónomo (nombre, domicilio, N.I.F.) Identificación del expedidor de la factura (nombre y apellidos/razón social, N.I.F./C.I.F. y domicilio) Número de factura, y en su caso serie de la factura. Lugar y fecha de expedición. Descripción detallada de la prestación que se factura y fecha de realización cuando sea distinta a la fecha de la factura. Precios unitarios y totales. Impuestos que procedan con indicación de la base imponible, del tipo de gravamen y cuota resultante debiendo ajustarse a la normativa del impuesto correspondiente. En el supuesto de que la operación que se documenta en una factura esté exenta del Impuesto, indicación de esta circunstancia y una referencia a las disposiciones o a los preceptos correspondientes de la Ley del Impuesto que recojan tal exención. En el caso de que el sujeto pasivo del Impuesto sea el adquirente o el destinatario de la operación, la mención «inversión del sujeto pasivo». En caso de aplicación del régimen especial de las agencias de viajes, la mención «régimen especial de las agencias de viajes» Retenciones aplicables. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 25 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 193 de 534 La entidad local dispone de un registro único de todas las facturas y demás documentos emitidos por los contratistas a efectos de justificar las prestaciones realizadas por los mismos, cuya gestión corresponderá al Órgano de Gestión Económico-Financiera, siendo la fecha del registro de facturas la única válida para el cómputo de los plazos, todo ello en los términos contenidos en el artículo 5 de la Ley 15/2010, de 29 de diciembre, por la que se establecen las medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. ACTA DEL PLENO Base 29ª.- Registro de facturas. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 En el caso de anticipos de pagas y demás préstamos al personal se deberá acreditar mediante informe emitido por el Jefe/a de Servicio de Recursos Humanos el cumplimiento de los requisitos previstos en el Convenio del Personal y Acuerdo de los Funcionarios vigente. Anexo 6 • • • Unidad monetaria en la que está expresado el importe, de acuerdo con la codificación ISO 4217 Alpha-3. Código de los órganos competentes en la tramitación de la factura (órgano gestor y unidad tramitadora), así como del órgano o unidad administrativa que tenga atribuida la función de contabilidad, codificado de acuerdo con el directorio DIR3 de unidades administrativas gestionado por la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas. Los demás exigidos por el RD 1619/2012. Todos los proveedores que hayan entregado bienes o prestado servicios al Cabildo Insular de Lanzarote o a sus Organismos Autónomos podrán expedir y remitir factura electrónica de acuerdo a lo establecido en la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público. español en los términos que establece la normativa tributaria; e. Uniones temporales de empresas; f. Agrupación de interés económico, Agrupación de interés económico europea, Fondo de Pensiones, Fondo de capital riesgo, Fondo de inversiones, Fondo de utilización de activos, Fondo de regularización del mercado hipotecario, Fondo de titulización hipotecaria o Fondo de garantía de inversiones. Registro Una vez que el proveedor haya expedido la factura por los servicios prestados o bienes entregados al Cabildo o sus Organismos Autónomos, procederá a presentarla ante un registro administrativo, en los términos previstos en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en el plazo de treinta días desde la fecha de entrega efectiva de las mercancías o la prestación de servicios. De conformidad con el artículo 6 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público, el punto general de entrada de facturas electrónicas del Cabildo de Lanzarote y de sus Organismos Autónomos es el FACe (Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración General del Estado). En el caso de las facturas o documentos justificativos del gasto en papel, se trasladará al Órgano de Gestión Económico-Financiero la anotación realizada en el registro de entrada, para su anotación en el Registro Contable. Tramitación Para poder cumplir los plazos establecidos en la Ley 15/2010, de 5 de julio, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, una vez realizado el registro contable de la factura se le dará traslado a la Unidad de Tramitación correspondiente en un plazo máximo de tres días hábiles para ser verificadas, al objeto de que pueda darse la conformidad por el responsable del contrato, o en su defecto, por el Jefe de Servicio o en su defecto por el responsable Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 26 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 española; d. Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 194 de 534 a. Sociedades anónimas; b. Sociedades de responsabilidad limitada; c. Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad ACTA DEL PLENO En todo caso, estarán obligadas al uso de la factura electrónica y a su presentación a través del punto general de entrada que corresponda, las entidades siguientes: Anexo 6 técnico designado, implicando dicho acto que el servicio o suministro se ha efectuado de acuerdo con las condiciones contractuales. Por tanto, toda factura deberá contar con un informe en el que se manifieste la conformidad con la factura, así como con las prestaciones incluidas en la misma, en cuanto al concepto, cantidad, precio, calidad y destino, de acuerdo con los Pliegos y el Contrato, en su caso suscrito por el responsable del contrato, o en su defecto por el Jefe de Servicio o en su defecto por el responsable técnico designado, sin cuyo requisito no podrá reconocerse como obligación ni pagarse. Aquellas facturas o documentos justificativos del gasto que cumplan con lo establecido en las presentes bases, se remitirán a la intervención junto con la correspondiente propuesta de aprobación y de reconocimiento de la obligación emitida por la Jefatura del Servicio o responsable técnico designado, y en su caso por la Presidencia, Consejero Insular de área o Consejero delegado del área de gastos correspondiente, que dispondrá de ocho días hábiles para su fiscalización; con carácter previo a la resolución administrativa por el órgano competente. De la citada resolución se dará traslado a la oficina de Órgano de Gestión Económico-Financiera para su contabilización y posterior tramitación de los pagos correspondientes por la Tesorería. Los Jefes de Servicio o en su defecto los responsables técnicos designados velarán porque la tramitación de las facturas o documentos justificativos del gasto registrados se realice a la mayor brevedad posible. Igualmente velarán porque los proveedores presenten las facturas o documentos justificativos del gasto en los plazos estipulados legalmente. El Órgano de Gestión Económico-Financiera remitirá a Presidencia o al Consejero Insular de Área, o Vicepresidencia de los OO.AA., un informe trimestral con la relación de las facturas o documentos justificativos del gasto, con respecto a los cuales hayan transcurrido más de tres meses desde su registro y no se haya tramitado para el reconocimiento de la obligación por los órganos competentes. Anualmente la Intervención con motivo de la liquidación del presupuesto, elaborará un informe en el que evaluará el cumplimiento de la normativa en materia de morosidad, que será elevado al Pleno, de acuerdo con el artículo 12.2 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público. Base 30ª.- Ordenación del pago. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 27 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 195 de 534 Esta formalidad cumplida, le servirá a la Intervención General, de justificante de comprobación de la realización de la inversión, obra, servicio o suministro, sin perjuicio de la potestad de realizar las comprobaciones materiales conforme al artículo 214 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Dicho informe se emitirá en un plazo máximo de tres días hábiles, y posteriormente se devolverá la factura al Departamento de Facturación que, a su vez, las remitirá en el plazo máximo de dos días hábiles, a la Intervención General. ACTA DEL PLENO Si alguna factura tiene problemas para ser conformada, el responsable del departamento del servicio emitirá un informe donde exponga las causas de la disconformidad al Departamento de Facturación, el cual devolverá la factura al proveedor para su anulación o abono según corresponda y lo comunicará a la Intervención. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 En los casos de ser facturas correspondientes a atenciones protocolarias se responsabilizarán directamente de las mismas aquellas personas que han originado el gasto. Anexo 6 La Ordenación del pago es el acto mediante el cual el ordenador de pagos, con base en una obligación reconocida y liquidada, expide la correspondiente Orden de Pago ("P".) La ordenación de pagos se efectuará con carácter general mediante relaciones de órdenes de pago, que elaborará el servicio de Contabilidad, siguiendo el Plan de Disposición de Fondos de la Tesorería u orden cronológico de despacho, aunque si la naturaleza o urgencia del pago lo requiere, la ordenación del mismo podrá efectuarse individualmente previa motivación. Con carácter general, las órdenes de pago se expedirán a favor del acreedor que figure en la correspondiente propuesta de pago, salvo en los casos de cesiones o embargos de derechos de cobro debidamente acordados y, en su caso, las reposiciones de fondos a las habilitaciones de Anticipos de Caja Fija. Pertenecen a este grupo los siguientes: • • • • • • • • • • • • • Gastos plurianuales, por el importe de la anualidad comprometida. Compromisos de gastos debidamente adquiridos en ejercicios anteriores cuyos créditos no han sido incorporados al ejercicio corriente. Gastos de personal (por los importes de las retribuciones fijas y periódicas, con arreglo a los datos de la Relación de Puestos de Trabajo, Anexo de personal y Plantilla) Dietas y gastos de locomoción. Intereses, cuotas de amortización de préstamos concertados y otros gastos financieros. Contratos menores, en el caso de que se prevea tramitar más de una factura. Adjudicaciones de los contratos basados en un acuerdo marco conforme a lo establecido en el artículo 221 apartados 3 y 4 de la LCSP, siempre que se efectúen aplicando los términos fijados en el propio acuerdo marco, sin necesidad de convocar a las partes a una nueva licitación, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 1 de la letra b). Contratos administrativos de obras en los que se produzca la contratación conjunta de elaboración de proyecto y ejecución de las obras conforme a lo establecido en el artículo 234 de la LCSP. En este supuesto, con la orden de iniciación del expediente se efectuará la retención del crédito correspondiente. Contratos administrativos cuyo proyecto o presupuestos no hayan podido ser establecidos previamente por la Administración y deban ser presentados por los licitadores, artículo 145.3 de la LCSP. Cesiones de contratos, subrogaciones del contratista, cambios de denominación del adjudicatario, así como otras incidencias de la ejecución contractual previstas en la normativa vigente. Convalidaciones de gastos. Subvenciones de concesión directa, en cualquiera de los casos contemplados en el artículo 22.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante Ley General de Subvenciones). Aportaciones a Organismos Autónomos, Sociedades y Consorcios. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 28 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 196 de 534 Podrán acumularse en un solo acto administrativo las fases de autorización y disposición los gastos que responden a compromisos legalmente adquiridos por la corporación originaran la tramitación del documento “AD" por el importe del gasto imputable al ejercicio. ACTA DEL PLENO 1. Autorización y Disposición. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Base 31ª.- Acumulación de fases de ejecución del Presupuesto: “AD” y “ADO”. Anexo 6 • • • • • • Subvenciones de Concesión directa. Los documentos “O” se han de tramitar cuando sea efectiva la realización de la obra, la prestación del servicio, o adquisición del bien contratado, siendo suficiente la presentación de facturas. Gastos en los que los precios sean aprobados de manera oficial y no sea posible promover la concurrencia. Modificaciones de contratos y convenios. Prórrogas de contratos o convenios. Expedientes de revisión de precios derivados de contratos o convenios. Arrendamientos. Honorarios de ponentes de Cursos, Jornadas, Juntas Arbitrales.... • • • • • • • • • • • • • Suministros, Comunicaciones y Gastos diversos (los correspondientes a los conceptos 221, 222 y 226 respectivamente de la clasificación económica) Liquidaciones de contrato e indemnizaciones al contratista. Gastos por ejecución sustitutoria en el procedimiento de emergencia cuando se trate de una única certificación. Indemnizaciones por razón del servicio (concepto 230, 231 y 233) Anticipos reintegrables. Intereses de demora, amortizaciones de préstamos y otros gastos financieros. Las Comisiones bancarias. Dotación económica Grupos Políticos Insulares. Contratos menores cuando se prevea tramitar una sola factura. Pagos a justificar y anticipos de caja fija. Gastos Suplidos. Los gastos debidamente adquiridos (comprometidos) en ejercicios anteriores cuyos créditos no han sido incorporados al ejercicio corriente. Transferencias a otras Entidades cuando figuren en el Estado de Gastos del Presupuesto y no se hayan acumulado las fases “A” y “D” Reconocimientos extrajudiciales de crédito y expedientes de indemnización de gasto. . • • • • • • Levantamientos de reparos y acuerdos de indemnización en expedientes con omisión de la función interventora. Resoluciones Judiciales. Justiprecio, intereses y demás gastos relativos a expedientes de expropiación. Intereses de demora. En general los gastos no sujetos a procedimiento de contratación o que no requieran fiscalización previa conforme al artículo 219 del TRLRHL. Gastos de comunidades de propietarios. CAPÍTULO IV.- GASTOS DE PERSONAL Base 32ª.- Funcionarios, personal laboral y miembros de la corporación. 1. De conformidad con lo previsto en el artículo 146.1, letra f) en relación con el artículo 68.1, letra j) ambos del Reglamento Orgánico del Cabildo, se autoriza al Consejo de Gobierno Insular a aplicar hasta Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 29 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 197 9 de 534 • ACTA DEL PLENO 2. Autorización/Disposición/Obligación. Podrán acumularse en un solo acto administrativo las fases de autorización, disposición y reconocimiento de la obligación, se podrán acumular en un solo acto los gastos de pequeña cuantía que tengan carácter de operaciones corrientes, así como los gastos que se efectúen a través de “Anticipo de Caja Fija” y a los de “A Justificar”, siendo soporte de dichas fases el acuerdo de aprobación del gasto y su documentación justificativa, procediendo en contabilidad a la emisión del documento contable ADO Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 • Anexo 6 el máximo legalmente autorizado, el aumento de las retribuciones del personal al servicio de este Cabildo que se prevea en la Ley General de Presupuestos Generales del Estado, siempre y cuando exista crédito adecuado y suficiente en el capítulo de Gastos de Personal. 2. Igualmente las retribuciones de los miembros de la Corporación y altos cargos se ajustarán a las variaciones en el mismo porcentaje que para las retribuciones del personal del sector público que, anualmente, fijen la Ley de Presupuestos Generales del Estado, o cualquier otra, dentro de los límites previstos por el artículo 75 bis, de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Para las cuotas de la S.S., se tramitará el documento "AD" al principio del ejercicio, por importe total de las plazas ocupadas de las cuotas previstas para el personal. Mensualmente, el Departamento de Personal tramitará los documentos correspondientes para el abono de las cuotas a satisfacer adjuntando listado informático justificativo de las mencionadas cuotas y diligenciadas de conformidad. En el caso de la Seguridad Social se adjuntarán los boletines mensuales de liquidación que remite la Seguridad Social. Las liquidaciones mensuales a la Seguridad Social se desglosarán por el Servicio de Personal en programas y conceptos, acompañándose de la conformidad de las liquidaciones mensuales con la Seguridad Social y la Resolución de reconocimiento y liquidación de la obligación correspondiente, para su contabilización. Por el resto de gastos del Capítulo I del Presupuesto, si son conocidos, se tramitará el documento "AD" correspondiente, también durante el mes de enero. Por los gastos variables, los documentos contables que los amparen se gestionarán de acuerdo con las normas generales. Las nóminas mensuales se cerrarán el día 10 de cada mes, no admitiéndose variaciones en las mismas pasada dicha fecha. Las nóminas mensuales se remitirán a la Intervención General, antes del día 20, adjuntándose como documento justificativo el listado de la relación de personal y sus retribuciones incluidas en la nómina del mes correspondiente. Es competencia del Presidente, Consejero Insular de Área competente en materia de Recursos Humanos la aprobación de la nómina mensual del personal. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 30 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 198 de 534 Para el cálculo de la relación valorada de puestos de trabajo se tendrá en cuenta las retribuciones que correspondan en concepto de antigüedad al personal eventual a los efectos de lo previsto en el Real Decreto 365/1998, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado en su artículo 8, por lo que dicho personal cuando esté en situación de servicios especiales deberá comunicar al Servicio de Recursos Humanos del Cabildo de Lanzarote mediante certificado expedido por la Administración en la que desempeñaba su último puesto de trabajo en situación de servicio activo que no percibe retribuciones en concepto de antigüedad, así como el tiempo de la misma; de tal manera solo se reconocerán importes por este concepto desde el mes en el que se comuniquen tal circunstancia. ACTA DEL PLENO 1. Durante el mes de enero siguiente al inicio del ejercicio y antes de hacer efectiva la primera nómina del año, el Servicio de Recursos Humanos remitirá al Órgano de Gestión Económico-Financiera el documento donde figure el importe anual de la nómina, elaborado y cuantificado según la Clasificación del Anexo de personal aprobado con el Presupuesto, de acuerdo con la plantilla y la relación valorada de puestos de trabajo, por el importe correspondiente a los puestos de trabajo efectivamente ocupados. El Órgano de Gestión Económico-Financiera confeccionará el documento AD que se incluirá en una relación contable y será aprobado por el órgano competente. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Base 33ª.- Gastos de personal correspondientes al ejercicio. Anexo 6 Cualquier variación económica de la nómina mensual, deberá justificarse mediante el correspondiente Decreto o acuerdo. Si la modificación lo es al alza, deberá solicitarse la correspondiente retención. Todo ello se reflejará mediante un informe de incidencias y variación mensual adicional al de la nómina. Las variaciones que se produzcan a partir de entonces, se recogerán en la nómina siguiente. La justificación de las retribuciones básicas y complementarias del personal funcionario, laboral, eventual y personal pasivo se realizará a través de las nóminas mensuales, en las que constará diligencia del Jefe de Servicio de Recursos Humanos o responsable técnico designado, acreditativa de que el personal relacionado en aquella, ha prestado efectivamente los servicios en el período anterior. En virtud de lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 861/1986, de 25 de abril, por el que se establece el régimen de las retribuciones de los funcionarios de Administración Local, concretamente para el Cabildo Insular de Lanzarote, el límite máximo de gratificaciones que podrán aprobarse en el ejercicio serán las resultantes de aplicar, sobre los créditos iniciales del presupuesto, el porcentaje máximo establecido en el artículo 7 del citado Real Decreto 861/1986, todo ello sin perjuicio de que se requiera la existencia de crédito adecuado y suficiente en las correspondientes aplicaciones presupuestarias, a cuyo efecto se deberán tramitar los correspondientes expedientes de modificación de crédito. 2. Para la correcta contabilización de las horas extra trabajadas y posterior remuneración o libranza equivalente, será requisito imprescindible para los empleados públicos que realicen horas extra, según el procedimiento establecido desde el Departamento de Recursos Humanos, el fichaje tanto al comienzo como a la finalización de las mismas. 3. A los miembros de la Corporación a los que sea de aplicación el régimen retributivo previsto en el artículo 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, les será de aplicación el aumento de las retribuciones establecidas en el Presupuesto del Cabildo, en los mismos términos en que en su caso se autorice por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el personal al servicio de las Administraciones Públicas con los límites establecidos en el artículo 75 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Base 33ª Bis.- Sustitución de personal en servicios esenciales. Ante la necesidad de atender las necesidades de sustitución de personal, derivadas de la protección a las personas, que se prestan por los servicios asistenciales del Área de Bienestar Social e Inclusión, así como del Matadero Insular; del profesorado tanto de la Escuela de Turismo como del Conservatorio (CIEM), es por lo que, como excepción al procedimiento de Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 31 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Posteriormente, se realizará la imputación presupuestaria de la nómina o nóminas contabilizadas de acuerdo con el párrafo anterior, cancelándose simultáneamente los saldos deudores del subgrupo 40 y de la cuenta 555.0 indicados. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 199 de 534 En los casos en los que la imputación presupuestaria de la nómina mensual, especialmente al final del ejercicio, no pudiera permitir el cumplimiento de los plazos establecidos, podrá contabilizarse la nómina bruta y cada uno de sus conceptos y los distintos descuentos que incorpore, en el subgrupo 40 “Pagos pendientes de aplicación” de la Contabilidad no presupuestaria, con imputación a la cuenta 555.0 “Pagos pendientes de aplicación”. ACTA DEL PLENO La relación informática de obligaciones obtenida a partir de la nómina, con las firmas correspondientes servirá de documento para la contabilización de la fase “O”. Anexo 6 contratación/nombramiento, se podrá realizar dichas sustituciones con carácter previo a la fiscalización de la Intervención General, siempre y cuando conste en el expediente previo a dicha contratación/nombramiento: • Solicitud del Área y justificación de la urgencia • Documento de existencia de crédito (RC) genérico para sustituciones. • Informe de Recursos Humanos con relación de contratos/nombramientos realizados con cargo al RC genérico para sustituciones donde se aprecie que existe crédito suficiente para atender dicha solicitud. • Acreditación del resultado del proceso selectivo. Todo ello sin perjuicio de que se produzca la fiscalización antes de su alta en nómina. • • • • La dieta entera por traslado fuera de la localidad del Presidente y Consejeros de la Corporación en concepto de indemnizaciones por manutención se fija en 125,00 euros, correspondiendo además el abono de los gastos de desplazamiento y alojamiento efectivamente realizados. La cuantía de la dieta por gastos de alojamiento del personal funcionario, laboral, eventual y directivos a que se tenga derecho se percibirá a todos los efectos para los distintos grupos de personal como referidas al “Grupo 2” según los anexos II y III del RD 462/2002 incrementadas en: Alojamiento Manutención Participación en ferias Territorio nacional 80 € 35 € 100 € Extranjero 95 € 45 € 135 € En situaciones donde las reuniones requieran un alojamiento específico o la distancia entre el alojamiento y el lugar de las reuniones, ya sea por horarios o distancia dificultase el desempeño de las funciones a realizar, extremos que deberán justificarse expresamente en la solicitud, el importe de la dieta por alojamiento se ajustará al importe del coste del alojamiento si éste fuese superior, previa autorización según el procedimiento de tramitación del Área de Recursos Humanos. Además, cuando el empleado público acompañe al Presidente o Consejero de la Corporación y así conste en la solicitud de viaje, el importe de la dieta por alojamiento también se ajustará al coste del alojamiento. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 32 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Serán abonados los gastos de locomoción que se justifiquen en el caso de desplazamientos por comisión de servicios o gestión oficial, que hayan sido autorizadas por escrito por la Presidencia. En estos casos, se devengarán, así mismo, las dietas correspondientes a la cuantía individual que a continuación se expresa: Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 200 de 534 Resulta de aplicación directa el RD 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio con arreglo a lo dispuesto en este mismo RD y los artículos 157 TRRL y 8 RD 861/1986, de 25 de abril por el que se establece el régimen de las retribuciones de los funcionarios de Administración Local, el régimen de indemnizaciones del personal laboral será fijado en el respectivo convenio colectivo en aplicación a lo dispuesto en el artículo 2.2 del RD 462/2002 anteriormente citado. ACTA DEL PLENO Base 34ª.- Indemnizaciones por razón del servicio. • • • • • • Base 35ª.- Indemnizaciones por asistencia a órganos colegiados. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 33 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 • Cuando los traslados durante la jornada laboral sean a la isla de La Graciosa, siempre y cuando no haya pernoctaciones, no se tramitarán como comisión de servicio. En estos casos se fichará la salida (como motivo de trabajo) en el aplicativo de control horario y corresponderá exclusivamente el abono de los gastos de pasaje. Dadas las especiales circunstancias que concurren en el personal del Patronato de Turismo y en general para actos de promoción turística por participación en ferias tanto por el personal de ésta como de otras del Cabildo, al requerir una especial dedicación superior a la jornada laboral que le corresponde, por lo que se establece un incremento adicional por “participación en ferias” en concepto de manutención por los importes que se establecen en la tabla anterior. A estos efectos se entenderá que la dieta será abonada en su totalidad el día del viaje y día de regreso. Se indemnizarán los gastos que se originen por el estacionamiento del vehículo particular, hasta un máximo de cuarenta y ocho (48) horas, en aparcamientos públicos vigilados existentes en aeropuerto, puertos o estaciones de transporte, debiendo ser justificado con el correspondiente ticket o factura expedida por los mismos. El plus de insularidad que corresponda según convenio o acuerdo, se incrementa, quedando fijada la cuantía en cincuenta euros (50 €). El Presidente y Consejeros de la Corporación recibirán la misma cuantía y en los mismos términos por traslados fuera de la localidad. Las indemnizaciones por desplazamiento por motivos de asistencia sanitaria a los funcionarios que tengan derecho a ella se percibirán de conformidad con lo que dispone el Reglamento de Asistencia Médico Farmacéutica aprobado por el Cabildo el 1 de julio de 1996 fijándose sus importes y actualizaciones conforme a las establecidas en la Orden de 4 de junio de 2018, publicada en el BOC n.º 112, de 12 de junio de 2018, por la que se actualizan las cuantías de las compensaciones por alojamiento y manutención destinadas a los pacientes y sus acompañantes a partir del 1 de enero de 2018, son las siguientes, por dieta entera: ▪ Alojamiento: 145,97 € por persona y día ▪ Manutención: 72,40 € por persona y día La cuantía de la dieta por asistencia a Órganos Colegiados de esta Corporación a que tenga derecho el personal funcionario, laboral, eventual y directivos, de otras administraciones o entidades no dependientes de este Cabildo, la percibirán a todos los efectos para los distintos grupos de personal como Categoría primera, referidas al anexo IV del RD 462/2002 incrementada en doscientos euros (200,00 €) sobre el importe allí fijado. Así como el importe fijado como grupo 2 del Anexo II del referido RD 462/2002 en concepto de manutención. La cuantía de la dieta como colaborador por asistencia a Tribunales de selección de personal de esta Corporación a que tenga derecho el personal funcionario de carrera o laboral fijo, se establece en la cuantía de 30 €/sesión. Queda sin efecto cualquier acuerdo, resolución o norma anterior referida a las indemnizaciones o conceptos análogos, por razón del servicio recogidos en esta base, siendo de aplicación a las que se soliciten a partir de la entrada en vigor de estas bases reguladoras. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 201 de 534 • ACTA DEL PLENO Anexo 6 Anexo 6 Tal como establece el artículo 75bis.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 27/2013, solo los miembros de la Corporación que no tengan dedicación exclusiva ni dedicación parcial percibirán asistencia por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de la Corporación de que formen parte, en la siguiente cuantía: ◦ ◦ ◦ ◦ ◦ ◦ ◦ Plenos ordinarios: Trescientos cincuenta euros (350 €) Plenos extraordinarios: Cuatrocientos euros (400 €) Consejo de Gobierno Insular: Ciento cincuenta euros (150 €) Junta de Portavoces ordinaria: Doscientos euros (200 €) Junta de Portavoces extraordinaria: Doscientos cincuenta euros (250 €) Comisiones de Pleno ordinarias: Doscientos euros (200 €) Comisiones de Pleno extraordinarias: Doscientos cincuenta euros (250 €) Base 36ª.- Asignaciones a los grupos políticos. Las cantidades asignadas a los grupos políticos, de acuerdo con el artículo 73.3 de la Ley 7/1985, modificado por la Ley 11/1999, de 21 de abril, serán las aprobadas por acuerdo plenario de fecha 16 de julio de 2019, o acuerdo posterior que se adopte en este ejercicio, que no podrá ser destinada a pagos de remuneraciones de personal de cualquier tipo al servicio de la Corporación, ni a la adquisición de bienes destinados a activos fijos de carácter patrimonial. Tampoco se podrá hacer uso de las asignaciones para contratar personal en régimen laboral al servicio del grupo. No obstante, es posible la contratación en régimen mercantil de servicios profesionales externos, si bien ha de tratarse de prestaciones que deben consumarse en el acto y tener un tracto único. El traspaso de fondos por parte de los grupos a los partidos políticos por la prestación de servicios, en especial servicios de asesoramiento, deberá formalizarse a través de un Convenio. La dotación económica global se encuentra consignada en la aplicación presupuestaria 931.48000. La asignación económica correspondiente a cada Grupo Político vendrá dada por un componente fijo idéntico para todos los grupos y otro variable en función del número de miembros. El portavoz del grupo es la persona autorizada para la apertura y el manejo de la cuenta corriente que a nombre del Grupo Político se abra en una entidad financiera. Los grupos políticos, según lo establecido en el artículo 73.3 del Ley 7/1985, de 2 de abril, llevarán una contabilidad específica de la dotación a que hace referencia este artículo, que pondrán a disposición del Pleno siempre que éste lo pida, sin perjuicio de las obligaciones fiscales, contables y de cualquier otro tipo a las que puedan estar obligados. Base 37ª.- Concesión de subvenciones. 1. La concesión de subvenciones queda sometida a la tramitación del correspondiente procedimiento administrativo conforme a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por las disposiciones Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 34 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 CAPÍTULO V.- TRAMITACIÓN DE LAS SUBVENCIONES. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 202 de 534 Aquellos Consejeros con dedicación exclusiva que ostenten cargos con remuneración en Entes Dependientes de este Cabildo u otros Entes Públicos, no percibirán dietas por asistencia a órganos colegiados de esta Corporación. ACTA DEL PLENO La acreditación de la asistencia a los órganos colegiados será expedida por el Secretario. Anexo 6 legales vigentes en materia de régimen local y por la Ordenanza General de Subvenciones de este Cabildo, incluida la concesión de subvenciones nominadas en el Presupuesto. 2. Las Bases Generales reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva serán las contenidas en la Ordenanza General de Subvenciones de este Cabildo aprobadas en sesión plenaria de 1 de marzo de 2021 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, número 126, de 20 de octubre de 2021, sin perjuicio de la aprobación por parte del Pleno de Bases Generales que hayan de regir una o varias líneas de actuación previas en el Plan Estratégico de Subvenciones. Se podrá otorgar subvenciones directas concedidas en los términos del artículo 22.2.c de la Ley General de subvenciones (de carácter excepcional), acreditando en el expediente a través de memoria justificativa del órgano gestor, competente por razón de la materia, las razones de interés público, social, económico o humanitario que dificulten gravemente la convocatoria pública. 4. La concesión de cualquier tipo de subvención de contenido económico objeto de fiscalización, requerirá siempre la formación de un expediente electrónico en la cual se incorporará, por el centro gestor, toda la documentación externa debidamente escaneada para su adecuado control y fiscalización, en el que conste: • • El destino de los fondos, los requisitos necesarios que han de cumplirse para que pueda procederse al pago; El plazo de justificación y requisitos y las causas motivadoras del reintegro, en su caso, de los importes percibidos 5. El perceptor de cualquier subvención deberá acreditar encontrarse al corriente de sus obligaciones fiscales con el Cabildo de Lanzarote, Agencia Tributaria Canaria, AEAT y con la Seguridad Social. Corresponde al centro gestor del gasto, con cargo al cual se concede la subvención, velar por el cumplimiento de las obligaciones del beneficiario, informar y tramitar la aprobación de la justificación y los expedientes de reintegro que correspondan 6. Las subvenciones nominativas dotadas presupuestariamente serán objeto de expediente de incoación de la concesión y los procedimientos de comprobación material y de justificación se someterán a los mismos requisitos que las subvenciones no nominativas. Contablemente se requerirán las fases de autorización, compromiso del gasto y se requerirá informe del Órgano de Gestión Económico-Financiera acreditativo de que está dotada presupuestariamente. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 35 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Respecto a las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, el acto de convocatoria comprenderá también el de aprobación de las bases específicas que han de regir ésta, debiendo incorporarse en el expediente el correspondiente informe jurídico de conformidad de las bases específicas a las bases generales que resulten de aplicación. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 203 de 534 Conforme a lo previsto en el artículo 20 de la Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo, las subvenciones nominativas serán concedidas por Resolución de los Consejeros/Directores Insulares y Consejeros con delegación especial. Correspondiendo a la Presidencia o Consejero en quien delegue la concesión de las demás subvenciones directas. ACTA DEL PLENO 3. De conformidad con lo previsto en los artículos 16 y 18 de la Ordenanza General de Subvenciones, corresponde a las Bases de las Subvenciones determinar el órgano competente para el inicio y resolución de las convocatorias de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva. Anexo 6 Las subvenciones nominativas dotadas presupuestariamente no crean derecho alguno a favor del beneficiario, mientras no haya sido adoptada la resolución de concesión, previo el procedimiento establecido, por el órgano competente. A su vez, el hecho de que en un ejercicio presupuestario se encuentre consignada una subvención, no genera expectativas de derecho en futuras anualidades. 7. El otorgamiento de las subvenciones, tiene carácter voluntario y excepcional, y la Corporación podrá revocarlas o reducirlas en cualquier momento, no siendo nunca invocables como precedente. La concreción del período de ejecución y del plazo de justificación, así como los modos de pago de las subvenciones será el que se determine en la correspondiente Convocatoria o Bases Reguladoras para el caso de las subvenciones de concurrencia. En el caso de las subvenciones previstas nominativamente en los presupuestos (en el anexo de subvenciones) la concreción del período de ejecución y del plazo de justificación, así como los modos de pago de las subvenciones, la posibilidad de efectuar pagos anticipados y abonos a cuenta, así como el régimen de garantía que, en su caso, deban aportar los beneficiarios será en el informe del Área gestora donde se especifique. La fase de autorización y disposición de los gastos plurianuales de programas de subvenciones corrientes podrán delegarse según se establezca en la ordenanza reguladora de las bases que regulen la subvención. 11.Según lo previsto en el artículo 8.1 de la LGS, desarrollado por los artículos 10 a 15 de su Reglamento la aprobación del Plan Estratégico de subvenciones con carácter previo a la concesión de subvenciones constituye un requisito esencial del procedimiento subvencional. La efectividad del Plan Estratégico de Subvenciones queda condicionada a la aprobación de las correspondientes bases y convocatorias de las diferentes líneas de subvención, así como de las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio. Por lo tanto, el establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en el Plan requerirá la inclusión de las consignaciones correspondientes en los presupuestos del ejercicio correspondiente y la aprobación de las bases reguladoras de su concesión o el documento que proceda. Nada indica la norma (LGS y su Reglamento) sobre el órgano competente para la aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones (PES) en el ámbito local, teniendo en cuenta que la Ordenanza Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 36 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 204 de 534 10. A través de las Bases reguladoras de la concesión de subvenciones, o en la nominativas dotadas presupuestariamente, se podrá establecer subvenciones cuyo gasto sea imputable a varios ejercicios presupuestarios con el objetivo de adecuar la gestión de las subvenciones a los calendarios de ejecución de determinados programas subvencionables que guardan una relación intrínseca con el periodo de ejecución de la actividad distinta de la anual. En estos casos, las subvenciones se abonarán, en su caso, conforme a la previsión de gasto plurianual prevista en la convocatoria u orden de concesión. ACTA DEL PLENO 9. Los expedientes de reintegro de subvenciones se regirán por el procedimiento establecido en la Ley General de Subvenciones. Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho público resultando para su aplicación lo establecido en la Ley General Tributaria. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 8. Todo expediente de concesión de subvenciones queda sometido al régimen de control financiero en aplicación del artículo 214.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en los términos establecidos en la Ley General de Subvenciones. Anexo 6 General de Subvenciones de este Cabildo tampoco lo define, es por lo que considerando el carácter plurianual de los planes estratégicos de subvenciones y la coherencia que debe mantener con los Presupuestos de la Corporación [art. 123.1h) de la Ley 7/198, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local] es por lo que su aprobación corresponderá al Pleno. Publicándose el acuerdo conforme a lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de PACAP. • La relación de subvenciones de concesión directa de carácter nominado en el Presupuesto identificándose el sujeto beneficiario, el objeto y el importe máximo a conceder, debiendo estar acreditado por el Área gestora, en el momento de tramitar el expediente de concesión, los hechos o acontecimientos singulares que se entienden satisfacen intereses generales, así como la no procedencia de promover la concurrencia competitiva. • Las líneas de actuación de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva (procedimiento ordinario). • Las líneas de actuación para la concesión de subvenciones, con carácter directo, debiendo estar acreditado por el Área gestora, en el momento de tramitar el expediente de concesión, la concurrencia de las circunstancias excepcionales previstas en el artículo 22.2, letra c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como la no procedencia de promover la concurrencia competitiva. CAPÍTULO VI.- NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Base 38ª.- De la Contratación Administrativa y los requisitos aseguradores. La contratación administrativa del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote se regirá por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en lo sucesivo LCSP), La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en materia del Régimen Local, la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, la legislación de la Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 37 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 14. El Anexo de subvenciones, documentación complementaria del Presupuesto, estará en consonancia con el Plan Estratégico de Subvenciones, incluirá: Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 205 de 534 13. A los efectos de agilizar la gestión subvencional, se faculta al Consejo de Gobierno Insular, para concreción de las actuaciones previstas en el Plan Estratégico de subvenciones, así como la modificación del plazo de ejecución o justificación incluida la modificación de las condiciones establecidas respecto de las subvenciones nominadas en el Presupuesto, incluidas las referidas al Plan de Cooperación Municipal en los proyectos a financiar, cuando concurran circunstancias que así lo justifiquen, siempre y cuando ésta no suponga modificación del eje en el que está incluida y dando cuenta de ello al Pleno en la siguiente sesión ordinaria que se celebre, para su ratificación, debiendo cumplirse los trámites de publicación correspondientes. ACTA DEL PLENO 12. No procederá la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones en aquellos casos en que ante las situaciones excepcionales se prevea legalmente un régimen de medidas de fomento económico no sujetas a la legislación en materia de subvenciones, sin perjuicio de dar cuenta de ello al Pleno de la Corporación”. Anexo 6 Comunidad Autónoma Canaria en los términos del artículo 149.1.18ª de la Constitución, por lo dispuesto en las presentes Bases y por las Instrucciones que apruebe el Consejo de Gobierno Insular en materia de contratación. Las diferentes fases de la contratación administrativa serán objeto de contabilización independiente y adecuada sin perjuicio de los supuestos, en que, esté autorizada la acumulación de fases. Las áreas gestoras deberán tener en cuenta y verificar los requisitos aseguradores mínimos a exigir a los proveedores de bienes o servicios, que serán los siguientes, según el caso: En todos los casos anteriores los seguros que se exijan a los proveedores deberán contar con un límite de cobertura de responsabilidad civil mínimo de 300.000€ y para el seguro de daños materiales el valor del inmueble para que el Cabildo no sufra un menoscabo patrimonial como consecuencia de la actuación de un tercero y tenga herramientas a su disposición para paliar las posibles repercusiones que haya de cara a terceros por las citadas actividades. Base 39ª.- Órganos competentes para la contratación. Según lo previsto en la Disposición adicional segunda de la LCSP, relativa a normas específicas de contratación en las Entidades Locales en los municipios de gran población a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, las competencias de contratación corresponden al Consejo de Gobierno Insular cualquier que sea el importe del contrato o la duración del mismo, sin perjuicio de los acuerdos de delegación que se realicen. Base 40ª.