Bases generales que han de regir las convocatorias, la tramitación, el reconocimiento y el abono de las ayudas de acción social al personal laboral
Objeto: Las ayudas de acción social tienen por finalidad contribuir con el personal, en los gastos en que incurre por encontrarse en determinadas circunstancias o situaciones personales, sociales o familiares.
Las ayudas de acción social que se concedan atenderán únicamente a gastos que se hubieran devengados desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre del ejercicio inmediatamente anterior al de la correspondiente convocatoria de ayudas de acción social.
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