- Plan de Contratación El Plan de Contratación del Cabildo de Lanzarote tiene por objeto presentar de forma sistemática la totalidad de contratos cuya tramitación se va a iniciar durante la anualidad. Con la elaboración del mismo se trata de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 28.4 y 134 de la LCSP, además de favorecer la planificación, organización y el desarrollo de la contratación administrativa; reforzar la publicidad y la transparencia de la actividad contractual; permitirá la elaboración anual del proyecto de presupuestos y mejorar el control presupuestario y financiero de la actividad contractual. Para los contratos sujetos a regulación armonizada, se realizará siempre que sea posible un «anuncio de información previa» regulado en el artículo 134.1 y 134.5 de la LCSP. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 38 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 c) Concesionario de servicio público: se exigirá un seguro de responsabilidad civil que cubra las posibles reclamaciones de terceros como consecuencia del servicio público que se presta en nombre del Cabildo de Lanzarote y en el supuesto de que lo haga desde una instalación pública un seguro de daños materiales que cubra los posibles daños que sufra el citado inmueble. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 206 de 534 b) Contratista-proveedor de bienes para el Cabildo: deberá solicitar un seguro de Responsabilidad Civil que cubra los daños que el producto suministrado cause al propio Cabildo, así como los daños que cause a terceros. ACTA DEL PLENO a) Contratista que organiza actividades y eventos por cuenta del Cabildo: al organizador se le deberá solicitar un seguro de responsabilidad civil para la citada actividad que cubra los daños que se causen a terceros debiendo figurar como asegurado adicional el propio Cabildo, así como un seguro de accidentes que incluya asistencia sanitaria para los participantes en dicha actividad. Anexo 6 Los Jefes de Servicio de la Corporación, con el Visto Bueno del Consejero correspondiente, deberán enviar al Servicio de Contratación, su plan de contratación que contendrá tanto las nuevas necesidades de contratación como aquellas que finalicen y se prevea su continuidad, antes del 15 de septiembre del ejercicio previo. Prorrogable (Sí/No) Programa presupuestario. El Servicio de Contratación conformará el Plan de Contratación de la Entidad con la información recibida de las Áreas gestoras. Asimismo, se hará constar la reserva de contratos o lotes de servicios sociales, culturales y de salud para empresas de economía social y otras organizaciones participativas en los casos y condiciones que establece la Disposición Adicional 48ª de la LCSP. El porcentaje de reserva será fijado por el Consejo de Gobierno Insular, tras la realización de los estudios pertinentes. El Plan de Contratación anual deberá aprobarse formalmente, dentro de los tres últimos meses del ejercicio, sin efectos jurídicos y carácter programático, mediante acuerdo del Consejo de Gobierno Insular en virtud de la competencia del apartado 4 de la Disposición Adicional Segunda de la LCSP. El Plan de Contratación, es un documento público y para favorecer su conocimiento y difusión será publicado en el Portal de la Transparencia, en el Perfil del Contratante, así como en la Intranet de la Corporación para su difusión en el conjunto de la organización. Los Servicios gestores deberán tener en cuenta en la elaboración del presupuesto la previsión que han recogido en el plan de contratación del ejercicio siguiente, tanto en la cuantía del crédito como que éste será adecuado y suficiente para hacer frente a los posibles compromisos que se adquieran. Base 41ª.- Contratos menores. 1. De conformidad con lo previsto en el art. 118 de la LCSP, se consideran contratos menores los contratos de valor estimado inferior a 40.000,00 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 15.000,00 euros, cuando se trate de contratos de suministro o de servicios, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 229 de la LCSP en relación con las obras, servicios y suministros centralizados en el ámbito estatal. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 39 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Orden de prelación del contrato. Servicio Promotor. Tipo de contrato (servicio/suministro/obra). CPV Lotes (Sí/No) Inicio (fecha prevista: mes). Objeto. Necesidad e idoneidad. (nuevo contrato/continuidad) Valor estimado del contrato. Sujeto a regulación armonizada (Sí/No). Procedimiento de adjudicación. Duración (en meses). Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 207 de 534 • • • • • • • • • • • • • • ACTA DEL PLENO La información a incluir por los servicios gestores será la siguiente: Anexo 6 Los contratos menores no podrán tener una duración superior a un año ni ser objeto de prórroga ni de revisión de precios (art. 29.8 LCSP). No se podrán tramitar contratos menores para la adquisición de bienes y servicios para responder a necesidades de carácter recurrente, periódico o permanente. Se considerarán de carácter recurrente, periódico o permanente los contratos menores adjudicados con el mismo objeto, por espacios de tiempo que conjuntamente superen los doce meses. La tramitación de los expedientes de contratos menores se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en la Instrucción relativa a la tramitación de los contratos menores en el Cabildo Insular de Lanzarote, sus Organismos Autónomos y Entes Dependientes, que se acuerde por el Consejo de Gobierno Insular. 3. La Presidencia u órgano en quien delegue podrá aprobar el desarrollo de instrucciones de contratación de acuerdo a lo previsto en la Ley de Contratos, estableciendo las excepciones que correspondan así como los modelos y documentación necesarios para la tramitación de los expedientes. Base 42ª.- Expedientes de nulidad en la contratación. La inobservancia total o parcial del procedimiento legalmente establecido para la contratación, que traiga consigo la invalidez de las actuaciones, según corresponda en cada caso, en grado de nulidad absoluta o de simple anulabilidad, traerá consigo, una vez advertida la invalidez, la obligación por parte de la unidad gestora a llevar a cabo las actuaciones legalmente previstas para la subsanación, y en su caso convalidación de los actos, o para la revisión de oficio. Sin perjuicio de lo anteriormente previsto, en los casos de invalidez de la contratación en las que no obstante se hubiere recibido de forma real y efectiva una prestación o entrega de bienes por parte de un tercero de buena fe, dará lugar a la aplicación, en cada caso, del procedimiento que corresponda en orden al reconocimiento de las obligaciones económicas a las que en su caso tuviere que hacer frente la Corporación, conforme a lo previsto en estas Bases y en las Instrucciones en su caso dictadas al efecto Base 43ª.- Gastos plurianuales 1. Podrán adquirirse compromisos de gastos de carácter plurianual, extendiendo por tanto sus efectos económicos a ejercicios posteriores a aquel en que se autoricen y comprometan, en las condiciones y con los requisitos establecidos en el artículo 174 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y en los artículos 79 a 88 del R.D. 500/90, que constituye su desarrollo en materia presupuestaria. Los contratos que lleven aparejadas prestaciones cuya realización sea continuada a lo largo de todo el período de ejecución y éste se extienda a más de una anualidad, cuyo régimen de pago sea periódico Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 40 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 En el caso de gastos/suministros de cuantía igual o inferior a 600,00 € la “propuesta de aprobación de gastos” debidamente cumplimentada sustituirá al informe de necesidad. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 208 0 de 534 como propuesta de gastos por Jefe del Servicio, con el VºBª del Consejero delegado del Área correspondiente, y se acompañará de informe de necesidad y demás documentación necesaria, dirigido al Departamento de Contratación y Compras que tramitará la adjudicación. ACTA DEL PLENO 2. No obstante lo anterior, cuando el importe del gasto sea inferior a 5.000,00 €, éste se tramitará Anexo 6 (mensual, trimestral etc.) que entren en vigor en el ejercicio corriente y que, de conformidad con lo previsto en el apartado anterior, la obligación correspondiente al primer período de facturación sea exigible en el ejercicio siguiente, tendrán la consideración de plurianuales a efecto de los previsto en el artículo 174 del TRLRHL. A los efectos previstos, se entenderá: por reajuste del gasto plurianual la variación en los importes distribuidos entre las diferentes anualidades previstas de un gasto de carácter plurianual aprobado con anterioridad que no suponga alteración de su cuantía total. b) por modificación del gasto plurianual la variación, al alza o a la baja, del importe total previsto para un gasto de carácter plurianual aprobado previamente. En particular, será una modificación del gasto primitivo la ejecución de posibles prórrogas contractuales que abarquen más de un ejercicio presupuestario. c) no obstante, lo anterior, no se considerará una modificación, sino un gasto plurianual nuevo, aquellos gastos plurianuales para una posible prórroga cuyo período anterior no tuviese un gasto plurianual que le diese cobertura, o teniéndolo éste se hubiese agotado en un período anterior al que se pretende prorrogar. 5. Los gastos plurianuales deberán ser reajustados o modificados para su adecuación a la ejecución material del gasto. 6. La ejecución de estos gastos se iniciará en el propio ejercicio en que se autorice el gasto, y la autorización y disposición servirán como fases AD para los ejercicios siguientes, quedando, sin embargo, subordinadas al crédito consignado en los respectivos presupuestos. Tramitación 1º Teniendo en cuenta la documentación aportada en el expediente por parte del Jefe del Servicio o en su defecto responsable técnico designado que gestione la aplicación presupuestaria, relativa al momento en el que pueda resultar exigible la obligación. Entre dicha documentación deberá constar la valoración realizada por parte del Jefe del Servicio o en su defecto responsable técnico designado, en la que deberá constar el contrato que se pretende tramitar, la duración del mismo, con detalle del escenario financiero en el que se desglosen los importes por anualidades previstas (incluyendo expresamente el cumplimiento de los porcentajes previstos en el artículo 174.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales), la aplicación Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 41 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 3. En el caso de contratos que prevean prórrogas en los pliegos, el acuerdo de aprobación del gasto plurianual podrá autorizar que el Consejero del Área correspondiente pueda aprobar las modificaciones del gasto que requiera la ejecución de dichas prórrogas, siempre y cuando dicha modificación no suponga alteración del órgano competente para aprobar el gasto por aplicación de los porcentajes y anualidades previstos en el artículo 174.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en cuyo caso se aplicarán las normas de competencia establecidas en las siguientes bases. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 209 de 534 2. Corresponderá al Consejo de Gobierno Insular, sin perjuicio de las desconcentraciones/delegaciones que pudieran existir, la aprobación de los gastos de carácter plurianual en los que superen los cuatro ejercicios presupuestarios, contados a partir del inmediatamente siguiente en el que se inicia el expediente, o bien el importe imputado a los ejercicios posteriores supere los porcentajes previstos en el artículo 174.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladorade las Haciendas Locales. ACTA DEL PLENO a) Anexo 6 presupuestaria que financia el gasto, así como las repercusiones del contrato en cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera que exigen la Disposición Adicional Tercera de la LCSP y el artículo 7.3 de la LO 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. 3º Emisión de informe del Titular del Órgano de Gestión Económico Financiera, que se pronunciará sobre el cumplimiento del artículo 174 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y si Cabildo Insular de Lanzarote cuenta con recursos suficientes para hacer frente al gasto propuesto con cargo al presupuesto que normalmente dispone el Área. 5º Si el desajuste de anualidades se produjera antes de la adjudicación del contrato, se procederá por el órgano de contratación a adecuar las anualidades en el propio acuerdo. Una vez recaído acuerdo de adjudicación se comunicará de inmediato a Órgano de Gestión Económico Financiero, para realizar la tramitación de los documentos de autorizaciones y compromisos de gastos del ejercicio en vigor y la de los futuros, así como cualquier circunstancia que modifique el importe o anualidades de los créditos reservados tales como, a título enunciativo, bajas, licitaciones desiertas, desistimiento o renuncia. Una vez formalizado un contrato, si por cualquier circunstancia se produjera un desajuste entre las anualidades establecidas y las necesidades reales en el orden económico que el normal desarrollo de los trabajos exija, el órgano de contratación tramitará el oportuno expediente de reajuste de anualidades con los requisitos que establece el artículo 96 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. La tramitación del expediente de reajuste de anualidades una vez finalizado el ejercicio cuya anualidad se pretenda reajustar, deberá informarse previamente por el Órgano de Gestión Económico-Financiera o responsable técnico designado. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 42 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 4º El Órgano de Gestión Económico Financiero procederá a realizar la retención de crédito imputables al ejercicio, así como la retención de créditos de futuros. En los contratos de obra de carácter plurianual, con excepción de los realizados bajo la modalidad de abono total del precio, se efectuará una retención adicional de crédito del 10 por 100 del importe de adjudicación, en el momento en que ésta se realice. Esta retención se aplicará al ejercicio en que finalice el plazo fijado en el contrato para la terminación de la obra o al siguiente, según el momento en que se prevea realizar el pago de la certificación final. Para ello, en la petición de RC e Informe de fiscalización deberá constar la fecha previsible de expedición de la certificación final, explicitando si sería en el último año previsto de ejecución del contrato o en el siguiente, correspondiendo a la Unidad de supervisión y seguimiento de contratos o en su caso a los responsables de contrato comunicar cuando se prevé el pago de la certificación final y solicitar la mencionada retención adicional de crédito. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 210 de 534 No obstante, la ejecución del gasto quedará condicionada a que el Área gestora garantice el crédito disponible para el compromiso del gasto propuesto, y al cumplimiento del objetivo de Estabilidad Presupuestaria y a los límites de crecimiento que se fijen anualmente por la normativa. ACTA DEL PLENO En el caso de compromisos que requieran un incremento del presupuesto del Área en cualquiera de los ejercicios de ejecución, la propuesta de acuerdo del Consejo de Gobierno Insular deberá recoger en su parte dispositiva el compromiso de incluir el gasto en el Proyecto de Presupuesto. Anexo 6 Para los gastos de carácter plurianual sujetos a límites cuantitativos presupuestarios, estos serán calculados en los supuestos de créditos extraordinarios e incorporaciones de remanente, sobre el importe de los mismos, y en el caso de suplementos de crédito por el importe del crédito inicial más el suplemento de crédito. Para los gastos previstos en el anexo de inversiones plurianuales, se entienden autorizadas las anualidades y los porcentajes anuales de gastos. En el caso de expedientes de contratación, al comprobarse la existencia de crédito, las autorizaciones y, en su caso, los compromisos de gastos si no existiese crédito en el presupuesto vigente, y a los efectos de la condición suspensiva, se comunicará dicha circunstancia a los servicios gestores. La documentación del expediente de contratación que se tramite anticipadamente incorporará en el pliego de cláusulas administrativas que la ejecución del contrato queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones del contrato en el ejercicio correspondiente. Con carácter general los expedientes que se trasladen al Servicio de Contratación con fecha posterior al 1 de septiembre de cada ejercicio se tramitarán mediante la contratación anticipada prevista en el artículo 117.2 y en la D.A. 3ª-2 de la LCSP. Tramitación 1º Teniendo en cuenta la documentación aportada en el expediente por parte del Jefe del Servicio o en su defecto responsable técnico designado que gestione la aplicación presupuestaria, relativa al momento en el que pueda resultar exigible la obligación y entre la que se incluirá informe de valoración de las repercusiones del contrato en el cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera en el que se indicará expresamente las repercusiones del gasto a efectuar en la planificación presupuestaria el Área en el período de ejecución previsto (incluidas las posibles prórrogas), esto es, si el gasto que se propone se realizará con cargo al presupuesto que normalmente dispone el Área o si supondrá un incremento del gasto respecto al ejercicio vigente, o en su caso, si estuviese incluido en el Proyecto de Presupuesto aprobado en Consejo de Gobierno. Así mismo, deberá constar en el expediente la memoria justificativa del contrato en los términos establecidos en la LCSP y con la información necesaria para la valoración de las repercusiones del contrato en el cumplimiento de los principios de estabilidad Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 43 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 De acuerdo con lo establecido en la D.A. 3ª-2 de la LCSP, se podrán tramitar anticipadamente los contratos cuya ejecución material haya de comenzar en el ejercicio siguiente o aquellos cuya financiación dependa de un préstamo, un crédito o una subvención solicitada a otra entidad pública o privada. Podrá llegarse hasta la adjudicación del contrato y su formalización correspondiente, sometiendo la adjudicación a la condición suspensiva de la efectiva consolidación de los recursos que han de financiar el contrato correspondiente. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 211 de 534 La tramitación de los expedientes de gasto que conlleve compromisos podrá iniciarse en el ejercicio anterior a aquél en el que vaya a comenzar la ejecución de dicho gasto según lo previsto en el artículo 117.2 de la LCSP.. ACTA DEL PLENO Base 44ª.- Tramitación anticipada Anexo 6 presupuestaria y sostenibilidad financiera que exigen el artículo 7.3 de la LO 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera 2º Emisión de informe de tramitación anticipada por el Titular del Órgano de Gestión Económico-Financiera, que se pronunciará sobre el cumplimiento del artículo 174 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en el caso de que hubiese plurianualidad, y si el Cabildo Insular de Lanzarote cuenta con recursos suficientes para hacer frente al gasto propuesto con cargo al presupuesto que normalmente dispone el Área. 4º Una vez recaído acuerdo de adjudicación se comunicará de inmediato al Órgano de Gestión Económico-Financiera, para realizar la tramitación de los documentos de autorizaciones y compromisos de gastos del ejercicio en vigor, si fuese el caso, y de futuros, así como cualquier circunstancia que modifique el importe o anualidades de los créditos reservados tales como, a título enunciativo, bajas, licitaciones desiertas, desistimiento o renuncia. En el caso de que el expediente tramitación anticipada fuese además plurianual se tendrá en cuenta, en la tramitación, lo previsto en la base 43ª.4 y 43ª.5 Al comienzo de cada ejercicio, los responsables de los distintos programas de gastos que hayan tramitado los expedientes de gastos anticipados remitirán al Órgano de Gestión Económico-Financiero la documentación justificativa para el registro contable de los mismos. Base 45ª.- Remisión de información a la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación. Será competencia del Área de Contratación, la remisión anualmente a la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación, de acuerdo con el artículo 332.11 de la LCSP. Base 46ª.- Encargos a Sociedades Mercantiles Locales y Entidades Públicas Empresariales. 1. En todo proyecto de encargo que el Cabildo Insular de Lanzarote o cualquier de sus Organismos Autónomos pretenda tramitar será conforme a lo establecido en los artículos 32 y 33 de la LCSP. 2. Cuestiones relativas a las propuestas de encargo que las Áreas gestoras deberán tener en cuenta: a. En ningún caso la ejecución del encargo podrá suponer el ejercicio de potestades administrativas. Ello es así porque el propio Estatuto Básico del Empleado Público reserva a los funcionarios públicos el “ejercicio de las funciones que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas”. Uno de los matices que ha señalado la jurisprudencia para interpretar a qué funciones se refiere la norma cuando Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 44 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 212 de 534 3º Posteriormente el Órgano de Gestión Económico-Financiera o responsable técnico designado procederá a realizar la retención de créditos de futuros. ACTA DEL PLENO No obstante, la ejecución del gasto quedará condicionada a que el Área gestora garantice el crédito disponible para el compromiso del gasto propuesto, y al cumplimiento del objetivo de Estabilidad Presupuestaria y a los límites de crecimiento que se fijen anualmente por la normativa. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Si no se diesen las circunstancias necesarias que permitieran emitir el informe anterior, la propuesta de Acuerdo del Consejo de Gobierno deberá recoger en su parte dispositiva, el compromiso de incluir el gasto en el Proyecto de Presupuesto. Anexo 6 menciona que implican “el ejercicio de potestades públicas o de autoridad” es que tengan efectos jurídicos concretos sobre terceros, esto es, que tengan una “directa trascendencia para la situación jurídica de otros sujetos de derecho”. Es por ello, que existen ciertas funciones que en ningún caso deben ser objeto de contratación externa (la potestad reglamentaria, la potestad sancionadora, la inspección tributaria, por poner algunos ejemplos) si bien siempre es posible que se encarguen actividades meramente auxiliares, de apoyo logístico, informático o técnicas para colaborar o asistir a los funcionarios en el ejercicio de estas funciones. Por una parte, el objeto del encargo debe ser la ejecución integral de una prestación (o varias) y ésta ha de ser autónoma con relación a la actividad de la Administración, es decir, se debe realizar de manera independiente del resto de la actividad administrativa. ◦ En la medida de lo posible, los trabajadores del medio propio han de realizar su cometido en sus instalaciones propias. Esta circunstancia por sí misma no acredita que con el encargo se lleve a cabo una cesión ilegal de trabajadores; hay que tener en cuenta que, en algunas ocasiones, y dependiendo del contenido del encargo, es inevitable que sea necesario que los trabajadores del medio propio lleven a cabo su trabajo en dependencias de la Administración, pero ha de evitarse en aquellos casos en los que no es imprescindible. ◦ El encargo debe incluir la aportación de funciones de organización e iniciativa para garantizar el cumplimiento del mismo. La organización de los trabajadores y el modo de ejecutar la prestación deben ser siempre ejercidos por el medio propio, así como la determinación de vacaciones, jornada y horario. ◦ La Administración no puede ejercer ninguna tarea de dirección o control de manera directa sobre el trabajador del medio propio. El trabajador siempre debe estar fuera de la cadena de mando de la Administración y debe responder únicamente a la organización de su empresa. La interposición de la figura de un director del encargo o la existencia de un coordinador por parte del medio propio, si bien es condición necesaria, no es garantía de que se cumpla esta condición. ◦ No hay que confundir el incumplimiento de las cuestiones que se han puesto de manifiesto en los dos párrafos anteriores con las funciones que se deben encomendar al Director del encargo. Como se ha indicado anteriormente, este debe ser un funcionario del Departamento encargado de dirigir, supervisar y vigilar que la ejecución del servicio se realice según lo previsto en los pliegos y de acuerdo con el interés de la Administración. Como en el caso de la contratación administrativa, es el que recibe el programa de trabajo que facilita el medio propio, el que da las instrucciones al representante de la empresa y el que asume la función de representante de la Administración. Ello no obsta para que el Director pueda servirse de otros funcionarios que le ayuden en sus tareas y que puedan mantener relación o comunicación con los trabajadores del medio propio, siempre Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 45 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 ◦ ACTA DEL PLENO En ningún caso, podrá haber existencia riesgo de una cesión ilegal de trabajadores en el caso de que el medio propio se limite a poner a disposición de la Administración el personal necesario para el encargo, asumiendo el pago de salarios y cuotas sociales, no interviniendo directamente en la prestación y sin ejercer todas las funciones de dirección y control sobre el trabajador. Por lo que se realizan las siguientes recomendaciones: Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 213 de 534 b. Anexo 6 con el objeto de garantizar la adecuada ejecución de la prestación y sin apartarse de las tareas de dirección, control y supervisión que les corresponden. ◦ En todo caso y para evitar cualquier duda en ese sentido, no se fiscalizarán de conformidad encargos en los que se contrata personal emplazándose este personal en instalaciones de la Administración y realizando tareas o actividades iguales o similares a las que realizan los funcionarios públicos con quienes trabajan. De esta situación podría inferirse que el empleado del medio propio forma parte del organigrama o estructura de la Administración. Las competencias de la Presidencia de la Corporación, en el caso de la ordenación de pago, se entiende que están atribuidas a la Presidencia del organismo. 2. Normas específicas para las aportaciones a los Organismos Autónomos, Consorcios y Sociedades mercantiles con capital mayoritario: Las aportaciones no podrán exceder de la cantidad consignada en el Presupuesto, que se librarán trimestralmente por anticipado, supeditado al plan de disposición de fondos y se regirán por Resolución de la Presidencia del Cabildo. 3. De las obligaciones de suministro de información económico-financiera al Ministerio con competencias en Hacienda se estará a lo previsto en la base 90ª de las presentes bases. 4. Remanente Líquido de Tesorería: Los OO.AA. financiados al 100% por el Cabildo de Lanzarote, una vez calculado su Remanente Líquido de Tesorería para gastos generales ajustado, en los casos en que el resultado proceda de inejecución del presupuesto, éstos deberán reintegrar al Cabildo de Lanzarote la cuantía que resulte de descontar a dicho Remanente Líquido de Tesorería para gastos generales ajustado el equivalente al 20 % del Presupuesto de dicho organismo, y, en todo caso, como límite hasta la cuantía que no genere inestabilidad en el organismo autónomo. En los OO.AA no financiados al 100% por el Cabildo de Lanzarote se calculará conforme al porcentaje que suponga la aportación sobre el total de la financiación que recibe el O.A.. CAPÍTULO VII.- ESPECIALIDADES EN LA TRAMITACIÓN DE DETERMINADOS PROCEDIMIENTOS DE GASTO Base 48ª.- Reconocimiento Extrajudicial de Créditos. 1. Obligaciones nacidas indebidamente en ejercicios anteriores. En los casos en que haya nacido una obligación económica frente a tercero, sin la debida cobertura presupuestaria, en un ejercicio presupuestario anterior, podrá imputarse al ejercicio presupuestario corriente, mediante el reconocimiento extrajudicial de créditos, si Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 46 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Corresponderá al Consejo de administración, o a la Junta, la aprobación de los gastos según el que se establezca en los correspondientes estatutos Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 214 de 534 1. Gestión del Presupuesto: El procedimiento de gestión del gasto de los Organismos autónomos estará sujeto a aquello que se dispone en estas Bases. No obstante, cuando el órgano competente para la aprobación sea la Presidencia del Cabildo, sus competencias se atribuirán a la Presidencia del Organismo Autónomo. ACTA DEL PLENO Base 47ª.- Organismos Autónomos, Entes Públicos Empresariales, Consorcios y Sociedades mercantiles. Anexo 6 concurren los requisitos legales por los que se justifique la improcedencia de acudir previamente a la revisión de oficio de actos. Se entenderá en estos casos por cobertura presupuestaria tanto los supuestos de inexistencia de aplicación presupuestaria (crédito inadecuado) a la que imputar el gasto como los casos de insuficiencia de crédito (crédito insuficiente). 2.Obligaciones nacidas indebidamente en el ejercicio corriente. a) Compromiso de gasto sin previa licitación cuando ello fuere preceptivo. b) Compromiso de gasto sin crédito adecuado. c) Compromiso de gasto derivado de un contrato vigente pero fuera de su objeto, por razón de la identidad o de la cantidad, sin la previa tramitación de la modificación contractual y/o presupuestaria. d) Prestaciones que teniendo cabida en un contrato menor no se ha llevado a cabo la tramitación prevista en el artículo 118 de la Ley de Contratos del Sector Público y esta deficiencia no haya sido subsanada. e) Otros supuestos en los que, a pesar de haberse realizado la prestación o entrega, no se produjo la imputación ordinaria a presupuesto y que sean distintas a las obligaciones que se han calificado de debidamente comprometidas. 4. No tendrán la consideración de supuestos encuadrados en el reconocimiento extrajudicial de créditos, los siguientes: a) Los atrasos retributivos del personal al servicio del Cabildo. b) Los compromisos de gastos debidamente adquiridos en ejercicios anteriores, entre los cuales, se podrán incluir las facturas presentadas fuera de plazo registradas con posterioridad al 31 de diciembre del ejercicio anterior y hasta el día treinta del mes de enero siguiente; los retrasos en la tramitación de expedientes por causa imputable a la Administración o derivado de defectos que no comporte la nulidad de actuaciones y hayan sido subsanados, los expedientes sobre los que recaiga informe de omisión de fiscalización previa en los que no concurre causa de nulidad radical o concurriendo ésta no resulte procedente la revisión de oficio. c) Los gastos derivados de contratos válidamente celebrados, de tracto sucesivo y periódicos. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 47 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 215 de 534 3. En concreto, podrán considerarse susceptibles de reconocimiento extrajudicial de créditos, las siguientes obligaciones indebidamente adquiridas: ACTA DEL PLENO Se entenderá que no concurre la debida consignación presupuestaria si en el momento de comprometer el gasto no existiera, al menos, el documento contable de retención de crédito. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 En los casos en que haya nacido una obligación económica frente a tercero, en el ejercicio corriente, sin consignación presupuestaria (crédito inadecuado) podrá procederse al reconocimiento extrajudicial de crédito en los términos previstos en el apartado cinco de esta Base. Anexo 6 d) Los gastos derivados de resoluciones del jurado territorial de expropiación, resoluciones judiciales, sanciones o tributos. El expediente para el reconocimiento extrajudicial contendrá como mínimo los documentos siguientes: 1º Inicio del expediente: 1. Cuando se trate de obligaciones económicas indebidamente adquiridas en ejercicios anteriores, el expediente podrá iniciarse: 1.1. A la vista de las operaciones registradas en las cuentas 413 «Acreedores por operaciones devengadas» o en la 555 «Pagos pendientes de aplicación». 1.2. A la vista de un informe de omisión de la función interventora o de un reparo suspensivo (formulados ambos) por la Intervención de la Entidad Local. 2. Cuando se trate de obligaciones económicas indebidamente adquiridas en el ejercicio en curso, el expediente podrá iniciarse con: 2.1. Un informe de omisión de la función interventora cuando la misma venga acompañada de vicios de nulidad que no permitan la «convalidación del gasto». 2.2. Un informe de reparo suspensivo cuando el mismo venga motivado en vicio de nulidad que no puede ser objeto de discrepancias o, tramitadas las mismas, el órgano competente no las acepte y el vicio no pueda ser subsanado. 2º Providencia de Presidencia o Consejero delegado de Hacienda para la incoación del expediente. En el caso de los OO.AA., vendrá suscrito por la Gerencia, Dirección o responsable técnico del O.A. 3º Informe-Propuesta de resolución suscrita por el Jefe de Servicio del área gestora al que pertenece la aplicación presupuestaria , con el visto bueno de Presidencia, Consejero Insular de área o en su caso con las competencias delegadas del área de gastos correspondiente, que deberá pronunciarse sobre los siguientes extremos: • Justificación de la necesidad del gasto efectuado y motivación de la necesidad de proponer una indemnización a favor del tercero interesado por la prestación realizada. • Causas por las que se ha incumplido el procedimiento jurídico-administrativo y presupuestario correspondiente (de al menos tener documento de RC obtenido por el aplicativo informático). Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 48 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 216 de 534 5. Los reconocimientos extrajudiciales de crédito se imputarán al ejercicio presupuestario en la aplicación presupuestaria que a este efecto esté dotada en el área correspondiente que lo tramita. ACTA DEL PLENO f) En los casos en que la obligación económica frente al tercero, en el ejercicio corriente, habiendo nacido con consignación presupuestaria suficiente y adecuada, el procedimiento incurra en causa de nulidad relativa por no haber seguido todos los trámites, incluido en su caso la preceptiva fiscalización. En estos casos, la unidad gestora deberá proceder a la subsanación de los vicios y convalidar los actos, incluido en su caso la omisión de fiscalización, pudiendo imputarse aquella obligación al presupuesto corriente sin necesidad de reconocimiento extrajudicial de crédito. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 e) En los casos en que haya nacido una obligación económica frente a tercero, en el ejercicio corriente, sin crédito suficiente (crédito insuficiente) pero existiendo la aplicación presupuestaria con cargo a la cual imputar el gasto (crédito adecuado), podrá imputarse al ejercicio presupuestario corriente, mediante la correspondiente modificación presupuestaria y revisando los vicios de los que adolezca el procedimiento. • Importe de la prestación realizada. • Justificación de que las unidades utilizadas son las estrictamente necesarias para la ejecución de las prestaciones y los precios aplicados son correctos y adecuados al mercado o se contienen en cuadros de precios aprobados. • Justificación de la existencia de dotación presupuestaria específica, adecuada y suficiente para la imputación del respectivo gasto, justificando que no existe impedimento o limitación alguna a la imputación del gasto al Presupuesto del ejercicio corriente en relación con las restantes necesidades y atenciones de la aplicación presupuestaria durante todo el año en curso. De no existir dotación presupuestaria en el Presupuesto inicial se requerirá su habilitación mediante el oportuno expediente de modificación de créditos que deberá concretar de modo singular, específico y con detalle, el motivo, la naturaleza y el montante del referido gasto. Al efecto se solicitará y expedirá el oportuno documento de Retención de Crédito. • En el caso de gastos derivados de atenciones protocolarias, los puntos anteriores deberán ser justificados expresamente en la memoria exigida de acuerdo con la base 28.2. 3º Factura detallada o documento acreditativo del derecho del acreedor o de la realización de la prestación debidamente conformada por el Jefe de Servicio o en su defecto por el responsable designado y, además, en su caso, certificación de obra. 4º Informe Jurídico-administrativo del servicio correspondiente. En este informe se pronunciará sobre la posibilidad y conveniencia de: • Instar la revisión de oficio. Para ello, se deberá analizar la causa de nulidad y sus límites de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 47 y 110 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. • Proponer la resolución o acuerdo que apruebe la liquidación de las prestaciones. 5º Cualquier otro documento que se estime necesario para una mejor justificación del gasto. 6º Informe de Intervención. La tramitación del reconocimiento de obligaciones de ejercicios anteriores como expedientes de Reconocimiento Extrajudicial de Crédito no obsta que el Informe de Intervención se pronuncie en sentido desfavorable, bien mediante reparo, bien mediante omisión de la función interventora, por otros motivos adicionales a los de la insuficiencia de crédito en el momento en que se realizó el gasto. Además, se deberá valorar la aplicación del principio de enriquecimiento sin causa, además de otras circunstancias como pudiera ser su carácter recurrente o el perjuicio del interés público derivado de la suspensión inmediata del servicio, a la vista de lo establecido en el artículo 28 del RD 424/2017 y en el 110 de la LPCAP. 7º Aprobación del expediente de Reconocimiento Extrajudicial de Crédito por el Pleno del Cabildo, que llevará implícita la Autorización y Disposición de Gasto, así como el Reconocimiento de la Obligación. 8º De los expedientes de Reconocimiento Extrajudicial de Crédito aprobados por el Pleno se dará traslado a la Audiencia de Cuentas. Base 49ª.- Indemnización de gastos. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 49 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Fecha o período de realización. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 217 de 534 • ACTA DEL PLENO Anexo 6 Anexo 6 Se tramitará expediente de indemnización de gastos para imputar al presupuesto corriente obligaciones de gastos derivadas de prestaciones de ejercicios anteriores que prescindieron del procedimiento administrativo para su aprobación pero que acrediten, mediante documento RC, la cobertura presupuestaria en el año en el que se realizó el gasto. CAPÍTULO VIII.-NORMAS ESPECIALES EN DETERMINADOS PROCEDIMIENTOS DE GASTOS Sección 1ª Pagos indebidos y demás reintegros. Base 51ª.- Concepto y características. Los pagos a “justificar” definidos en el artículo 190 del TRLRHL y el 69 del R.D. 500/90, como aquellas órdenes de pago cuyos documentos justificativos no se pueden acompañar en el momento de su expedición. Deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Tener carácter excepcional, con motivo de adquisiciones o servicios necesarios, cuyo abono no pueda realizarse con cargo a los Anticipos de Caja Fija, en los que no sea posible disponer de comprobantes con anterioridad a su realización. b) Estar expedidos con base en la Resolución del órgano competente e imputados a los correspondientes créditos presupuestarios. c) Sólo podrán satisfacerse obligaciones producidas dentro del propio ejercicio presupuestario. d) Que, previamente, estén justificados los percibidos por el mismo Habilitado-Pagador. Base 52ª.- Conceptos presupuestarios a los que son aplicables. Según lo previsto en el artículo 72.2 del R.D. 500/90 regula la necesidad de determinar los conceptos presupuestarios a los que es de aplicación el sistema de “pagos a justificar”, se establecen los siguientes: a) Dentro del capítulo I, únicamente las económicas 16200 “Gastos de formación y perfeccionamiento del personal" y 16008 “Asistencia médico-farmacéutica a funcionarios” cuando corresponda. b) El capítulo II, únicamente podrán expedirse “órdenes de pago a justificar” con cargo a créditos de los artículos 21 y 22 de estado de gastos del presupuesto sin que su Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 50 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Sección 2ª Pagos a justificar. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 218 de 534 Se entiende por “pago indebido” aquel que el Cabildo haya realizado por error material, aritmético o de hecho, a favor de persona en quien no concurra derecho de cobro frente a la administración del Cabildo respecto a dicho pago o bien que el mismo se haya realizado en cuantía superior a la consignada en el acto o documento en que se reconoció el derecho del acreedor. El perceptor de un pago indebido queda obligado a su restitución a favor de la Hacienda Insular. A estos efectos el Servicio de Tesorería, de oficio o a petición del Servicio gestor correspondiente, y previa realización del trámite administrativo que proceda, propondrá al órgano administrativo que dictó el acto que contenga el error que emita Resolución disponiendo el reintegro de las cantidades indebidamente pagadas. Dicha Resolución se comunicará al interesado, con indicación del plazo de ingreso en período voluntario, la forma de hacerlo efectivo, y con la advertencia expresa de que, transcurrido dicho plazo, se iniciará la vía de apremio con los recargos e intereses que correspondan de acuerdo con la legislación vigente. ACTA DEL PLENO Base 50ª.- Pagos indebidos y demás reintegros. Anexo 6 importe pueda exceder de 6.000,00 euros salvo casos excepcionales debidamente justificados. c) En capítulo IV, únicamente los pagos relativos a premios en metálico que puedan ser concedidos por esta Corporación. Base 53ª.- Realización de los pagos. En la utilización de los fondos librados a justificar hay que tener en cuenta las siguientes normas: Con cargo a los mandamientos a justificar sólo podrán satisfacerse obligaciones generadas en el período de tiempo que media entre la fecha de su expedición y la de su justificación. b) Los fondos librados a justificar con cargo a una aplicación han de destinarse a gastos y pagos que correspondan a la naturaleza económica de la misma. c) En el caso de que existan simultáneamente varios mandamientos a justificar librados en un servicio a una misma persona, con cargo a distintas aplicaciones, su utilización debe realizarse por separado, disponiéndose de los fondos de un mandamiento sólo para aquellos pagos que motivaron su expedición. 2. Las disposiciones de fondos para realizar los pagos serán autorizadas por el Habilitado-Pagador mediante transferencia bancaria o mediante cheque nominativo. También podrán autorizarse en casos excepcionales, disposiciones de fondos con la firma mancomunada del Consejero delegado del Área de Hacienda, del Interventor y del Tesorero. 3. El registro contable de los pagos realizados por el Habilitado se realizará provisionalmente por la Tesorería, mediante una operación no presupuestaria, a la vista de los cargos producidos en la cuenta corriente restringida. A tal efecto, el Habilitado suministrará, con carácter previo a la justificación de la cuenta, copia de las transferencias bancarias realizadas. En todo caso, a 31 de diciembre se deberán haber registrado todos los pagos realizados, por lo que se podrá realizar la anotación de los mismos por la diferencia entre el saldo contable y el saldo real de la cuenta restringida de pagos. 4. Los intereses devengados por la cuenta, serán ingresados trimestralmente en cuenta operativa del Cabildo de Lanzarote u Organismo Autónomo que corresponda, o bien, de forma automática por la Entidad financiera, comunicándolo a la Tesorería Insular, al objeto de su formalización. Base 55ª.- Régimen de las justificaciones. 1. Los perceptores de fondos librados a justificar quedarán obligados a presentar la cuenta correspondiente en el plazo máximo que se señale para cada mandamiento, y en todo caso dentro del mes siguiente a la inversión de las cantidades, entendiendo por tal la fecha del documento justificativo del pago o la del más reciente, si hay varios. 2. En todo caso, si una persona tiene expedido un mandamiento a justificar y llega fin de ejercicio sin haberlo utilizado en todo o en parte, está obligado a reintegrar el importe de lo percibido y no Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 51 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 1. Los fondos percibidos se situarán en una cuenta restringida de pagos a nombre de “Cabildo Insular de Lanzarote. Gastos a Justificar, Área o Servicio de...”, abierta a tal efecto por la Tesorería; tras la recepción de la correspondiente Resolución nombrando Habilitado-Pagador y autorizando la apertura de la cuenta. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 219 1 de 534 Base 54ª.- Situación y disposición de fondos. ACTA DEL PLENO a) Anexo 6 gastado antes del día 30 de diciembre, a través de la correspondiente cuenta de justificación, aunque no haya vencido el plazo concedido para ello. 3. La cuenta se presentará en el modelo establecido, que se facilitará al perceptor en el momento de hacer efectivo el mandamiento a justificar. En ella figurarán los datos relativos al mandamiento expedido. 7. Las facturas conformadas y documentos justificativos originales que se acompañen a la cuenta han de reunir los mismos requisitos que en los pagos en firme. 8. Las cuentas así confeccionadas, con la fecha y firma del cuentadante o perceptor de fondos y todos los documentos señalados en los párrafos anteriores, han de presentarse en el Área de Hacienda dentro del plazo establecido, a efectos de su fiscalización por la Intervención, junto con los estados conciliatorios. 9. Si la Intervención advirtiese deficiencias en la cuenta presentada, como consecuencia de no haberse cumplido lo establecido en la legislación y en las presentes normas, formulará el correspondiente reparo por escrito, devolviendo la cuenta, que no se considerará justificada hasta que vuelva a ser presentada con los reparos subsanados. 10. Si al volver a presentar la cuenta, con los reparos subsanados, se modificase el importe del sobrante reintegrado inicialmente, el cuentadante deberá reintegrar la diferencia si aquel ha aumentado, o bien el Área de Hacienda procederá de oficio a la consiguiente devolución de ingreso indebido, en el caso contrario. 11. Si la cuenta es conforme, el Área de Hacienda la tramitará a efectos de su aprobación, que corresponde al mismo órgano que dispuso la expedición del correspondiente mandamiento a justificar. 12. Con carácter general, la aprobación de la cuenta justificativa producirá la aplicación al presupuesto del reintegro que, en su caso, se haya efectuado, y la imputación económica de los gastos realizados. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 52 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 220 2 de 534 6. A la cuenta se acompañarán las facturas conformadas y demás documentos originales que justifiquen la aplicación de los fondos librados. La cantidad no invertida se justificará con la carta de pago demostrativa de su reintegro. Igualmente se acompañará extracto bancario, en el que se incluyan los cargos en cuenta de los pagos realizados. El Habilitado-Pagador pondrá a disposición de la Tesorería, cuantos justificantes y antecedentes permitan a ésta elaborar las conciliaciones contables de carácter trimestral. ACTA DEL PLENO 5. Estos pagos se suman, y en su caso se añadirá el importe del reintegro, si existe un sobrante que, junto con el total de los pagos anteriores, debe coincidir con el importe del mandamiento a justificar. El importe reintegrado deberá comunicarse a la Tesorería para la formalización provisional del movimiento interno. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 4. El perceptor por su parte queda obligado a presentar la cuenta en el Área de Hacienda dentro del plazo establecido, relacionando en ella todas las facturas o documentos justificativos de los pagos realizados, con los requisitos de numeración correlativa, número del cheque utilizado, concepto con el detalle del nombre del destinatario y el importe líquido satisfecho. Anexo 6 13. A efecto de los pagos efectuados en concepto de indemnización por razón del servicio, una vez aprobada la cuenta justificativa, deberá remitirse copia de la misma al Área del Empleado Público y, en caso de que se haya efectuado un reintegro, se comunicará el importe del mismo, a efectos de control de las aplicaciones afectadas. 14. En el caso de entrega de valores, deberá rendirse la cuenta justificativa en el plazo máximo de una semana. Si el centro gestor no rindiese la cuenta en dicho plazo, no le serán entregados nuevos valores hasta que se rinda la cuenta justificativa pendiente. Base 57ª.- Anticipos de caja fija. Se entiende por anticipos de caja fija las provisiones de fondos de carácter extrapresupuestario y permanente que se realicen a las habilitaciones de caja fija para la atención inmediata y posterior aplicación al Presupuesto del año en que se realicen. Base 58ª.- Ámbito de aplicación y límites. 1. Los anticipos de caja fija se concederán, de conformidad con la normativa vigente, al personal funcionario y laboral fijo que la Presidencia tenga a bien conceder, por la cuantía que corresponda y para hacer frente a los gastos que sean oportunos. Dichos gastos no podrán ser inventariables, ni se podrán incluir facturas superiores a 350 €, por empresa y liquidación, ni contener retenciones fiscales, salvo casos excepcionales o de gastos de representación o protocolarios debidamente justificados se podrán superar dichos importes. 2. El importe máximo de la misma se fija en 6.000,00 euros, correspondiendo al Consejero delegado de Hacienda determinar el número de anticipos de cajas fijas en función de las necesidades de las Áreas. 3. Con carácter excepcional, el Consejero delegado de Hacienda podrá habilitar un anticipo de Caja Fija de importe no superior a 1.000 € para la atención de ayudas de Emergencia social. Dichas ayudas se concederán mediante decreto, no podrán superar individualmente el importe de 150 €, salvo excepciones debidamente motivadas, y el expediente debe incluir el preceptivo informe del trabajador social con el visto bueno del Consejero delegado del Área, así como la copia de la factura con el estampillado de justificación de subvención. La imputación presupuestaria será el concepto 48909. 4. Podrán atender, con carácter general, por este procedimiento, los gastos que deban imputarse a la clasificación económica siguiente: CLASIFICACIÓN ECONÓMICA DETALLE Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 53 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Sección 3ª Anticipos de Caja Fija. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 221 de 534 La falta de presentación de la cuenta justificativa en el plazo establecido y la no subsanación de los reparos comunicados llevan consigo que los perceptores de los fondos librados a justificar queden sujetos al régimen de responsabilidades que establece la normativa vigente, como dispone el artículo 190 del TRLRHL. Como consecuencia de ello se verá obligado al reintegro, más los intereses de demora, sin perjuicio de la exigencia de otras responsabilidades de tipo administrativo o penal si procediese, de acuerdo con la Ley de Haciendas Locales, Ley General Presupuestaria y Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas. ACTA DEL PLENO Base 56ª.- Responsabilidades por incumplimentos. 212 Edificios y otras construcciones. 213 Maquinaria, instalaciones técnicas y utillaje. 214 Elementos de transporte 215 Mobiliario. 216 Equipos para procesos de información. 219 Otro inmovilizado material. 220 Material de oficina. 221 Suministros 222 Comunicaciones 223 Transportes. 226 Gastos diversos 226.01 Atenciones protocolarias y representativas (*) 230 Dietas. 231 Locomoción 233 Otras indemnizaciones. (*) Por gasto protocolario se entenderán, aquellos originados por ceremonias o celebraciones de carácter institucional, visitas oficiales entre autoridades pertenecientes a otras Administraciones Públicas y los gastos que llevan aparejados, como los servicios o gastos de la organización de actos o recepciones, comidas, ramos y adornos de flores, libros conmemorativos o de regalo, fotografías, viajes y hoteles de personas ajenas a la Administración Pública, etc. Se incluyen aquellos que se derivan de la actuación de los altos cargos en el ejercicio de sus funciones públicas de representación del Cabildo de Lanzarote. Por ello, podrán incluirse gastos de transporte y comidas con otros representantes de otras Administraciones, Corporaciones de derecho público, etc, con particulares siempre que redunde en un beneficio para la Administración o se realice en el ejercicio de funciones públicas, es decir tengan el carácter de atención protocolaria y representativa que sí está definida por esa finalidad pública e institucional, tanto realizados en la Isla como con motivo de viajes realizados. Estos extremos se acreditarán expresamente en la memoria justificativa que emita el Área gestora. Base 59ª.- Situación y disposición de fondos. 1. Los fondos destinados al pago de anticipos de caja fija se ingresarán por transferencia bancaria en la cuenta corriente restringida denominada “Cabildo de Lanzarote, Cuenta Corriente restringida de caja fija de tesorería”. La apertura de cuenta requerirá Resolución para de Presidencia, Consejero delegado en materia de Hacienda o Vicepresidente de los OO.AA., indicando la titularidad de la misma “Excmo. Cabildo de Lanzarote o en el caso de los Organismos Autónomos, la denominación del mismo, -Área o Servicio-“ 2. Características de las cuentas, que serán comunicadas por Tesorería en el momento de la apertura a la Entidad Financiera: a) No podrá arrojar saldo negativo. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 54 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Infraestructuras y bienes naturales Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 222 de 534 210 ACTA DEL PLENO Anexo 6 Anexo 6 b) No admitirán ningún ingreso, a excepción del que haga el propio Cabildo u Organismo o por reintegros realizados por el propio habilitado. c) Los intereses que produzcan estas cuentas se ingresarán y contabilizarán en el estado de ingresos del Cabildo u Organismo imputándose los mismos al correspondiente concepto del Presupuesto. d) Los fondos que se sitúen en dichas cuentas tendrán el carácter de fondos públicos y formarán parte integrante de la Tesorería. Base 60ª.- Contabilización. 1. Los Habilitados-Pagadores llevarán contabilidad detallada de todas las operaciones que realicen. El registro contable de los pagos realizados por el habilitado se realizará provisionalmente por la Tesorería, mediante una operación no presupuestaria, a la vista de los cargos producidos en la cuenta corriente restringida. 2. En los meses de abril, julio, octubre y enero, y referidos al trimestre natural anterior, se formularán los estados de situación de tesorería, que se enviarán a la Tesorería. Posteriormente, la Tesorería, dando su conformidad a este estado de situación o con informe en caso de incidencia en dichos términos, lo remitirá a la Intervención General a efectos de fiscalización y control. 3. La Intervención podrá realizar en cualquier momento las comprobaciones que estime oportunas. 4. El estado de situación de tesorería comprenderá la totalidad de los ingresos y los pagos realizados en el ámbito de la respectiva caja pagadora, durante el período establecido y servirá de base para la elaboración de la conciliación bancaria. 5. El estado de situación de tesorería será enviado junto con el extracto de la cuenta corriente, a la fecha en que se cierre aquél, y con los movimientos del período de cierre. 6. En el supuesto de que el saldo que figure en el citado extracto bancario no coincida con el reflejado en el estado de situación de tesorería, se adjuntará asimismo la correspondiente conciliación bancaria. 7. Los fondos no invertidos que a finales del ejercicio se hallen en poder de los habilitados, se utilizarán por éstos, en el nuevo ejercicio, para atenciones de igual naturaleza que aquéllas para las que se concedió. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 55 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 3. Las disposiciones de fondos, que se efectuarán sólo para el pago de los servicios o suministros realizados, serán autorizadas por el Habilitado-Pagador mediante transferencia bancaria o mediante cheques nominativos. Excepcionalmente podrán autorizarse mediante la firma mancomunada del Diputado de Hacienda, del Interventor y del Tesorero Provincial. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 223 de 534 requerirán la presentación de arqueos propios de periodicidad trimestral. De este arqueo será responsable el habilitado que rendirá cuenta ante el Tesorero del Cabildo presentando al efecto extracto bancario. Al efecto y durante los quince días siguientes a cada trimestre natural, los habilitados de los respectivos Servicios, rendirán cuenta detallada de los gastos que se hayan originado en el trimestre anterior, y de la situación de Fondos al Tesorero presentando al efecto extracto bancario incluso aunque no solicite reposición de fondos. Si estarán integrados en los arqueos del Cabildo u Organismo a 31 de diciembre. ACTA DEL PLENO e) No estarán integrados en los arqueos mensuales del Cabildo u Organismo, pero Anexo 6 8. Si a 31 de diciembre existen gastos realizados por el cajero, pendientes de justificación, se contabilizarán por la Intervención con abono a la cuenta 413 “Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto”. Base 61ª.- Funciones de los Habilitados-Pagadores. 4. 5. 6. 7. 8. Base 62ª.- Cancelación del Anticipo de Caja Fija. 1. La cancelación del anticipo de caja fija se efectuará mediante ingreso en cuenta operativa, con comunicación a la Tesorería de las cantidades en que aquél consistió, ingreso que puede afectar a la totalidad de los fondos o parte de ellos. En caso de cese de habilitado por cambio de Corporación o por cualquier otro motivo, se procederá a la cancelación total del anticipo que pudiera tener concedido. 2. Las modificaciones de Habilitado-Pagador requerirán Resolución de la Presidencia, donde se nombre nuevo habilitado y se exprese la baja del anterior. En el supuesto que la cuenta esté perfectamente justificada y con saldo cero, se procederá a modificar en la entidad financiera el nuevo Habilitado-Pagador del área, dejando inalterable el CCC de dicha cuenta. Sección 4ª Cesiones de Crédito. Base 63ª.- Cesiones de crédito. 1. Tendrán efectividad frente al Cabildo Insular de Lanzarote y sus organismos autónomos las cesiones de crédito efectuadas por los contratistas, que hayan resultado adjudicatarios de contratos celebrados con dicha Administración, a favor de bancos y cajas de ahorros registradas, cuando se cumplan los siguientes requisitos: a) b) La cesión habrá de ponerse en conocimiento del Cabildo de Lanzarote o del organismo autónomo correspondiente, para lo cual deberá realizarse notificación fehaciente de la cesión conforme al procedimiento indicado en esta base. Que el contrato celebrado con el Cabildo de Lanzarote haya sido perfeccionado conforme a la legislación contractual. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 56 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 3. Contabilizar todas las operaciones. Verificar que los comprobantes facilitados para la justificación de los gastos y los pagos consiguientes sean documentos auténticos y originales. Identificar la personalidad y legitimación de las personas a las que se efectúan los pagos, mediante la documentación procedente en cada caso. Efectuar los pagos mediante transferencias bancarias y sólo excepcionalmente, mediante cheques nominativos. Custodiar los fondos que se le hubiesen confiado, e ingresar los intereses que devengue la cuenta restringida en cuenta operativa, comunicándolo a la Tesorería. Practicar arqueos y facilitar a la Tesorería los antecedentes para la elaboración de las conciliaciones bancarias. Facilitar los estados de situación de tesorería en los meses de abril, julio, octubre y enero, siempre referidos al trimestre natural anterior. Conservar y custodiar los talonarios y matrices de los talones. En el supuesto de talones anulados, deberán proceder a su inutilización y conservación. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 224 de 534 1. 2. ACTA DEL PLENO Los Habilitados-Pagadores ejercerán las siguientes funciones en relación con las operaciones derivadas del sistema de anticipo de caja fija: Anexo 6 Que el crédito objeto de cesión no se encuentre ya en estado de “ordenación de pagos” o en estado de “abonado”. Que el solicitante no tenga deudas con el Cabildo de Lanzarote en periodo ejecutivo ni con otras Administraciones Públicas. c) d) 2. No tendrán efecto frente al Cabildo, por lo que no se tomará razón, las cesiones de crédito relativas a: Expropiaciones forzosas, convenios o subvenciones. Facturas emitidas por personas físicas o jurídicas respecto de las cuales exista anotación en la contabilidad de este Cabildo de embargo vigente judicial o administrativo. c) Facturas que se tramiten con arreglo al sistema de Anticipo de Caja Fija o incluidas en expedientes de reconocimiento de obligaciones en los que se haya formulado reparo suspensivo u omisión de función interventora por la Intervención General, conforme a los artículos 215 y 216 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo; y el Real Decreto 424/2017 de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico de control interno en las entidades del Sector Público Local 3. Se considera que existe el crédito cuando el contratista ha realizado la prestación objeto del contrato y emitido la factura correspondiente, estando la misma conformada por el Técnico correspondiente del Cabildo. 4. El contratista deberá remitir a la Intervención General y al Órgano de Gestión Económico- Financiera: Comunicación de la cesión de crédito indicando: • Identificación del derecho de cobro objeto de cesión. • Nombre o denominación social y CIF del cedente. • Nombre o denominación social y CIF del cesionario. • Datos bancarios del cesionario para efectuar el pago. Cuando la cesión tenga por objeto transmitir el crédito a otra entidad para que el Cabildo de Lanzarote compense este crédito con deudas de la entidad, debe indicarse esta circunstancia. • En la comunicación han de constar las firmas del cedente y cesionario, en el caso de personas físicas, o de los representantes apoderados del cedente y del cesionario, en el caso de personas jurídicas, con su correspondiente identificación. Cuando el poder para ceder o aceptar cesiones de crédito sea mancomunado deberán constar las firmas e identificaciones de todos los apoderados. • La comunicación deberá ir dirigida a la Intervención General; y a la Intervención Delegada del Organismo autónomo cuando se trate de créditos de un Organismo autónomo. 2. Cuando el crédito objeto de cesión estuviera representado en una factura, la identificación del derecho de cobro se realizará indicando en la comunicación el número de factura y, en su caso, serie; importe total de la factura; y fecha de emisión. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 57 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 225 de 534 1. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 No obstante, en casos excepcionales, previa propuesta razonada del servicio y con el conforme de la Intervención General, se podrá autorizar la toma de razón de cesiones de crédito relativas a expropiaciones, convenios y subvenciones. ACTA DEL PLENO a) b) Anexo 6 3. Cuando el cedente o cesionario sean personas jurídicas, se aportarán los bastanteos de poder que acrediten al firmante cedente para efectuar cesiones de crédito y al firmante cesionario para aceptar cesiones de créditos, en representación de la respectiva entidad. 5. Recibida en la Intervención General y en el Órgano de Gestión Económico-Financiera la comunicación de la cesión de crédito con los requisitos establecidos en los apartados anteriores, se verificará que el crédito objeto de cesión cumple lo establecido en el apartado relativo a los “requisitos necesarios para la efectividad de las cesiones” así como la identidad de los firmantes de la cesión, en cuyo caso se procederá a efectuar la “toma de razón” en el cuerpo de la factura justificativa del crédito y al abono a nombre del cesionario. Base 64ª.- Distribución de los fondos de los Ayuntamientos. Se consideran fondos de los Ayuntamientos los que les corresponden de la participación del Bloque de Financiación Canario conforme a lo previsto en la Ley 9/2003, de 3 de abril, de Medidas Tributarias y de Financiación de las Haciendas Territoriales Canarias. Los fondos de los Ayuntamientos se imputarán contablemente en un concepto no presupuestario por el hecho de actuar como mera tesorería entre la Comunidad Autónoma y los Ayuntamientos. El abono se efectuará a partir del ingreso de la participación del Bloque de Financiación Canario, que corresponden tanto a Cabildo como Ayuntamientos, en la Tesorería del Cabildo Insular, y en función de la propuesta de liquidación que se efectúa desde el Servicio de Gestión Presupuestaria de la Corporación. La titularidad de estos fondos corresponde a los Ayuntamientos, y su forma de abono será mediante transferencias mensuales. TITULO IV.- EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS CAPITULO I.- NORMAS GENERALES DE GESTIÓN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS Base 65ª.- Reconocimiento de Derechos. Procederá el reconocimiento de derechos en el momento que se conozca la existencia de una liquidación a favor de Cabildo o de los Organismos Autónomos. De acuerdo con las siguientes instrucciones: • • Liquidaciones de contraído previo e ingreso directo, el derecho se contabilizará en el momento de aprobarse la liquidación. Liquidaciones de contraído previo e ingreso por recibo, se contabilizará el derecho reconocido en el momento de aprobarse el padrón. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 58 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Sección 5ª Distribución de los fondos de los Ayuntamientos. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 226 de 534 7. La cantidad a abonar al cesionario podrá ser inferior al importe certificado o facturado cuando al momento del reconocimiento de la obligación se practiquen los descuentos correspondientes, conforme a lo establecido en los pliegos de condiciones o en la legislación vigente. Sobre dicho descuento se dejará constancia en la toma de razón según el procedimiento descrito en el apartado relativo a las “actuaciones de la Administración”. ACTA DEL PLENO 6. En todo caso, la efectividad de la cesión quedará condicionada a su aceptación mediante Decreto por parte del Cabildo de Lanzarote, previo informe de Intervención y del Órgano de Gestión Económico-financiero. Anexo 6 • • Con carácter general, cualquier expediente del que se deriven derechos a favor del Cabildo, tengan o no naturaleza tributaria, deberá de contener la toma de razón del Órgano de Gestión EconómicoFinanciera donde constará el número de asiento contable que corresponde al derecho reconocido como trámite previo a su aprobación por el órgano competente ya sea por Decreto de la Presidencia, Consejo de Gobierno Insular o Pleno. No obstante, en el caso de que las operaciones sean registradas a partir de los datos contenidos en soportes electrónicos, informáticos o telemáticos, la diligencia de toma de razón se sustituirá por los oportunos procesos de validación en el sistema, mediante los cuales dichas operaciones queden referenciadas en relación con las anotaciones contables que hayan producido. Conforme al Artículo 219, apartado 4º, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, la fiscalización previa de derechos queda sustituida por la Toma de Razón en Contabilidad del referido Órgano de Gestión Económico-Financiera. Base 66ª.- Subvenciones estado de ingresos. Normas generales. Todas las subvenciones o ayudas que solicite el Cabildo de Lanzarote, serán tramitadas por las Áreas correspondientes, desde su inicio hasta su terminación. Los expedientes que se incoen para la solicitud de subvenciones serán aprobados mediante Resolución de Presidencia o en quien delegue. Procedimiento a seguir: Cualquier servicio interesado en solicitar una ayuda o subvención al amparo de la pertinente convocatoria, lo comunicará al Consejero delegado en materia de Hacienda informando de los siguientes aspectos: a) • • • • • • • • • • • Denominación del Proyecto. Objeto de la subvención. Importe total del proyecto. Importe solicitado. La disponibilidad del crédito necesario en las aplicaciones presupuestarias del Área para asumir la aportación del Cabildo Fecha de concesión prevista. Período de ejecución. Forma de abono (anticipado o previa justificación). Fecha de abono prevista. Período de justificación. Otros aspectos que se consideren relevantes. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 59 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 • ACTA DEL PLENO • En las autoliquidaciones e ingresos sin contraído previo cuando se presenten y se haya ingresado su importe. En el supuesto de subvenciones o transferencias a percibir de otras Administraciones, Entidades o particulares se contabilizará el derecho reconocido en el momento que exista la confirmación de deudas efectivas a favor del Cabildo, derivadas de la justificación real de los gastos o por la existencia de un acuerdo concreto de los entes otorgantes. Participación en Tributos del Estado, se contabilizará en el momento de la recepción del ingreso. En los préstamos concertados, en la medida que tengan lugar las disposiciones sucesivas se contabilizará el reconocimiento de derechos y el cobro de las cantidades correspondientes. En los intereses y otras rentas, el reconocimiento de derechos se realizará en el momento del devengo. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 227 de 534 • Anexo 6 a) Una vez aprobado el inicio del expediente por el Consejero delegado de Hacienda, el Área iniciará los trámites necesarios para la solicitud de la subvención y será la responsable del cumplimiento de las condiciones que se determinen en la orden de concesión de la subvención y seguimiento de su abono, así como de comunicar al Área de Hacienda de las posibles variaciones entre lo inicialmente comunicado o solicitado, lo concedido lo realizado o lo modificado. b) La solicitud de la subvención corresponderá a la Presidencia, al Consejo de Gobierno o al Pleno según corresponda. Base 67ª.- Derechos de difícil o imposible recaudación. Anulación de derechos. Derechos de difícil o imposible recaudación: Según lo previsto en el art. 193 bis del TRLRHL introducido por la Ley 27/2013, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, la Entidad Local deberá informar al MINHAP y al Pleno del resultado de la aplicación de los criterios determinantes de los derechos de difícil o imposible recaudación con los siguientes límites: 100% de los Derechos Pendientes de Cobro correspondientes a Presupuesto Cerrados. Ejercicios anteriores al N-5 75% de los Derechos Pendientes de Cobro correspondientes a Presupuesto Cerrados. Ejercicios N-4 y N-5. 50% de los Derechos Pendientes de Cobro correspondientes a Presupuesto Cerrados. Ejercicio N-3. 25% de los Derechos Pendientes de Cobro correspondientes a Presupuesto Cerrados. Ejercicios N-1 y N-2. 0% de los Derechos Pendientes de Cobro correspondientes a Presupuesto Cerrados. Ejercicio N. TOTAL SDC En cualquier caso, la consideración de un derecho como de difícil o imposible recaudación no implicará su anulación ni producirá su baja en cuentas, el cual se producirá mediante la tramitación del correspondiente expediente. Anulación de derechos: Cabe la anulación de derechos cuando en virtud de acto administrativo proceda cancelar total o parcialmente un derecho reconocido por alguna de las siguientes causas: Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 60 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 El Cabildo de Lanzarote y sus Organismos y Entidades, deberá valorar y ponderar la conveniencia o no de solicitar subvenciones a fin de que las mismas estén debidamente meditadas y motivadas. ACTA DEL PLENO La tramitación y envío de los documentos de la justificación corresponde al Área tramitadora de la subvención, que será la responsable de solicitar con la suficiente antelación los informes o certificados que le sean necesarios, debiendo ser los informes o certificados emitidos, firmados y remitidos al órgano que lo solicita en el plazo de diez días hábiles, y deberá informar al Área de Hacienda del grado de cumplimiento. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 228 de 534 c) Anexo 6 a) Derechos anulados por anulación de liquidaciones suponen una disminución de los derechos reconocidos ya que la anulación es consecuencia de la improcedencia de una liquidación. b) Anulación de derechos por insolvencia y otras causas: Suponen la anulación de los derechos, pero no su desaparición, al ser procedentes las correspondientes liquidaciones. La anulación de un derecho ya ingresado, dará lugar a un expediente de devolución de ingresos. Base 68ª.- Contabilización de los Cobros. Base 69ª.- Operaciones de tesorería. Se podrán concertar operaciones de crédito a corto plazo dentro de los límites fijados por los Artículos 50 ,51 y 52 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobada por el R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba su texto refundido. Para atender necesidades transitorias de tesorería, las entidades locales podrán concertar operaciones de crédito a corto plazo, que no exceda de un año, siempre que en su conjunto no superen el 30 por ciento de sus ingresos liquidados por operaciones corrientes en el ejercicio anterior (art.51 TRLRHL) La concertación de las operaciones de crédito a corto plazo le corresponderá a la Presidencia cuando el importe acumulado de las operaciones vivas de esta naturaleza, incluida la nueva operación, no supere el 15 por ciento de los recursos corrientes liquidados en el ejercicio anterior, Una vez superados dichos límites, la aprobación corresponderá al Pleno de la Corporación Local (art. 52 TRLHL). Cualquier operación de endeudamiento a corto plazo, en la modalidad de operación de tesorería, que afecte a organismos autónomos y entidades públicas empresariales requerirá que se autorice previamente por el Pleno del Cabildo. Base 70ª.- Operaciones de crédito a largo plazo para la financiación de inversiones. Para la financiación de inversiones, así como para la sustitución total o parcial de operaciones preexistentes se podrá acudir al crédito público y privado a largo plazo en los términos previstos en los artículos 48, 50, 52 y 53 de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, así como en lo dispuesto en las Resoluciones de Prudencia Financiera de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera. La regulación viene recogida en los Artículos 48 y 48 bis y del 49 a 53 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, modificada en las operaciones a largo plazo por lo dispuesto en la Disposición Adicional 14ª del Real Decreto Ley 20/2011 y en la DF nº31 de la LGPE 2013, así como lo dispuesto en las Resoluciones de la Secretaría General de Tesoro y Financiación Internacional, por las que se actualiza el Anexo I de la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 61 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 CAPITULO II.- DE LA TESORERÍA. ENDEUDAMIENTO A CORTO Y LARGO PLAZO. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 229 de 534 Cuando los centros Gestores tengan conocimiento de la concesión de subvenciones deberán comunicarlo a la Intervención y a la Tesorería inmediatamente para que se pueda hacer el seguimiento. ACTA DEL PLENO Todos los ingresos mientras no se conozca su aplicación presupuestaria se contabilizarán, por la Tesorería como ingresos pendientes de aplicación integrándose desde el momento en que se produzcan en la Caja única. Una vez se conozca su aplicación presupuestaria se procederá a su formalización, por parte del Órgano de Gestión Económico-Financiera, cancelando el ingreso pendiente de aplicación. Anexo 6 Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las Comunidades Autónomas y Entidades Locales. 3. 4. 5. 6. Órgano Competente La competencia de la operación corresponderá a la Presidencia cuando el importe total de la operación no supere el 10 % de los recursos ordinarios previstos en el presupuesto vigente, de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del art. 52.2 del TRLHL. Una vez superado dicho límite la aprobación corresponderá al Pleno. Cualquier operación de endeudamiento a largo plazo destinada a operaciones de capital de los organismos autónomos y de las entidades públicas empresariales precisará la previa autorización del Pleno de la Corporación e informe de la Intervención General (art.54 TRLRHL) Precisarán autorización del órgano de tutela financiera las operaciones de deuda a largo plazo cuando el volumen de endeudamiento sea superior al 75% de los ingresos corrientes liquidados y no supere el 110% establecido en art.53 del TRLRHL y en D.A.14ª del RD ley 20/2011. En los supuestos de incumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria o de deuda pública de la Corporación Local incluida en el ámbito subjetivo definido en el artículo 111 del TRLRHL, todas las operaciones de endeudamiento a largo plazo de la corporación Local incumplidora, precisarán autorización del Estado o en su caso de la Comunidad Autónoma que tenga atribuida la tutela financiera (art. 20.2 LOEPSF) No están permitidas las operaciones a largo plazo para financiar inversiones cuando se haya liquidado el ejercicio inmediato anterior con ahorro neto negativo y cuando el nivel de endeudamiento sea superior al 110% de los ingresos corrientes liquidados. (D.A.14ª del RD ley 20/2011 y D.F.31ª LPGE 2013). Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 62 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 2. El destino de la operación de crédito a largo plazo ha de consistir en financiación de inversiones, o en sustitución total o parcial de operaciones de crédito a largo plazo. Presupuesto aprobado para el ejercicio en curso (art.50 TRLRHL), extremo que deberá ser justificado en el momento de suscribir el correspondiente contrato, póliza o documento mercantil en el que se soporte la operación, ante la entidad financiera correspondiente y ante el fedatario público que intervenga o formalice el documento. La concertación o modificación de cualesquiera operaciones deberá acordarse previo informe de la Intervención en el que se analizará, especialmente, la capacidad de la entidad local para hacer frente, en el tiempo, a las obligaciones que de aquéllas se deriven para ésta (art. 52.2 TRLRHL). Liquidación del ejercicio inmediato anterior con ahorro neto positivo (a nivel individual) y nivel de endeudamiento (consolidado) inferior al 75 % de los ingresos corrientes liquidados del ejercicio inmediatamente anterior (art.53 TRLRHL , D.A.14ª del RD ley 20/2011 y DF 31ª LPGE 2013 ) Cumplimiento del Principio de Prudencia Financiera (art.48 bis TRLRHL) En la concertación de operación de crédito a largo plazo, será necesario el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria o de deuda pública de la Corporación Local incluida en el ámbito subjetivo definido en el artículo 111 del TRLRHL, en caso de incumplimiento requerirá autorización del Estado o en su caso de la Comunidad Autónoma que tenga atribuida la tutela financiera (art. 20.2 LOEPSF). Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 230 de 534 1. ACTA DEL PLENO Los requisitos para la concertación de la operación de crédito a largo plazo: Anexo 6 Sustitución de operaciones: La formalización de operaciones de sustitución de operaciones de crédito a largo plazo se supeditará a las limitaciones que en esta materia se establezca por la legislación vigente. Está regulada en artículos 48 bis y 49.2 del TRLRHL y Resoluciones de Tesoro (Resolución de 4/7/2017, con actualizaciones Anexo I mensual). La formalización de operaciones de sustitución de operaciones de crédito a largo plazo, es decir, aquellas en las que se baja el tipo de interés y no se incrementa el plazo de la operación, se supeditará al cumplimiento del Principio de Prudencia financiera en lo referido al Coste total máximo de la operación. No están permitidas las operaciones de sustitución cuando el coste resultante de la operación supere financieramente el coste de la operación preexistente. La competencia de la operación corresponderá a la Presidencia cuando el importe total de la operación no supere el 10 % de los recursos ordinarios previstos en el presupuesto vigente, de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del art. 52.2 del TRLHL. La sustitución de operaciones de crédito concertadas con anterioridad no tendrá reflejo presupuestario, imputándose al estado de gastos únicamente las comisiones y demás gastos que pueda comportar la operación. En la instrucción del expediente de operación de crédito destinada a la sustitución de operaciones preexistentes se estará a lo previsto en el apartado tramitación del expediente anteriormente señalado. Activos financiables mediante operaciones de endeudamiento: 1.-Inmovilizado material. El inmovilizado material son los activos tangibles, muebles e inmuebles que: Posee la entidad para su uso en la producción o suministro de bienes y servicios o para sus propios propósitos administrativos. a) b) Se espera tengan una vida útil mayor a un año. 2.- Casos particulares de inmovilizado material: Infraestructuras, bienes comunales y patrimonio histórico. Infraestructuras: Son activos no corrientes, que se materializan en obras de ingeniería civil o en inmuebles, utilizables por la generalidad de los ciudadanos o destinados a la prestación de servicios públicos, adquiridos a título oneroso o gratuito, o construidos por la entidad, y que cumplen alguno de los requisitos siguientes: • son parte de un sistema o red, Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 63 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 231 3 de 534 el apartado tercero de la Resolución de Prudencia financiera 2. cuando se genere un ahorro financiero 3. cuando se cumplan simultáneamente determinadas condiciones. ACTA DEL PLENO 1. el coste resultante de la operación supere financieramente al coste máximo permitido según Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Únicamente estará permitida la modificación de un contrato previo cuando: Anexo 6 • tienen una finalidad específica que no suele admitir otros usos alternativos. Bienes comunales: Aquellos bienes que aun siendo del dominio público, su aprovechamiento corresponde exclusivamente al común de los vecinos. Patrimonio histórico: Elementos patrimoniales muebles o inmuebles de interés artístico, histórico, paleontológico, arqueológico, etnográfico, científico o técnico, así como el patrimonio documental y bibliográfico, los yacimientos, zonas arqueológicas, sitios naturales, jardines y parques que tengan valor artístico, histórico o antropológico. Estos bienes presentan, en general, determinadas características, incluyendo las siguientes: ◦ Puede ser difícil estimar su vida útil, la cual en algunos casos puede ser de cientos de años. 3.-Patrimonio público del suelo. Son activos no corrientes materializados generalmente en bienes inmuebles, afectados al destino de dicho patrimonio. 4.-Inversiones inmobiliarias. Las inversiones inmobiliarias son inmuebles (terrenos o edificios, considerados en su totalidad o en parte, o ambos) que se tienen (por parte del propietario o por parte del arrendatario que haya acordado un arrendamiento financiero) para obtener rentas, plusvalías o ambas, no para su uso en la producción o suministro de bienes o servicios, ni para fines administrativos, ni para su venta en el curso ordinario de las operaciones. Asimismo, se considerarán inversiones inmobiliarias aquellos bienes patrimoniales distintos de los que forman el patrimonio público del suelo que no se clasifiquen a su entrada en el patrimonio de la entidad como inmovilizado material. En aquellos supuestos en los que una parte del inmovilizado material de las entidades se tiene para obtener rentas o plusvalías y otra parte se utiliza en la producción o suministro de bienes o servicios, o bien para fines administrativos, la entidad las contabilizará por separado si dichas partes pueden ser vendidas separadamente. Si estas partes no pueden ser vendidas separadamente, la entidad únicamente la calificará como inversión inmobiliaria, si sólo una parte insignificante se utiliza para la producción o prestación de bienes o servicios, o para fines administrativos. 5.-Inmovilizado intangible. El inmovilizado intangible se concreta en un conjunto de activos intangibles y derechos susceptibles de valoración económica de carácter no monetario y sin apariencia física que cumplen, además, las características de permanencia en el tiempo y utilización en la producción de bienes y servicios o constituyen una fuente de recursos de la entidad. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 64 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 232 de 534 ◦ Son a menudo irreemplazables y su valor puede incrementarse con el tiempo, incluso si sus condiciones físicas se deterioran. ACTA DEL PLENO ◦ Las obligaciones legales o estatutarias pueden imponer prohibiciones o severas restricciones a su disposición por venta. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 ◦ Es poco probable que su valor en términos culturales, medioambientales, educacionales e histórico-artísticos quede perfectamente reflejado en un valor financiero basado puramente en un precio de mercado. Anexo 6 Deben cumplir la definición de activo y los criterios de registro o reconocimiento del marco conceptual de la contabilidad pública. La entidad evaluará la probabilidad en la obtención de rendimientos económicos futuros o en el potencial de servicio, utilizando hipótesis razonables y fundadas, que representen las mejores estimaciones respecto al conjunto de condiciones económicas que existirán durante la vida útil del activo. Los activos que integren el inmovilizado intangible deberán cumplir con el criterio de identificabilidad. 2. Surge de derechos contractuales o de otros derechos legales, con independencia de que esos derechos sean transferibles o separables o de otros derechos u obligaciones. Si un activo incluye elementos tangibles e intangibles, para su tratamiento como inmovilizado material o intangible, la entidad realizará el oportuno juicio para distribuir el importe que corresponda a cada tipo de elemento, salvo que el relativo a algún tipo de elemento sea poco significativo con respecto al valor total del activo. En aquellos casos, en los que conforme a la modificación propuesta por la nueva estructura presupuestaria Orden EHA 3585/2008, de 3 de diciembre, se proponga como inversión un inmovilizado inmaterial se tendrán en cuenta los criterios de la Resolución de 28 de mayo de 2013, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se dictan normas de registro, valoración e información a incluir en la memoria del inmovilizado intangible. El reconocimiento inicial de un inmovilizado de naturaleza intangible requiere cumplir los criterios generales recogidos en el Marco Conceptual de la Contabilidad del Plan General de Contabilidad. Es decir, cumplir la definición de activo y los criterios de reconocimiento, sin perjuicio de los criterios especiales recogidos en la presente Resolución para los gastos de investigación. El registro de un inmovilizado intangible procederá cuando, cumpliéndose la definición de activo del Plan General de Contabilidad, se cumplan los siguientes criterios: Sea probable la obtención a partir del mismo de beneficios o rendimientos económicos para la empresa en el futuro; y 2. se pueda valorar de manera fiable. 1. En ningún caso se reconocerán como inmovilizados intangibles los gastos ocasionados como consecuencia del primer establecimiento de la empresa o del inicio de una nueva línea de actividad por los siguientes conceptos u otros similares: honorarios, gastos de viaje y otros para estudios previos de naturaleza técnica y económica; publicidad de lanzamiento; captación y formación del personal. Tampoco se reconocerán como un activo intangible los desembolsos incurridos en la creación de marcas, cabeceras de periódicos o revistas, los sellos o denominaciones Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 65 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Es separable y susceptible de ser enajenado, cedido, arrendado, intercambiado o entregado para su explotación. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 233 de 534 1. ACTA DEL PLENO Un inmovilizado intangible será identificable cuando cumpla alguno de los dos requisitos siguientes: Anexo 6 editoriales, las listas de clientes u otras partidas similares, que se hayan generado internamente. Por tanto, en primer lugar, se considerarán los gastos en promoción turística gastos del ejercicio en que se produzcan como consecuencia de la aplicación directa del principio de prudencia, cuya observancia prevalecerá frente a la activación de tales gastos hasta que exista certeza de que la actividad llevada a cabo pueda concluir con éxito (por lo cual, en el proyecto a desarrollar ha de venir claramente delimitado el porcentaje de éxito y plazo de obtención). En concreto, este criterio viene a su vez motivado por tres grupos de factores: c) Necesidad de la Corporación, de mantener un adecuado nivel de promoción, sin que llegue a ser esta un servicio público, ni competencia propia, por lo que los importes invertidos en dichos procesos deben ser de cuantías delimitadas y ser tratados convenientemente. Base 71ª.- Unidad de caja. La Tesorería se regirá por el principio de unidad de caja, centralizándose los fondos y valores generados por operaciones presupuestarias y no presupuestarias. Base 72ª.- Plan de disposición de Fondos. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 b) Incertidumbre sobre el éxito de los citados proyectos, provocando que la activación de los mismos se restrinja a supuestos muy determinados. ACTA DEL PLENO a) Dificultad en la delimitación del concepto “Gasto de Promoción Turística “, (análogo al concepto Gasto en investigación y desarrollo) , debido a que en el ámbito de la gestión administrativa se realizan actividades semejantes a aquellas que no pueden ser consideradas como Promoción Turística. El Plan de Disposición de Fondos de la Tesorería del Cabildo de Lanzarote tiene por objeto conseguir una adecuada distribución temporal de los pagos acomodándolos a las disponibilidades de efectivo previstas en la Tesorería que permita una correcta estimación de las necesidades de endeudamiento del Cabildo y la optimización del empleo de los recursos disponibles La gestión de los fondos integrantes de la tesorería, salvo disposición legal en contrario, se realizará bajo el principio de unidad de caja con la centralización de todos los fondos y valores generados por operaciones presupuestarias y por operaciones no presupuestarias y se ordena a la Tesorería a la utilización de todos los recursos dinerarios disponibles para el pago de las obligaciones. La cuantía de los pagos ordenados se ajustará a lo dispuesto en esta Base. 2. Limites Los pagos presupuestarios por ejecución del presupuesto de gastos, se ordenarán por obligaciones reconocidas con cargo a cada uno de los créditos del presupuesto de gastos, atendiendo al grado de vinculación con el que aparezcan en los presupuestos aprobados, conforme a los siguientes criterios: • Los pagos correspondientes a los créditos del capítulo I: Gastos de personal, capítulo VIII: Activos Financieros por préstamos y anticipos al personal, capítulo III: Gastos Financieros Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 66 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 234 de 534 1. Principios generales Anexo 6 y capítulo IX: Pasivos Financieros, se ordenarán atendiendo al reconocimiento de la obligación correspondiente, dada la necesaria ejecución presupuestaria de los mismos en función de los respectivos devengos. • Los pagos correspondientes a los créditos del capítulo II: Gastos Corrientes en Bienes y Servicios, capítulo IV: Transferencias Corrientes, capítulo VI: Inversiones Reales y capítulo VII: Transferencias de Capital, se ordenarán de manera que el importe de cada trimestre natural no exceda de la cuarta parte del crédito inicial más el remanente no dispuesto en los trimestres anteriores. 4. Prioridades en la ordenación y ejecución material de los pagos. Cuando las disponibilidades de tesorería, ciertas o estimadas, no permitan atender el pago de la totalidad de las obligaciones vencidas y exigibles, se establecen con carácter general las siguientes prioridades en la ordenación y ejecución material de los pagos: Primero. Pagos de las obligaciones derivados de las operaciones de crédito a corto o largo plazo tramitadas conforme a los artículos 48 a 55 del RDL 2/2004 por el que se aprueba el Texto Refundido de la ley de Haciendas Locales. Segundo. Gastos de personal: pagos de las retribuciones a los empleados de la entidad local cualquiera que sea el concepto por el que se satisfacen; ◦ pagos de las retenciones, tributarias o de cualquier otro tipo, practicadas en la nómina; ◦ pago de prestaciones sociales realizadas en cumplimiento de una disposición legal o voluntariamente. ACTA DEL PLENO Quedan exceptuados de la aplicación de este Plan de Disposición de Fondos los pagos que hayan de realizarse en formalización, los de gestión de recursos del REF de los Ayuntamientos y los pagos de obligaciones con origen en gastos financiados con ingresos afectados que, por disposición legal o por convenio, su financiación constituya tesorería separada. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 3. Excepciones Tercero. Pago de las aportaciones de la entidad a los Regímenes de la Seguridad Social u otros especiales. Cuarto. ◦ ◦ ◦ ◦ Pagos por devoluciones de garantías o depósitos constituidos en metálico; pagos a la Agencia Tributaria por tributos retenidos o repercutidos a terceros; pagos derivados de ejecución de sentencias judiciales firmes; pagos derivados de actos firmes de devolución de ingresos. Quinto. Los pagos de obligaciones contraídas en ejercicios anteriores como contraprestación en las operaciones comerciales realizadas entre empresas y la Administración, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 67 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 235 de 534 ◦ Anexo 6 Sexto. Los pagos de obligaciones contraídas en el ejercicio corriente como contraprestación en las operaciones comerciales realizadas entre empresas y la Administración, de conformidad con lo dispuesto en la a Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Séptimo. Los pagos de obligaciones derivadas de transferencias y subvenciones. • • • gastos en bienes y servicios necesarios para el ejercicio de las actividades esenciales y básicas de la entidad. gastos en transferencias corrientes relacionados con atenciones benéficas y asistenciales, gastos en transferencias o cánones, que no estén cubiertos con otros ingresos, a favor de organismos autónomos locales, concesionarios o gestor de servicios públicos, hasta la cuantía necesaria para que dichos entes puedan atender, en el orden de prelación establecido en este Plan de Disposición de Fondos, los pagos correspondientes a los gastos de funcionamiento. Cuando se trate de gastos financiados con subvenciones finalistas en los que el cobro de las mismas esté condicionado a la justificación del pago de los citados gastos o en caso de reintegro de subvenciones cuya justificación sea necesaria para la obtención de la concesión o cobro de otras subvenciones, o para evitar el reintegro de las ya percibidas, el Ordenador de pagos, mediante resolución motivada, podrá alterar el orden de prelación de los pagos con la exclusiva finalidad de justificar aquellos, respetando en todo caso, el privilegio de los pagos de personal y cuotas obligatorias de la Seguridad Social. Las obligaciones que deriven del reconocimiento de intereses moratorios al amparo de la legislación vigente, se entenderá devengados y exigibles cuando se efectúe el pago material de la obligación principal que motivó su exigibilidad. Conforme a lo previsto en la Base 47ª las aportaciones a los Organismos Autónomos, Consorcios y Sociedades mercantiles con capital mayoritario no podrán exceder de la cantidad consignada en el Presupuesto, que se librarán trimestralmente por anticipado, preferentemente dentro del primer mes de cada trimestre, supeditado al plan de disposición de fondos y se regirán por Resolución de la Presidencia del Cabildo. Las solicitudes de financiación por parte del Organismo Autónomo de Gestión Tributaria de Lanzarote al Cabildo de Lanzarote (en lo sucesivo O.A.I.G.T.), con el exclusivo objeto de anticipar a los ayuntamientos la recaudación, se estará a lo previsto en el artículo 149 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladoras de las Haciendas Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 68 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 236 de 534 Mediante resolución motivada, el ordenador de pagos podrá ordenar el pago de obligaciones no preferentes correspondientes a: ACTA DEL PLENO Si de los presupuestos de tesorería se desprenda que las disponibilidades dinerarias de la entidad local no permitan atender el puntual pago de las retribuciones del personal, cuotas de seguros y prestaciones sociales obligatorias, retenciones practicadas en nómina o de las obligaciones de operaciones de crédito, podrán realizarse ajustes en la programación de los pagos hasta lograr los recursos dinerarios necesarios que permitan atender aquellas obligaciones. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 5. Normas de aplicación Anexo 6 Locales y dado el carácter de la misma los anticipos se harán efectivos con cargo al concepto no presupuestario que a tal efecto se habilite. Base 73ª.- Planes y Programas de Tesorería. Los excedentes de tesorería puestos de manifiesto podrán rentabilizarse, previo informe de la Intervención y Tesorería, mediante inversiones que reúnan las notas de liquidez y seguridad a que se refiere el artículo 199 TRLRHL. Los déficits temporales de liquidez derivados de las diferencias de vencimientos entre pagos e ingresos se salvarán mediante la concertación de las oportunas operaciones de tesorería. CAPITULO III.- DE LA GESTIÓN TRIBUTARIA. De acuerdo a lo previsto en el artículo 135.2 corresponderán a este órgano de gestión tributaria, al menos las siguientes competencias: 1. La gestión, liquidación, inspección, recaudación y revisión de los actos tributarios insulares. 2. La recaudación en período ejecutivo de los demás ingresos de derecho público del Cabildo. 3. La tramitación y resolución de los expedientes sancionadores tributarios relativos a los tributos cuya competencia gestora tenga atribuida. 4. El análisis y diseño de la política global de ingresos públicos en lo relativo al sistema tributario insular. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Con fecha 14 de noviembre de 2014, el Pleno de la Corporación acordó la creación del Órgano de Gestión Tributaria responsable de ejercer como propias las competencias que a la Administración Tributaria Local le atribuye la legislación tributaria de acuerdo a lo previsto en el artículo135.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. ACTA DEL PLENO Base 74ª.- Organización de la gestión tributaria. ingresos tributarios. 7. En general todas aquellas competencias o especificada anteriormente y que estén relacionadas con la gestión de los recursos que corresponda al Órgano de Gestión Tributaria o le sean encomendadas. Base 75ª.- Otras funciones del Órgano de Gestión Tributaria. Ordenanzas fiscales. El Órgano de Gestión Tributaria Insular será el competente para elaborar el anteproyecto de ordenanzas fiscales insulares y la ordenanza general de gestión, inspección y recaudación de ingresos de Derecho Público, así como cuantas otras normas puedan encontrarse relacionadas con asuntos de su competencia Será el responsable en instruir el correspondiente expediente, solicitando los informes que sean necesarios para ultimar el mismo y centralizará las propuestas de aprobación, derogación o modificación de ordenanzas fiscales. Establecimiento o modificación de los precios públicos Según lo previsto en al artículo 23.2b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y los artículos 41 a 47, 148 y 158 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el establecimiento o modificación de los precios públicos se delega en el Consejo de Gobierno Insular. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 69 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 237 de 534 5. La propuesta, elaboración e interpretación de las normas tributarias propias del Cabildo. 6. El seguimiento y la ordenación de la ejecución del presupuesto de ingresos en lo relativo a Anexo 6 Previsiones de Ingresos y Control de Gestión. El Órgano de Gestión Tributaria facilitará a los órganos ejecutivos del Área de Hacienda encargados de la elaboración del Presupuesto la información necesaria para la elaboración de las previsiones de ingresos correspondientes a los tributos, ingresos de Derecho Público y demás exacciones cuya gestión se les encomienden. Sin perjuicio de las competencias propias del órgano de gestión presupuestaria, el seguimiento de la ejecución del presupuesto de ingresos que se atribuye al Órgano de Gestión Tributaria insular se realizará, al menos, con una periodicidad trimestral. Anualmente se emitirá informe de la gestión realizada. Objeto. La función interventora tendrá por objeto fiscalizar todos los actos de la entidad y de sus Organismos Autónomos que den lugar al reconocimiento y liquidación de derechos y obligaciones o gastos de contenido económico, los ingresos y pagos que de aquellos se deriven, y la recaudación, inversión y aplicación, en general, de los caudales públicos administrados, con el fin de que la gestión se ajuste a las disposiciones aplicables en cada caso. Cuando los procedimientos de gestión que den lugar a actos, documentos y expedientes de contenido económico, objeto de control participen distintas Administraciones Públicas, la función interventora se limitará a las actuaciones que se produzcan en el ámbito de la entidad local y sus Organismos Autónomos. Principios del ejercicio de la función interventora. La función interventora tiene carácter interno y preventivo y tiene por objeto garantizar, en todo caso y para cada acto, el cumplimiento de las normas relativas a la disciplina presupuestaria, a los procedimientos de gestión de gastos, ingresos y aplicación de los fondos públicos. La función interventora se ejercerá con ocasión de la autorización o aprobación de gastos, la comprobación de inversiones, la liquidación de gastos o reconocimiento de obligaciones, la ordenación de pagos y el reconocimiento y liquidación de derechos, así como la realización de los ingresos y pagos que de ellos se derive. La función interventora se ejercerá en sus modalidades de intervención formal y material. La intervención formal consistirá en la verificación del cumplimiento de los requisitos legales necesarios para la adopción del acuerdo, mediante el examen de todos los documentos que preceptivamente deben estar incorporados al expediente. La intervención material comprobará la real y efectiva aplicación de los fondos públicos. Sin perjuicio del carácter suspensivo de los reparos previos en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, las opiniones de la Intervención respecto al cumplimiento de las normas no prevalecerán sobre las de órganos de gestión. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 70 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 238 de 534 Base 76ª.- Objeto y principios del ejercicio de la función interventora. ACTA DEL PLENO CAPITULO I.- DEL EJERCICIO DE LA FUNCIÓN INTERVENTORA. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 TITULO V.- CONTROL Y FISCALIZACIÓN Anexo 6 No se podrá imputar responsabilidad de ningún tipo al Interventor General por cualquier acuerdo con repercusión económica-financiera, presupuestaria o no presupuestaria del Cabildo o sus Organismos Autónomos que fuese tramitado o adoptado sin previo conocimiento, fiscalización o informe de la Interventora General. A efectos de garantizar la fiscalización de los expedientes administrativos en los términos establecidos por la Legislación Vigente, no podrá incluirse en el orden del día de la convocatoria de los órganos colegiados de este Cabildo, expediente alguno que no hubiera sido fiscalizado por la Intervención General, siempre que sea preceptivo. No será objeto de fiscalización ningún expediente que no vaya acompañado del informe jurídico y de la propuesta del Área o Servicio gestor del gasto. La fiscalización previa de los actos que reconozcan derechos de contenido económico, autoricen o aprueben gastos, dispongan o comprometan gastos y acuerden movimientos de fondos y valores. b) La intervención del reconocimiento de las obligaciones e intervención de la comprobación material de la inversión. c) La intervención formal de la ordenación del pago (P y P/). d) La intervención material del pago. La función interventora se ejercerá en sus modalidades de intervención formal y material. a) La intervención formal consistirá en la verificación del cumplimiento de los requisitos legales necesarios para la adopción del acuerdo mediante el examen de todos los documentos que preceptivamente deban estar incorporados al expediente. La intervención material comprobará la real y efectiva aplicación de los fondos públicos. Del contenido de la función interventora. La función interventora se ejercerá bien como fiscalización previa bien como intervención previa. La fiscalización previa examinará, antes de que se dicte el correspondiente decreto/resolución, todo acto, documento o expediente susceptible de producir derechos u obligaciones de contenido económico o movimiento de fondos y valores, con el fin de asegurar, según el procedimiento legalmente establecido, su conformidad con las disposiciones aplicables en cada caso. El ejercicio de la función interventora no atenderá a cuestiones de oportunidad o conveniencia de las actuaciones fiscalizadas. La intervención previa de la liquidación del gasto o reconocimiento de obligaciones es la facultad de la Intervención para comprobar, antes de que se dicte el correspondiente decreto/resolución, que las obligaciones se ajustan a la Ley o a los negocios jurídicos suscritos por las autoridades competentes y que el acreedor ha cumplido o garantizado, en su caso, su correlativa prestación. La intervención de la comprobación material de la inversión se ajustará a lo establecido en la Base nº. 79ª.7. y al artículo 20 del Reglamento de Control Interno. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 71 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 239 de 534 El ejercicio de la expresada función comprenderá: ACTA DEL PLENO De la función interventora. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Base 77ª.- De la función interventora y su contenido. Anexo 6 La intervención formal de la ordenación del pago es la facultad atribuida a la Intervención para verificar la correcta expedición de las órdenes de pago contra la Tesorería. La intervención material del pago es la facultad que compete a la Intervención para verificar que dicho pago se ha dispuesto por órgano competente y se realiza en favor del perceptor y por el importe establecido. El órgano Interventor, de acuerdo a las normas sobre procedimientos de control, metodología de aplicación, criterios de actuación, derechos y deberes del personal controlador y destinatarios de los informes de control, que establezca el Gobierno, remitirá con carácter anual a la Intervención General de la Administración del Estado un informe resumen de los resultados de los citados controles desarrollados en cada ejercicio en el plazo y con el contenido que se regulen. CAPITULO II.- DEL PROCEDIMIENTO DE LA FUNCIÓN INTERVENTORA. Base 79ª.- Procedimiento para el ejercicio de la función interventora sobre gastos y pagos. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 El control interno de la gestión económica de la Corporación, de sus Organismos Autónomos y de las Entidades Públicas Empresariales, se efectuará por la Intervención General en la triple acepción de: función interventora, de control financiero, incluida la auditoría de cuentas de las entidades que se determinen reglamentariamente y control de la eficacia, de conformidad con lo que dispone el artículo. 213 del RDL 2/2004 TRLRHL, modificado por la Ley 27/2013 de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, lo previsto en el Real Decreto 424/2017, de 28 de abril por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local y estas Bases. ACTA DEL PLENO Base 78ª.- Modalidades de Control Interno. El órgano interventor recibirá el expediente original completo, a salvo de lo dispuesto en el artículo 177 del Real Decreto 2568/1986 (ROF), una vez reunidos todos los justificantes y emitidos los informes preceptivos y cuanto esté en disposición de que dicte acuerdo por quien corresponda, el expediente deberá ajustarse a lo preceptuado en el artículo 164 del R.O.F. La Intervención fiscalizará el expediente en el plazo máximo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a la fecha de recepción, sin perjuicio de lo previsto en la Base 27ª. Relativa a “Reconocimiento y liquidación de obligaciones”. Este plazo se reducirá a 5 días hábiles computados de igual forma cuando se haya declarado urgente la tramitación del expediente o se aplique el régimen especial de fiscalización e intervención previa regulada en los artículos 14 y 15 de este Reglamento. Cuando la Intervención, recabe asesoramiento jurídico o los informes técnicos que considere necesarios para el ejercicio de sus funciones de control interno, se suspenderán los plazos mencionados en los apartados anteriores. A estos efectos, el cómputo de los plazos citados anteriormente se iniciará el día siguiente a la fecha de recepción del expediente original y una vez se disponga de la totalidad de los documentos. Cuando el Interventor haga uso de la facultad a que se refiere el artículo 5.1 se suspenderá el plazo de fiscalización previsto en este artículo y quedará obligado a dar cuenta de dicha circunstancia al área o unidad gestora. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 72 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 240 de 534 1.- Momento y plazo para el ejercicio de la función interventora. Anexo 6 2.- Fiscalización previa del gasto. Se entiende por intervención crítica o fiscalización previa del reconocimiento de obligaciones o gastos la facultad que compete a la Intervención General para examinar, antes de que se dicte el correspondiente acuerdo o Decreto, todo expediente o documento en que se formule una propuesta de gasto, con objeto de conocer si su contenido y tramitación se han ajustado a las disposiciones legales que en cada caso sean aplicables. En consecuencia, la finalidad de la función interventora no es la emisión de informes para su incorporación al expediente sino asegurar el cumplimiento de la legalidad en el procedimiento del gasto público. Si se han cumplido las disposiciones fiscales y, en su caso, las de carácter general y administrativo a que se haya de acomodar la propuesta, conforme a la Base 80ª. b) c) Si existe crédito y es adecuado. En procedimiento ordinario de ejecución del gasto, la fiscalización previa es la actuación inmediata anterior a la fase “A” de autorización del gasto. Una segunda actuación fiscal dentro del procedimiento administrativo del gasto, que también tiene el carácter de intervención crítica o previa, tiene lugar en relación con la Disposición o Compromiso de gasto (fase “D”). cuando este acto no se acumula con la Autorización, la fiscalización habrá de referirse a las actuaciones administrativas ulteriores a la Autorización. La fiscalización de las disposiciones o compromisos del gasto, se limitará a la anotación contable mediante las operaciones AD o D, y la verificación de que los importes de la adjudicación no superan el crédito retenido o autorizado en su caso. Para la fiscalización previa del Compromiso, por el Departamento de Contratación se pondrá en conocimiento de la Intervención el lugar, día y hora que tendrá lugar el acto de apertura de proposiciones por la Mesa de Contratación, de la que formará parte el representante de la Intervención. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 73 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 241 de 534 Si el expediente está completo y en disposición de que una vez emitido el informe de fiscalización se pueda dictar el acuerdo o Decreto procedente, examinando de manera especial si se han requerido y obtenido los informes y asesoramientos que, según las circunstancias de la propuesta, hayan de ser previos al acuerdo o Decreto que se adopte, a salvo de lo dispuesto en el artículo 177 del R.O.F. A estos efectos cuidará la Intervención de que antes de emitir el dictamen de fiscalización relativo a la propuesta de una obligación o gasto, consten en el expediente los informes de carácter jurídico, técnico o de cualquier otro orden que preceptivamente o por indicación de los proponentes, deban preceder al acuerdo o Decreto que se adopte, bien entendido que al redactar el informe de fiscalización deberá abstenerse la Intervención de hacer cualquier observación o comentario respecto de las cuestiones examinadas en los informes anteriores, a salvo de lo dispuesto en el artículo 177 del R.O.F. a) ACTA DEL PLENO Por la Intervención se examinará: Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Para que tenga efecto la intervención crítica del reconocimiento de las obligaciones o gastos, el departamento que tenga a su cargo la tramitación del expediente, una vez que se hayan reunido todos los justificantes y emitido los informes que fueran precisos de manera tal que esté el expediente en disposición de que se dicte acuerdo o Decreto por quien corresponda, pasará el expediente a la Intervención General, a salvo de lo dispuesto en el artículo 177 del ROF. Anexo 6 En el caso de obras de emergencia, el expediente tramitado en “Régimen Excepcional”, se fiscalizará a posteriori. Cuando se trate de contratos que se celebren mediante concurso en los que no se pueda fijar previamente un Presupuesto, no se considere que el proyecto es susceptible de mejoras por otras soluciones técnicas, la fiscalización del gasto y su aprobación se llevará a cabo una vez seleccionada la oferta. 3.- Fiscalización de conformidad. No estarán sujetos a intervención previa los gastos de material no inventariable, contratos menores, así como los de carácter periódico y demás de tracto sucesivo, una vez intervenido el gasto correspondiente al período inicial del acto o contrato del que deriven o sus modificaciones. Con antelación a la realización del pedido, en estos casos, se comprobará la existencia de crédito presupuestario y se suscribirá una propuesta de gastos debidamente valorada. 5.- Intervención de la inversión. La intervención de la inversión de las cantidades destinadas a realizar servicios, obras y adquisiciones consistirá en el examen e informe de los documentos justificativos (intervención documental) y en la comprobación, en su caso, de que el importe de los mismos ha sido debidamente intervenido en la obra, servicio o adquisición de que se trate (intervención material) Este examen será previo cuando tales documentos hayan de servir de base para la expedición de las órdenes de pago “en firme” y posterior, cuando tenga por objeto acreditar el empleo que se haya dado a las cantidades libradas con el carácter de “a justificar”. En el procedimiento ordinario de ejecución del gasto la intervención de la inversión se sitúa en el momento inmediatamente anterior al reconocimiento de la obligación (fase “O”). 6.- Intervención documental. La intervención documental de la inversión se realiza mediante el examen de los documentos justificativos del gasto realizado (facturas, certificaciones, nóminas, etc.) En este trámite debe verificarse la suficiencia probatoria de los justificantes, su regulación formal, la exactitud aritmética y su conformidad con los compromisos de gasto aprobados y fiscalizados, en su caso. 7.- Intervención material. En los gastos físicamente identificables, además del examen documental, la inversión ha de ser objeto de comprobación material, mediante el examen o inspección física de los bienes u objetos. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 74 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 242 4 de 534 4.- Gastos no sujetos a fiscalización previa. ACTA DEL PLENO El órgano interventor podrá formular las observaciones complementarias queconsidere convenientes, sin que las mismas tengan, en ningún caso, efectos suspensivos en la tramitación de los expedientes. Respecto a estas observaciones no procederá el planteamiento de discrepancia. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Si el Interventor como resultado de la verificación de los extremos a los que se extienda la función interventora considera que el expediente objeto de fiscalización o intervención se ajusta a la legalidad, hará constar su conformidad mediante una diligencia firmada sin necesidad de motivarla. Anexo 6 En esta modalidad de intervención el control no se practica sobre documentos sino mediante la comprobación de la realidad física de la inversión para ver si se ajusta al proyecto, prescripciones técnicas o condiciones que figuren en el correspondiente expediente de gasto. La comprobación material de la inversión se llevará a cabo, necesariamente, cuando así lo disponga Ley o Reglamento que resulte de aplicación; en los demás casos la Intervención General podrá llevar acabo la comprobación si considera que así lo requiere la índole o circunstancias de la inversión. No será necesaria la asistencia de la intervención, así como su comunicación a ésta, en el caso de los contratos intangibles. En los casos en que la comprobación de la inversión no sea preceptiva o no se considere conveniente por la Intervención General llevarla a cabo, la misma será sustituida por la conformidad de la factura por el Jefe de la dependencia a quien corresponda recibir o aceptar las adquisiciones, obras o servicios, en la que expresará haberse hecho cargo del material adquirido, especificándolo con el detalle necesario para su identificación, o haberse ejecutado la obra o servicio con arreglo a las condiciones generales y particulares que, en relación con ellos, hubieran sido previamente establecidos, salvo que expresamente se solicite se realice mediante informe. No obstante, a propuesta de la Intervención General, la Presidencia podrá designar un funcionario técnico o administrativo, según proceda, para que compruebe la exactitud de los hechos que se acrediten mediante tales certificaciones, en los supuestos referidos en el apartado anterior se incorporará un Acta de Recepción de material, firmada por el receptor y el responsable del servicio (de órgano gestor), haciendo constar, además que el gasto no ha sido fraccionado para evitar trámites procedimentales diferentes. La asistencia de un representante de Intervención a los actos de comprobación material de las inversiones, será obligatoria siempre que la cuantía del expediente sea igual o superior a 200.000,00 IGIC excluido, debiendo ser convocado por el órgano gestor del gasto con una antelación mínima de 20 días hábiles a la fecha en que esté previsto celebrarse el acto de comprobación, recepción o entrega. Igualmente, el mismo procedimiento será aplicable a las subvenciones de capital iguales o superiores a 200.000,00 €. Será de aplicación el apartado decimoséptimo de la Resolución de 14 de julio de 2015 de la Intervención General de la Administración del Estado, sobre el desarrollo de la función interventora en el ámbito de la comprobación material de la inversión, en relación a las Actas de recepción y resultado de la intervención de la comprobación material. La Intervención y, en su caso, asesor designado quedarán exentos de cualquier responsabilidad cuando los posibles defectos o faltas de adecuación de la inversión realizada con las condiciones generales o particulares de la ejecución de la misma deriven de aspectos o condiciones de ejecución que no den lugar a resultado tangible, Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 75 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 No procederá la designación de un asesor con conocimientos técnicos cualificados en los contratos de suministros cuando la inversión se refiera a objetos determinables por su número, calidad y condiciones usuales en el comercio, o cuando su procedencia está acreditada por el nombre o marca comercial que conste en los mismos. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 243 de 534 Cuando para comprobar la inversión sea necesaria la posesión de conocimientos técnicos, por la Presidencia se designará, para que asista a la Intervención General, a funcionario o técnico de la especialidad a la que corresponda la adquisición, obra o servicio que no haya intervenido en el proyecto, dirección subasta, concurso, contratación o ejecución directa de los mismos. ACTA DEL PLENO La intervención, en función de las recepciones previstas en el ejercicio, aplicará siempre que la población de expedientes lo permita, el sistema de muestreo para la asistencia al acto de comprobación material de la inversión. Anexo 6 susceptible de comprobación, o de vicios o elementos ocultos, imposibles de detectar en el momento de efectuar la comprobación material de la inversión. Tampoco habrá lugar a la exigencia de responsabilidad en relación a aquellas deficiencias o incorreciones respecto de las cuales el escuerzo que hubiera de exigirse al representante de la Intervención y, en su caso, al asesor para detectarlas fuera desproporcionado con los medios personales y materiales disponibles para efectuar el acto de comprobación. 8.- Intervención formal de la ordenación del pago. Dentro del trámite de la intervención formal de la ordenación del pago se comprobará que el pago ha sido ordenado por la autoridad competente y que corresponde a una obligación reconocida, liquidada y fiscalizada previamente. 10.- De la omisión de la función interventora. 1. En los supuestos en los que la función interventora fuera preceptiva y se hubiese omitido, no se podrá reconocer la obligación, ni tramitar el pago, ni intervenir favorablemente estas actuaciones hasta que se conozca y resuelva dicha omisión en los términos previstos en el presente artículo. 2. Si el órgano interventor al conocer de un expediente observara omisión de la función interventora lo manifestará a la autoridad que hubiera iniciado aquel y emitirá al mismo tiempo su opinión respecto de la propuesta, a fin de que, uniendo este informe a las actuaciones, pueda la Presidencia de la Entidad decidir si continua el procedimiento o no y demás actuaciones que en su caso, procedan. Corresponderá al órgano titular del departamento o de la concejalía de área al que pertenezca el órgano responsable de la tramitación del expediente o al que esté adscrito el organismo autónomo, sin que dicha competencia pueda ser objeto de delegación, acordar, en su caso, el sometimiento del asunto al Consejo de Gobierno Insular para que adopte la resolución procedente. 3. Este informe, que no tendrá naturaleza de fiscalización, pondrá de manifiesto, como mínimo, los siguientes extremos: 1. Descripción detallada del gasto, con inclusión de todos los datos necesarios para su identificación, haciendo constar, al menos, el órgano gestor, el objeto del gasto, el importe, la naturaleza jurídica, la fecha de realización, el concepto presupuestario y ejercicio económico al que se imputa. 2. Exposición de los incumplimientos normativos que, a juicio del interventor informante, se produjeron en el momento en que se adoptó el acto con omisión de la preceptiva fiscalización o intervención previa, enunciando expresamente los preceptos legales infringidos. 3. Constatación de que las prestaciones se han llevado a cabo efectivamente y de que su precio se ajusta al precio de mercado, para lo cual se tendrán en cuenta las valoraciones y Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 76 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Este control se efectúa en el momento de la autorización por la Intervención General de los cheques y transferencias contra la Tesorería. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 244 de 534 Esta modalidad de intervención tiene por objeto asegurar la correcta ejecución de los pagos por la Tesorería, fundamentalmente en lo que se refiere a perceptor y cuantía, con base en las órdenes de pago expedidas por la autoridad competente. ACTA DEL PLENO 9.- Intervención material del pago. Anexo 6 justificantes aportados por el órgano gestor, que habrá de recabar los asesoramientos o informes técnicos que resulten precisos a tal fin. 4. Comprobación de que existe crédito presupuestario adecuado y suficiente para satisfacer el importe del gasto. 5. Posibilidad y conveniencia de revisión de los actos dictados con infracción del ordenamiento, que será apreciada por el interventor en función de si se han realizado o no las prestaciones, el carácter de éstas y su valoración, así como de los incumplimientos legales que se hayan producido. 11.- Reparo fiscal. Si en el ejercicio de la función interventora la Intervención se manifestara en desacuerdo con el fondo o con la forma de los actos, documentos o expedientes examinados, deberá formular sus reparos por escrito antes de la adopción del acuerdo o Decreto. Dichos reparos deberán ser motivados con razonamientos fundados en las normas en las que se apoye el criterio sustentado y deberán comprender todas las objeciones observadas en el expediente. Serán reparos suspensivos cuando afecte a la disposición de gastos, reconocimiento de obligaciones u órdenes de pago, se suspenderá la tramitación del expediente hasta que aquél sea solventado en los siguientes casos: 1. Cuando se base en la insuficiencia de crédito o el propuesto no sea adecuado. 2. Cuando no hubieran sido fiscalizados los actos que dieron origen a las órdenes de pago 3. En los casos de omisión en el expediente de requisitos o trámites esenciales, considerados como tal: 1. Cuando el gasto se proponga a un órgano que carezca de competencia para su aprobación. 2. Cuando se aprecien graves irregularidades en la documentación justificativa del reconocimiento de la obligación o no se acredite suficientemente el derecho de su perceptor. 3. Cuando se hayan omitido requisitos o trámites que pudieran dar lugar a la nulidad del acto, o cuando la continuación de la gestión administrativa pudiera causar quebrantos económicos a la Tesorería de la Entidad Local o a un tercero. 4. Los que el Pleno del Cabildo en cada momento, previo informe del órgano Interventor apruebe como requisitos o trámites esenciales. Cuando el reparo derive de comprobaciones materiales de obras, suministros, adquisiciones y servicios. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 77 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Si la única infracción cometida hubiera sido la propia omisión, se procederá a la contabilización del acto administrativo adoptado, sin perjuicio de las responsabilidades a que, en su caso, hubiera lugar. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 245 de 534 5. En el caso de que, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 9 de este Reglamento, la fiscalización previa de derechos o ingresos fuera preceptiva y se hubiese omitido, el órgano interventor lo pondrá de manifiesto en el informe anual de Control Financiero y únicamente cuando el resultado del mismo fuera desfavorable u objeto de reparo, lo incluirá en la información de la que se da cuenta al Pleno, al Tribunal de Cuentas, o en su caso, a la Audiencia de Cuentas de Canarias, en atención a lo dispuesto en el artículo 218 del TRLRHL y en el artículo 15 del RD 424/2017, sin perjuicio de las responsabilidades a las que, en su caso, hubiera lugar. ACTA DEL PLENO 4. Estos casos se incluirán en el informe anual de todas las resoluciones adoptadas por la Presidencia de la Entidad Local contrarias a los reparos efectuados. Anexo 6 No constituirá obstáculo para que el ordenador de pagos autorice las correspondientes órdenes de pago y para que la Interventora intervenga dichas órdenes sin formular oposición la circunstancia de que el informe de fiscalización previa referente al gasto coincida con la propuesta si la discrepancia hubiera sido resuelta de conformidad con lo previsto en el apartado 11 en sentido contrario a tal informe. Cuando el órgano al que se dirija el reparo lo acepte, deberá subsanar las deficiencias observadas y remitir de nuevo las actuaciones al órgano interventor en el plazo de 15 días. 12.- Resolución discrepancias. Sin perjuicio del carácter suspensivo de los reparos, las opiniones del órgano interventor respecto al cumplimiento de las normas no prevalecerán sobre las de los órganos de gestión. Los informes emitidos por ambos se tendrán en cuenta en el conocimiento de las discrepancias que se planteen, las cuales serán resueltas definitivamente por la Presidencia de la Entidad o el Pleno, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado siguiente. Cuando el órgano gestor no acepte el reparo formulado por el órgano interventor en el ejercicio de la función interventora planteará a la Presidencia de la Entidad una discrepancia. No obstante, corresponderá al Pleno la resolución de las discrepancias cuando los reparos: 1. Se basen en insuficiencia o inadecuación de crédito. 2. Se refieran a obligaciones o gastos cuya aprobación sea de su competencia. La resolución de la discrepancia por parte del Presidente o el Pleno será indelegable, deberá recaer en el plazo de quince días y tendrá naturaleza ejecutiva. 3. Las discrepancias se plantearán en el plazo de quince días desde la recepción del reparo, al Presidente o al Pleno de la Entidad Local, según corresponda, y, en su caso, a través de los Presidentes o máximos responsables de los organismos autónomos locales, y organismos públicos en los que se realice la función interventora, para su inclusión obligatoria, y en un punto independiente, en el orden del día de la correspondiente sesión plenaria. La discrepancia deberá ser motivada por escrito, con cita de los preceptos legales en los que sustente su criterio. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 78 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Las resoluciones y los acuerdos adoptados que sean contrarios a los reparos formulados se remitirán al Tribunal de Cuentas de conformidad con el artículo 218.3 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL). Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 246 de 534 En el caso de que los defectos observados en el expediente derivasen del incumplimiento de requisitos o trámites no esenciales ni suspensivos, el Interventor podrá fiscalizar favorablemente. En este supuesto, la efectividad de la fiscalización favorable quedará condicionada a la subsanación de aquellos defectos con anterioridad a la aprobación del expediente. El órgano gestor remitirá a la Intervención la documentación justificativa de haberse subsanado dichos defectos. De no solventarse por el órgano gestor los condicionamientos indicados para la continuidad del expediente se considerará formulando el correspondiente reparo, sin perjuicio de que en los casos en los que considere oportuno, podrá iniciar el procedimiento de Resolución de Discrepancias descrito en el punto 11 siguiente de esta Base. ACTA DEL PLENO Cuando el órgano al que se dirija el reparo no lo acepte, iniciará el procedimiento de Resolución de Discrepancias descrito en el artículo siguiente. Anexo 6 Resuelta la discrepancia se podrá continuar con la tramitación del expediente, dejando constancia, en todo caso, de la adecuación al criterio fijado en la resolución correspondiente o, en su caso, a la motivación para la no aplicación de los criterios establecidos por el órgano de control. 4. El Presidente de la Entidad y el Pleno, a través del citado Presidente, con carácter previo a la resolución de las discrepancias, podrán elevar resolución de las discrepancias al órgano competente de la Comunidad Canaria, si lo hay, concretando los extremos acerca de los que se solicita valoración. Junto a la discrepancia deberá remitirse el expediente completo. Cuando el Presidente o el Pleno hagan uso de esta facultad deberán comunicarlo al órgano interventor y demás partes interesadas. 13.- Convalidación de obras, servicios o actuaciones ejecutadas. En los supuestos de reparos de Intervención a los expedientes relativos a obras, servicios o actuaciones ya ejecutadas, independientemente de la fase de ejecución del gasto a la que se refiera el reparo, para que la obligación sea satisfecha, precisa su convalidación, que se tramitará por razones de economía procesal, acudiendo a la vía de la indemnización de daños y perjuicios derivada de la responsabilidad patrimonial de la Administración como consecuencia de haberse producido un enriquecimiento injusto en su favor o de incumplir una obligación a su cargo. 14.- Información al Pleno. La Intervención General elevará informe al Pleno de todas las resoluciones adoptadas por la Presidencia de la Corporación contrarias a los reparos efectuados. Base 80ª.- Fiscalización e intervención previa limitada. Extremos a comprobar. El régimen de fiscalización del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote y sus entes dependientes, es el de fiscalización e intervención previa limitada, regulado en el Reglamento de Control Interno del Cabildo Insular de Lanzarote (BOP de las Palmas n.º 81 de 06/07/2020 ) y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local, siendo los extremos a comprobar los siguientes: CONTRATACIÓN DE PERSONAL Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 79 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 6. Una vez informado el Pleno de la Entidad Local, con ocasión de la cuenta general, el órgano interventor remitirá anualmente los mismos términos, al Tribunal de Cuentas y a la Audiencia de Cuentas de Canarias. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 247 de 534 5. Con ocasión de la dación de cuenta de la liquidación del Presupuesto, el órgano interventor elevará al Pleno el informe anual de todas las resoluciones adoptadas por el Presidente de la Entidad Local contrarias a los reparos suspensivos o no efectuados, o, en su caso, a la opinión del órgano competente de la Administración que ostente la tutela al que se haya solicitado informe, así como un resumen de las principales anomalías detectadas en materia de ingresos. Dicho informe atenderá únicamente a aspectos y cometidos propios del ejercicio de la función fiscalizadora, sin incluir cuestiones de oportunidad o conveniencia de las actuaciones que fiscalice. El Presidente de la Entidad podrá presentar en el Pleno informe justificativo de su actuación. ACTA DEL PLENO Cuando las resoluciones y acuerdos adoptados por la Entidad Local sean contrarios al sentido del informe del órgano interventor o al del órgano de control competente por razón de la materia de la Administración que tenga atribuida la tutela financiera, se incluirán en los informes referidos en los apartados siguientes. Anexo 6 Además de los supuestos recogidos en la Base anterior, se fiscalizarán los siguientes extremos adicionales. Propuesta de contratación de personal laboral fijo: • • • Propuesta de contratación de personal laboral de carácter temporal: • • • • 3. Que exista informe del Departamento de Personal sobre la adecuación de la modalidad propuesta para la realización del contrato, está dentro de las previstas por la normativa vigente, así como la constancia en el expediente de la categoría profesional de los respectivos trabajadores. Acreditación del resultado del proceso selectivo expedida por el Área de Recursos Humanos, donde se acredite de forma fehaciente que se han cumplido los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad. Informe del Departamento de Recursos Humanos del Área de Recursos Humanos indicando que los contratos a formalizar no generan derechos de carácter indefinido. En el supuesto de contratación de personal con cargo a los créditos de inversiones, se verificará la existencia de informe del departamento de Personal sobre la modalidad de contratación temporal utilizada y sobre la observancia en las cláusulas del contrato, de los requisitos y formalidades exigidos por la Legislación laboral. Igualmente se comprobará la existencia del acuerdo de la Corporación de realizar la obra por administración. Propuesta de contratación de forma eventual. • • Informe expedido por el Área de Recursos Humanos que señale que este puesto figura en la plantilla y está vacante (artículo 176.2 R.D.L. 781/86). Copia del Acuerdo del Pleno que fijó sus retribuciones (artículo 104 Ley 7/85). NÓMINAS DEL PERSONAL. Además de los supuestos recogidos en la Base anterior, se fiscalizarán los siguientes extremos adicionales. 1. Nóminas de retribuciones del personal y corporativos: Que las nóminas y los estados justificativos, estén firmados por la jefatura de Personal o por la jefatura de servicio de Recursos Humanos. 2. En el caso de las de carácter ordinario de período mensual, comprobación aritmética que se realizará efectuando el cuadre del total de la nómina con el que resulte del mes anterior, más la suma algebraica de las variaciones incluidas en la nómina del mes corriente. 1. 2. Variaciones en nómina: Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 80 ACTA DEL PLENO 2. Incorporación de certificado acreditativo expedido por el Área de Recursos Humanos de que los puestos a cubrir figuran detallados en las respectivas relaciones o catálogos de puesto de trabajo y están vacantes. Haber sido cumplimentado el requisito de publicidad de las correspondientes convocatorias establecidas por la Legislación vigente. Acreditación del resultado del proceso selectivo expedida por el Área de Recursos Humanos, donde se acredite de forma fehaciente que se han cumplido los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad. Adecuación del contrato que se formaliza con lo dispuesto en la normativa vigente, de conformidad con el informe del Área de Recursos Humanos. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 • Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 248 de 534 1. Anexo 6 Personal eventual: a) Acuerdo de nombramiento. b) Diligencia de la correspondiente toma de posesión. c) Fotocopia del D.N.I. (anverso y reverso) d) Fotocopia del alta en la Seguridad Social (modelo TA2). e) Verificación de que las retribuciones están de acuerdo con el grupo y puesto de trabajo. f) Imputación a las aplicaciones presupuestarias previamente informadas 3. Personal funcionario de nuevo ingreso a) Informe del departamento de Personal conforme se ha efectuado el Acuerdo de nombramiento. b) Diligencia de la correspondiente toma de posesión. c) Fotocopia del título exigido por el puesto. d) Fotocopia del D.N.I. (anverso y reverso). e) Fotocopia de alta en la Seguridad Social (modelo TA-2). f) Verificación de que las retribuciones están de acuerdo con el grupo y puesto de trabajo. g) Imputación a las aplicaciones presupuestarias previamente informadas 4. Personal laboral fijo de nuevo ingreso. Copia del contrato de trabajo, sobre el que fue ejercida la fiscalización previa. Diligencia de la correspondiente toma de posesión. Fotocopia del título exigido para el puesto. Fotocopia del D.N.I. (anverso y reverso). Fotocopia de alta en la Seguridad Social (modelo TA-2). Verificación de que las retribuciones están de acuerdo con el grupo y puesto de trabajo. g) Imputación a las aplicaciones presupuestarias previamente informadas a) b) c) d) e) f) 2. Bajas: 1. 2. 3. Gratificaciones. 1. 4. Acuerdo o resolución de la autoridad competente, en los siguientes casos: Documentos justificativos de la baja en el régimen de la Seguridad Social (TA-2). Resolución del órgano competente. Productividad. 1. Resolución de órgano competente. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 81 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 2. ACTA DEL PLENO Altas 1. Miembros electos de la Entidad Local o del Organismo Autónomo: a) Copia del acuerdo de nombramiento de la Presidencia y Consejeros, en el que deberá constar claramente quienes van a desarrollar sus responsabilidades administrativas en régimen de dedicación exclusiva (artículo 13 R.O.F.) b) Diligencia de la correspondiente toma de posesión. c) Informe del departamento de Personal conforme se ha efectuado alta en la Seguridad Social. d) Imputación a las aplicaciones presupuestarias previamente informadas. e) Verificación de las retribuciones según la normativa vigente. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 249 de 534 1. Anexo 6 5. Asistencia a Órganos Colegiados. 1. 6. Certificado del Secretario sobre número de asistencia o sesiones, computando de forma individual. Asistencias a Tribunales. 1. Certificado del Secretario del Tribunal sobre las asistencias y número de sesiones realizadas. Por cada miembro del mismo. CONTRATOS DE OBRAS. Además de los supuestos recogidos en la Base anterior, se fiscalizarán los siguientes extremos adicionales. Aprobación del gasto: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 2. Que existe proyecto técnico, siempre que sea exigible conforme a la legislación vigente, conformado por los Servicios Técnicos de Cabildo. Que existe pliego de cláusulas administrativas particulares y está informado jurídicamente, en el que además se recoge el procedimiento y órgano competente. Cuando se utilice pliego-tipo de cláusulas administrativas, verificar que el contrato a celebrar es de naturaleza análoga al informado jurídicamente. Que existe acta de replanteo previo y Acta de disponibilidad de los terrenos, firmada por el Jefe del Servicio correspondiente. Cuando se prorroga como forma de adjudicación el concurso, verificación de que el pliego de cláusulas administrativas particulares establece criterios objetivos para la adjudicación del contrato. Cuando se proponga el procedimiento de licitación con negociación, comprobar que concurren las circunstancias previstas en los artículos 167 y 168 de la LCSP. Compromiso del gasto. Cuando se adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta de la Mesa de Contratación, que existe decisión motivada del órgano de contratación. 2. Cuando el empresario propuesto como adjudicatario no hubiera presentado en la licitación la certificación de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, comprobar que el mismo se encuentra al corriente de dichas obligaciones. 3. Conformidad, cuando proceda, de la clasificación concedida al contratista que se propone como adjudicatario con la exigida en el pliego de cláusulas administrativas particulares. 1. 3. En el supuesto de obras cofinanciadas, se exigirá: 1. Si son de Ejercicio corriente. Certificado del acuerdo o Resolución adoptado por el órgano competente del ente o entes cofinanciadores en que se comprometa su aportación. 2. En el expediente constará haberse efectuado la generación de crédito con base en el correspondiente compromiso fehaciente de la aportación. 1. 2. Si son con cargo a Ejercicios futuros: Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 82 ACTA DEL PLENO 1. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Obra nueva Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 250 de 534 1. Anexo 6 1. 4. El certificado del acuerdo o Resolución de aportación descrito en el apartado C1.a) comprenderá, además, la aprobación por el ente del gasto plurianual y su calificación como gasto obligatorio. En el supuesto de obras financiadas total o parcialmente con préstamos: Certificado de autorización del préstamo en el que se detalle la inclusión de la obra, a los efectos de lo previsto en el artículo 53 del Texto Refundido de la L.R.H.L., sí éste es necesario. 2. Podrá tramitarse anticipadamente el gasto, siempre que el pliego de condiciones recoja la condición suspensiva, de la falta de autorización, y no se adjudique hasta el levantamiento de dicha condición, mediante la inclusión de un nuevo informe de la Intervención, comprobándose dicho extremo en el pliego. 1. 2. Que existe acuerdo de aprobación definitiva del expediente de Imposición, así como de la Ordenación concreta de las mismas. 2. Podrá tramitarse anticipadamente el gasto, siempre que el pliego de condiciones recoja la condición suspensiva, de la falta de aprobación definitiva del expediente de imposición y de la aplicación concreta de las mismas, y no se adjudique hasta el levantamiento de dicha condición, mediante la inclusión de un nuevo informe de la Intervención, comprobándose dicho extremo en el pliego. En el supuesto de obras financiadas con Cuotas de Urbanización: 1. Que existe aprobación definitiva del proyecto de reparcelación, si fuera necesario. 2. Que esté aprobada la Cuenta de Liquidación provisional de cuotas (generalmente, simultáneo al anterior) Modificados: Que existe proyecto informado y supervisado, si procede, o en caso de incidencias surgidas en la ejecución del contrato produciendo la imposibilidad de continuar la ejecución, que exista propuesta técnica efectuada por el Director facultativo de la obra. 2. Que exista informe del Servicio Jurídico. 3. Que existe Acta de replanteo previo, firmada por el Jefe del Servicio correspondiente. 1. 3. Obras accesorias o complementarias: 1. 2. 4. Que existe proyecto informado y supervisado, si procede. En el caso de que la obra accesoria o complementaria supere el 20% del precio del contrato en el momento de aprobación de dicha obra accesoria o complementaria o, sin superarlo, se adjudique a contratista diferente del de la obra principal, el expediente deberá cumplir los requisitos previstos para la obra nueva. Certificaciones de Obra: Que exista certificación, autorizada por el facultativo Director de la obra y con la conformidad de los servicios correspondientes del órgano gestor. 2. Para la primera certificación: 3. Que está constituida la garantía definitiva. 1. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 83 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 1. ACTA DEL PLENO 6. En el supuesto de obras financiadas total o parcialmente con Contribuciones Especiales: Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 251 de 534 5. Anexo 6 4. 5. 6. 7. 8. 5. Que existe Acta de comprobación del replanteo firmada por el Director de la obra y conformada por los Servicios Técnicos de Cabildo. Que se ha practicado la liquidación de los gastos derivados de la licitación, a cargo del adjudicatario. En el caso de que se efectúen anticipos, de los regulados en el artículo 240.2 de la LCSP, comprobar que se ha prestado la garantía exigida. Que se aporte factura por la empresa adjudicataria de acuerdo con lo previsto en el RD 1619/2012, de 30 de noviembre. En el caso de certificaciones de modificados o complementarios el reajuste de las garantías. Revisiones de precios: Que exista informe del Director facultativo de la obra y con la conformidad de los servicios correspondientes del órgano gestor. 2. Que la revisión no esté expresamente excluida en el pliego de cláusulas administrativas particulares y que se cumplen los requisitos exigidos por el artículo 103 de la LCSP. 3. Que existe informe jurídico de la Unidad de Contratación. Liquidación: Que exista la liquidación autorizada por el Director facultativo de la obra y supervisada por el Técnico de Cabildo. Servirá como Delegación de la comprobación material, acerca de la efectiva inversión de la adquisición u obra, necesaria de realizar por la Intervención. 2. Que se acompaña certificación o acta de conformidad de la recepción de la obra. 3. Que se aporte factura por la empresa adjudicataria de acuerdo con lo previsto en el RD 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. 1. 7. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 6. ACTA DEL PLENO 1. Devolución de la fianza: Que se acompaña informe del Servicio sobre cumplimiento de las obligaciones del contrato y posibles responsabilidades que pudieran exigírsele al contratista. 2. Que se acompaña informe de la Tesorería que acredite la constitución de la fianza por el contratista y que no ha sido devuelta. 8. Pago de intereses de demora. 1. 9. Que existe informe jurídico, o de la Secretaria General. Indemnizaciones a favor del contratista. 1. 2. Que existe informe jurídico, o de la Secretaria General. Que existe informe técnico. 10. Ejecución de obras por administración: 1. 2. 3. Que existe proyecto informado y supervisado, si procede. Que existe informe jurídico, o de la Secretaría General. Que exista Acta de replanteo previo firmada por el Servicio correspondiente. CONTRATOS DE SUMINISTROS. Además de los supuestos recogidos en la Base anterior, se fiscalizarán los siguientes extremos adicionales. 1. Expediente inicial: Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 84 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 252 de 534 1. Anexo 6 Aprobación del gasto: 1. Que existe pliego de cláusulas administrativas particulares informado jurídicamente y, en su caso, pliego de prescripciones técnicas del suministro. 2. Cuando se utilice pliego-tipo de cláusulas administrativas, verificar que el contrato a celebrar es de naturaleza análoga al informado jurídicamente. 3. Cuando se proponga como forma de adjudicación el concurso, verificación de que el pliego de cláusulas administrativas particulares establece criterios objetivos para la adjudicación del contrato. 4. Cuando se proponga como procedimiento de adjudicación el negociado, comprobar que concurren las circunstancias previstas en los artículos 167 y 168 de la LCSP. 2. Compromiso del gasto: 1. Cuando no se adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta de la Mesa de contratación, que existe decisión motivado del órgano de contratación. 2. Cuando el empresario propuesto como adjudicatario no hubiera presentado en la licitación la certificación de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, comprobar que el mismo se encuentra al corriente de dichas obligaciones. 3. En el supuesto de suministro cofinanciados, se exigirá: 1. Si son de ejercicio corriente: 1. Certificado del acuerdo o resolución adoptado por el órgano competente del ente o entes cofinanciadores en que se comprometa su aportación. 2. En el expediente constará haberse efectuado la generación de crédito con base en el correspondiente compromiso fehaciente de la aportación. 2. Si son con cargo a Ejercicios futuros: 1. El certificado del acuerdo o resolución de aportación descrito en el apartado C1.a) comprenderá, además, la aprobación por el ente del gasto plurianual y su calificación como gasto obligatorio. 4. En el supuesto de suministro financiados total o parcialmente con préstamos: 1. Certificado de autorización del préstamo en el que se detalle la inclusión del suministro, a los efectos de lo previsto en el artículo 53 del Texto Refundido de la L.R.H.L., si éste es necesario. 2. Podrá tramitarse anticipadamente el gasto, siempre que el pliego de condiciones recoja la condición suspensiva, de la falta de autorización, y no se adjudique hasta el levantamiento de dicha condición, mediante la inclusión de un nuevo informe de la Intervención, comprobándose dicho extremo en el pliego. 2. Modificación: 1. Que existe informe jurídico o de la Secretaría General. 3. Revisiones de precios: 1. Que exista informe con la conformidad de los servicios correspondientes del órgano gestor. 2. Que la revisión no esté expresamente excluida en el pliego de cláusulas administrativas particulares y que se cumplen los requisitos exigidos por el artículo 103 de la LCSP. 4. Abonos al contratista: 1. Abonos a cuenta: 1. En el primer abono a cuenta, que se ha constituido la garantía definitiva y que se ha practicado la liquidación de los gastos de licitación, a cargo del adjudicatario. 2. Que existe la conformidad de los servicios competentes con el suministro realizado. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 85 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 253 5 de 534 ACTA DEL PLENO 1. Anexo 6 En el caso de que se efectúen anticipos, de los reglados en el artículo 198.3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. 4. comprobar que se ha prestado la garantía exigida. 5. Que se aporte factura por la empresa adjudicataria de acuerdo con lo previsto en el RD 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. 2. Abono total o pago de la liquidación si existieran abonos a cuenta: 1. Que se acompaña certificación o Acta de conformidad de la recepción del suministro. 2. Que se aporte factura por la empresa adjudicataria de acuerdo con lo previsto en el RD 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. 3. Que se ha practicado la liquidación de los gastos de licitación, a cargo del adjudicatario. 5. Devolución de la fianza o cancelación del aval: 1. Que se acompaña informe del Servicio sobre cumplimiento de las obligaciones del contrato y posibles responsabilidades que pudieran exigírsele al contratista. 2. Que se acompaña informe de la Tesorería que acredite la constitución de la fianza por el contratista y que no ha sido devuelta. 6. Pago de intereses de demora. 1. Que existe informe jurídico, o de la Secretaría General. 7. Indemnizaciones a favor del contratista. 1. Que existe informe jurídico, o de la Secretaria General. 2. Que existe informe técnico. Además de los supuestos recogidos en la Base anterior, se fiscalizarán los siguientes extremos adicionales. 1. Expediente inicial 1. Aprobación del gasto: 1. Que existe el pliego de cláusulas administrativas particulares informado jurídicamente y, en su caso, el pliego de prescripciones técnicas del contrato. 2. Que el objeto del contrato está perfectamente definido, de manera que permita la comprobación del exacto cumplimiento de las obligaciones por parte del contratista. 3. Cuando se utilice pliego-tipo de cláusulas administrativas, verificar que el contrato a celebrar es de naturaleza análoga al informado jurídicamente. 4. Cuando se proponga como forma de adjudicación el concurso, verificación de que el pliego de cláusulas administrativas particulares establece criterios objetivos para la adjudicación del contrato. 5. Cuando se proponga el procedimiento de licitación con negociación, comprobar que concurren las circunstancias previstas en los artículos 167 y 168 de la LCSP. 6. Que la duración del contrato no exceda de los límites previstos en el artículo 29.4 de la LCSP. 2. Compromiso del gasto: 1. Cuando no se adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta de la Mesa de contratación, que existe decisión motivada del órgano de contratación. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 86 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 254 de 534 CONTRATOS DE SERVICIOS ACTA DEL PLENO 3. Anexo 6 Cuando el empresario propuesto como adjudicatario no hubiera presentado en la licitación la certificación de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, comprobar que el mismo se encuentra al corriente de dichas obligaciones. 3. Conformidad, cuando proceda, de la clasificación concedida al contratista que se propone como adjudicatario con la exigida en el pliego de cláusulas administrativas particulares. 3. Cofinanciaciones y préstamos: 1. En estos supuestos se estará a lo regulado para las obras y los suministros en los apartados anteriores. Modificación: 1. Que existe informe jurídico, o de la Secretaría General. Revisiones de precios: 1. Que exista informe con la conformidad de los servicios correspondientes del órgano gestor. 2. Que la revisión no esté expresamente excluida en el pliego de cláusulas administrativas particulares y que se cumplen los requisitos exigidos por el artículo 103 de la LCSP. Abonos al contratista: 1. Abonos a cuenta: 1. Que se haya previsto en el pliego de cláusulas administrativas particulares 2. En el primer abono a cuenta, que se ha constituido la garantía definitiva, salvo que se instrumente en forma de retención del precio y que se ha practicado la liquidación de los gastos derivados de la licitación. 3. Que existe certificación del órgano correspondiente valorando el trabajo parcial ejecutado. 4. En el caso de que se efectúen anticipos, comprobar que se ha prestado la garantía exigida. 5. Que se aporte factura por la empresa adjudicataria de acuerdo con lo previsto en el RD 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación 2. Abono total o pago de la liquidación si existieran abonos a cuenta: 1. Que se acompaña certificación a acta de conformidad de la recepción de los trabajos. 2. Que se aporte factura por la empresa adjudicataria de acuerdo con lo previsto en el RD 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación 3. Que está constituida la fianza definitiva, si no se ha comprobado al fiscalizar el abono a cuenta. 4. Que se ha practicado e ingresado la liquidación de los gastos derivados de la licitación, si no se hubiera hecho con ocasión del abono a cuenta. Devolución de la fianza o cancelación del aval: 1. Que se acompaña informe del Servicio sobre cumplimiento de las obligaciones del contrato y posibles responsabilidades que pudieran exigírsele al contratista. 2. Que se acompaña informe de la Tesorería que acredite la constitución de la fianza por el contratista y que no ha sido devuelta. Pago de intereses de demora: 1. Que existe informe jurídico correspondiente. Indemnizaciones a favor del contratista. 1. Que existe informe jurídico correspondiente. 4. 5. 6. 7. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 87 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 3. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 255 de 534 2. ACTA DEL PLENO 2. Anexo 6 CONTRATOS PATRIMONIALES. Además de los supuestos recogidos en la Base anterior, se fiscalizarán los siguientes extremos adicionales. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 88 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 256 de 534 Además de los supuestos recogidos en la Base anterior, se fiscalizarán los siguientes extremos adicionales. 1. Expediente inicial. 1. Que existe y está aprobado el anteproyecto de explotación y de las obras precisas, en su caso. 2. Que existe pliego de bases siempre que fuera exigible por la legislación vigente con el informe jurídico correspondiente sobre las cláusulas administrativas particulares. 3. Que se exprese con claridad el objeto del contrato y el ámbito de la gestión, tanto en el orden funcional como en el territorial. 4. Que la duración del contrato no excede del límite previsto en el artículo 29.6 de la LCSP. 5. Que se establece un plazo prudencial anterior a la reversión para la adopción de las medidas encaminadas a que la entrega de los bienes se verifique en las condiciones convenidas. 6. En la adjudicación mediante concurso, se verificará que el pliego de cláusulas administrativas incluye criterios objetivos de adjudicación del contrato. 7. En la contratación por el procedimiento negociado, deberá verificarse la justificación en el expediente la necesidad de acudir a este sistema de adjudicación y su procedencia; en su caso, deberán aportarse las ofertas presentadas por tres empresas. 2. Modificaciones del contrato: 1. Que existe informe jurídico favorable. 3. Abonos a cuenta al contratista: 1. Que están autorizados en el pliego de bases. 2. Que existe certificación de conformidad del Jefe del Servicio con la gestión del servicio público. 3. Que se aporta factura por la empresa adjudicataria de acuerdo con lo previsto en el R.D. 1496/03, de 28 de noviembre. 4. Para el primer abono a cuenta se justificará: 1. Que está constituida la fianza definitiva. 2. Que el contratista está al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, si dicha acreditación no se hubiera realizado con ocasión de la licitación. 3. Que se ha practicado la liquidación de los gastos derivados de la licitación, a cargo del adjudicatario. 4. Devolución de fianza o cancelación del aval: 1. Que existe informe del Servicio correspondiente y de la Unidad de Contratación. 2. Que existe acuerdo del órgano competente. 3. Que se depositó la fianza o aval. 4. Que no ha sido devuelta la fianza o aval. 5. Pago de intereses de demora: 1. Que existe informe jurídico favorable. 6. Indemnizaciones a favor del contratista: 1. Que existe informe jurídico favorable. ACTA DEL PLENO CONTRATOS DE CONCESIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS. 3. 4. 5. CONVENIOS DE COLABORACIÓN EXCLUIDOS DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO. Además de los supuestos recogidos en la Base anterior, se fiscalizarán los siguientes extremos adicionales. 1. Con Entidades de Derecho Público. 1. Que existe informe del Servicio Jurídico sobre el texto del Convenio. 2. Si se establecen obligaciones de pago, verificar que en el texto del Convenio se recoge el orden en que deben hacerse los mismos, a los efectos de lo regulado en la normativa de contratos 2. Con Entidades de Derecho Privado (físicas o jurídicas) 1. Que existe informe del Servicio Jurídico sobre el texto del Convenio. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 89 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 2. Adquisición de bienes inmuebles. 1. Expediente inicial. 1. Informe previo pericial de los servicios técnicos. 2. Que existe informe jurídico. Además, en el supuesto de tratarse de bienes de valor histórico-artístico, se requiere informe del órgano autonómico competente. 3. Que exista pliego de cláusulas administrativas particulares. 4. Que existe propuesta razonada que justifique la adquisición. 2. Abonos al vendedor: 1. Que existe la conformidad de los servicios competentes con la prestación realizada entrega del bien. 2. Que se aporte factura por la empresa adjudicataria de acuerdo con lo previsto en el R.D. 1496/03, de 28 de noviembre. 3. Que, en su caso, esté constituida la fianza definitiva. 4. Que el contratista esté al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. 5. Que se ha practicado e ingresado la liquidación de los gastos derivados de la licitación si no se hubiese hecho con ocasión del abono a cuenta. Arrendamiento de bienes inmuebles. 1. Se comprobarán los mismos aspectos que para la adquisición. Enajenación de bienes inmuebles. 1. Expediente inicial 1. Informe de los servicios técnicos de Cabildo de valoración (artículo 118. R.B.) 2. Que exista pliego de condiciones administrativas particulares e informe jurídico. 2. Abonos del comprador. 1. Que previamente se eleve el acto a escritura pública, salvo que los pliegos de condiciones particulares, establezcan otra cosa. Permuta de bienes inmuebles. 1. Expediente inicial. 1. Informe de valoración técnica de los inmuebles a permutar. 2. Informe del Servicio Jurídico sobre el contrato de permuta. 2. Abono de la diferencia de la permuta. 1. Que previamente se eleve el acto a escritura pública. Donación de bienes inmuebles. 1. Exista informe jurídico en el que se acredite el cumplimiento del artículo 109.2 y 110 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. 2. La acreditación de no existir deuda pendiente de liquidación con cargo al Presupuesto Insular. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 257 de 534 1. ACTA DEL PLENO Anexo 6 Anexo 6 2. En el caso de que impliquen subvenciones, verificación de los requisitos establecidos en el apartado de Contratos patrimoniales. RECLAMACIONES DE DAÑOS Y PERJUICIOS POR RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL Además de los supuestos recogidos en la Base anterior, se fiscalizarán los siguientes extremos adicionales. 1. Que exista informe del responsable del servicio cuyo funcionamiento haya ocasionado la presunta lesión indemnizable. 2. Que exista valoración económica del daño causado por técnico competente. 3. Que exista informe jurídico (incluyendo si dicho daño está o no asegurado). 4. Si la reclamación se formula ante un Organismo Autónomo, deberá existir, además, informe del servicio cuyo funcionamiento haya ocasionado la presunta lesión indemnizable. SUBVENCIONES: Se realizará conforme a lo previsto en el artículo 17 del Reglamento de Control Interno del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote, que recoge los extremos o documentos adicionales a comprobar además de los citados en el artículo 14.2 del citado reglamento. CAPITULO III.- DE LAS ORDENES DE PAGO A JUSTIFICAR Y ANTICIPOS DE CAJA FIJA. Base 81ª.- Intervención previa de las órdenes de pago a justificar. La intervención previa de las órdenes de pago a justificar por las que se ponen fondos a disposición de habilitados de la Entidad Local y de sus organismos autónomos se verificará mediante la comprobación de los siguientes requisitos: Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 90 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 258 de 534 Además de los supuestos recogidos en la Base anterior, se fiscalizarán los siguientes extremos adicionales. 1. Expropiaciones ordinarias. 1. Que existe la declaración de utilidad pública o interés social. 2. Que existe la declaración de necesidad de ocupación de los bienes en la que se concreten e individualicen los bienes y derechos a expropiar y sus titulares. 3. Que existe informe técnico, aprobado por el órgano competente, valorando los bienes y derechos objeto de la expropiación. 4. En su caso, que existe aceptación del justiprecio por el interesado, resolución del jurado provincial de expropiación o resolución judicial firme. 2. Expropiaciones urgentes: 1. Que existe acuerdo plenario declarando la urgente ocupación de los bienes afectados. 2. Que existe proyecto aprobado en el que se entienda cumplido el trámite de la necesidad de la ocupación de los bienes que hayan de ser expropiados. 3. Que existe acta previa a la ocupación en la que se describan los bienes afectados, su valor y sus titulares. 4. Que previo informe técnico se han aprobado por el órgano competente las hojas de depósito previo a la ocupación. 3. Liquidación de intereses. 1. Que existe informe jurídico. ACTA DEL PLENO EXPROPIACIONES DE BIENES Anexo 6 Que las propuestas de pago a justificar se basan en orden o resolución de autorizar los gastos a que se refieran 2. Que existe crédito y el propuesto es el adecuado. 3. Que se adaptan a las normas dictadas en las Bases de Ejecución del Presupuesto. 4. Que el habilitado, a cuyo favor se libren las órdenes de pago, ha justificado dentro del plazo correspondiente la inversión de los fondos percibidos con anterioridad, por los mismos conceptos presupuestarios. No obstante, no procederá el reparo por falta de justificación dentro del plazo de libramientos anteriores cuando, para paliar las consecuencias de acontecimientos catastróficos, situaciones que supongan un grave peligro necesidades que afecten directamente a la seguridad pública, la Presidencia de la Entidad autorice la expedición de un orden de pago específica. 5. Que la expedición de órdenes de pago “a justificar” cumple con el plan de disposición de fondos de la Tesorería, salvo en el caso de que se trate de paliar las consecuencias de acontecimientos catastróficos, situaciones que supongan grave peligro o necesidades que afecten directamente a la seguridad pública. Se entenderá que se cumple con el plan de disposición de fondos de la Tesorería, cuando las órdenes de pago a justificar se realicen con cargo a conceptos presupuestarios autorizados en las Bases de Ejecución del Presupuesto. Base 83ª.- Especialidades en cuanto al régimen de los reparos. El incumplimiento de los requisitos exigidos en los apartados anteriores de la presente sección motivará la formulación de reparo por el órgano interventor en las condiciones y con los efectos previstos en la sección 1.ª capítulo del RCI. No dará lugar a la formulación de reparo los supuestos en los que: 1. El órgano pagador no justifique las órdenes de pago a justificar dentro del plazo de libramientos anteriores cuando, para paliar las consecuencias de acontecimientos catastróficos, situaciones que supongan grave peligro o necesidades que afecten directamente a la seguridad pública, el/la Presidente/a de la Entidad autorice la expedición de una orden de pago específica. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 91 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 La intervención previa de las órdenes de pago para la constitución y modificación de los anticipos de caja fija se verificará mediante la comprobación de los siguientes requisitos: 1. La existencia de acuerdo que regule el gasto máximo posible 2. Que la propuesta de pago se basa en resolución de autoridad competente. 3. Que existe crédito y el propuesto es el adecuado (según las Bases de Ejecución del Presupuesto) y la presentación del documento RC por el total, o tantos RC parciales como reposiciones se prevean, de la cantidad autorizada. 4. Si cumple los requisitos establecidos en las normas reguladoras de los anticipos de caja fija en cuanto a importes, conceptos. 2. En la intervención previa de las reposiciones de fondos por anticipos de caja fija la Intervención comprobará: 1. Que el importe total de las cuentas justificadas coincide con el de los documentos contables de ejecución del presupuesto de gastos, y está debidamente firmada y cuadrada. 2. Que las propuestas de pagos se basan en resolución de autoridad competente. 3. Que existe crédito (a través del RC parcial correspondiente, o del saldo informado del RC total) y el propuesto es adecuado (al existir coincidencia entre las imputaciones del resumen y las del libramiento). 1. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 259 de 534 Base 82ª.- Intervención previa de las órdenes de pago de anticipos de caja fija. ACTA DEL PLENO 1. Anexo 6 2. La expedición de órdenes de pago «a justificar» no cumpla con el plan de disposición de fondos de la Tesorería, en el caso de que se trate de paliar las consecuencias de acontecimientos catastróficos, situaciones que supongan grave peligro o necesidades que afecten directamente a la seguridad pública. Base 84ª.- Intervención de las cuentas justificadas de los pagos a justificar y anticipos de caja fija. En la Intervención de las cuentas justificativas de los pagos a justificar y de los anticipos de caja fija, se comprobará en todo caso: Si se rinden dentro del plazo establecido. Si la cuenta se presenta debidamente firmada y relacionada según modelo facilitado por la Intervención. 3. Si comprende debidamente relacionadas facturas y documentos originales. 4. Si incluye la carta de pago, si procede, acreditativa del reintegro del sobrante. 5. Se comprobará que corresponden a gastos concretos y determinados en cuya ejecución se haya seguido el procedimiento aplicable en cada caso, que son adecuados al fin para el que se entregaron los fondos, que se acredita la realización efectiva y conforme de los gastos o servicios, y que el pago se ha realizado a acreedor, determinado por el importe debido. 6. La verificación de los extremos indicados en el párrafo anterior se realizará examinado las cuentas y los documentos que justifiquen cada aplicación presupuestaria, pudiendo utilizar procedimientos del muestreo, en cuanto a la selección de los documentos. 7. Los resultados de la verificación se reflejarán mediante informe en el que la Intervención manifestará su conformidad con la cuenta o los defectos observados en la misma. La opinión favorable o desfavorable contenida en el informe se hará constar en la cuenta examinada, sin que tenga este informe efectos suspensivos respecto de la aprobación de la cuenta. 8. El órgano gestor aprobará, en su caso, las cuentas enviándose posteriormente al Pleno de la Corporación si se aprueban en contra de los informes de Intervención. 2. Esta verificación se llevará a cabo por el órgano interventor, mediante el examen, -o en su caso, mediante técnicas de muestreo según lo previsto en el art. 27.1.b) del Real Decreto 424/2017- de las cuentas y los documentos que justifiquen cada partida. 3. El órgano competente aprobará, en su caso, las cuentas, que quedarán a disposición del órgano de control externo. Con ocasión de la dación de cuenta de la liquidación del presupuesto, en un punto adicional, se elevará a dicho órgano un informe con los resultados obtenidos del control de las cuentas a justificar y anticipos de caja fija. CAPITULO IV.- DEL CONTROL EXTERNO, FINANCIERO Y DE EFICACIA Base 85ª.- Control externo. La fiscalización externa de las cuentas y de la gestión económica del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote y de sus Organismos Autónomos, así como sociedades mercantiles dependientes es Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 92 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 260 de 534 Los resultados se reflejarán en informe en el que el órgano interventor manifestará su conformidad con la cuenta o los defectos observados en la misma. La opinión favorable o desfavorable contenida en el informe se hará constar en la cuenta examinada, sin que tenga este informe efectos suspensivos respecto de la aprobación de la cuenta. ACTA DEL PLENO 1. 2. Anexo 6 función propia del Tribunal de Cuentas con arreglo a lo dispuesto en el artículo 223.1 TRLRHL, y su homónimo autonómico (Audiencia de Cuentas de Canarias), con el alcance y condiciones fijados en su normativa reguladora. Base 86ª.- Control financiero y de eficacia. Dicho control tendrá por objeto informar acerca de la adecuada presentación de la información financiera, del cumplimiento de las normas y directrices que sean de aplicación y del grado de eficacia y eficiencia en la consecución de los objetivos previstos. El control financiero se realizará por procedimientos de auditoría de acuerdo con las normas de auditoría del sector público. Como resultado del control efectuado habrá de emitirse informe escrito en el que se haga constar cuantas observaciones y conclusiones se deduzcan del examen practicado. Los informes, conjuntamente con las alegaciones efectuadas por el órgano auditado, serán enviados al Pleno para su examen. El control de eficacia tendrá por objeto la comprobación periódica del grado de cumplimiento de los objetivos, así como el análisis del coste de funcionamiento y del rendimiento de los respectivos servicios o inversiones. Ámbito del control financiero. El control financiero, definido en el artículo 56.3 de estas Bases y en el artículo 220 del RDL 2/2004 TRLRHL y en el artículo 29 del RD 424/2017 se podrá ejercer respecto de los sujetos siguientes: 1. Servicios propios del Cabildo. Podrá consistir en el examen de operaciones individualizadas y concretas; examen de registros contables, cuentas o estados financieros; comprobación material de inversiones y de otros activos; otras comprobaciones propuestas por la Interventora General en atención a las características especiales de las actividades realizadas por los servicios sometidos a control. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 93 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 El control financiero se llevará a cabo a través de las modalidades de control permanente y la auditoría pública, con el alcance determinado en el Plan Anual de Control Financiero de esta Entidad Local. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 261 de 534 El control financiero, que será ejercido con plena autonomía e independencia respecto de las unidades y entidades u organismos cuya gestión se controle, se realizará por la Intervención, de conformidad con lo previsto en el presente Reglamento, en las instrucciones recogidas al efecto en el Plan Anual de Control Financiero de esta Entidad Local y en la normativa básica de aplicación: el Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local y el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. ACTA DEL PLENO El control financiero al que se refiere el artículo 29 del Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local, tendrá por objeto comprobar que el funcionamiento en el aspecto económico-financiero de los servicios del Cabildo, de sus organismos autónomos y de las sociedades mercantiles dependientes se adecua a los principios de legalidad, economía, eficiencia y eficacia, comprobando la adecuada y correcta obtención y utilización de los créditos, así como la realidad y regularidad de las operaciones con ellos financiadas. Anexo 6 Servicios prestados por gestión indirecta por concesión, gestión interesada y otras formas de gestión, de acuerdo con el Pliego de condiciones y el contrato. 3. Organismos Autónomos y Entidades Públicas Empresariales 4. Entes locales, entidades, fundaciones, mancomunidades, consorcios participados y particulares por razón de las subvenciones, Créditos o avales recibidos por parte del Cabildo. 2. Informes de control financiero. Los hechos comprobados. Las conclusiones obtenidas. Las recomendaciones sobre las actuaciones objeto de control. Las deficiencias que deban ser subsanadas mediante una actuación correctora inmediata. Dicho informe tendrá carácter provisional y se remitirá por el órgano que haya efectuado el control al gestor directo de la actividad controlada para que, en el plazo máximo de quince (15) días desde la recepción del informe, formule las alegaciones que estime oportunas o en el caso de existir deficiencias admitidas por el órgano gestor, éste indique las medidas necesarias y el calendario previsto para solucionarlas. Con base en el informe provisional y en las alegaciones recibidas, el órgano interventor emitirá el informe definitivo. Si no se hubieran recibido alegaciones en el plazo señalado para ello el informe provisional se elevará a definitivo. El informe definitivo incluirá las alegaciones del gestor y, en su caso, las observaciones del órgano de control sobre dichas alegaciones. ACTA DEL PLENO 1. 2. 3. 4. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 El órgano interventor, u órgano en quien delegue, que haya desarrollado las actuaciones del control financiero deberá emitir informe escrito en el que se expondrán de forma clara, objetiva y ponderada: Colaboración en las actuaciones de auditoría pública. A propuesta del órgano interventor, para la realización de las auditorías públicas podrá recabarse colaboración pública o privada, siempre y cuando se consigne en los presupuestos de la Entidad Local la cuantía suficiente para responder a las necesidades de colaboración. 2. Colaboración con otros órganos públicos Dicha colaboración de otros órganos públicos se llevará a cabo mediante el concierto de los Convenios oportunos. 3. Contratos de colaboración con firmas privadas de auditoría De igual manera, si así se estima oportuno por el órgano interventor se podrá contratar la colaboración con firmas privadas de auditoría que deberán ajustarse a las instrucciones dictadas por esta Intervención. Los auditores serán contratados por un plazo máximo de dos años, prorrogable en los términos establecidos en la legislación de contratos del sector público, no pudiendo superarse los ocho años de realización de trabajos sobre una misma entidad a través de contrataciones sucesivas, incluidas sus correspondientes prórrogas, ni pudiendo a dichos efectos ser contratados para la realización de trabajos sobre una misma entidad hasta transcurridos dos años desde la finalización del período de ocho. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 94 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 262 de 534 1. Consignación presupuestaria Anexo 6 Las sociedades de auditoría o auditores de cuentas individuales concurrentes en relación con cada trabajo a adjudicar no podrán ser contratados cuando, en el mismo año o en el año anterior a aquel en que van a desarrollar su trabajo, hayan realizado o realicen otros trabajos para la entidad, sobre áreas o materias respecto de las cuales deba pronunciarse el auditor en su informe. Finalidad del control financiero. El control financiero tiene como finalidad promover la mejora de las técnicas y procedimientos de gestión económico-financiera, mediante las propuestas que se deduzcan de su resultado. De los informes de control se podrá extraer información que permita una mejor aplicación de los principios de eficiencia y Economía en la programación y ejecución del gasto Público. 1. El examen de registros contables, cuentas, estados financieros o estados de seguimiento elaborados por el órgano gestor. 2. El examen de operaciones individualizadas y concretas. 3. La comprobación de aspectos parciales y concretos de un conjunto de actos. 4. La verificación material de la efectiva y conforme realización de obras, servicios, suministros y gastos. 5. El análisis de los sistemas y procedimientos de gestión. 6. La revisión de los sistemas informáticos de gestión que sean precisos. 7. Otras comprobaciones en atención a las características especiales de las actividades económico-financieras realizadas por el órgano gestor y a los objetivos que se persigan. 2. Las auditorias consistirán en la verificación, realizada con posterioridad y efectuada de forma sistemática, de la actividad económico-financiera de los entes o programas presupuestarios objeto de control con base en el análisis de riesgos correspondiente, mediante la aplicación de las actuaciones singulares determinadas al efecto en el Plan Anual de Control Financiero de esta Entidad Local. Dichas actuaciones, de acuerdo con los objetivos que en cada caso se persigan, podrán utilizar, para el análisis de la actividad económico-financiera, alguno de los siguientes modelos de auditoría: de cuentas, de cumplimiento, y operativa. Para la aplicación de los procedimientos de auditoría, los encargados de la misma podrán: 1. Examinar cuantos documentos y antecedentes de cualquier clase afecten directa o indirectamente a la gestión económico financiera del órgano, organismo o ente auditado. 2. Requerir cuanta información y documentación se considere necesaria para el ejercicio de la auditoría. 3. Solicitar información fiscal y de Seguridad Social. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 95 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Dicho control financiero permanente podrá consistir en: Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 263 de 534 1. El control financiero permanente se ejercerá mediante comprobación de que el funcionamiento de la actividad económico-financiera de los entes o programas presupuestarios objeto de control con base en el análisis de riesgos correspondiente, se ajusta al ordenamiento jurídico y a los principios generales de buena gestión financiera, realizado de forma continua, y mediante la aplicación de las actuaciones singulares determinadas al efecto en el Plan Anual de Control Financiero de esta Entidad Local. ACTA DEL PLENO Actuaciones de control financiero. Anexo 6 4. 5. 6. 7. 8. Solicitar de terceros información sobre operaciones realizadas por el mismo, sobre los saldos contables generados por éstas y sobre los costes, cuando esté previsto expresamente en el contrato el acceso de la administración a los mismos o exista un acuerdo al respecto con el tercero. Verificar la seguridad y fiabilidad de los sistemas informáticos que soportan la información económico-financiera y contable. Efectuar las comprobaciones materiales de cualquier clase de activos de los entes auditados, a cuyo fin los auditores tendrán libre acceso a los mismos. Solicitar los asesoramientos y dictámenes jurídicos y técnicos que sean necesarios. Cuantas otras actuaciones se consideren necesarias para obtener evidencia en la que soportar las conclusiones. De dicha aprobación se deberá dar cuenta al Pleno de la Corporación en la siguiente sesión que se celebre. 2. El Plan Anual de Control Financiero diferenciará entre: 1. Actuaciones de Control Permanente. Atendiendo al momento en el que se realicen, éste a su vez distinguirá entre actuaciones de control permanente previas, concomitantes y a posteriori. Se indicarán en un apartado específico las actuaciones de control financiero de las subvenciones a realizar, las cuales se encuentran reguladas en el Capítulo IV del Reglamento de Control Interno de este Cabildo. 2. Actuaciones de Auditoría Pública. Atendiendo al tipo de auditoría que se realice, se distinguirá entre auditoría de cuentas, de cumplimiento y operativa, diferenciando en éste último caso, a su vez, entre auditorías de economía y eficiencia, de sistemas y procedimientos y de programas. 3. Las actuaciones incluidas en el PACF abarcarán aquellas que deriven de obligaciones legales y aquellas otras seleccionadas motivadamente por parte del órgano interventor con base en el análisis de riesgos efectuado. 4. El Plan Anual podrá ser modificado como consecuencia de la ejecución de controles, en virtud de solicitud o mandato legal, variaciones en la estructura de las entidades objeto de control, insuficiencia de medios a disposición del órgano interventor o por otras razones debidamente valoradas, que deberán ser informadas y motivadas por el Interventor. Dicha modificación será igualmente aprobada por el Consejo de Gobierno Insular y remitida al Pleno para su dación de cuentas en la primera sesión posterior a la modificación. Destinatarios de los informes de control financiero. Los informes definitivos de control financiero serán remitidos por la Intervención a los siguientes destinatarios: 1. Al gestor directo, -titular del servicio, órgano o ente- de la actividad controlada. 2. Al Presidente de la Entidad, y a través de él, al Pleno para su conocimiento. El análisis del informe constituirá un punto independiente en el orden del día de la correspondiente sesión plenaria. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 96 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 264 6 de 534 Dicho Plan será elaborado en el último trimestre del ejercicio anterior a aquel en el que se vaya a implantar, y será remitido al Consejo de Gobierno Insular para su aprobación. ACTA DEL PLENO 1. La Intervención General elaborará un Plan Anual de Control Financiero (PACF) que recogerá todas las actuaciones de control permanente y auditoría pública a realizar durante el ejercicio. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Planificación del control financiero. Anexo 6 3. A la Intervención General de la Administración del Estado, para su integración en el registro de cuentas anuales del sector público. Informe resumen. El órgano interventor deberá elaborar con carácter anual y con ocasión de la aprobación de la cuenta general, el informe resumen de los resultados del control interno señalado en el artículo 213 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales. Este informe contendrá los resultados más significativos derivados de las de las actuaciones de control financiero y de función interventora realizadas en el ejercicio anterior. Destinatarios del informe resumen 2. A la Intervención General de la Administración del Estado, en el curso del primer cuatrimestre de cada año. Plan de acción De las debilidades, deficiencias, errores e incumplimientos que se pongan de manifiesto en el informe resumen referido en el artículo anterior, el Presidente de la Entidad formalizará un plan de acción que determine las medidas a adoptar para subsanarlas. El plan de acción se elaborará en el plazo máximo de tres (3) meses desde la remisión del informe resumen al Pleno y contendrá: 1. las medidas de corrección adoptadas, 2. el responsable de implementarlas y 3. el calendario de actuaciones a realizar, relativos tanto a la gestión de la propia Entidad como a la de los organismos y entidades públicas adscritas o dependientes y de las que ejerza la tutela. El plan de acción será remitido al órgano interventor de la Entidad Local, que valorará su adecuación para solventar las deficiencias señaladas y en su caso los resultados obtenidos en el plazo de 15 días naturales. El órgano interventor informará al Pleno sobre la situación de la corrección de las debilidades puestas de manifiesto en su caso, en el plazo de 15 días naturales desde la recepción del referido plan de acción. CAPÍTULO V.- OTRAS DISPOSICIONES Base 87ª.- Asistencia letrada a autoridades y empleados públicos. El procedimiento para la representación y defensa de autoridades y empleados públicos será el siguiente: 1. Solicitud del empleado público o autoridad, dirigida a la Asesoría Jurídica, adjuntando una fotocopia de la citación judicial, así como, en su caso, propuesta de defensa jurídica, que deberá incluir el currículum y honorarios del letrado. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 97 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Al Pleno, a través del Presidente de la Entidad. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 265 de 534 1. ACTA DEL PLENO El informe resumen del control interno de la Entidad Local serán remitidos por la Intervención a los siguientes destinatarios: Anexo 6 2. El responsable del Área donde preste sus servicios el empleado público o que corresponda en el caso de autoridad, remitirá toda la documentación disponible sobre los hechos objeto de la citación a la Asesoría Jurídica. 3. La Asesoría Jurídica remitirá el expediente a la Unidad de Seguros, que comunicará si existe cobertura en los seguros contratados, en caso de que tuviese cobertura, la Unidad de Seguros dará conocimiento a la compañía aseguradora del expediente, la cual designará bufete o autorizará la propuesta de defensa jurídica del solicitante; en cualquier caso se estará a lo previsto en las condiciones de la póliza en cuanto al abono de la defensa jurídica cuando ésta sea designada por el solicitante. 5. En caso de concurrir las circunstancias previas para reconocer el derecho de defensa jurídica y vistas las consideraciones de la Asesoría Jurídica en relación a la propuesta de defensa jurídica del solicitante, se estará a lo previsto en el Reglamento de la Asesoría Jurídica. 6. En cualquier momento de la tramitación, el empleado público o autoridad podrá renunciar a la asistencia jurídica, en tal caso deberá hacerlo por escrito. Base 88ª.- Estabilidad presupuestaria y Regla del gasto. El artículo 11 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, obliga a que la elaboración, aprobación, ejecución y liquidación del Presupuesto cumpla con el principio de estabilidad presupuestaria. Como norma general, la Corporación Local deberá mantener una posición de equilibrio o superávit presupuestario. La incorporación de remanentes de crédito prevista en la Base 12ª. queda supeditada al cumplimiento de la Regla del Gasto, por tanto, no se podrán incorporar remanentes de crédito del ejercicio anterior financiados con fondos propios ni total ni parcialmente si con ello se incumple la Regla del Gasto. En el caso de que la previsión de liquidación del ejercicio anterior suponga el incumplimiento de la Regla del Gasto, se declarará en el estado de gastos del presupuesto del presente ejercicio un total de créditos no disponibles hasta un importe equivalente a la cifra que arroje el incumplimiento de la regla de gasto. No obstante, se estará a lo previsto en los acuerdos que sobre las Reglas Fiscales se apruebe para el ejercicio 2025 por la Unión Europea y de la aplicación que de ello se derive para las administraciones locales. Base 89ª.- Fondo de contingencia. El artículo 31 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera obliga a que la Corporación Local incluya en su Presupuesto un Fondo de Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 98 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 266 de 534 b. Que dicha defensa resulte compatible con los intereses generales de la Administración para la que presta sus servicios el empleado público o autoridad. ACTA DEL PLENO a. En primer lugar, que efectivamente su llamada al proceso se debe al ejercicio legítimo de sus tareas por parte del empleado público o autoridad. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 4. En el caso de no estar prevista la cobertura en alguna de la pólizas contratadas, la Asesoría Jurídica emitirá informe sobre la actuación del solicitante, en el sentido de su adecuación o no al ordenamiento jurídico, según la información disponible en ese momento, y valorará dos circunstancias antes de acordar el reconocimiento del derecho de defensa jurídica: Anexo 6 Contingencia que es una dotación diferenciada de créditos presupuestarios que se destinará, cuando proceda, a atender necesidades de carácter no discrecional, inaplazables y no previstas en el Presupuesto inicialmente aprobado, que puedan presentarse a lo largo del ejercicio incluidas las que puedan resultar, entre otras, de la ejecución de sentencias, adecuaciones retributivas. Base 90ª.- De las obligaciones de suministro de información económico-financiera al Ministerio con competencias en Hacienda. A los efectos de que las obligaciones de remisión de información se cumplan en los plazos y con el contenido que establezca la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera o en la Orden HAP/2015/2012, de 1 de octubre, salvo que la aplicación de captura habilitada al efecto por el Ministerio competente establezca específicamente otros distintos, los organismos públicos y entes dependientes del Cabildo de Lanzarote remitirán la información con al menos diez días de antelación a los plazos establecidos. Presupuestos aprobados: Antes del 31 de enero de cada año la Intervención General remitirá al Ministerio competente en Hacienda la información relativa a los presupuestos aprobados para ese ejercicio y los estados financieros iniciales de todas las entidades comprendidas en el ámbito de aplicación de la Orden HAP/2015/2012, de 1 de octubre, y resto de normativa aplicables. Si en esa fecha no se hubiera aprobado el presupuesto deberá remitirse el prorrogado con las modificaciones derivadas de las normas reguladores de la prórroga, hasta la entrada en vigor del nuevo presupuesto. Plan Presupuestario a Medio Plazo: Antes del 15 de marzo de cada año la Intervención General remitirá al Ministerio competente en materia de Hacienda un plan presupuestario a medio plazo. El Plan presupuestario, que servirá de marco para la elaboración del presupuesto para el siguiente ejercicio, será aprobado inicialmente por el Consejo de Gobierno Insular, a propuesta del titular del Área de Hacienda. Una vez aprobado por el Consejo de Gobierno Insular, se remitirá al Pleno en la primera para su aprobación definitiva en la primeras sesión ordinaria que se celebre. Liquidación de los presupuestos: La Intervención General confeccionará los estados demostrativos de la liquidación del Presupuesto antes del día 1 de marzo del año siguiente al ejercicio al que vaya referida. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 99 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 267 de 534 Las entidades dependientes del Cabildo de Lanzarote darán cuenta a sus órganos de gobierno de la información remitida en la primera sesión ordinaria que celebren. ACTA DEL PLENO El órgano facultado para elaborar y remitir a la Intervención General la información económicofinanciera de los organismos públicos y entes dependientes del Cabildo de Lanzarote será el Gerente o la Presidencia de la correspondiente entidad, o persona que éste designe. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 La remisión de información se remitirá por medios electrónicos a través del sistema que el Ministerio competente en Hacienda habilite al efecto mediante los modelos normalizados o sistemas de carga masiva que éste establezca, y por el órgano competente que la ley determine. Anexo 6 Corresponderá a la Presidencia, previo informe de la Intervención, la aprobación de la liquidación del Presupuesto del Cabildo de Lanzarote y de sus organismos autónomos dependientes, de la cual se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre. Antes del 31 de marzo, la Intervención General procederá a la remisión de esta información al Ministerio competente en materia de Hacienda. Límite del Gasto no financiero: El Consejo de Gobierno Insular, a propuesta del Consejero delegado en materia de Hacienda aprobará el límite de gasto no financiero, que marcará el techo de asignación de los recursos para el Presupuesto General del ejercicio siguiente. Cuentas anuales: La Cuenta General, tramitada conforme al procedimiento previsto en el artículo 212 del TRLRHL, se someterá al Pleno para que, en su caso, pueda ser aprobada antes del día 1 de octubre. Con anterioridad al 31 de octubre del año siguiente al ejercicio al que vayan referidas las liquidaciones, la Intervención General procederá a la remisión de esta información al Ministerio competente en materia de Hacienda. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 A propuesta del titular de la Consejería delegada en materia de Hacienda, el Consejo de Gobierno Insular, previo informe de la Intervención General, aprobará antes del 15 de septiembre las líneas fundamentales del Presupuesto del ejercicio siguiente, que serán acordes con lo dispuesto para dicho período en el plan presupuestario a medio plazo. ACTA DEL PLENO Líneas fundamentales de los presupuestos para el ejercicio siguiente: Con anterioridad al 1 de noviembre de cada año la Intervención procederá a la remisión al Ministerio competente en materia de Hacienda de la información relativa al coste de los servicios que se prestan, partiendo de los datos contenidos en la liquidación del presupuesto general, y de acuerdo con lo previsto en la Orden HAP/2075/2014, de 6 de noviembre. Ejecución presupuestaria trimestral: Antes del último día del mes siguiente a la finalización de cada trimestre del año la Intervención General remitirá al Ministerio competente en materia de Hacienda la información relativa a la ejecución presupuestaria, incluyendo la actualización del informe de cumplimiento del objetivo de estabilidad, de la regla del gasto y del límite de la deuda. Si la información trimestral enviada a Ministerio de Hacienda, relativa a la ejecución de los ingresos previstos en el Presupuesto de la corporación, se detectara que hubiese desviaciones negativas significativas y con el objetivo fundamental de mantener el equilibrio presupuestario, la Consejera de Hacienda podrá acordar la declaración de créditos no disponibles en las partidas y cuantía que se consideren necesarias. Información relativa al período medio de pago global a proveedores: Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 100 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 268 de 534 Coste efectivo de los servicios: Anexo 6 La Intervención General elaborará con carácter mensual y referido al mes anterior, a partir de la información obtenida de la contabilidad del Cabildo de Lanzarote y de la remitida del mismo modo por los Organismos Autónomos y por el resto de las entidades dependientes no administrativas que conformen el subsector administraciones publica en términos de contabilidad nacional, los siguientes ratios regulados en el Real Decreto 635/2014, de 25 de julio, por el que se desarrolla la metodología de cálculo del período medio de pago a proveedores de las administraciones públicas las condiciones y el procedimiento de retención de recursos de los regímenes de financiación, previstos en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera: • • • • • ratio de operaciones pagadas importe de pagos realizados ratio de operaciones pendientes importe de pagos pendientes periodo medio de pago La Intervención General remitirá telemáticamente los datos citados correspondientes al mes anterior al Ministerio de Hacienda, a través de la aplicación de captura existente en la Oficina Virtual de Coordinación Financiera con las Entidades Locales y trasladará antes del día 30 de cada mes el resultado obtenido, por la captura de los ratios e importe grabados, para su publicación en la WEB del Cabildo en el citado plazo. Base 90ª.- Criterios contables de la gestión de bienes. Criterios de amortización: De conformidad con lo establecido en el Apartado 7 (Amortización) letra b) (Métodos de Amortización) de la Segunda Parte “Normas de Reconocimiento y valoración) de la Orden HAP/1781/2013, de 20 de Septiembre, por la que se aprueba la Instrucción del Modelo Normal de Contabilidad, en el año 2016 se aplicará según lo previsto en el artículo 12.1 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades. Valor residual. El valor residual positivo esperado necesario para la determinación de la base amortizable neta se considera que va a ser en todos los casos “cero”, debido a la dificultad de su determinación y a que en muchos casos su cuantía sería poco significativa o incluso podría llegar a ser negativa. Valor de los bienes o efectos no utilizables. Una vez transcurridos el número de años máximos de la correspondiente dotación para la amortización total de los bienes que tienen la condición de amortizables y en el caso que por su Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 101 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Las entidades dependientes del Cabildo de Lanzarote de carácter no administrativo que conformen el subsector administraciones públicas en términos de contabilidad nacional, y los Organismos Autónomos y resto de entidades dispondrán de los cinco primeros días hábiles de cada mes para remitir esta información a la Intervención General, los siguientes datos referidos a su entidad y al mes anterior: ACTA DEL PLENO Período Medio de Pago de cada Entidad Ratio de las operaciones pagadas de cada entidad Ratio de operaciones pendiente de pago de cada entidad. Periodo Medio de Pago Global a Proveedores del grupo SEC2010 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 269 de 534 • • • • Anexo 6 estado de deterioro, depreciación o deficiente estado de conservación, resulten inservibles o inadecuados para la finalidad y destino que les corresponde, sin perjuicio del informe de la condición de efecto no utilizable emitido por el técnico competente, se considerará al objeto de la determinación del valor del bien el que se fije en el informe de valoración o el que se determine como precio en el contrato del servicio de retirada de los bienes. Base 91ª.- Bajas de oficio de los derechos y obligaciones pertenecientes a ejercicios cerrados. Propuesta motivada y detallada de las bajas citadas Informe de Intervención. Dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda. Exposición al público por el plazo de 20 días hábiles a través de Edicto publicado en el B.O.P. y tablón de anuncios del Cabildo. e) Aprobación definitiva por el Consejo de Gobierno. Como excepción, cuando se trate de anulaciones de derechos y obligaciones derivados de errores contables o administrativos, así como en el supuesto de modificaciones y bajas de conceptos no presupuestarios correspondientes a ejercicios cerrados, será suficiente la aprobación mediante Resolución de la Consejera Delegada de Hacienda, previos informes de Intervención y Órgano de Gestión Económico-Financiera, en su caso. En el supuesto de que las modificaciones o bajas afecten a terceros, será necesaria su exposición a público en el B.O.P. durante el plazo de 20 días hábiles. Base 92ª.- Gestión del Inventario de Bienes. ACTA DEL PLENO a) b) c) d) Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Sin perjuicio de lo establecido en las presentes Bases para las anulaciones de derechos, cuando se trate de baja de oficio de los derechos y obligaciones pertenecientes a ejercicios cerrados, propuestas por Intervención, estará sometido a la siguiente tramitación: Se consideran inventariables aquellos bienes en los que es posible su control y seguimiento a lo largo de su vida útil. Se dará de alta a los bienes en el inventario cuando el Pleno de la Corporación o el Consejo de Gobierno haya acordado su inclusión, para lo que se tendrá en cuenta: • • • Se darán de alta en el inventario General del Cabildo sólo los bienes que individualmente superen la cantidad de 100 €, impuesto general indirecto canario (en adelante igic) incluido, excepto los bienes de valor histórico artístico, epígrafe 3 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (en adelante RBEL), que se incluirán todos. El precio de adquisición incluye, además del importe facturado por el vendedor después de deducir cualquier descuento o rebaja en el precio, todos los gastos adicionales y directamente relacionados que se produzcan hasta su puesta en condiciones de funcionamiento, incluida la ubicación en el lugar y cualquier otra condición necesaria para que pueda operar de la forma prevista; entre otros: gastos de explanación y derribo, transporte, derechos arancelarios, seguros, instalación, montaje y otros similares. Se incluirán los bienes inventariables que se encuentren en la fase O del presupuesto de gasto, según la relación que facilite el Órgano de Gestión Económica Financiera de este Cabildo, siempre que cuenten con acta de recepción o documento que indique que el bien se ha recibido y es conforme. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 102 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 270 de 534 Criterios para dar de alta a un bien Anexo 6 • • Se fijará como fecha de alta/adquisición de bienes-vehículos y bienes-muebles la del documento O, la del acta de recepción o la del acuerdo sobre la inclusión, por este orden. No se considerarán inventariables los adquiridos con cargo al capítulo 2 “Gastos corrientes en bienes y servicios” según lo dispuesto en la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales y de la Orden HAP/419/2014, de 14 de marzo, por la que se modifica la Orden EHA/3565/2008. Regularización de bienes ya incluidos en el inventario: Se dará de baja del inventario a todos los bienes de valor inferior a 300 €, IGIC incluido, excepto los bienes “históricos o artísticos”, epígrafe 3 del RBEL. Criterios para clasificar los bienes por epígrafes Para clasificar los bienes en los distintos epígrafes se ha de tener en cuenta lo establecido en el RBEL, artículos 18 a 28, así como el concepto que sobre los bienes establece el Real Decreto de 24 de julio de 1889, Código Civil, publicado en Gaceta de 25 de Julio de 1889, artículos 333 y siguientes, además, deberá tenerse en consideración para cada uno de los epígrafes lo siguiente: Epígrafe 1 Inmuebles Se incluirán como mejoras de los edificios, a modo de ejemplo: • • mamparas fijas armarios empotrados ACTA DEL PLENO Sólo se darán de baja en el Inventario aquellos bienes que por acuerdo de Pleno o del Consejo de Gobierno Insular cuenten con datos suficientes para ser identificados en el inventario. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Criterios para dar de baja Por el concepto de bienes muebles de considerable valor económico, se considerarán aquellos que se hayan adquirido por importe de doscientos siete mil euros (207.000 €) o superior, igic incluido. Epígrafe 4 Valores mobiliarios, créditos y derechos, de carácter personal de la Corporación. Propiedad intelectual • • Derechos de Autor. Dominios de Internet. Software. Cada software realizado por el propio Cabildo de Lanzarote o encargada externamente su realización, del que es propietario con todos los derechos el Cabildo de Lanzarote: • • • Software estándar (no inherente a los equipos informáticos). Software de base (sistemas operativos). Software a medida. Epígrafe 5 Vehículos Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 103 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 271 de 534 Epígrafe 3 Muebles de carácter histórico, artístico o de considerable valor económico. Anexo 6 Vehículos que no gozan de autonomía propia y que estén destinados específicamente al transporte de mercancías o residuos, entre otros: • • • Plataformas. Remolques. Vehículos a motor clásicos. Vehículos acuáticos: embarcaciones destinadas al transporte de personas o mercancías, entre otros: • • • Embarcaciones, en general. Lanchas. Zodiac. Además del mobiliario y objetos típicos, se incluirá a modo de ejemplo: Se incluirán como un único bien, por Entidad y Ejercicio Económico, los elementos adquiridos por el capítulo 6 en colecciones de libros o audiovisuales. Instalaciones de Servicio Público: • • • • • • Estaciones depuradoras de aguas residuales (E.D.A.R.); Estaciones de tratamiento de agua potable (E.T.A.P.); Equipos trituradores de residuos; Instalaciones incineradoras de basuras y residuos; Plantas de triaje para la recuperación de materiales; Planta de transferencia para residuos peligrosos. ACTA DEL PLENO Fondo bibliográfico y audiovisual Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Epígrafe 7 Muebles no comprendidos en los otros epígrafes. • • Lámpara infrarrojo Lámpara calor Ubicación de bienes en las Unidades Administrativas del Cabildo de Lanzarote Todos los bienes se adscribirán a la Unidad Administrativa que adquiera el bien, incluso los equipamientos informáticos y los vehículos, siendo éstas quienes pueden proponer el dar de alta o baja a los bienes adscritos. Excepción a esta norma se aplicará a los vehículos y a los equipamientos informáticos que ya se encuentran inventariados y no se cuente con datos suficientes que posibiliten su ubicación exacta, éstos se vincularán provisionalmente al Parque Móvil del Cabildo o al Servicio de Informática, respectivamente, hasta aclarar su situación. Dentro de la misma Área podrán cambiarse los bienes. En caso de que el cambio se produzca a otra Área, deberá formalizarse un acta de recepción y entrega y comunicarse a la Secretaría General para realizar la correspondiente anotación en el inventario. Procedimiento para dar de alta a los bienes Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 104 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 272 de 534 Equipos médicos y asistenciales: Anexo 6 Propuesta al Consejo de Gobierno de la persona que ostente la jefatura de la unidad administrativa (Jefe del Servicio, de Área, Coordinador, etc.) a la que se adscribiría el bien, con el visto bueno del Consejero correspondiente, a la que debe adjuntar: • • • • Documento contable en fase O de ejecución del gasto, poniéndose la fecha de este documento como de adquisición. No obstante, los bienes ya inventariados que no cuenten con este documento tendrán como fecha la del Consejo de Gobierno en la que se acuerde su alta. La factura o documento que describa las características del bien. Acta de recepción. Para facilitar el alta del equipamiento informático, se cuenta con un programa en la intranet, aprobado en Consejo de Gobierno de fecha 27 de marzo de 2014. Los jefes de las unidades administrativas velarán por el cumplimiento de inventariar todos los bienes y medios materiales que tengan adscritos que sean precisos para el desarrollo de las funciones del área o departamento insular (art. 164 Reglamento Orgánico del Cabildo de Lanzarote), estando obligados a proponer al Consejo de Gobierno la inclusión en el Inventario General del Cabildo de aquellos que, conforme a la legislación vigente y a estas normas, deban figurar en el mismo, así como a informar al mencionado Consejo sobre las vicisitudes de toda índole de los bienes inventariados. El cambio de destino de los bienes muebles de carácter histórico o artístico (cuadros, esculturas, etc.), se hará con el visto bueno de la persona que se designe como responsable de su custodia. El cambio de ubicación del resto de bienes muebles, se realizará por los que ostenten las jefaturas de las propias unidades administrativas; para ello se formalizarán por las partes las correspondientes actas de entrega y recepción, que perfeccionarán el cambio de destino de los bienes de que se trate, y constituirán título suficiente para las respectivas altas y bajas en los inventarios de bienes muebles de los departamentos, existiendo la obligación de informar dichos cambios al Consejo de Gobierno. Régimen Jurídico de los bienes muebles encuadrados en el epígrafe 5º y 7º del RBEL no utilizables o innecesarios de la Corporación. Los bienes muebles incluidos en el epígrafe 5 y 7 del RBEL que, por su deterioro, depreciación, deficiente estado de conservación, desuso o inutilidad, resultaren inservibles para los servicios o para el normal aprovechamiento, serán considerados material no utilizable o de desecho. Los bienes indicados en el apartado anterior podrán ser objeto de enajenación, permuta, arrendamiento y, en general, cualquier negocio o relación jurídica de carácter onerosa, pudiendo ser cedidos gratuitamente, destruidos o inutilizados, cuando proceda. Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 105 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Obligación de los responsables de las unidades administrativas en las que se ubiquen los bienes Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 273 de 534 Al igual que para las altas, la persona que ostente la jefatura de la unidad administrativa a la que estuviera adscrito el bien, con el visto bueno del Consejero correspondiente, deberá hacer una propuesta al Consejo de Gobierno en la que relacione los bienes a dar de baja, con el número de referencia del inventario. ACTA DEL PLENO Procedimiento para dar de baja a los bienes del inventario. Anexo 6 En el correspondiente expediente deberá acreditarse la propiedad del bien, siendo suficiente el certificado de su inscripción en el inventario de bienes de este Cabildo, si este fuere el caso. La competencia para la tramitación de los expedientes sobre bienes muebles del Cabildo Insular de Lanzarote incluidos en la presente base, corresponderá al Área que hubiese instado su adquisición, los tuviese afectados o adscritos o los hubiera venido utilizando, siendo el órgano competente para su resolución el Consejo de Gobierno Insular. • Cuando el adquirente sea una entidad privada de interés público sin ánimo de lucro. • Cuando fuera declarada desierta la subasta promovida para la enajenación o resultase fallido como consecuencia del incumplimiento de sus obligaciones por parte del adjudicatario, siempre que no hubiese transcurrido más de un año desde la celebración de la misma. En este caso, las condiciones de la enajenación no podrán ser inferiores de las anunciadas previamente o de aquellas en que se hubiese producido la adjudicación. Las normas reguladoras de las subastas de bienes inmuebles serán aplicables con carácter supletorio. Previamente a la enajenación quedará acreditado el carácter patrimonial del bien y, en el supuesto de estar destinado éste a un uso o servicio público, deberá precederse antes a su desafectación. La cesión gratuita de los bienes muebles mencionados podrán ser a otras Administraciones públicas o a organismos o instituciones públicas o privadas sin ánimo de lucro cuando no hubiera sido posible su enajenación, permuta, arrendamiento ni, en general, la celebración de negocios o relaciones jurídicas de carácter oneroso; o cuando se considere de forma razonada que no alcanzan el 25 por ciento del valor que tuvieron en el momento de su adquisición o no exceden del límite establecido para adquirir la condición de inventariable, previo informe técnico de valoración o tasación. La enajenación o cesión se formalizará en un documento o acta, que implicará la entrega y recepción de los bienes. Si no fuese posible la venta, tramitación de los negocios, relaciones jurídicas o cesiones señaladas anteriormente, circunstancia que habrá de constar expresamente en el Acto que se adopte al respecto, previo informe jurídico y técnico correspondiente, podrá acordarse su destrucción, inutilización o abandono, respetando la normativa sectorial aplicable al respecto; debiendo realizar todos los trámites ante las autoridades competentes cuando la naturaleza del bien así lo requiera y a la mayor celeridad a los efectos de evitar perjuicios pecuniarios a la Corporación (gastos en tributos, seguros).” Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 106 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Cuando el adquirente sea otra Administración pública o, en general, cualquier persona jurídica de derecho público o privado perteneciente al sector público. A estos efectos, se entenderá por persona jurídica de derecho privado perteneciente al sector público la sociedad mercantil en cuyo capital sea mayoritaria la participación directa o indirecta de una o varias Administraciones públicas o personas jurídicas de Derecho público. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 274 de 534 • ACTA DEL PLENO La enajenación onerosa de estos bienes muebles, estén inventariados o no, tendrá lugar mediante subasta pública que se instrumentará a través del correspondiente expediente, respetándose los principios de publicidad y concurrencia, tendrá lugar por bienes individualizados o por lotes, en el que se incluirá la tasación pericial de dichos bienes, pudiendo efectuarse de forma directa en los siguientes casos: Anexo 6 Adicionalmente, existe un procedimiento para la cesión a entidades o instituciones de carácter público solicitantes de vehículos y/o bienes muebles incluidos en el inventario de bienes del Cabildo aprobado el 27 de marzo de 2014 por el Consejo de Gobierno. Base 93ª.- Canon de la EPEL CATs a favor del Cabildo. Se establece para su incorporación en el Presupuesto General del Cabildo Insular de Lanzarote, el canon anual de la EPEL CATS, a favor del Cabildo de Lanzarote en la cuantía de 1.546.709,86 €, en compensación por la utilización por parte de esta entidad de los bienes muebles e inmuebles propiedad de la Corporación Insular. De conformidad con el art. 14.2.e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en colación con el art. 3.1 del RD 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con el Cabildo Insular de Lanzarote a través de los procedimientos todos los empleados en la tramitación y actuaciones que realicen por razón de su condición de empleado público. Asimismo, resultará de obligado cumplimiento para todos los candidatos y aspirantes de empleo público en los procesos selectivos de conformidad con lo establecido en las bases de la convocatoria. DISPOSICIÓN FINAL Para lo no previsto en las presentes bases se estará a lo dispuesto con carácter general en la legislación local, la Ley 47/2003, de 26 de noviembre General Presupuestaria, la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 y demás normas de la Administración General del Estado que resulten de aplicación. Las modificaciones de las presentes Bases requerirán los mismos trámites que los previsto para su aprobación, sin que se exija el trámite de enmiendas para modificaciones puntuales. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE EN FECHA INSERTA AL MARGEN Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Ejercicio 2025. Pág. 107 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. TRAMITACION Y ACTUACIONES DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS, CANDIDATOS Y ASPIRANTES DE EMPLEO PÚBLICO. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 275 de 534 Será facultad del Consejo de Gobierno Insular el dictado de las Instrucciones de desarrollo o procedimiento de las presentes Bases Generales de Ejecución para el establecimiento de los procedimientos y trámites que sean necesarios para su aplicación, dando cuenta de las mismas al Pleno. ACTA DEL PLENO DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA. DESARROLLO DE LAS BASES GENERALES DE EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO Anexo 14 INFORME DE RECURSOS HUMANOS SOBRE ELABORACIÓN DEL PRESUPUESTO EN MATERIA DE GASTOS DE PERSONAL (CAPITULO I) PARA EL AÑO 2025. En relación con el expediente para la aprobación de la plantilla orgánica correspondiente al ejercicio 2025, y en virtud de lo establecido en los artículos 172 y ss. del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre , se emite el siguiente informe. LEGISLACIÓN APLICABLE  Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público -TREBEP-.  Real Decreto 861/1986, de 25 de abril, por el que se establece el régimen de las retribuciones de los funcionarios de Administración Local.  Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, con sus sucesivas modificaciones.  Reglamento Orgánico del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. (BOC nº 018. Jueves 26 de enero de 2023). ACTA DEL PLENO  Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local -TRRL-. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025  Ley 7/1985, de 2 abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local -LRBRL-.  Acuerdo entre el personal Funcionario y el Cabildo Insular de Lanzarote (BOP Las Palmas. Nº 96 de lunes 11 de agosto de 2003). FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero.- La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local -LRBRL-, en su artículo 90.2 prevé que las Entidades Locales aprobarán anualmente, a través del Presupuesto, la plantilla , que deberá comprender todos los puestos de trabajo reservados a funcionarios, personal laboral y eventual. Las plantillas deberán responder a los principios de racionalidad, economía y eficiencia y establecerse de acuerdo con la ordenación general de la economía, sin que los gastos de personal puedan rebasar los límites que se fijen con carácter general. Añade el artículo 126.1 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local -TRRL- que a ellas se unirán los antecedentes, estudios y documentos acreditativos de 1 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 382 de 534  Convenios Colectivos del Personal Laboral del Cabildo de Lanzarote. Anexo 14 que se ajustan a los mencionados principios. Asimismo, asimila la plantilla a las disposiciones de carácter general, a efectos de interposición de los correspondientes recursos. De lo expuesto se deduce que al formar parte del Presupuesto General del Cabildo de Lanzarote, el procedimiento para su aprobación es el mismo que el de estos, incluso el trámite de exposición pública y el de publicación; en este sentido, la propuesta deberá ser informada por la Intervención de Fondos. El acuerdo de aprobación inicial se expondrá al público, previo anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, por 15 días hábiles, durante los cuales los interesados podrán examinarlos y presentar reclamaciones ante el Pleno. El acuerdo se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas. 2 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Cuarto.- Procedimiento de aprobación. El Tribunal Supremo entiende que la plantilla no se aprueba como un acto o documento separado de los Presupuestos, sino que forma parte de los mismos y tiene principalmente efectos económicos (Sentencias del TS de 18 de julio de 1990 y de 3 de febrero de 1997 ). También considera que debe comprender todos los puestos de trabajo reservados a funcionarios, personal laboral y eventual, aunque no sean permanentes (Sentencia del TS de 12 de diciembre de 1997). Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 383 de 534 _ Tercera.- Competencia orgánica. La aprobación de la plantilla corresponde al Pleno, en virtud de lo previsto en el artículo 22.2-i) de la Ley 7/1985, de 2 abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en concordancia con el Reglamento Orgánico del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. (BOC nº 018. Jueves 26 de enero de 2023). artículo 68. Sobre atribuciones del Pleno. j) La aprobación y modificación de los presupuestos del Cabildo Insular, de la plantilla de personal, así como la autorización de gastos en las materias de su competencia, sin que tal atribución pueda ser objeto de delegación (art. 22.4). ACTA DEL PLENO Segundo.- A diferencia de la relación de puestos de trabajo regulada en los artículos 90.2 de la Ley 7/1985, de 2 abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 126.4 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local -TRRL-, la plantilla no determina las características esenciales de los puestos de trabajo, ni los requisitos para su ocupación, siendo su finalidad la ordenación presupuestaria; es por tanto consustancial con la potestad de autoorganización prevista en los artículos 4.1-a) de la LRBRL y 4.1.a) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, estando por tanto excluida de la obligatoriedad de negociación con las organizaciones sindicales. Anexo 14 El acuerdo de aprobación definitiva de la plantilla deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, y comunicarse a la Administración del Estado y a la Administración Autonómica, en el plazo máximo de 30 días hábiles (art. 127 TRRL). La elaboración del Presupuesto de los gastos de personal, se realiza en el ámbito de las competencias atribuidas en materia de gestión de personal, destacando entre ellas, a este respecto, la planificación y estructuración de los Recursos Humanos de la Corporación. En cuanto a la dimensión de la estructura organizativa actual, una vez culminados los procesos consolidación y estabilización, así como convocatorias de acceso libre, que redundan en una reducción de la temporalidad nos encontramos con un índice de temporalidad del 23,84%. A este respecto, se prevé la necesidad atender algunos aspectos motivados por la aplicación de la normativa legal que derivarán en la modificación de nuestra plantilla y gastos de personal, entre los que cabe destacar entre otros los siguientes:  Adecuación y creación de unidades administrativas a la estructura por áreas de la nueva Corporación, considerando, con relación a la prestación del servicio público del Cabildo, la necesaria potenciación de la actividad, destacando, el ámbito del 3 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 GASTOS DE PERSONAL (CAPÍTULO I) Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 384 3 de 534 Quinto.- El Anexo de Personal es un documento que debe cuantificar concretamente la plantilla y relacionarla con las correspondientes partidas presupuestarias, debiendo acompañar preceptivamente al presupuesto por aplicación de lo dispuesto en el artículo 168.1.c) del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo (TRLRHL), y por las previsiones contenidas en el artículo 18.1 c) del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, que precisa que al presupuesto se acompañará «Anexo de personal de la Entidad local, en que se relacionen y valoren los puestos de trabajo existentes en la misma, de forma que se dé la oportuna correlación con los créditos para personal incluidos en el Presupuesto». ACTA DEL PLENO Con carácter previo a cualquier acuerdo plenario, el expediente deberá someterse a estudio en el Consejo de Gobierno Insular y posteriormente a la Comisión Plenaria de Hacienda y/o de Personal, por así exigirlo, entre otros, los artículos 20.1-c) de la Ley 7/1985, de 2 abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 82, 123, 126, entre otros, del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en concordancia con los artículos 122 y siguientes del Reglamento Orgánico del Cabildo de Lanzarote (Boletín Oficial de la Provincia de las Palmas Nº 5, miércoles 11 de enero de 2023). Anexo 14  Reforzar la estructura de personal en el ámbito funcional de la contratación administrativa. A raíz de la entrada en vigor de la Ley 9/2017, de 8 de Contratos del Sector Público, se introdujeron modificaciones que han incidido en una serie de obligaciones a realizar en los métodos de trabajo y en la actividad diaria. Debe abordarse una reestructuración organizativa en este ámbito, que garantice la suficiencia y adecuación del personal para el desarrollo de las obligaciones y deberes en esta materia, contribuyendo a la racionalización de los instrumentos de contratación en el Cabildo de Lanzarote.  La modernización y mejora de la Administración Pública ha constituido un objetivo permanente, necesario para dar cumplimiento al mandato constitucional de contar con una administración eficaz en su actuar al servicio de los intereses generales.  Reforzar la estructura de los departamentos encargados de la Gestión de Proyectos financiados con fondos Next Generation EU dado el incremento de carga de trabajo 4 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 385 de 534  Reforzar la estructura de personal en el ámbito funcional de la Política Territorial y Ordenación del Territorio en virtud del Acuerdo Plenario adoptado en sesión ordinaria celebrada el 23 de febrero de 2024, por el que se acordó aprobar definitivamente el Reglamento Orgánico por el que se crea y regula el Órgano de Evaluación Ambiental Insular de Lanzarote y La Graciosa (BOC n.º 56 de fecha de 18 de marzo de 2024).El Órgano de Evaluación Ambiental de Lanzarote y La Graciosa se constituye como el órgano de evaluación ambiental actuante en los expedientes de evaluación ambiental estratégica de planes y programas, y de evaluación ambiental de proyectos, en el ámbito competencial insular. En consecuencia con lo anterior, el Consejo de Gobierno Insular, en sesión celebrada el día 8 de julio de 2024 toma acuerdo por el que se resuelve, proceder a la creación de la Unidad denominada “OFICINA DE APOYO AL ÓRGANO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL INSULAR DE LANZAROTE Y LA GRACIOSA”, siendo necesario dotarla de personal suficiente para llevar a cabo y desarrollar las funciones y trabajos encomendados a la misma. ACTA DEL PLENO desarrollo sostenible y atención a la ciudadanía. Su actividad debe ser cada vez más eficiente con el entorno social y ambiental debiendo respetar y mejorar, al tiempo que deben velar por el desarrollo profesional y el bienestar laboral de las personas que desarrollan su actividad profesional como empleados públicos. Los aspectos mencionados forman parte de los objetivos de la Corporación y supondrá acometer cambios en la estructura organizativa y de funcionamiento, sin menoscabo del estricto cumplimiento de la legalidad.  El Cabildo de Lanzarote se ha comprometido a la aplicación de los mismos criterios que inspiran el concepto de responsabilidad social y hacerlo, además, con un carácter de ejemplaridad. Anexo 14 provocada por la gestión de los mencionados fondos, pudiéndose crear unidades administrativas de carácter provisional por razones de eficiencia y eficacia, proceder al nombramiento de funcionarios interinos de programa, atribución temporal de funciones, movilidad funcional así como reasignación y/o redistribución de efectivos.  Adicionalmente, en la elaboración del presupuesto para el ejercicio 2025 se han incorporado Convenios de Empleo y Programas con financiación afectada. 1. En el año 2025, las retribuciones del personal al servicio del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote, no podrán experimentar incremento alguno respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2024, en términos de homogeneidad para los dos períodos de la comparación, sin perjuicio de la aplicación como máximo porcentaje de actualización que establezca la normativa básica del Estado, en los términos que se acuerden por el Consejo de Gobierno Insular , conforme, entre otros criterios , a la disponibilidad presupuestaria. 2. Las retribuciones del personal funcionario se ajustan a lo previsto en el artículo 19 cinco y seis de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023; adicionalmente, en el caso del personal 5 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 En lo no dispuesto en la mencionada normativa nos remitiremos a los criterios , directrices y calendario para la elaboración del Presupuesto 2025 aprobados por el Consejo de Gobierno Insular con fecha de 12 de septiembre de 2024 y sus Bases de Ejecución. Cabe destacar, en todo caso, el respeto y aplicación de los principios de actuación de las Administraciones públicas, destacando entre ellos, en lo que se refiere a la provisión que formulamos de los gastos de personal: la racionalización, la responsabilidad, eficacia en cumplimiento de economía, suficiencia y adecuación de los medios a los fines institucionales, así como la eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 386 de 534 El Capítulo I del Presupuesto del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote para el ejercicio 2024 ha sido elaborado cumpliendo con las previsiones y disposiciones contenidas en la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, a la vista de que para el ejercicio 2025 no se ha aprobado disposición normativa que pueda afectar a los gastos de personal del sector público y teniendo en cuenta que, no consta tampoco Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el 2025 al menos, hasta la fecha de emisión de este informe. ACTA DEL PLENO Considerando lo anterior, a continuación, se exponen los criterios generales a destacar que han sido considerados en la cuantificación de la previsión de gastos presupuestarios para el ejercicio 2025 en materia de personal: Anexo 14 4. La transformación de plazas imprescindibles, su cobertura y la formalización de nombramientos y contratos temporales, que legalmente lo permitan, vinculados servicios imprescindibles y necesarios, sectores prioritarios y Proyectos específicos de necesaria ejecución, se ha contemplado en los gastos de personal para 2025. Para aquellos casos en los que se prevé que la cobertura no es inminente al inicio del ejercicio, en aplicación de los criterios de racionalización, suficiencia y eficiencia de los recursos públicos se ha cuantificado sus dotaciones presupuestaria, a fin de permitir la realización de la actividad en base a la planificación prevista necesaria y contribuyendo a la contención del crecimiento y todo ello siempre dentro de los límites legales de crecimiento presupuestario en materia de gastos de personal. Para la propia Corporación Insular, dado que se está llevando a cabo un análisis por Áreas y servicios, se ha contemplado disponibilidad presupuestaria, para que dentro del marco del Capítulo I se pueda abordar en el ejercicio 2025 esas creaciones de puestos imprescindibles en 6 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 387 de 534 3. Durante el año 2025, seguirán criterios de racionalidad y sostenibilidad en orden a la contratación de personal temporal y nombramiento de funcionarios interinos, que deberán responder a necesidades excepcionales, urgentes e inaplazables, o exigidas por imperativo legal, sin perjuicio de los que se correspondan con proyectos de fomento de empleo, y otros proyectos cofinanciados o financiados externamente, o para la gestión de fondos europeos y otros; así como aquellas contrataciones y nombramientos vinculados a otros Proyectos y necesidades de funcionamiento de esta Administración Insular como motor de la economía de la Isla, en los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales, como entre otros los servicios socio sanitarios y de atención a los menores y mujeres víctimas de violencia de género, respetando siempre lo previsto en las normas presupuestarias del Estado y de la Comunidad Autónoma de Canarias para el ejercicio 2025 y previendo que las incorporaciones de personal temporal o interino durante el ejercicio 2025 se financie, con carácter general, mediante la redistribución de créditos derivados de economías del Capítulo I “Gastos de Personal” u otras fuentes de financiación externa. ACTA DEL PLENO laboral, se cumple con lo previsto en el apartado cuarto del referido artículo 19 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, habida cuenta la homogenización existente en el ámbito del personal laboral con el personal funcionario, como empleados públicos atendiendo al grupo, funciones y condiciones de trabajo, incluida la antigüedad circunscrita siempre a la prevista como máximo para los funcionarios públicos; asimismo se ha tenido en cuenta el incremento retributivo del artículo 6 del Real Decreto Ley 4/2024. Anexo 14 7. La aprobación de Oferta de Empleo Público en 2025 se realizará dentro de los porcentajes de tasa de reposición prevista legalmente y si correspondiera las adicionales por sectores prioritarios y la reducción de la tasa temporalidad del personal. Asimismo, tras la finalización en el ejercicio 2024 de los procesos extraordinarios de estabilización del empleo público, lo cual es un logro importantísimo para esta Corporación, ya que esta culminación se produce no solo en el ámbito del Cabildo Insular de Lanzarote, sino también en todo su sector público insular, dando cumplimiento al mandato de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, sin que implique incremento global de los gastos de personal, se priorizarán: las nuevas convocatorias de acceso libre y promoción interna según OEP 2024 así como todas aquellas que están en plazo de ser ejecutadas de ejercicios anteriores. 8. Habida cuenta que no existe al momento actual nueva norma, anteproyecto o proyecto, ni acuerdo, que explicite el posible incremento de retribuciones para los empleados públicos en el presente ejercicio 2025, a excepción de lo ya establecido en la Resolución del 14 de noviembre de 2022 de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el “Acuerdo Marco para una Administración del Siglo XXI”, y que además quedarían por materializar en su caso los atrasos correspondientes a 2024, del 0,5 % como incremento 7 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 388 de 534 6. Además, se constata que el Capítulo I “Gastos de Personal” del Presupuesto 2025 cumple con los límites establecidos en el artículo 7 del Real Decreto 861/1986 de 25 de abril por el que se establece el régimen de las Retribuciones de los Funcionarios de la Administración Local. ACTA DEL PLENO 5. La ejecución de proyectos para el fomento del empleo tiene carácter prioritario y que en su mayoría se financian total o parcialmente mediante subvenciones concedidas por el Servicio Canario de Empleo u otros Organismos, sin embargo, alguna de las líneas de subvención a las que este Cabildo ha presentado proyectos para obtener financiación, por distintos motivos, aún no se ha efectuado por los Organismos competentes y en consecuencia, no se dispone de toda la información respecto a la fecha prevista de inicio de algunos de los referidos proyectos, el coste salarial de los mismos o el importe de la financiación afectada con el que contaría. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 sectores prioritarios y de apoyo jurídico administrativo necesario ya para la adecuada gestión de los recursos públicos. La reducción de la temporalidad en las plazas estructurales del empleo público se perseguirá a través de no superar la tasa del 8%. Anexo 14 Sin perjuicio de lo reseñado en los puntos anteriores, existen factores de no homogeneidad que justifican que el Capítulo I “Gastos de Personal” del Presupuesto de esta Corporación para el ejercicio 2025 incremente un 7,22% (3.145.000,00€). Tales factores son principalmente los siguientes: 1. Partimos del incremento retributivo consolidado del 2% con efectos desde el 1 de enero del 2024, en las retribuciones del personal al servicio del sector público, según se dispone en el art. 6.1 del Real Decreto- ley 4/2024, de 26 de junio por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social, incluído y devengado durante el ejercicio 2024 y por tanto si está incluido en el Capítulo I del Presupuesto 2025. 2. Incremento retributivo adicional y consolidable del 0,5 %, que se incluye en el Capítulo I "Gastos de Personal" del Presupuesto 2025, habida cuenta de que existe una altísima probabilidad del cumplimiento de las condiciones para su devengo, esto es, que si la suma de la variación del IPCA de los años 2022, 2023 y 2024 superara el 8 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 389 de 534 De cumplirse las condiciones legales para su abono, es por lo que siguiendo criterios de técnica presupuestaria, como en anualidades anteriores se consigna en cada plaza el incremento del 0,5%, así como se procede a consignar contablemente una cuantía estimativa en el Fondo de Contingencia, para la utilización en su caso, de ser necesario condicionado a la aprobación de la norma estatal que lo autorice, y a que se adopte el Acuerdo del Consejo de Gobierno Insular para su aplicación en el ámbito de la Corporación y sus Organismos Autónomos y Consorcios. Todo ello según lo contenido en la Orden HAP/419/2014, de 14 de marzo, por la que se modifica la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales, que regula en su art. 50 de “Dotación al Fondo de Contingencia de ejecución presupuestaria”(dentro del capítulo V de la clasificación económica del presupuesto de gastos). En dicho Fondo se podrá dotar la previsión de los incrementos retributivos para que, con cargo al mismo, se pueda articular las posibles modificaciones futuras, ya que ese fondo lo único que hace es dotar del crédito presupuestario a dichas previsiones. ACTA DEL PLENO complementario al 2% ya aplicado en el ejercicio 2024, previsto en el Real decreto-Ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social, desde 1 de enero de 2024. Anexo 14 incremento retributivo fijo acumulado de 2022, 2023 y 2024 establecido en la Resolución de 14 de noviembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el «Acuerdo Marco para una Administración del siglo XXI» y que, en su caso, se aplicaría en el ejercicio 2025. En consecuencia, su inclusión es una previsión legalmente prevista que no implica su abono hasta tanto se apruebe la norma estatal que lo autorice, pero que, por su inmediatez, dado el cumplimiento de la condición en el momento actual se aconseja tal previsión en 154.870,83€ en concepto de retribuciones y 46.641,25€ de seguridad social derivada en 2025. 9 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 390 de 534 4. Según el Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, de Seguridad Social, y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad, respecto a la actualización del tope máximo y mínimo de las bases de cotización en el sistema de la Seguridad Social, se recuperan las bases que se habían previsto para 2025. Así, el artículo 66 de este nuevo Real Decreto-Ley establece que: Para el ejercicio 2025, y hasta la aprobación de la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado, las bases mínimas de cotización, de los grupos de cotización de los regímenes que las tengan establecidas, se incrementarán de forma automática en el mismo porcentaje que lo haga el salario mínimo interprofesional incrementado en un sexto, las bases máximas de cada categoría profesional y el tope máximo de las bases de cotización se fijarán aplicando el porcentaje previsto para la revalorización de pensiones al que se sumará el establecido en la disposición transitoria trigésimo octava del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Correspondiendo la cantidad de 90.720€ como incremento por el tope máximo para este 2025. No se contempla, sin embargo, en el nuevo Real Decreto-ley referencia alguna al salario mínimo interprofesional, que sí se establecía en el artículo 87 del derogado Real Decreto-ley 9/2024, que preveía la prórroga de la vigencia del Real Decreto 145/2024, de 6 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2024 hasta tanto se aprobara el real decreto por el que se fijara ese SMI, de acuerdo con lo previsto en el artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores. No obstante, a la fecha de la elaboración del presente informe se tiene conocimiento de que el Ministerio de Trabajo y Sindicatos han firmado el acuerdo de subida del SMI para 2025. Con esta medida, el salario mínimo pasa de 1.134 euros a 1.184 euros brutos mensuales en 14 pagas (16.576 euros anuales), lo que supone 50 euros más al ACTA DEL PLENO 3. Incremento por el devengo de nuevos trienios de antigüedad así como atrasos de los mismos, del personal al servicio de esta Corporación por importe de 18.040,88€, así como, 4.554,14€ euros correspondientes a la cotización a la seguridad social, que totalizan 22.595,02 €. Anexo 14 mes y 700 euros más al año. La medida para ser aplicada debe ser aprobada formalmente en el Consejo de Ministros y entrará en vigor con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2025, una vez publicada en el BOE. 8. Existe asimismo en esta Administración una considerable litigiosidad, en reclamación de diversos derechos y/o reconocimiento de situaciones, en unos casos de carácter individualizadas y en otros casos de carácter colectivo, pero, fundamentalmente, en reclamación de cantidades derivadas de consolidación de grado personal, complementos dejados de percibir, suspensión de pactos y acuerdos con reconocimientos retributivos específicos, que han dado lugar al dictado de sentencias que exigen la incorporación a nómina de los mismos con carácter permanente y que, con motivo de la aprobación de la RPT, deberán ser considerados para llevar a cabo las regularizaciones salariales pertinentes, pero que obligan a mantener las partidas presupuestarias en los términos que se indican en los anexos presupuestarios y en el presente informe. Durante el ejercicio 2024 se ha abonado la cantidad de 420.940,66€ en concepto de diferencias salariales por categoría y de antigüedad derivado de esos derechos reconocidos a los empleados públicos judicialmente. Así mismo el coste de seguridad Social correspondiente asciende a 134.911,19€, así como 26.144,08 € correspondiente a interes de demora. Total: 581.995,93€. Se ha previsto para la anualidad 2025, con el incremento del 0,5% la cantidad correspondiente dado que por mandato judicial habrá que seguir abonando mientras subsistan las misma condiciones por las que fueron concedidas. 10 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 7. Así , el incremento en en todos los conceptos relativos a gastos en Seguridad Social respecto a la anualidad 2024 asciende a la cantidad de 851.699,42€ para el 2025. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 391 de 534 6. Desde el 1 de enero de 2025, conforme a lo dispuesto en el artículo 19 bis y en la disposición transitoria cuadragésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, se deberá efectuar una cotización por el importe de las retribuciones a las que se refiere el artículo 147 del citado texto refundido, que supere el importe de la base máxima de cotización establecida para las personas trabajadoras por cuenta ajena del sistema de la Seguridad Social a los que resulte de aplicación dicho artículo. Así en aplicación de la cotización adicional de solidaridad se consigna una previsión de 12.865,92€ por dicho concepto. ACTA DEL PLENO 5. Para el ejercicio 2025, la cotización correspondiente al Mecanismo de Equidad Intergeneracional de acuerdo con la disposición transitoria cuadragésima tercera del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, será de 0,80 puntos porcentuales. Cuando ese tipo de cotización deba ser objeto de distribución entre empresa y trabajador, el 0,67 por ciento será a cargo de la empresa y el 0,13 por ciento a cargo del trabajador. Correspondiendo la cantidad estimada de 22.105,43 €. En base a lo expuesto anteriormente, la cuantía del Presupuesto de Capítulo I del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote para 2025 ha aumentado un 7,22% (3.145.000,00€) respecto al 2024 (43.555.000,00€), último Presupuesto aprobado de la Corporación. El total de los gastos de personal (Capítulo I) del Presupuesto del Cabildo para el ejercicio 2025 asciende a 46.700.000,00€. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 9. Incremento de efectivos de la plantilla no estructural, como consecuencia, por un lado, de la ejecución de programas que motivaron su nombramiento o contratación y, por otro lado, a la cobertura de puestos de trabajo de la Plantilla Estructural cuyas funciones estaban siendo desempeñados por personal temporal desde el ejercicio 2024 debido a la necesidad urgente e inaplazable del inicio de nuevos programas temporales específicos, cuya realización es obligatoria dentro del marco de las competencias propias de esta Corporación, mientras se realizan los correspondientes procesos selectivos para su cobertura por personal funcionario de carrera o laboral fijo, de conformidad con el Art. 19 dos en relación con el Art. 20. Cinco de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023. Así nos encontramos con un incremento del número de funcionarios interinos bien por exceso o acumulación de tareas (Art. 10.1.d) o de programa (Art. 10.1.c del TREBEP) ascendiendo el mismo a la cantidad de 1.891.018,08€ correspondiendo 1.428.529,47€ a retribuciones y 462.488,61 a Seguridad Social. ACTA DEL PLENO Anexo 14 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 392 de 534 Así los factores en los que se generan los cambios son principalmente los siguientes: GASTO CAPÍTULO I 2025-2024 2025 PLAZAS Y SUSTITUCIONES 2024 DIFERENCIA 45.374.198,11 42.122.820,55 3.145.000,00 221.16204 ACCIÓN SOCIAL 2022 200.000,00 100.000,00 100.000,00 221.16204 AYUDA ESTUDIOS 2023 100.000,00 100.000,00 0,00 60.000,00 60.000,00 0,00 386.801,89 385.416,62 1.385,27 221.16008 ASISTENCIA MÉDICO FARMACÉUTICA FUNCIONARIOS 80.000,00 80.000,00 0,00 221.16103 PENSIONES EXCEPCIONALES FUNCIONARIOS 298.000,00 382.179,45 84.179,45 70.000,00 70.000,00 0,00 221.130 RECONOCIMIENTO TRIENIOS /SERVICIOS PREVIOS 221.16205 SEGURO VIDA PERSONAL CORPORACIÓN 221.16009 OTRAS CUOTAS P.R.L. Y 11 Anexo 14 VIGILANCIA DE LA SALUD 221.130 ADECUACIÓN RETRIBUTIVA TRANSITORIA 221.130 EJECUCIÓN SENTENCIAS 50.000,00 70.000,00 20.000,00 150.000,00 150.000,00 0,00 PROYECTO/ PROGRAMA PFAE, “Servicios Tecnológicos” APORTACIÓN DEL SERVICIO CANARIO DE EMPLEO (IMPORTE SUBVENCIONABLE) Subvención solicitada 340.411,50€ APORTACIÓN CABILDO DE LANZAROTE FECHA FINALIZACIÓN A financiar por el Cabildo: 58.834,87€ 08/03/2025 Proyecto: Según Resolución del 03 de diciembre de 2019 de la Directora del Servicio Canario de Empleo, por la que se conceden subvenciones destinadas al desarrollo de proyectos generadores de empleo, en colaboración con los Cabildos Insulares de la Comunidad Autónoma de Canarias en el ejercicio 2019, en los que se incorporen planes de formación que mejoren la empleabilidad de los trabajadores participantes, dentro del programa de Garantía Juvenil, el Cabildo de Lanzarote ha sido beneficiario con el proyecto denominado “Lanzarote Sostenible IV”. Objeto de la subvención: Los principales beneficiarios de los proyectos son jóvenes sujetos del SNGJ, con formación deficitaria, sin el título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria (ESO), a las que se les facilitará formación dirigida preferentemente a la adquisición, en su caso, de las competencias básicas que le posibilite el acceso a la obtención del título de graduado en ESO y/o formación dirigida a la adquisición de competencias clave que faciliten el acceso a la obtención de certificados de profesionalidad. El 60% restante de la jornada se destinará a la realización de obras o servicios catalogados de interés general y social puesto que se intervendrá en espacios públicos y zonas naturales en 12 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 393 de 534 Objeto de la subvención: Favorecer la empleabilidad de 15 jóvenes desempleados menores de 30 años con estudios secundarios obligatorios, a través de la formación y la experiencia en el sector tecnológico, mediante la formación del certificado de profesionalidad de sistemas microinformáticos de nivel 2 y la formación complementaria correspondiente. ACTA DEL PLENO Proyecto: Según Resolución de la Presidencia del Servicio Canario de Empleo por la que se convocan subvenciones destinadas a la financiación de proyectos de formación en alternancia con el empleo para el ejercicio 2023, de fecha 4 de diciembre de 2023. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 El importe total previsto por esta Corporación relacionados con gastos del personal laboral temporal contratados para diferentes Convenios y Proyectos de Empleo cuya finalidad es la del fomento del empleo asciende a la cantidad de 235.844,82€ atendiendo al siguiente desglose: Anexo 14 labores de conservación, limpieza y mantenimiento. En definitiva, “Lanzarote Sostenible IV”, permite por un lado la adquisición de experiencia por parte de los alumnos participantes y contribuye por otro, a la realización de servicios de utilidad colectiva que redundan en beneficio de la sociedad. Se favorece la empleabilidad de 41 personas desempleadas. PROYECTO/ PROGRAMA Garantía Juvenil”Lanzarote Sostenible IV” APORTACIÓN DEL SERVICIO CANARIO DE EMPLEO (IMPORTE SUBVENCIONABLE) Subvención solicitada 436.639,30 € APORTACIÓN CABILDO DE LANZAROTE FECHA EJECUCIÓN A financiar por el Cabildo: 235.844,82 € 30/12/2024- 29/12/2025 Entre el personal del Cabildo de Lanzarote existe un colectivo en el ámbito socio sanitario, que presta sus servicios en la Consejería de Derechos Sociales, sujeto al Convenio de Sanidad y Bienestar Social. Este personal, percibe las cuantías correspondientes al concepto de Carrera Profesional en virtud de la Disposición Final del Convenio Colectivo de Sanidad y Servicios Sociales del Cabildo Insular de Lanzarote. Para ello, y en previsión de la realización de una convocatoria por el procedimiento ordinario, se mantiene inalterable la consignación en el presente presupuesto para su devengo durante la anualidad 2025 ascendiendo a la cantidad de 39.243,40€ Previsión de 386.801,89€ en concepto de aportaciones para la cobertura del seguro de vida del personal del Cabildo que cubre invalidez y fallecimiento del personal y Órganos de 13 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 394 de 534 Se recoge la cantidad de 200.000,00€ para el 2024 en el programa de Gastos de Acción Social, en atención al art. 6 del Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social, que establece que “sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados 1 a 4 de este artículo, los gastos de acción social y la productividad o retribución variable del personal laboral se determinaran en términos de homogeneidad respecto al número de efectivos”. Esta medida se toma en previsión de la posible próxima incorporación del personal adscrito al Convenio Colectivo de Sanidad y Bienestar Social del Cabildo de Lanzarote, a ser beneficiarios del Programa de Acción Social del Personal adscrito al Convenio Colectivo del Personal laboral al servicio directo del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote, según acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio de Sanidad y Bienestar Social de fecha 11.04.2023 relativo a las ayudas de acción social para dicho colectivo y tras la modificación de los artículos del convenio relativos a este asunto (Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 139, viernes 17 de noviembre de 2023). ACTA DEL PLENO Se mantiene inalterable la dotación para Incentivo de estudios para hijos de empleados públicos con 100.000€. Anexo 14 Gobierno. Se ha previsto para la anualidad 2025, la cantidad de 150.000€ en previsión de posibles reclamaciones de los empleados públicos y que resulten favorables a los mismos por sentencia judicial. Previsión de 298.000€, en concepto de Aportaciones Extraordinarias al Plan de Pensiones Excepcionales de esta Corporación, incrementando otros conceptos de acción social por posible variación de efectivos. No obstante, se ha considerado que se tiene suficiente cobertura presupuestaria para 2025. Se contempla para aquello casos en que proceda, crédito para reconocer la consolidación de grado de determinados funcionarios conforme al artículo 3 del RD 861/1986, de 25 de abril, por el que se establece el Régimen de las Retribuciones de los funcionarios de Administración Local, establece respecto del Complemento de Destino que "Dentro de los límites máximo y mínimo señalados, el Pleno de la Corporación asignará nivel a cada puesto de trabajo atendiendo a criterios de especialización, responsabilidad, competencia y mando, así como a la complejidad territorial y funcional de los servicios en que esté situado el puesto". Como ya hemos mencionado anteriormente, el coste total de la plantilla (retribuciones y seguridad social) asciende a 45.374.198,11€. En el año 2024 el coste fue de 42.122.820,55€, siendo la diferencia entre los dos ejercicios la cantidad de 3.145.000,00€. Durante el año 2025 se transformarán un número de plazas equivalente, al menos, al de las 14 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 395 de 534 Previsión de 60.000€ para posibles reclamaciones de reconocimiento de trienios-servicios previos, de los empleados públicos. ACTA DEL PLENO Se contempla una partida por importe de 50.000€ para posibles Adecuaciones Retributivas Transitorias en previsión de proceder al abono de las cuantías correspondientes, según el acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 14 de enero de 2016, así como sus posteriores modificaciones aprobadas a los empleados públicos que desarrollen funciones de responsabilidad en atención a la singularidad de los puestos que ocupan. Se trata de “una adecuación retributiva que con carácter singular y excepcional, resultan imprescindibles por el contenido de los puestos de trabajo, por la variación del número de efectivos asignados a cada programa o por el grado de consecución de los objetivos fijados al mismo”. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Se refleja la cantidad de 70.000€ para la adjudicación del contrato de Prevención de Riesgos Laborales y Vigilancia de la Salud, que actualmente está en trámite el expediente para la nueva licitación. Anexo 14 jubilaciones o vacantes por otras circunstancias que se produzcan, salvo en los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales. El Cabildo de Lanzarote cuenta para el 2025 con una plantilla de 706 plazas (538 con vínculo de Personal Laboral y 168 Funcionarial). Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 396 de 534 ACTA DEL PLENO A modo de resumen se inserta cuadro comparativo del Capitulo I así como de la Plantilla General de Empleados Públicos para las anualidades 2024/2025. 15 Anexo 14 CAPITULO I PERSONAL COMPARATIVA EJERCICIOS 2024/2025 PRESUPUESTO 2024 2025 43.555.000,00 € 46.700.000,00 € PLANTILLA GENERAL EMPLEADOS PÚBLICOS 2024 2025 PLAZAS VÍNCULO PERSONAL LABORAL 529 PERSONAL FUNCIONARIO 134 142 PROVISIÓN POR PROMOCIÓN INTERNA AL PERSONAL LABORAL FUNCIONARIO LABORAL FUNCIONARIO 9 26 9 26 TOTAL: 16 706 TOTAL: 706 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 397 de 534 537 ACTA DEL PLENO 3.145.000,00 € Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 DIFERENCIA Anexo 14 PLANTILLA POR COLECTIVOS DEL CABILDO DE LANZAROTE DIFERENCIA ALTOS CARGOS 10 10 0 PERSONAL EVENTUAL 13 13 0 FUNCIONARIOS 160 168 -8 LABORAL 546 538 8 TOTAL 729 729 0 El art. 74 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público -TREBEP- regula la relación de puestos de trabajo estableciendo que "Las Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su caso, a que estén adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias. Dichos instrumentos serán públicos.". El art. 90.1 LRBRL dispone que "corresponde a cada Corporación local aprobar anualmente, a través del Presupuesto, la plantilla, que deberá comprender todos los puestos de trabajo reservados a funcionarios, personal laboral y eventual. Las plantillas deberán responder a los principios de racionalidad, economía y eficiencia y establecerse de acuerdo con la ordenación general de la economía, sin que los gastos de personal puedan rebasar los límites que se fijen con carácter general". Así mismo, el artículo 92 de la LRBRL establece que: “con carácter general, los puestos de trabajo en la Administración Local y sus Organismos Autónomos serán desempeñados por personal funcionario” Dado que el Cabildo de Lanzarote no dispone actualmente de RPT aunque se encuentra inmerso en la elaboración de la misma, se han transformado las siguientes plazas con el fin de cumplir con el objetivo de dar cobertura a la necesidad de cubrir determinadas categorías, o plazas/puestos, que resultan esenciales para prestar una atención al ciudadano de forma más eficiente y ágil, aunque el Cabildo, con carácter ordinario entiende que las necesidades de personal han de atenderse, preferentemente, mediante el cambio de adscripción de puesto de trabajo, la redistribución de efectivos, la atribución temporal de funciones, tanto en el ámbito funcionarial, como en el ámbito de personal laboral, mediante la movilidad funcional. Únicamente, cuando tales medidas resulten inviables- imposibilidad que habrá de motivarse en el expediente-, deberá acudirse, de manera extraordinaria, a la selección de personal temporal con vínculo laboral o funcionarial. 17 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 CABILDO DE LANZAROTE 2025 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 398 de 534 CABILDO DE LANZAROTE 2024 TIPO DE EMPLEADOS ACTA DEL PLENO PLANTILLA POR COLECTIVOS DEL CABILDO DE LANZAROTE Anexo 14 En los siguientes cuadros se recogen a modo de resumen los cambios en la Plantilla de 2024 con respecto a 2025, debido a la transformación de unas plazas en otras. EJERCICIO/2025 Plazas Transformadas 18 Escala Número Nueva Descripción de la Plaza Grupo de 2025 Plazas Vínculo Escala 1 Criminólogo 4 (IV) PL - 1 Técnica / Técnico Administración General A1 F - 1 Diplomado 2 (II) PL - 1 Técnica / Técnico Superior Económico A1 F A.E. 1 Operador de Sistemas 3 (III) PL - 1 Administrativa / Administrativo C1 F A.G. 1 Auxiliar Administrativo 4 (IV) PL - 1 Administrativa / Administrativo C1 F A.G. 1 Auxiliar Administrativo 4 (IV) PL - 1 Ingeniera / Ingenero Superior Telecomunicaciones A1 F A.E. 2 Auxiliar Administrativo 4 (IV) PL - 2 Administrativa / Administartivo C1 F A.G. 1 Auxiliar Administrativo 4 (IV) PL - 1 Auxiliar Administrativa / Administrativo C2 F A.G. 1 Encargada / Encargado 4 (IV) PL - 1 Matarife 4 (IV) PL - 2 Oficial de Servicios 4 (IV) PL - 2 Matarife 4 (IV) PL - 1 Oficial de Servicios 4 (IV) PL - 1 MonItora / monitor 4 (IV) PL - 1 Peona / Peón Servicio 5 (V) PL - 1 Oficiala / Oficial de Servicio 4 (IV) PL - 1 Peón Ordinario 5 (V) PL - 1 Oficiala / Oficial de Servicio 4 (IV) PL - 1 Inspectora / Inspector Medio Ambiente C1 F A.E. 1 Agente Medio Ambiente C1 F A.E 1 Auxiliar Administrativo C2 F A.G. 1 Administrativa / Administartivo C1 F A.G. 1 Ordenanza / Notificador E F A.G. 1 Aux. Adtv. Nofificadora / Notificador C2 F A.G. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Vínculo Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 399 de 534 Número Descripción de la Plaza 2024 Grupo de Plazas ACTA DEL PLENO Plantilla General Anexo 14 EJERCICIO/2025 Plantilla Personal Funcionario Número Descripción de la Plaza 2024 Grupo de Plazas Vínculo Escala 1 Inspectora / Inspector Medio Ambiente C1 F A.E. 1 Agente Medio Ambiente C1 F A.E. 1 Auxiliar Administrativo C2 F A.G. 1 Administrativa / Administartivo C1 F A.G. 1 Ordenanza / Notificador E F A.G. 1 Aux. Adtv. Nofificadora / Notificador C2 F A.G. 3 TOTAL 3 TOTAL Número Nueva Descripción de la Plaza Grupo Vínculo de 2025 Plazas Escala Escala Número Nueva Descripción de la Plaza Grupo Vínculo de 2024 Plazas Escala 1 Criminólogo 4 (IV) PL - 1 Técnica / Técnico Administración General A1 F - 1 Diplomado 2 (II) PL - 1 Técnica / Técnico Superior Económico A1 F A.E. 1 Operador de Sistemas 3 (III) PL - 1 Administrativa / Administrativo C1 F A.G. 1 Auxiliar Administrativo 4 (IV) PL - 1 Administrativa / Administrativo C1 F A.G. 1 Auxiliar Administrativo 4 (IV) PL - 1 Ingeniera / Ingenero Superior Telecomunicaciones A1 F A.E. 2 Auxiliar Administrativo 4 (IV) PL - 2 Administrativa / Administartivo C1 F A.G. 1 Auxiliar Administrativo 4 (IV) PL - 1 Auxiliar Administrativa / Administrativo C2 F A.G. 1 Encargada / Encargado 4 (IV) PL - 1 Matarife 4 (IV) PL - 2 Oficial de Servicios 4 (IV) PL - 2 Matarife 4 (IV) PL - 1 Oficial de Servicios 4 (IV) PL - 1 MonItora / monitor 4 (IV) PL - 1 Peona / Peón Servicio 5 (V) PL - 1 Oficiala / Oficial de Servicio 4 (IV) PL - 1 Peón Ordinario 5 (V) PL - 1 Oficiala / Oficial de Servicio 4 (IV) PL - 14 TOTAL 14 TOTAL ACTA DEL PLENO Vínculo Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 400 de 534 Número Descripción de la Plaza 2023 Grupo de Plazas Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 EJERCICIO/2025 Plantilla Personal Laboral 19 Anexo 14 PLANIFICACIÓN Y ORDENACIÓN DE RECURSOS HUMANOS El personal del Cabildo de Lanzarote será el pilar básico para poder llevar a cabo todas las actuaciones que se derivan del presupuesto y es por ello, que atenderemos a un análisis sobre su racionalización y correcta distribución entre las distintas consejerías, atendiendo a su dimensionamiento y trabajo a desarrollar, a la motivación adecuada para el desempeño del trabajo tendiendo al establecimiento de objetivos y de medidas para su cumplimiento, así como a dar permanencia a la plantilla de la Institución ejecutando las distintas Ofertas de Empleo pendientes y el proceso de estabilización y funcionarización. A modo de conclusión y con la finalidad de incrementar la eficiencia en la gestión de los Recursos Humanos del Cabildo de Lanzarote, las medidas a ejecutar en el periodo 20232028, de manera prioritaria, contempladas en el Plan de Ordenación de los Recursos Humanos de esta Administración Local, son las siguientes: 20  Redacción y elaboración del organigrama corporativo.  Elaboración de la Relación de Puestos de Trabajo(RPT).  Proyecto de funcionarización de la Plantilla de acuerdo con el régimen jurídico y las funciones desarrolladas por cada empleado público.  Estudio y diagnóstico de las necesidades de personal de nuevo ingreso para la cobertura de plazas en función d ellas necesidades de la Institución.  Establecimiento de un programa de promoción interna y/o carrera profesional. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 En cualquiera de los casos, los costes de ejecución indicados en el párrafo anterior, que, por indeterminados, se afrontarán con las economías que pudieran resultar del Capítulo I, de modo que no se produzca un incremento del mismo, pero que, al propio tiempo no impida ejecutar las resoluciones recaídas o pendientes de ser dictadas y los acuerdos que en tal sentido se adopten. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 401 0 de 534 Existe asimismo en esta Administración reclamaciones de diversos derechos y/o reconocimiento de situaciones, en unos casos de carácter individualizadas y en otros casos de carácter colectivo, pero, fundamentalmente, relacionadas con reclamación de cantidades derivadas de consolidación de grado personal, complementos dejados de percibir, suspensión de pactos y acuerdos con reconocimientos retributivos específicos, que han dado lugar al dictado de sentencias que exigen la incorporación a nómina de los mismos con carácter permanente y que, con motivo de la aprobación de la RPT, deberán ser considerados para llevar a cabo las regularizaciones salariales pertinentes, pero que obligan a mantener las partidas presupuestarias en los términos que se indican en los anexos presupuestarios y en el presente informe. ACTA DEL PLENO El presupuesto dedicado a gastos de personal en relación al Presupuesto Total del Cabildo de Lanzarote para el 2025, es de un 22,33 % frente al 23,01% del ejercicio 2024.  Estudio diagnóstico sobre la edad de los empleados públicos para la elaboración de un plan generacional como instrumento base para el planteamiento de medidas y estrategias adecuadas.  Así mismo, una vez efectuada la aprobación del Presupuesto 2025 tramitar la correspondiente Oferta de Empleo Pública para proceder a la cobertura a las plazas vacantes que correspondan teniendo en cuenta la normativa vigente. El artículo 72 del TREBEP determina la necesidad de acometer el proceso de estructuración de los recursos humanos en cada Administración Pública, en el marco de sus competencias de autoorganización. Es decir, el empleado público sirve a la función, para lo que resulta necesario caracterizar el elemento fundamental de la relación de servicio, el puesto de trabajo, entendido como la pieza objetiva de la organización que conecta al empleado público con la misma. Se destaca de este artículo 72, el derecho a la autoorganización como la capacidad a la que no debe renunciar ninguna Administración para dar cumplimiento de las funciones y competencias que debe desarrollar, siendo la Relación de Puestos de Trabajo o documento similar el mecanismo que propone el citado texto legal para llevar a cabo la organización de los recursos humanos, a los efectos de ordenar el conjunto de puestos de naturaleza estructural que pertenecen al Cabildo Insular. Según la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de 18 de abril de 2012: “(…), en cada Relación de Puestos de Trabajo se determina el perfil objetivo de cada puesto con sus principales características y forma de provisión, y ello atendiendo al programa elaborado por la Administración para el desarrollo de cada servicio público, en que confluyen las facultades discrecionales de organización que corresponden a la misma,… En efecto, corresponde a la Administración tomar la iniciativa de la elección entre las diversas opciones razonables en presencia en cada supuesto, por ser competencia de quien gobierna,..”. Asimismo, siguiendo lo expuesto en la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, de 25 de enero de 2013, “(…), reiterada jurisprudencia ha advertido que la potestad administrativa para aprobar relaciones de puestos de trabajo es una manifestación de la denominada potestad organizatoria entendida como el conjunto de facultades que la Administración ostenta para configurar su estructura, y que es una potestad discrecional, si bien tiene que estar guiada por el interés público y, además y en este campo concreto por los principios de eficacia, coordinación y demás que cita el artículo 103.1 de la Constitución, teniendo que ajustarse también en su actuación y en su elección al respecto a las disposiciones legales de aplicación.” 21 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Homogeneización de las condiciones de trabajo mediante la negociación y aprobación de un Convenio Colectivo Único y un Acuerdo de Funcionarios. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 402 de 534  ACTA DEL PLENO Anexo 14 Anexo 14 Hay que destacar la existencia de plazas dotadas para la promoción profesional de los empleados públicos que se encuentran vacantes, prevista por cubrir por Promoción Interna. 22 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 403 de 534 Complementariamente a lo anterior, y como prioridad en el ámbito de la gestión de recursos humanos, se pretende acometer el proceso para la promoción de los empleados públicos del Cabildo de Lanzarote, como un conjunto de oportunidades que deben ofrecerse para el progreso profesional de los mismos conforme a los principios de igualdad, mérito y capacidad. A tal efecto, y en ejecución de lo dispuesto en Plan de Ordenación para la promoción profesional, durante el presente ejercicio presupuestario se iniciarán, de manera gradual, los procedimientos de funcionarización del personal laboral fijo, en virtud de lo previsto en la Disposición Transitoria Segunda del TREBEP, así como los vinculados a las otras modalidades de promoción interna (vertical y horizontal), teniendo en cuenta los requisitos jurídicos previstos al efecto. ACTA DEL PLENO Como señala la Sentencia del Tribunal Constitucional 8/2010, de 27 de abril: “Las relaciones de puestos de trabajo constituyen un instrumento que disciplina con una cierta vocación de permanencia los puestos del personal al servicio de las Administraciones públicas (STC 48/1998, de 2 de marzo, FJ 4)” “teniendo una posición central y ordenadora de todo el sistema de personal de las distintas Administraciones públicas, cuya existencia y contenido mínimo para las Administraciones de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales también fueron calificados como básicos por el legislador estatal”. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Se define a la Relación de Puestos de Trabajo como la expresión ordenada del conjunto de puestos de trabajo que pertenecen al Cabildo e incluye la totalidad de los existentes independientemente de su naturaleza: personal funcionario, laboral o eventual. La finalidad principal de la Relación de Puestos de Trabajo consiste en estructurar los puestos de una forma más acorde con las necesidades de las distintas Áreas de Gobierno y la prestación de los servicios y actividades insulares con criterios de eficacia y calidad. Anexo 14 ANÁLISIS SOBRE LA PLANTILLA 2025 RESUMEN GENERAL VACANTES: OCUPADAS: 666 TOTAL 706 2025 40 TIPO PLAZA GRUPO - LABORAL 538 1 (I) 99 70 11 247 9 1 4 8 375 115 1 111 35 Promoción Interna Interino - 2022 168 57 22 2 58 29 0 1 7 30 4 12 9 10 17 13 15 40 4 (IV) 5 (V) GRUPO - FUNCIONARIO A1 A2 B C1 C2 A.P. 706 706 PLAZAS PLAZAS Exc. Forzosa Excedencia Volunt. Fija Estabilización 2024 Indefinido Interino - 2023 Interino - 2024 Pte. Oferta 2018 O.E.P. 2019-2021 O.E.P. 2020-2022 O.E.P. 2021-2023 O.E.P. 2022-2024 O.E.P. 2023-2025 O.E.P. 2024-2026 Vacante Los objetivos y las líneas de actuación establecidos por el Área de Recursos Humanos para el 2025 se encuentran vinculados principalmente a mejoras en la estructura organizativa, de gestión de personal, en el funcionamiento, especialmente de los servicios generales de la Corporación, en la racionalización de los procedimientos y la puesta en práctica de sistemas de gestión y dinámicas de trabajo que permitan abordar actuaciones de impacto, relevantes en el ámbito de la normalización, sistematización y simplificación, en coordinación, desarrollo y aplicación de la modernización del Cabildo, con una especial visibilización de la perspectiva de igualdad, atendiendo, a la transversalidad que ostenta el ámbito competencial de este órgano en la Corporación. En este contexto, se acometerán actuaciones que contribuyan a reducir la inercia y costumbre y a propiciar que la labor de nuestro personal se oriente en tareas de valor añadido, que nos permita atender nuestra diversidad interna, en una concepción de mejora de las condiciones de trabajo, fomentando la actividad coordinada, en equipo y con conocimiento compartido. En el ámbito de los recursos humanos, la gestión de personal se configura como un elemento estratégico, para lo cual se abordará en 2025 el establecimiento de la planificación integral que aborde un cronograma de modificación de la estructura organizativa, 24 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 3 (III) Comisión Servicio ACTA DEL PLENO 2 (II) A Extinguir Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 405 de 534 TIPO PERSONAL Anexo 14 formalización del plan de formación, así como el establecimiento y modificación de regulación interna relativa a las coberturas de los puestos, gestión del control horario, sistema de evaluación del desempeño y diseño de carrera horizontal. Esta planificación estratégica establecerá unos hitos a abordar en coordinación y alineación, dada la importancia y relevancia que ostenta la especialización y motivación del personal, que conforma nuestra estructura administrativa. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 406 de 534 Es cuanto tengo el deber de informar, advirtiendo que la opinión técnica recogida en el presente Informe se somete a cualquier otra mejor fundada en Derecho, y no suple en caso alguno a otros informes que se hayan podido solicitar o que preceptivamente se deban emitir para la válida adopción de los acuerdos. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 En cuanto a la materia de salud y prevención de riesgos laborales, se configura como una prioridad en el Servicio de Recursos Humanos. En este sentido, se intentará reforzar los recursos al respecto, tanto desde la perspectiva de personal, como desde el punto de vista de las necesidades vinculadas a los puestos de trabajo, siendo relevante la adquisición de equipos de protección individuales para los distintos colectivos de personal, especialmente los del ámbito de gestión medioambiental y seguridad. ACTA DEL PLENO En el contexto de la realización de los procesos de concurso y convocatorias acceso libre, se prevé avanzar de manera relevante en el ejercicio 2025, para ello se precisa culminar el desarrollo de los módulos de gestión basados en las tecnologías de información y comunicación sobre los que se deben asentar estos procedimientos, que se gestionarán electrónicamente y con la implantación de un gestor de expedientes adecuado. Documento firmado electrónicamente. 25 Anexo 14 ANEXO I (OTROS GASTOS) En lo que se refiere a las actuaciones a llevar a cabo que tienen su correspondencia en los Capítulos: A) GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS Capítulo II El Capítulo II del Servicio de Recursos Humanos contempla los siguientes créditos. CONCEPTOS Anticipos funcionarios 920.83100 120.202,00 Anticipos laborales 920.83101 200.000,00 Dietas miembros Órganos de gobierno 912.23000 4.250,00 Dietas Empleados Públicos 23020 Del personal no directivo Vestuario del personal 9.000,00 1704.22104 425,00 1705.22104 1.700,00 2310.22104 425,00 2312.22104 425,00 2313.22104 4.300,00 2314.22104 2.000,00 3262.22104 1.200,00 330.22104 3.100,00 333.22104 850,00 336.22104 500,00 340.22104 5.100,00 342.22104 4.250,00 410.22104 45.000,00 440.22104 425,00 442.22104 425,00 453.22104 18.000,00 912.22104 850,00 920.22104 9.500,00 26 920.22604 107.475,00 280.250,00 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 1701.22104 Total Jurídicos, contensiosos 33.960,00 31.565,00 17.080,00 ACTA DEL PLENO de los miembros de los órganos de gobierno Del personal directivo Del personal no directivo Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 407 de 534 Locomoción 59.705,00 Anexo 14 Además se han recogido en la aplicación presupuestaria 920.22706. Estudios y trabajos técnicos los créditos necesarios para Servicio de Asesoramiento Técnico en Materia de Recursos Humanos y Organización. Para dar continuidad a la formación y perfeccionamiento del personal en las materias que resulten más relevantes para el adecuado desempeño de los correspondientes puestos de trabajo, se dota la aplicación 920.2279. Otros trabajos realizados por otras empresas y profesionales con crédito suficiente para hacer frente al mismo. B) FONDO DE CONTINGENCIA. (Capítulo V) Las inversiones para el año 2024 cuya gestión funcional se realizará por este Servicio, consisten, fundamentalmente, en: - Aquella que se derive de las nuevas contrataciones previstas para el próximo ejercicio relativas a nuevos desarrollos tecnológicos necesarios para la gestión en materia de Recursos Humanos, tales como la contratación de una aplicación informática para la gestión integral de los procedimientos de Recursos Humanos que se lleven a cabo en este Cabildo. Del mismo modo se contempla para la contratación del control de presencia la cantidad de 16.371€. 27 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 B) INVERSIONES. (Capítulo VI) Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 408 de 534 Dada cuenta de la necesidad de proceder a dar cumplimiento a la ejecución de sentencias pendientes de abonar a los demandantes y puesto que son gastos imprevistos que no han podido ser planificados a la hora de elaborar los presupuestos y por tanto carecen de consignación presupuestaria y que esta Administración no tiene capacidad decisoria sobre los mismos como es el caso de las sentencias y reclamaciones, se ha consignado del mismo modo, crédito para dar respuesta a los imprevistos que en este sentido surjan. ACTA DEL PLENO Con los créditos previstos en el “Fondo de Contingencia y Otros Imprevistos” se estima se podrá hacer frente al abono si procediese del incremento salarial que pudiera corresponder. Anexo 16 PRESUPUESTO CONTABLE ANUAL 1 Empresa Fiscal Programa Ejercicio : 2025 Fecha : 10/02/2025 Págjna : 1 de 19 Presupuesto Económico Descripción Económico Importe 32.004,72 1511 12001 Sueldos del Grupo A2 13.837,08 1511 12004 Sueldos del Grupo C2 8.646,72 1511 12006 Trienios 9.571,67 1511 12009 Otras Retribuciones Básicas 20.239,00 1511 12100 Complemento Destino 38.129,64 1511 12101 Complemento Específico 43.754,40 1511 12103 Otros Complementos 25.324,68 1511 13000 Retribución Personal Laboral 150 Productividad 1511 16000 Seguros Sociales Total Programa Programa 1511 Plan Insular de Ordenación del Territorio 13.940 40 94.949,28 417.177,52 Económico Descripción Económico 1512 13000 Retribución Personal Laboral 1512 16000 Seguros Sociales Total Programa Programa 116.779,93 1512 Ordenación Turística Importe 111.559,68 32.559,60 Cód. Validación: Verificación: https //cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 457 de 534 1511 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 12000 Sueldos del Grupo A1 ACTA DEL PLENO 1511 144.119,28 Económico Descripción Económico Importe 1623 12000 Sueldos del Grupo A1 1623 12009 Otras Retribuciones Básicas 1623 12100 Complemento Destino 12.010,92 1623 12101 Complemento Específico 12.98 1623 12103 Otros Complementos 1623 13000 Retribución Personal Laboral 96.08 1623 16000 Seguros Sociales 48.36 Total Programa Programa 1701 1623 Tratamiento de Residuos 16.002,36 5.812,56 8.04 2 5 8 199.307,61 Económico Descripción Económico 12000 Sueldos del Grupo A1 2 4 Anexo 16 PRESUPUESTO CONTABLE ANUAL Ejercicio : 2025 Fecha : 10/02/2025 Págjna : 2 de 19 1701 12001 Sueldos del Grupo A2 13.837,08 1701 12003 Sueldos del Grupo C1 93.503,16 1701 12006 Trienios 25.018,07 1701 12009 Otras Retribuciones Básicas 59.098,34 1701 12100 Complemento Destino 101.840,64 1701 12101 Complemento Específico 122.784,48 1701 12103 Otros Complementos 1701 13000 Retribución Personal Laboral 1701 16000 Seguros Sociales Total Programa Programa 1701 Medio Ambiente Económico Descripción Económico 1702 13000 Retribución Personal Laboral 1702 16000 Seguros Sociales Total Programa Programa 1702 Protección y Mejora Medio Ambiente:Reserva Biosfera Económico Descripción Económico 5.607,96 470.142,96 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 150 Productividad 911.349,44 1.925.675,25 ACTA DEL PLENO 1701 74.486,04 Importe 333.426 63 96.095,88 429.522,51 Importe 13000 Retribución Personal Laboral 29.650,44 1703 16000 Seguros Sociales 11.023,92 Total Programa Programa 1703 Otras Actuaciones Medio Ambiente:La Graciosa Económico Descripción Económico Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 458 de 534 1703 40.674,36 Importe 1705 12000 Sueldos del Grupo A1 1705 12009 Otras Retribuciones Básicas 1705 12100 Complemento Destino 10.07 1705 12101 Complemento Específico 12.98 1705 12103 Otros Complementos 1705 13000 Retribución Personal Laboral 90.39 1705 16000 Seguros Sociales 46.090,08 Total Programa 1705 Prot.Patr.Geol. (Casa Los Volcanes) 16.002,36 5.48 8.04 6 2 2 2 6 189.090,82 Anexo 16 PRESUPUESTO CONTABLE ANUAL Ejercicio : 2025 Fecha : 10/02/2025 Págjna : 4 de 19 2312 13000 Retribución Personal Laboral 762.505,47 2312 16000 Seguros Sociales 251.005,80 Programa 2312 Bienestar Social. Víctimas Violencia Género Económico Descripción Económico 2313 13000 Retribución Personal Laboral 2313 16000 Seguros Sociales Total Programa Programa 1.042.603,10 2313 Bienestar Social. Dependencia Importe 1.111.551,90 355.548,44 1.467.100,34 Económico Descripción Económico Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Total Programa Importe 12000 Sueldos del Grupo A1 16.002,36 2314 12003 Sueldos del Grupo C1 10.389,24 2314 12009 Otras Retribuciones Básicas 2314 12100 Complemento Destino 17.707,68 2314 12101 Complemento Específico 21.077,76 2314 12103 Otros Complementos 12.719,52 2314 13000 Retribución Personal Laboral 2314 16000 Seguros Sociales Programa 2314 Red Drogodependencias 13000 Retribución Personal Laboral 241 16000 Seguros Sociales Total Programa 241 Fomento del Empleo 13000 Retribución Personal Laboral 320 16000 Seguros Sociales Total Programa 324 597.740,28 2.668.655,50 Importe 182.392,00 50.829,60 233.221,60 Económico Descripción Económico 320 Programa 1.983.412,02 Económico Descripción Económico 241 Programa 9.606,64 320 Administración General de Educación Imp 274.83 77.53 352.36 Económico Descripción Económico 13000 Retribución Personal Laboral Cód. Validac ón: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 460 de 534 Total Programa ACTA DEL PLENO 2314 e 1 2 3 Importe 1.01 Anexo 16 324 16000 Seguros Sociales 324 16204 Acción Social Total Programa Programa 324 Escuela Universitaria Turismo Lanzarote Económico Descripción Económico 3261 13000 Retribución Personal Laboral 3261 131 Retribuciones Laboral Temporal I.T./A.T./Inv./Vacaciones. 3261 16000 Seguros Sociales 3261 16204 Acción Social Total Programa Programa Centro Insular de Enseñanza Musical Económico Descripción Económico 3262 13000 Retribución Personal Laboral 3262 131 Retribuciones Laboral Temporal I.T./A.T./Inv./Vacaciones. 3262 16000 Seguros Sociales Total Programa Programa 3261 3262 Servicios Complementarios: Aula de La Naturaleza Económico Descripción Económico Págjna : 5 de 19 23.115,00 326.940,44 3.066,60 1.365.482,82 Importe 1.117.245,51 16.110,15 367.526,00 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 131 Retribuciones Laboral Temporal I.T./A.T./Inv./Vacaciones. 2025 3.189,72 1.504.071,38 ACTA DEL PLENO 324 Ejercicio : 10/02/2025 Importe 118.089,65 23.115,00 45.335,24 186.539,89 Importe Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 461 de 534 PRESUPUESTO CONTABLE ANUAL Fecha : 330 13000 Retribución Personal Laboral 377.462,86 330 16000 Seguros Sociales 109.848,60 330 16204 Acción Social Total Programa Programa 330 Administración General de Cultura Económico Descripción Económico 3.189,72 490.501,18 Imp e 3321 12003 Sueldos del Grupo C1 10.38 4 3321 12004 Sueldos del Grupo C2 8.64 3321 12006 Trienios 6.64 3321 12009 Otras Retribuciones Básicas 7.57 3321 12100 Complemento Destino 13.053,36 3321 12101 Complemento Específico 14.841,84 3321 12103 Otros Complementos 2 4 6 Anexo 16 PRESUPUESTO CONTABLE ANUAL Ejercicio : 2025 Fecha : 10/02/2025 Págjna : 8 de 19 410 12101 Complemento Específico 40.187,76 410 12103 Otros Complementos 23.185,80 410 13000 Retribución Personal Laboral 1.947.603,62 410 131 Retribuciones Laboral Temporal I.T./A.T./Inv./Vacaciones. 46.316,55 410 150 Productividad 10.842,48 16000 Seguros Sociales 410 16204 Acción Social Total Programa Programa 410 Agricultura y Ganaderia Económico Descripción Económico 734.982,13 3.174,36 2.929.137,51 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 410 Importe 12004 Sueldos del Grupo C2 8.646 72 415 12006 Trienios 1.276,66 415 12009 Otras Retribuciones Básicas 3.503,04 415 12100 Complemento Destino 5.696 76 415 12101 Complemento Específico 6.753,60 415 12103 Otros Complementos 3.435,96 415 13000 Retribución Personal Laboral 73.126,37 415 16000 Seguros Sociales 25.977,24 Programa 415 Protección y desarrollo de los recursos pesqueros Económico Descripción Económico 128.416,35 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 464 de 534 Total Programa ACTA DEL PLENO 415 Importe 425 12000 Sueldos del Grupo A1 16.002,36 425 12001 Sueldos del Grupo A2 13.837,08 425 12006 Trienios 425 12009 Otras Retribuciones Básicas 10.59 425 12100 Complemento Destino 18.48 425 12101 Complemento Específico 24.01 425 12103 Otros Complementos 13.84 425 13000 Retribución Personal Laboral 425 16000 Seguros Sociales Total Programa 425 Energía 2.977,44 153.82 2 6 8 0 9 74.269,56 327.841,39 Anexo 16 PRESUPUESTO CONTABLE ANUAL Programa Económico Descripción Económico 432 13000 Retribución Personal Laboral 432 16000 Seguros Sociales Total Programa Programa Ejercicio : 432 Información y Promoción Turística. Económico Descripción Económico 2025 Fecha : 10/02/2025 Págjna : 9 de 19 Importe 269.102,13 88.161,84 357.263,97 Importe 16.002,36 4331 12004 Sueldos del Grupo C2 8.646,72 4331 12006 Trienios 5.981,38 4331 12009 Otras Retribuciones Básicas 9.814,70 4331 12100 Complemento Destino 17.707,68 4331 12101 Complemento Específico 22.737,60 4331 12103 Otros Complementos 11.483,28 4331 13000 Retribución Personal Laboral 150 Productividad 4331 16000 Seguros Sociales Total Programa Programa 4331 Desarrollo Empresarial. Promoción Económica Económico Descripción Económico 4332 13000 Retribución Personal Laboral 4332 16000 Seguros Sociales Total Programa Programa 4332 Desarrollo Empresarial. Artesanía Económico Descripción Económico 266.102,21 6.101,40 104.588,64 469.165,97 Importe Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 465 de 534 4331 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 12000 Sueldos del Grupo A1 ACTA DEL PLENO 4331 100.907,71 32.422,20 133.329,91 Importe 439 12000 Sueldos del Grupo A1 32.00 439 12003 Sueldos del Grupo C1 10.38 439 12006 Trienios 439 12009 Otras Retribuciones Básicas 15.76 439 12100 Complemento Destino 27.77 439 12101 Complemento Específico 34.067,28 439 12103 Otros Complementos 20.766,84 439 150 Productividad 9.42 2 4 3 8 6 Anexo 16 PRESUPUESTO CONTABLE ANUAL Ejercicio : 2025 Fecha : 10/02/2025 Págjna : 11 de 19 453 12003 Sueldos del Grupo C1 20.778,48 453 12004 Sueldos del Grupo C2 17.293,44 453 12006 Trienios 25.760,32 453 12009 Otras Retribuciones Básicas 52.825,00 453 12100 Complemento Destino 90.523,92 453 12101 Complemento Específico 453 12103 Otros Complementos 453 13000 Retribución Personal Laboral 453 16000 Seguros Sociales Total Programa Programa 453 Carreteras/Parque Móvil 39.869,16 700.014,00 2.799.241,35 Económico Descripción Económico 4911 13000 Retribución Personal Laboral 4911 16000 Seguros Sociales Total Programa Programa 1.559.775,19 4911 Medios Comunicación Social y Relaciones Informativas Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 150 Productividad 68.041,08 ACTA DEL PLENO 453 116.674,80 Importe 141.336 03 45.383,04 186.719,07 Económico Descripción Económico Importe 12000 Sueldos del Grupo A1 16.002,36 493 12003 Sueldos del Grupo C1 10.389,24 493 12006 Trienios 11.809,06 493 12009 Otras Retribuciones Básicas 10.666,32 493 12100 Complemento Destino 19.367,52 493 12101 Complemento Específico 21.077,76 493 12103 Otros Complementos 12.71 493 13000 Retribución Personal Laboral 493 150 Productividad 493 16000 Seguros Sociales Total Programa Programa 912 493 Protección Consumidores y Usuarios. Consumo 115.81 19.40 69.75 307.01 Económico Descripción Económico 10000 Retribuciones Básicas Órg.Gobierno-Personal Direct Cód. Validación: Verificación: h tps://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 467 de 534 493 2 9 0 0 7 Importe 1.01 Anexo 16 PRESUPUESTO CONTABLE ANUAL Ejercicio : 2025 Fecha : 10/02/2025 Págjna : 12 de 19 912 10100 Retribuciones Directores/ Insulares 714.864,46 912 11000 Retribuciones Básicas Personal Eventual 528.852,60 912 12006 Trienios 912 12009 Otras Retribuciones Básicas 288.087,78 912 16000 Seguros Sociales 704.168,64 Total Programa Programa 912 Organos de Gobierno 19.246,04 3.271.259,28 Económico Descripción Económico Importe 336.049,56 920 12001 Sueldos del Grupo A2 46.123,60 920 12002 Sueldos del Grupo B 10.192 40 920 12003 Sueldos del Grupo C1 100.429,32 920 12004 Sueldos del Grupo C2 95.113,92 920 12006 Trienios 95.335 95 920 12009 Otras Retribuciones Básicas 234.406,80 920 12100 Complemento Destino 400.777,64 920 12101 Complemento Específico 558.217,20 920 12103 Otros Complementos 276.160,78 920 13000 Retribución Personal Laboral Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 12000 Sueldos del Grupo A1 ACTA DEL PLENO 920 Cód. Validación: Verificación: h tps://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 468 de 534 2.664.068,11 920 131 Retribuciones Laboral Temporal I.T./A.T./Inv./Vacaciones. 253.951,61 920 150 Productividad 236.109,48 920 16000 Seguros Sociales 920 16204 Acción Social Total Programa Programa 920 Administración General 1.565.057,55 3.174,36 6.875.168,28 Económico Descripción Económico Imp 924 13000 Retribución Personal Laboral 91.04 924 16000 Seguros Sociales 28.58 Total Programa Programa 925 924 Gobierno Abierto (Transparencia y Partición Ciudadana) 119.62 Económico Descripción Económico 12003 Sueldos del Grupo C1 e 3 8 1 Importe 1 Anexo 16 PRESUPUESTO CONTABLE ANUAL Ejercicio : 2025 Fecha : 10/02/2025 Págjna : 13 de 19 925 12004 Sueldos del Grupo C2 17.293,44 925 12006 Trienios 20.662,58 925 12009 Otras Retribuciones Básicas 11.678,40 925 12100 Complemento Destino 18.750,12 925 12101 Complemento Específico 21.595,44 925 12103 Otros Complementos 11.544,12 925 13000 Retribución Personal Laboral 925 16000 Seguros Sociales Total Programa Programa 925 Atencion a los Ciudadanos 19.480,20 90.528,84 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 150 Productividad 398.787,21 ACTA DEL PLENO 925 176.864,83 Económico Descripción Económico Importe 12000 Sueldos del Grupo A1 16.002,36 9261 12001 Sueldos del Grupo A2 13.837 08 9261 12003 Sueldos del Grupo C1 31.167,72 9261 12009 Otras Retribuciones Básicas 21.339,80 9261 12100 Complemento Destino 32.857,92 9261 12101 Complemento Específico 48.276,00 9261 12103 Otros Complementos 27.858,00 9261 13000 Retribución Personal Laboral 9261 16000 Seguros Sociales Total Programa Programa 9261 Infr.y Serv.Común e Informática Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 469 de 534 9261 121.105,03 98.328,84 410.772,75 Económico Descripción Económico Importe 9262 12000 Sueldos del Grupo A1 16.00 9262 12001 Sueldos del Grupo A2 13.83 9262 12009 Otras Retribuciones Básicas 9262 12100 Complemento Destino 15.76 9262 12101 Complemento Específico 24.01 9262 12103 Otros Complementos 13.841,40 9262 13000 Retribución Personal Laboral 9262 16000 Seguros Sociales 9.95 6 8 6 4 8 219.389,61 9 Anexo 16 Total Programa Programa 9262 Administración Electrónica 2025 Págjna : 14 de 19 405.218,33 Económico Descripción Económico 9263 13000 Retribución Personal Laboral 9263 16000 Seguros Sociales 9263 16204 Acción Social Total Programa Programa Ejercicio : 10/02/2025 9263 Información Básica y Estadística. Centro de Datos Importe 317.048,94 86.441,28 3.174,36 406.664,58 Económico Descripción Económico Importe Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 PRESUPUESTO CONTABLE ANUAL Fecha : 12000 Sueldos del Grupo A1 32.004,72 931 12003 Sueldos del Grupo C1 11.255,01 931 12006 Trienios 16.552,14 931 12009 Otras Retribuciones Básicas 24.929,88 931 12100 Complemento Destino 33.958,89 931 12101 Complemento Específico 80.516,38 931 12103 Otros Complementos 21.156,19 931 13000 Retribución Personal Laboral 150 Productividad 931 16000 Seguros Sociales Total Programa Programa 931 Política Económica y Fiscal. Hacienda 373.780,41 78.141,00 160.462,57 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 470 de 534 931 ACTA DEL PLENO 931 832.757,19 Económico Descripción Económico Importe 932 12000 Sueldos del Grupo A1 16.002,36 932 12004 Sueldos del Grupo C2 8.646,72 932 12006 Trienios 3.47 932 12009 Otras Retribuciones Básicas 13.62 932 12100 Complemento Destino 19.67 932 12101 Complemento Específico 43.64 932 12103 Otros Complementos 11.48 932 13000 Retribución Personal Laboral 58.549,95 932 932 150 Productividad 16000 Seguros Sociales 8 2 8 4 8 7.055,16 4 Anexo 16 PRESUPUESTO CONTABLE ANUAL Total Programa Programa 932 Gestión del Sistema Tributario Económico Descripción Económico Ejercicio : 2025 Fecha : 10/02/2025 Págjna : 15 de 19 229.703,61 Importe 12000 Sueldos del Grupo A1 48.007,08 934 12003 Sueldos del Grupo C1 10.389,24 934 12004 Sueldos del Grupo C2 34.586,88 934 12006 Trienios 45.342,02 934 12009 Otras Retribuciones Básicas 42.014,06 934 12100 Complemento Destino 68.143,80 934 12101 Complemento Específico 934 12103 Otros Complementos 934 13000 Retribución Personal Laboral 934 16000 Seguros Sociales 934 16204 Acción Social Total Programa Total Presupuesto 934 Gestión de la deuda y de la Tesorería 42.558,00 ACTA DEL PLENO 150 Productividad 103.622,76 618.629,86 106.433,52 299.463,24 3.174,36 1.422.364,82 43.483.180,03 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 471 de 534 934 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 934 Anexo 16 PRESUPUESTO CONTABLE ANUAL Total Programa Programa 493 Ejercicio : Protección Consumidores y Usuarios. Consumo Económico Descripción Económico 2025 Fecha : 10/02/2025 Págjna : 18 de 19 14.790,15 Importe 920 12004 Sueldos del Grupo C2 920 12009 Otras Retribuciones Básicas 4.999,14 920 12100 Complemento Destino 7.069,68 920 12101 Complemento Específico 920 12103 Otros Complementos 920 14390 Otro Personal Funcionario Interino 16000 Seguros Sociales Total Programa Programa 920 Administración General Económico Descripción Económico 925 14390 Otro Personal Funcionario Interino 925 16000 Seguros Sociales Total Programa Programa 925 Atencion a los Ciudadanos Económico Descripción Económico 931 14390 Otro Personal Funcionario Interino 931 16000 Seguros Sociales Total Programa Total Presupuesto 931 Política Económica y Fiscal. Hacienda 3 Otro personal Func.Interino 435.237,56 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 920 5.141,16 2.700,00 154.955,64 ACTA DEL PLENO 150 Productividad 10.105,20 633.146,24 Importe 13.451,12 4.297,08 17.748,20 Importe Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 474 de 534 920 12.937,86 134.511,10 42.970,80 177.481,90 1.891.018,08 Anexo 16 Ejercicio : PRESUPUESTO CONTABLE ANUAL 1 Empresa Fiscal Programa Presupuesto 4 2025 Fecha : 10/02/2025 Págjna : 19 de 19 O. Prest. Econ. Empleados Económico Descripción Económico Importe 221 130 Retribuciones Personal Laboral 260.000,00 221 16008 Asistencia Médica-Farmacéutica 80.000,00 221 16009 Otras Cuotas Sociales 70.000,00 221 16103 Acción Social Personal Funcionario 229.000,00 221 16204 Acción Social 300.000,00 221 16205 Pólizas Seguros Vida Funcionarios 386.801,89 Total Presupuesto 4 O. Prest. Econ. Empleados Total Empresa Fiscal 1 CABILDO INSULAR DE LANZAROTE 1.325.801,89 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Otras Prestaciones económicas a favor de empleados 1.325.801,89 ACTA DEL PLENO 221 46.700.000,00 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 475 de 534 Total Programa Anexo 18 PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL 2025 N.º Plazas Denominación / Grupo Observaciones 1 : ESTAB.- 2024. 24 Licenciada / Licenciado 1 : O.E.P. 2022-2024. 1 : O.E.P. 2024-2026. 1 1 1 4 1 2 2 Licenciado Económicas Licenciado Educación Física Licenciado Empresariales Licenciado en Derecho Licenciado en Geografía e Historia Médica / Médico Pedagogo Vacante. 15 Profesora / Profesor 1 : O.E.P. 2022-2024. 1: Exc. Voluntaria. 14 Psicóloga / Psicólogo 4 : ESTAB.- 2024. 1 : O.E.P. 2022-2024. 2 1 5 5 6 4 2 Sociólogo Técnica / Técnico Sup. Ciencias del Trabajo Técnica / Técnico Sup. Económico Técnica / Técnico Sup. Gestión Técnica / Técnico Superior Jurídico Técnico Superior Veterinaria / Veterinario 1 : Interino - 2024. 1 : Exc. Forzosa. 1 : ESTAB.- 2024. 5 : ESTAB.- 2024. 5 : ESTAB.- 2024. 6 : ESTAB.- 2024. 1 : O.E.E.P. 2022 Total Grupo 1 (I): 98 1 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Bióloga / Biólogo Economista Farmacéutico Ingeniera / Ingeniero de Caminos Jurista Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 477 de 534 3 1 1 1 2 ACTA DEL PLENO Grupo: 1 (I) Anexo 18 N.º Plazas Denominación / Grupo Observaciones Grupo: 2 (II) 14 Profesora / Profesor Música Grado Medio 1 6 3 1 3 Profesora / Profesor Trombón Técnica / Técnico Gestión Técnica / Técnico Titulada/o Medio Técnico Informático Técnico Medio 16 Trabajadora / Trabajador Social 1 : Exc. Forzosa. 1 : O.E.P. 2024-2026. 2 : ESTAB.- 2024. 3 : O.E.P. 2022-2024. 1 : O.E.P. 2023-2025. 6 : ESTAB.- 2024. 3 : ESTAB.- 2024. 4 : ESTAB.- 2024. 1 : O.E.P. 2024-2026. Total Grupo 2 (II): 70 2 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Ingeniero Técnico Ingeniero Técnico Agrícola Profesor Profesor de Saxo Profesor de Trompeta Profesor de Viola Profesor Percusión Profesor Violoncelo Profesora / Profesor Música ACTA DEL PLENO 2 2 1 2 1 1 1 1 1 1 1 : Exc. Voluntaria. A.T.S. o D.U.E. Arquitecta / Arquitecto Técnico 1 : Vacante. Diplomado Educador Familiar 1 : ESTAB.- 2024. Fisioterapeuta Gerente 1 : ESTAB.- 2024. Ingeniera / Ingeniero Tec. Obras Públicas Ingeniera / Ingeniero Tec. Telecomunicaciones 2 : ESTAB.- 2024. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 478 de 534 3 3 3 1 1 1 1 Anexo 18 N.º Plazas Denominación / Grupo Observaciones Grupo: 3 (III) 3 Educadora / Educador 1 1 Monitor Educación Ambiental Profesor Técnico 2 : ESTAB.- 2024. 1: Vacante. Total Grupo 3 (III): 5 Grupo: 4 (IV) 1 : ESTAB.- 2024. 1 : Exc. Forzosa.. 1 : Excedencia. 24 :ESTAB.- 2024. 3 : O.E.P. 2022-2024. 1 : Interino - 2024. Auxiliar Adtv. Archivo 5 : ESTAB.- 2024. 1 : O.E.P. 2024-2026. 1 : Interino – 2024. 14 Auxiliar Mantenimiento 2 Auxiliar Técnica / Técnico Laboratorio 1 2 1 1 1 3 1 1 1 1 3 6 1 4 Capataz Capataz Agrícola Capataz Matadero Capataza / Capataz Coordinador Coordinador Sección Coordinador Socio Cultural Dependiente Encargado Obras Guarda de Monumentos Informático Jefe Sección Locutor/Presentador/Control Marinero 8 Matarife 3 : O.E.P. 2023-2025. 3 : Vacantes. Monitora / Monitor 1 : Vacante. 5 : ESTAB.- 2024. 3 : O.E.P. 2022-2024. 1 : O.E.P. 2024-2026. 2 : Interino - 2024. 22 1 : ESTAB.- 2024. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 1 Auxiliar Administrativa / Administrativo 1 : Excedencia. ACTA DEL PLENO 107 Administrativa / Administrativo Agente Brigada Ecológica Animador Socio Cultural Auxiliar Enfermería 1 : Vacante. Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 479 de 534 4 1 2 2 1 : A Extinguir. 1 : A Extinguir. 1 : Excedencia. 3 Anexo 18 N.º Plazas Denominación / Grupo Observaciones Grupo: 4 (IV) 3 1 1 3 1 Monitora / Monitor Medio Ambiental Monitora / Monitor Social Oficial 1ª Conductor Oficial Mantenimiento Oficial Técnico 33 Oficiala / Oficial de Servicio 2 10 1 Patrón Técnica / Técnico Deportivo Vigilante Carreteras 1 : ESTAB.- 2024. 1 : ESTAB.- 2024. 2 : Vacantes. 6 : Interino - 2024. 2 : O.E.P. 2022-2024. 3 : ESTAB.- 2024. 25 Cuidadora / Cuidador 3 6 1 Limpiadora / Limpiador Maestro Taller Oficial 1ª Conductor 14 Oficiala / Oficial de Servicio 1 2 1 Operaria / Operario Operaria / Operario Ambiental Operario Mantenimiento 15 Ordenanza 3 1 Peón Mantenimiento Peón Ordinario 22 Peona / Peón de Servicio 1 1 2 Portero Portero/Ordenanza Recepcionista 1 : A Extinguir. 1 : A Extinguir. 1 : A Extinguir. 4 : ESTAB.- 2024. 1 : Interino - 2024. ACTA DEL PLENO Almacenero Artesano Camarera Limpiadora Celadora / Celador Cocinero Conserje - Portero 11 : ESTAB.- 2024. 1 : Interino - 2022. 5 : Interino - 2023. 3 : Interino - 2024. 5 : O.E.P. 2023-2025. 1 : ESTAB.- 2024. 1 : Excedencia. 1 : ESTAB.- 2024. 2 : Interino - 2024. 1 : ESTAB.- 2024. 1 : ESTAB.- 2024. 1 : Vacante. 1 : Excedencia. 1 : Interino - 2024. 3 : A Extinguir. 1 : A Extinguir. 4 : ESTAB.- 2024. 1: O.E.P. 2022-2024. Total Grupo 5 (V): 110 4 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 480 de 534 1 1 1 4 3 2 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Total Grupo 4 (IV): 245 Grupo: 5 (V) Anexo 18 Promoción Interna N.º Plazas Denominación / Grupo Observaciones Grupo: 3 (III) 1 Educadora / Educador Total Grupo 3 (III): 1 Total Grupo 4 (IV): 6 Total Grupo 5 (V): 2 Grupo: 5 (V) 1 1 Oficial 2ª Electricista Oficial Segunda Total Promoción Interna Laboral: 9 TOTAL GENERAL PLAZAS PERSONAL LABORAL: 537 5 ACTA DEL PLENO Capataza / Capataz Encargado Obras Oficial Servicios Electricista Oficiala / Oficial de Servicio Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 481 de 534 1 1 1 3 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Grupo: 4 (IV) Anexo 18 PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO 2025 N.º Plazas Denominación / Grupo / Escala Observaciones Grupo: A1 Analista Sistemas de la Información Arquitecta / Arquitecto Bióloga / Biólogo Geógrafa / Geógrafo Ingeniera / Ingeniero de Caminos Vacante. 3 : Vacantes. 2 : Interinas. Vacante. O.E.P. 2021-2023. 2 Ingeniera / Ingeniero Sup.Telecomunicaciones 1 : Vacante. 1 : O.E.P. 2019-2021. 5 Ingeniera / Ingeniero Industrial 4 : Interino 2024. 1 : Vacante. 1 3 1 1 1 1 1 1 Inspectora / Inspector Patrimonio Licenciado en Derecho Pedagogo Psicóloga / Psicólogo Técnica / Técnico Ambiental Técnica / Técnico Prevención R.L. Técnica / Técnico Relaciones Laborales Técnica / Técnico Sup. Económico Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 482 de 534 Interina. 1 : O.E.P. 2021-2023. 1 : Vacante. 1 : O.E.P. 2020-2022. 1 : O.E.P. 2020-2022. 1 : Vacante. Administración General. A.G. 22 Técnica / Técnico Administración General Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 1 5 2 1 1 ACTA DEL PLENO Administración Especial A.E. 4 : Vacantes. 4 : O.E.P. 2020-2022. 5 : O.E.P. 2021-2023. 9 : O.E.P. 2024-2026. 6 Anexo 18 N.º Plazas Denominación / Grupo / Escala Observaciones Grupo: A1 Habilitación Nacional. H.N. Vacante. Vacante. Vacante. Total Grupo A1: 58 Grupo: A2 Administración Especial. A.E. 3 1 2 1 2 1 4 Arquitecta / Arquitecto Técnico Ingeniera / Ingeniero Técnico Obras Públicas Ingeniera / Ingeniero Téc. Industrial Ingeniera / Ingeniero Téc. Agrícola Ingeniera / Ingeniero Téc. Informático Técnica / Técnico Inspección Trabajadora / Trabajador Social 3 : Interinas - 2024. O.E.P. 2019-2021. 3 : O.E.P. 2019-2021. Administración General. A.G. 4 Técnica / Técnico Gestión Administrativa Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Vacante. Vacante. Comisión Servicios. Vacante. ACTA DEL PLENO Asistencia Técnico de Municipios Interventora / Interventor Secretario General Titular Asesoría Jurídica Titular O. Apoyo Secret. C.G.I. Titular Órgano de Gestión Tributaria Titular Órgano Gestión E.F. Viceinterventor Vicesecretario 1 : Vacante. 3 : Interinas - 2024. Total Grupo A2: 18 7 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 483 de 534 1 1 1 1 1 1 1 1 1 Anexo 18 N.º Plazas Denominación / Grupo / Escala Observaciones Grupo: C1 9 Agente Medio Ambiente 1 : Vacante. 6 : O.E.P. 2019-2021. 2 Agente Patrimonio 1 : O.E.P. 2019-2021. 1 : O.E.P. 2021-2023. 2 1 Delineante Inspectora / Inspector Medio Ambiente 4 Técnica / Técnico Auxiliar Informática 1 1 1 Técnica / Técnico Auxiliar de Laboratorio Técnica / Técnico Auxiliar Delineación Técnica / Técnico Auxiliar Fotografía 1 : Vacante. ACTA DEL PLENO 1 : Vacante. 2 : Interinas - 2023. 1 : Interina - 2024. O.E.P. 2021-2023 O.E.P. 2021-2023 Administración General. A.G. Administrativa / Administrativo 1 : Vacante. 2 : O.E.P. 2022-2024. 4 : O.E.P. 2023-2025. Total Grupo C1: 38 Grupo: C2 Administración General. A.G. 27 Auxiliar Administrativa / Administrativo 1 : Vacante. 2 : O.E.P. 2022-2024. 4 : O.E.P. 2023-2025. 2 Auxiliar Adtv. Notificador / Notificadora 1 : Vacante. Grupo C2: 29 8 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 484 de 534 18 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Administración Especial. A.E. Anexo 18 Promoción Interna N.º Plazas Denominación / Grupo / Escala Observaciones Grupo: A2 Administración General. A.G. Técnica / Técnico Gestión Administrativa Grupo: A2 4 Grupo: B 2 Grupo: C1 20 Promoción Interna Grupo: B Técnica / Técnico Especialista Grupo: C1 Administración General. A.G. 20 Administrativa / Administrativo Promoción Interna Funcionario : 26 Total Plazas Personal Funcionario : 169 TOTAL GENERAL PLAZAS -2025 : 706 9 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 485 de 534 2 ACTA DEL PLENO Administración General. A.G. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 4 Anexo 18 Alto Cargo y Personal Eventual Nº Plazas Denominación Observaciones Directora / Director Insular Coordinadora / Coordinador General 10 TOTAL 1 1 6 1 1 3 (Eventual ) Jefa / Jefe Gabinete de Presidencia Asesora / Asesor Gabinete de Presidencia Asesora / Asesor Presidencia Asesora / Asesor Coordinador de Prensa Asesora / Asesor Prensa Auxiliares Secretaría Grupos Políticos 13 TOTAL TOTAL PERSONAL ALTO CARGO Y EVENTUAL Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 486 de 534 23 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 7 3 ACTA DEL PLENO (Alto Cargo) 10 Anexo 19 EXCMO. CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Consejería de Hacienda Informe del Órgano de Gestión Económico-Finaciera Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 487 de 534 En relación a la solicitud de la Unidad de Presupuestos sobre previsión Estado de la Deuda a los efectos de elaboración Presupuesto del Cabildo de Lanzarote, para el ejercicio 2025 y realizadas las oportunas comprobaciones, se ha verificado que los datos correspondientes a la previsión del Estado de la Deuda del Cabildo de Lanzarote son los siguientes: ACTA DEL PLENO ASUNTO: Informe sobre previsión del Estado de la Deuda a los efectos de elaboración del Presupuesto del Cabildo de Lanzarote para el ejercicio 2025. (Expte. Elect 19968/2024) Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 488 de 534 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 ACTA DEL PLENO Anexo 19 EXCMO. CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Consejería de Hacienda Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 489 de 534 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 ACTA DEL PLENO Anexo 19 EXCMO. CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Consejería de Hacienda Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 490 4 de 534 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 ACTA DEL PLENO Anexo 19 EXCMO. CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Consejería de Hacienda Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 491 de 534 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 ACTA DEL PLENO Anexo 19 EXCMO. CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Consejería de Hacienda Anexo 19 EXCMO. CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Documento firmado electrónicamente Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Responsable de las operaciones financieras Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 492 de 534 Lo que se informa a los efectos oportunos, salvo error u omisión involuntarios. ACTA DEL PLENO Consejería de Hacienda Anexo 20 1.000.000,00 € P-3501100-F Ayuntamiento de Haría Subv. Ayto. de Haria (Plan de Desarrollo) 1.000.000,00 € 66,40% 18.731.951,50 € Cód. Validación: Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 511 de 534 ACTA DEL PLENO Total de transferencias en concepto de Subvención 3,54% Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Total Política económica y fiscal. Hacienda lunes, 10 de febrero de 2025 Página 19 Anexo 26 ANEXO CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS (A TRAVÉS DE LA CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL, IGUALDAD, JUVENTUD, INFANCIA Y FAMILIAS Y DEL INSTITUTO CANARIO DE IGUALDAD) Y EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LANZAROTE PARA LA CONSOLIDACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SISTEMA CANARIO DE PREVENCIÓN E INTERVENCIÓN INTEGRAL CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN LA ISLA DE LANZAROTE. 2023-2026 FECHA DE FORMALIZACIÓN VIGENCIA PREVISIÓN DE DERECHOS A RECONOCER EN EL EJERCICIO 2025 PREVISIÓN DE OBLIGACIONES A 28/12/2023 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2026 667.500,00 € 1.235.000,00 € Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 De acuerdo con la petición formulada por la Unidad de Presupuestos y al objeto dar cumplimiento a lo estipulado en el Procedimiento para la elaboración y aprobación inicial de los presupuestos, en lo referente a los Convenios suscritos con las Comunidades Autónomas en materia de gasto social, que han de incluir la cláusula de garantía determinada en el artículo 57 bis de la Ley 7/85, Reguladora de Bases de Régimen Local, se informa que los Convenios que tiene previsto suscribir el Cabildo de Lanzarote con la Comunidad Autónoma de Canarias durante el ejercicio de 2025, gestionados por el Área de Bienestar Social e Inclusión, son los que se describen a continuación: Cód. Validación: Q Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 531 de 534 El artículo 168.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en su apartado f, establece que entre la documentación que habrá de unirse al Presupuesto inicial, debe incluirse un anexo con información relativa a los convenios suscritos con las Comunidades Autónomas en materia de gasto social, con especificación de la cuantía de las obligaciones de pago y los derechos económicos que se deben reconocer en el ejercicio al que se refiere el presupuesto general y de las obligaciones pendientes de pago y derechos económicos pendientes de cobro, reconocidos en ejercicios anteriores, así como de la aplicación o partida presupuestaria en la que se recogen, y la referencia a que dichos convenios incluyen la cláusula de retención de recursos del sistema de financiación a la que se refiere el artículo 587 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. ACTA DEL PLENO Convenios suscritos con las Comunidades Autónomas en materia de gasto social OBLIGACIONES PENDIENTES DE PAGO DE EJERCICIOS ANTERIORES DERECHOS PENDIENTES DE COBRO CONCEPTO DE INGRESOS Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 2312 1 2312 202 2312 212 2312 213 2312 214 2312 22000 2312 22001 2312 22002 2312 22100 2312 22101 2312 22103 2312 22104 2312 22105 2312 22106 2312 22110 2312 22111 2312 22199 2312 22200 2312 22201 2312 223 2312 224 2312 225 2312 22699 2312 22700 2312 22701 2312 22706 2312 22799 Según datos obrantes en contabilidad, no existen obligaciones pendientes de pago relativas a ejercicios anteriores (2023) 0 4500201 Cód. Validación: Q Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 532 de 534 RECONOCER EN EL EJERCICIO 2025 APLICACIONES PRESUPUESTARIAS DE GASTO ACTA DEL PLENO Anexo 26 Anexo 26 Por todo ello, existe acuerdo entre la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias, en representación del Gobierno de Canarias y los Cabildos Insulares, en continuar con la colaboración que se ha venido realizando hasta ahora, en la prestación de servicios a personas en situación de dependencia y, en general, a personas menores de seis años, mayores o con discapacidad. En este sentido, existe el compromiso del Gobierno de Canarias, firme y declarado en la Comisión de Seguimiento conjunta realizada el pasado 9 de diciembre, de que a estos nuevos convenios que van a continuar negociándose durante los primeros meses de 2025, se les darán efectos económicos a fecha 1 de enero de 2025. Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 Cód. Validación: Q Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 533 de 534 En el año 2018, y tras 12 años de vigencia de la Ley 39/2006, Comunidad Autónoma y Cabildos Insulares, apoyándose en la experiencia adquirida conjuntamente, llegaron a un acuerdo para dar un paso más en la gestión de la Dependencia mediante la suscripción de un convenio de cooperación plurianual que permitiera desplegar la cartera de servicios de la Ley 39/2006 conforme a las necesidades y particularidades de cada isla. Este Convenio para la prestación de servicios a personas en situación de dependencia y, en general, a personas menores de seis años, mayores o con discapacidad, y para la realización de actuaciones en relación con el procedimiento de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones, ha estado vigente mediante sus respectivas Adendas hasta el 31 de diciembre de 2024. En el momento actual, desde el Gobierno de Canarias se comunica que resulta necesario acometer una serie de modificaciones al convenio que justifican que más que una nueva adenda se haya optado por aprobar un nuevo convenio. La necesidad de adecuar el precio/plaza de los servicios retribuidos al coste real de los mismos es una permanente reivindicación de las corporaciones insulares. Asimismo, el propio sistema de cofinanciación debe también ser objeto de negociación para precisar las obligaciones económicas asumidas por las partes. ACTA DEL PLENO CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS Y EL CABILDO INSULAR DE LANZAROTE, PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA Y EN GENERAL A PERSONAS MENORES DE 6 AÑOS, MAYORES O CON DISCAPACIDAD Y PARA LA REALIZACIÓN DE ACTUACIONES EN RELACIÓN CON EL PROCEDIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE LA SITUACIÓN DE DEPENDENCIA Y DEL DERECHO A LAS PRESTACIONES. VIGENCIA 18/10/2024 Desde su firma hasta el 31/12/2026 PREVISIÓN DE DERECHOS A RECONOCER EN EL EJERCICIO 2025 7.840.246,04€ PREVISIÓN DE OBLIGACIONES A RECONOCER EN EL EJERCICIO 2025 7.840.246,04€ APLICACIONES PRESUPUESTARIAS OBLIGACIONES PENDIENTES DE PAGO DE EJERCICIOS ANTERIORES DERECHOS PENDIENTES DE COBRO CONCEPTO DE INGRESOS 2313 62201 Según datos obrantes en contabilidad, no existen obligaciones pendientes de pago relativas a ejercicios anteriores (2023) 0€ 75002 Número 2025-0 07 Fecha: 04/07/2025 FECHA DE FORMALIZACIÓN Cód. Validación: Q Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 534 de 534 CONVENIO ENTRE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS, A TRAVÉS DE LA CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL, IGUALDAD, JUVENTUD, INFANCIA Y FAMILIAS, Y EL CABILDO INSULAR DE LANZAROTE MEDIANTE EL QUE SE INSTRUMENTALIZA LA CONCESIÓN DE UNA SUBVENCIÓN DIRECTA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS INVERSIONES VINCULADAS AL PROGRAMA “01 EQUIPAMIENTOS PARA CUIDADOS CENTRADOS EN LA PERSONA”, CONTEMPLADO EN EL MARCO DEL COMPONENTE 22, OBJETIVOS 323 Y 470, DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA DE ESPAÑA, CON OBJETO DE PROCEDER A LA RENOVACIÓN O CONSTRUCCIÓN DE PLAZAS EN CENTROS RESIDENCIALES, NO RESIDENCIALES Y DE DÍA PARA ADAPTARLAS AL NUEVO MODELO DE CUIDADOS DE LARGA DURACIÓN, CON CARGO A LOS FONDOS EUROPEOS «NEXT GENERATION EU» PROCEDENTES DEL MECANISMO PARA LA RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA. ACTA DEL PLENO Anexo 26